CSDJ - F13001110200020120005201ADJUNTA20171107104936-2017
Consejo Superior de la Judicatura
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSDJ - F13001110200020120005201ADJUNTA20171107104936-2017
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2017
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \
MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios
Bogotá D. C., primero (1) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) Magistrada Ponente: Dra. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01 Aprobado según Acta Nº 93 de la fecha. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Procede esta Superioridad a decidir lo que en derecho corresponda respecto del recurso de APELACIÓN interpuesto contra la decisión de fecha 18 de marzo de 2013, en desarrollo de la audiencia de pruebas y calificación provisional, emitida por la Magistrada Gladys Zuluaga Giraldo de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar1, a través de la cual declaró terminada la investigación disciplinaria en favor del abogado ÁLVARO WILCHES RODRÍGUEZ, al considerar que su conducta no constituía falta disciplinaria y consecuentemente ordenó el archivo de las diligencias en virtud del artículo 103 de la Ley 1123 de 2007. HECHOS 1 Sala integrada por la Magistrada Gladys Zuluaga Giraldo. República de Colombia Rama Judicial
INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS
Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios Se conocieron los mismos con ocasión de la queja disciplinaria presentada por el señor NERSI JOSÉ FIGUEROA DE ÁVILA el 19 de enero de 20122, quien manifestó su inconformismo con las actuaciones realizadas por el abogado ÁLVARO WILCHES RODRÍGUEZ, cuyos servicios profesionales contrató para que defendiera sus intereses frente a los siguientes procesos3: restitución de inmueble arrendado, adelantado en el Juzgado Décimo Civil Municipal con número de radicado 15301; proceso penal por el delito de perturbación a la posesión con número de radicado 196.761; proceso de cesación de efectos civiles del matrimonio católico instaurado ante el Juzgado Segundo de Familia de Cartagena contra la señora LUZ MIRIAM REALES, con número de radicado 2005-058; y un proceso adelantado por la señora LUZ MIRIAM REALES en su contra, tramitado en el Juzgado Tercero de Familia de Cartagena con radicado número 2004-485. El quejoso manifestó que el abogado le cobró por el mismo proceso correspondiente a la cesación de efectos civiles del matrimonio católico y liquidación de sociedad conyugal dos veces, y que en el proceso de restitución de inmueble arrendado, pese al embargo de bienes muebles decretado y ejecutado, el disciplinado permitió al demandado llevarse los enseres.
ACTUACIÓN PROCESAL 2 Folio 1 al 2 del c.o.
3 Folio 8 del c.o. República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios Enviado el certificado al Magistrado Ponente4 correspondiente a la acreditación de calidad de abogado del profesional ÁLVARO WILCHES RODRÍGUEZ datado el 03 de febrero de 2012 por la Dirección de Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, en el cual informó que es portador de la cédula de ciudadanía número 73.101.305 y de la tarjeta profesional número 74218 expedida el 17 de agosto de 1995, documento que a la fecha se encuentra NO VIGENTE.
El 17 de febrero de 2012 mediante auto5, se ordenó la apertura del proceso disciplinario de conformidad con el artículo 104 de la Ley 1123 de 2007. Se señaló el día 29 de mayo de 2012, para llevarse a cabo la audiencia de pruebas y calificación provisional, pero la Secretaría de la Corporación, erró en la fecha que comunicó en los oficios. En atención a los principios de economía procesal y celeridad se programó nuevamente a través de auto, para el 29 de junio de 2012. Respecto esa data, la H. Magistrada Gladys Zuluaga Giraldo, dejó constancia de la no realización de la audiencia, toda vez que el investigado presentó excusa por su inasistencia. Se fijó nueva fecha para el día 04 de octubre de 2012. 4 Certificado de calidad del abogado visto en folio 9 del c.o.
5 Auto que ordenó apertura de proceso disciplinario visto en folio 11 del c.o. República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios La audiencia se celebró el día señalado con la debida presencia del disciplinable y el quejoso. Se recepcionó la ampliación de la queja por el señor NERSI JOSÉ FIGUEROA DE ÁVILA, quien afirmó que el abogado le cobró por el mismo proceso relacionado a la cesación de efectos civiles de matrimonio católico y liquidación de sociedad conyugal dos veces, lo cual le pareció desproporcionado, y en el proceso de restitución de inmueble arrendado en el cual también lo representó, pese al embargo de bienes muebles decretado y ejecutado, el disciplinado no le rindió cuenta a satisfacción de los muebles embargados al demandante. Aportó un (1) folio6 correspondiente a la referencia: autorización para cobro de honorarios, de fecha 03 de junio de 2011.
El abogado disciplinable rindió versión libre en la cual afirmó que no cobró dos veces el mismo proceso, sino que en realidad representó al señor Nersi Figueroa en varios. Un primer proceso que adelantó en el Juzgado Tercero de Familia de Cartagena, para la cesación de los efectos civiles de matrimonió católico, en el cual su poderdante fungió como demandante. Después de admitida la demanda, en la etapa procesal de notificación, se enteró que la demandada, había interpuesto proceso contra el señor
Figueroa por los mismos hechos, en el Juzgado Segundo de Familia de Cartagena, razón por la cual recibió un nuevo poder para representarlo en esta nueva causa. Procesos que terminaron por acuerdo mutuo entre las partes respecto a la disolución y 6 Folio 44 del c.o República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios liquidación de la sociedad conyugal. Aunado a ésto, actuó en un tercer proceso para la liquidación de la sociedad conyugal. Declaró el disciplinado, que en relación al trámite de restitución de inmueble arrendado, el objeto de este proceso era la devolución del inmueble desocupado, mismo que cumplió a cabalidad. Si bien se realizó el embargo y secuestro de los enseres del demandado, éstos quedaron en depósito por parte del encargado de la diligencia pues él no tenía determinación para decidir sobre los mismos.
Continuando con la etapa de pruebas y calificación provisional, se decretaron las entregadas por el denunciante en un folio que referencia la autorización de honorarios, y las documentales aportadas por el abogado, relacionadas a las copias completas de los procesos referidos en la queja para que obraran dentro del plenario. De igual forma, se solicitó los testimonios de los señores FERMÍN MORELO VALENCIA Y PETRONA DAZA DAZA. Se fijó el día 29 de enero de 2013 para la continuación de la audiencia. Llegado el día para su celebración, es suspendida nuevamente, atendiendo la excusa
presentada por el apoderado del disciplinable, el abogado JOSÉ OMAR GAITÁN
GUEVARA.
El día 11 de marzo de 2013, la Magistrada sustanciadora, instaló continuación de audiencia de pruebas y calificación provisional, para practicar las pruebas, República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios anteriormente decretadas. Dejó constancia de la inasistencia del investigado y el Ministerio Público, otorgó personería jurídica a su representante el abogado RAFAEL ENRIQUE ÁLVAREZ OSORIO, para actuar en el proceso. Se practicaron las pruebas testimoniales, concedió primero el uso de la palabra a la señora PETRONA DAZA DAZA, quien dio fe de todos los procesos que llevó el profesional investigado y la diligencia con la que participó en los mismos. Indicó ser compañera de oficina y manifestó ser la persona que llevó acuerdo de pago al quejoso, según su testimonio, este aceptó y firmó sin ningún inconveniente en la notaria. Procedió la audiencia con el testimonio de FERMÍN MORELO VALENCIA, quien fue asistente personal del disciplinado, indicó que la relación entre el quejoso y su abogado, se estableció producto de algunos procesos que su jefe le llevaba. Al final de la audiencia, el abogado defensor, solicitó su suspensión en aras de la protección al derecho de defensa, para estudio del material probatorio, quedando fijada para el día 18 de marzo
de 2013. DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Una vez surtida la etapa probatoria de la investigación el 18 de marzo de 2013, teniendo en cuenta el material probatorio recogido por la promotora, y escuchada la defensa del abogado, mediante decisión de fecha 18 de marzo de 2013, en desarrollo República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios de la audiencia de pruebas y calificación provisional7, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, declaró la terminación de la investigación seguida en contra del abogado ÁLVARO WILCHES RODRÍGUEZ, producto de la queja interpuesta por el señor NERSI JOSÉ FIGUEROA DE ÁVILA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 1123 de 2007.
La anterior decisión obedeció a que no se infirió la existencia de falta disciplinaria que esté relacionada a la violación o el desconocimiento del Código Disciplinario del Abogado, y en consecuencia que conviertan al disciplinado en destinatario de las disposiciones que consagra la Ley 1123 de 2007. Quedando así establecido la terminación del proceso, al no encontrarse que la conducta acusada muestre falta disciplinaria alguna. Frente a lo anterior encontró el a quo, que de las pruebas obrantes en el plenario se pudo concluir con grado de certeza que el togado investigado ÁLVARO WILCHES
RODRIGUEZ actuó en nombre y representación del quejoso, el señor NERSI JOSÉ FIGUEROA DE ÁVILA dentro de los procesos referenciados a continuación: primero, en un proceso de cesación de efectos civiles del matrimonio católico y liquidación de la sociedad conyugal radicado bajo el número 2005-38 tramitado en el Juzgado Segundo 7 Folio 69 del c.o. República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios de Familia, en el cual el quejoso actúo en calidad de demandante. Un segundo proceso de cesación de efectos civiles del matrimonio católico radicado con el número 2004485 tramitado en el Juzgado Tercero de Familia de Cartagena donde el poderdante actuó esta vez en calidad de demandado. Estos dos procesos finalizaron en virtud al acuerdo mutuo al que se llegó entre las partes y donde se obtuvo el embargo de los bienes sociales. Un tercer proceso, relacionado a los anteriores para realizar el trámite de la liquidación de la sociedad conyugal. Un cuarto proceso en materia penal, donde el investigado defendió al quejoso en el delito de perturbación a la posesión con radicado número 196.761 investigado por la Fiscalía Sexta Local de Cartagena, el cual concluyó con la preclusión de la investigación por recurso de apelación que interpuso. Por último, un quinto proceso de restitución de inmueble arrendado con radicado número 201015301 tramitado por el Juzgado Décimo Civil Municipal de Cartagena el cual finalizó
con la entrega del inmueble desocupado al poderdante. En los procesos señalados y producto del material probatorio allegado, se constató que el abogado actuó con diligencia, en tanto realizó todas las actuaciones necesarias dentro de los mismos hasta su terminación, incluso logró resultados favorables para el poderdante, hecho que el mismo quejoso puso presente en la ampliación y ratificación de la queja. Además, el precio pactado estuvo acorde con las tarifas establecidas por el Colegio Nacional de Abogados. República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios La magistratura encontró que frente a la inconformidad presentada por el señor Figueroa, en relación a los honorarios del abogado por valor de $6.000.000 (seis millones de pesos moneda corriente), monto que el quejoso estimó desproporcionado, se verificó que este no es tal, y que la conducta aquejada, no se puede adecuar a ninguno de los verbos rectores que hacen alusión a la falta por cuestiones honorarios mencionada en el artículo 35 numeral 1 de la ley 1123 de 2007.
Lo anterior, toda vez que dicho tipo, contiene dos elementos: uno de carácter objetivo, resumido en los verbos: acordar, exigir, obtener honorarios desproporcionados de cara a la labor encomendada. El segundo elemento de carácter subjetivo, el cual se refiere a que los honorarios desproporcionados, se hayan obtenido con aprovechamiento de la necesidad, la ignorancia y la inexperiencia. Ninguno de los elementos anteriormente
señalados se acreditaron dentro del proceso. La suma descrita como pago de honorarios, correspondió a un acuerdo voluntario entre el abogado y su cliente, mismo que no es desproporcionado en relación a las actuaciones adelantadas por el togado. En relación con el segundo hecho fáctico que conformó el núcleo de la queja relacionado al proceso de restitución de inmueble arrendado, en el cual el quejoso aduce que el abogado nunca le dio cuenta a satisfacción de los enseres embargados República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios producto de las diligencias realizadas, tampoco hay asomo de la constitución de la falta consagrada en el numeral 2 del artículo 35 de la Ley 1123 de 2007.
La sustanciadora de la decisión de primera instancia, llegó a esta conclusión, toda vez que según el acervo probatorio, se mostró que el mandato del abogado cumplió satisfactoriamente con la diligencia de embargo de los bienes muebles8, éstos quedaron en manos del secuestre y no a su disposición ni se entregaron a la parte demandada. Para poder acceder a éstos, el demandante debió iniciar proceso ejecutivo para que se le adjudicaran los bienes, mismo que nunca se inició ni obra poder al disciplinado que demuestre tal mandato. Se verificó que existía un acuerdo,9 donde se acordaba un porcentaje de los bienes embargados entre las dos partes, mismos honorarios que no hacían parte de la actuación ejercida en los demás procesos.
Se estableció entonces que la queja queda sin fundamento legal en ninguno de los dos presupuestos es decir, por el cobro desproporcionado de honorarios y lo correspondiente a la apropiación de los bienes producto del proceso restitución de inmueble arrendado, por tanto se declaró la terminación anticipada del proceso disciplinario y como consecuencia el archivo definitivo de la providencia. 8 Folio 35 del c.o. 9 Folio 44 del c.o. República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE
"cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 130011102000201200052 01
Referencia: Abogado en Apelación de Autos Interlocutorios LA APELACIÓN El quejoso presentó recurso de apelación10 contra la decisión de fecha 18 de marzo de 2013, en desarrollo de la audiencia de pruebas y calificación provisional con la cual se decretó la terminación anticipada del proceso, proferida el 18 de marzo de 2013, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, respecto a la decisión de esta Corporación de terminar el proceso disciplinario a favor del abogado ÁLVARO WILCHES RODRÍGUEZ, sustentado en su inconformidad en lo que considera un cobro desproporcionado de los honorarios del investigado en los procesos que fue representado, además adujo que el abogado nunca le rindió cuenta de los bienes embargados en la diligencia de embargo y secuestro de los bienes muebles del proceso de restitución de inmueble arrendado. La Magistrada prevaleció el
derecho sustancial y el acceso a la justicia, interpretó que la intervención que realizó el quejoso, persona desconocedora del derecho, como la sustentación del recurso de apelación.
CONSIDERACIONES DE LA SALA 10 Folio 69 c.o.
República de Colombia Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "cid:image001
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.