CSDJ - F52001110200020140047601ADJUNTA20141008105232-2014
Consejo Superior de la Judicatura
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSDJ - F52001110200020140047601ADJUNTA20141008105232-2014
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2014
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
Bogotá D.C., primero de octubre de dos mil catorce Magistrado Ponente Dr. WILSON RUIZ OREJUELA Radicación No. 520011102000201400476 01 Aprobado en Sala No. 81 de la misma fecha
Accionante: GILMA BURBANO VALDEZ, DEFENSORA REGIONAL DEL
PUEBLO DE NARIÑO
Accionado: MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, LA DIRECCION DEL
PROGRAMA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS, DEL
DEPARTAMENTO DE NARIÑO Y DE LA ALCALDÍA DE IPIALES.
Decisión: CONFIRMA INTEGRALMENTE EL FALLO IMPUGNADO OBJETO DE LA DECISIÓN Procede la Sala a resolver la impugnación formulada contra la providencia de primera instancia proferida el 29 de julio de 2014, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño1, en el amparo constitucional de la referencia.
I.- ANTECEDENTES GILMA BURBANO VALDES, Defensora del Pueblo Regional Nariño, por intermedio de apoderado judicial, acudió en acción de tutela (fls 1 a 23), en contra de las referidas entidades, buscando la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad, a la vida e integridad personal, los derechos de los niños, a la educación, a la vivienda digna, a la
propiedad privada y a la consulta previa de los habitantes del Corregimiento de Cofania – Jardines de Sucumbíos del municipio de Ipiales y vecinos del lugar, vulnerados por la instalación desde 2005 de una base militar del Batallón Especial Energético y Vial No. 9 de la Vigésima Séptima Brigada adscrita a la Sexta División del Ejército Nacional, que por ser un lugar céntrico de dicho corregimiento y por ser objetivo militar de los grupos al margen de la ley que operan en dicha localidad, ponen en riesgo la vida e integridad personal de los vecinos del lugar, quienes se encuentran en estado de indefensión y debilidad manifiesta como niños, infantes, adultos, mujeres y personas de la tercera edad, entre otros. La situación fáctica se precisa enseguida. El Corregimiento de Cofania Jardines de Sucumbíos está localizado en la zona suroriental del municipio de Ipiales (Nariño), en un área de transición entre la cordillera de los Andes y el inicio de la región amazónica, con una extensión aproximada de 22.522 hectáreas, en donde habitan comunidades campesinas de diez veredas, comunidades indígenas asentadas en varios resguardos y, 1 Conformada por los Magistrados GLORIA ALCIRA ROBLES CORREAL (Ponente) y ÁLVARO RAÚL VALLEJOS YELA. comunidades afrodescendientes con territorios colectivos de tres Consejos Comunitarios. En ese territorio que se anexó al municipio de Ipiales desde 2009, se ha registrado presencia del Frente 48 de las FARC, grupo armado ilegal que ha efectuado hostigamientos en contra de una base militar que desde el 2005 fue
instalada en la Vereda Bajo Empalme del citado Corregimiento, la cual pertenece al Batallón antes mencionado. La construcción de la base militar se hizo en inmediaciones de las instalaciones de la Escuela Rural de Bajo Empalme y de varias viviendas al lado de las cuales se instalaron garitas del Ejército, lo que ha generado hostigamientos por parte de la guerrilla y la respuesta de los agentes estatales no se ha hecho esperar, lo que ha puesto en riesgo a la población civil de las veredas el Empalme, Paraíso de Sapoyaco y la Argentina, así como territorios de grupos étnicos, a lo que se suma la contaminación por armas “(presencia de MAP y MUSE)” en el territorio, esto es, Minas Antipersona y Munición sin Explotar, restricción de la movilidad de la población al limitarse su acceso al río y se restringen los horarios de tránsito. Según el Acta del Comité de Justicia Transicional, ampliado y celebrado el 18 de noviembre de 2013, durante los últimos años se demuestran situaciones de peligro y alto riesgo a que están expuestos todos y cada uno de los habitantes del citado corregimiento, porque habitan en las proximidades de la base y las garitas militares, sitios de gran vulnerabilidad para la población civil, entre las que se destacan, el 4 de abril de 2012 explosión de una casa bomba en la Vereda Jardines de Sucumbíos, con afectación de una persona, el 3 de octubre de 2012 a 30 metros de la base militar incendio de vehículos de maquinaria con artefactos explosivos, al igual que la explosión de una bomba en cercanías del
colegio con el inminente riesgo para los niños, niñas y adolescentes escolarizados, el 23 de noviembre de 2012 se levantó censo producto de un atentado terrorista, con afectación de 24 familias -123 personasde la Vereda Bajo Empalme; el 23 de marzo de 2013 por atentado terrorista en la Vereda el Empalme afectó a 66 familias -282 personasy no fue posible la verificación de algunas viviendas por temor a la presencia de “MAP”; el 29 de mayo de 2013 se presentó enfrentamiento entre las fuerzas militares y grupos al margen de la ley, que produjo 77 familias afectadas -292 personasde la Vereda Bajo Empalme, con imposibilidad de verificación de otros daños por sospecha de presencia de “MAP”; por lanzamiento de un artefacto explosivo el 16 de septiembre de 2013 se afectaron 182 familias -625 personas-, afectando a la institución educativa de la Vereda el Empalme en vidrios, techos y lámparas eléctricas y por la onda explosiva murieron 500 peces de cría y resultó afectada la iglesia católica ubicada frente a la institución educativa, no siendo posible la verificación de afecciones más allá del camino principal por temor a “MAP”. El 11 de octubre de 2013 la Inspectora de Policía informó sobre hechos ocurridos en la Vereda Argentina del Corregimiento Jardines de Sucumbíos, siendo las 12:00 de la noche se escucharon explosiones de bombas y ráfagas de armas de fuego, con la consecuente angustia y zozobra de los habitantes del
sector. Por el inminente riesgo que sufre la sección primaria de la sede central ubicada en la vereda el Empalme, los padres de familia y docentes remitieron oficio a la Alcaldía de Ipiales, solicitando la reubicación inmediata de la sección primaria, dado que no ofrece garantías de seguridad para la labor de enseñanza; asistencia y capacitación técnica adecuada para la elaboración de un plan de atención y prevención de riesgos y, se priorice la construcción de la segunda fase de la planta física de la institución educativa. La administración municipal respondió trasladando a los alumnos hacia la institución educativa de El Empalme en donde estudian en contra jornada, por cuanto no se cuenta con un espacio físico que pueda destinarse solo a los menores de primaria, medida que puede considerarse de protección, pero no es una solución efectiva y pertinente que favorezca los derechos de los niños y niñas, que se consideran prevalentes. Por la información de campo recogida por la Defensoría del Pueblo, da cuenta del pánico que tenían los menores de asistir a la escuela por el temor a que cayeran bombas, así como sentimiento de desarraigo que presentan al no poder volver a su escuela y se encuentran en un nuevo espacio que no sienten como propio. La Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y la Personería municipal de Ipiales han solicitado a las autoridades del orden municipal, departamental y nacional se adopten las medidas pertinentes para proteger la vida e integridad de la población afectada, así como se generen las medidas de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas por esos hechos y cuya salud mental se
encuentra afectada por la recurrencia de esa situación. El tema se ha abordado en sesiones extraordinarias de los Comités de Justicia Transicional del 13 de agosto, del 19 de septiembre y del 7 de octubre de 2013 y, el 17 de octubre de 2013, en una sesión celebrada en el citado Corregimiento, con presencia del gobierno municipal y departamental, el ICBF, Personería y Defensoría del Pueblo, en el cual las comunidades solicitaron al gobierno la reubicación inmediata de la base militar, en aras del deber de respeto por los DDHH y las normas del DIH que tiene el Estado colombiano, resaltándose en las diferentes intervenciones el deseo de vivir en paz, así como el derecho a tener una vida digna y al desarrollo de su plan vital en un sitio que hace parte de su identidad y con el cual durante años, sus habitantes han generado un fuerte sentido de pertenencia y arraigo. El 18 de noviembre de 2013 en Ipiales se celebró otro Comité de Justicia Transicional con representantes de esas comunidades, con presencia, entre otros, del Ministerio Público, representantes del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior y del Comandante del Batallón Especial Energético y Vial No. 9 “José María Gaitán”, en donde se presentó el panorama de las afectaciones a la comunidad en 2012 y 2013 con relación a la presencia de la base militar, en donde se pidió a los representantes de los Ministerios citados, la adopción de medidas tendientes a la reubicación de dicha base y se proceda con respuesta prioritaria para proteger los derechos de la población, pero a la
fecha no se ha tenido ninguna comunicación que dé cuenta de los avances realizados en esa materia. A pesar de que durante los meses de noviembre, diciembre de 2013 y enero de 2014 no se produjeron hechos victimizantes, si se reportaron situaciones de riesgo para la población civil, como por ejemplo el 7 de marzo de 2014 a las 1:30 de la mañana se escucharon 4 bombas, al igual que disparos entre el sitio de la base militar y sus alrededores, produciendo afectación a una vivienda. A la 10:30 de la noche del 10 de marzo siguiente, se escucharon 3 bombas y ráfagas entre la base militar y la Vereda Argentina que se encuentra al otro lado del río a pocos metros de dicha instalación militar, produciendo la muerte de una vaca. El 31 de marzo de 2014, en la Vereda la Libertad, quemaron 3 vehículos carro tanques y se afectaron 3 familias; el 14 de abril de 2014 en las Veredas el Empalme y Argentina se presentó un atentado que dejó 287 familias afectadas -307 personasy, el 7 de mayo de 2014 en la Vereda la Libertad se produjo una explosión de un artefacto que causó daños a las instalaciones del centro educativo de la localidad, 41 familias afectadas -157 personas-. Por lo anotado, la Defensoría del pueblo hizo un llamado de atención urgente al Ministerio de Defensa Nacional y al Ministerio del Interior, así como a todas las instituciones concernidas con el deber de prevención y protección, para que se responda efectivamente a las reiteradas solicitudes de reubicación de la base militar, efectuadas por la comunidad y se adopten las medidas tendientes a la
protección de los derechos a la vida, integridad y seguridad personales de los ciudadanos y ciudadanas. El anterior panorama permite deducir a la Defensoría del Pueblo Regional Nariño, la situación de riesgo inminente en que se encuentra la población de dicha localidad, por la presencia de grupos armados ilegales y los ataques de que ha sido objeto la base militar, de donde se infiere que el riesgo lo produce la ubicación de esa base y la respuesta del Ejército, de donde se concluye que la confrontación de los actores armados, dejan en medio a la población civil. A pesar de ese escenario, el Alcalde de Ipiales, el Gobernador de Nariño y las demás autoridades del orden nacional, no han cumplido con sus funciones constitucionales y legales del mantenimiento del orden público y de su restablecimiento en el caso del Corregimiento de Cofanía –Jardines de Sucumbíospese a las solicitudes de la comunidad y de la Defensoría del Pueblo Regional Nariño, las que han guardado silencio, supuestamente porque la reubicación de la base militar es competencia de las autoridades civiles y militares del orden nacional. Por lo anotado, pide sean tutelados los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad, a la vida e integridad personal, los derechos de los niños, a la educación, vivienda digna, a la propiedad privada y a la consulta previa de los habitantes del Corregimiento de la Cofanía –Jardines de Sucumbíos del municipio de Ipiales y vecinos del lugar, vulnerados por la instalación desde el 2005 de una base militar del Batallón Especial Energético y Vial No. 9 de la Vigésima Séptima Brigada adscrita a la Sexta División del
Ejército Nacional. Como consecuencia de lo anterior, ordenar a las entidades accionadas que dentro de un término prudencial, inicien las gestiones necesarias para reubicar dicha base militar, en un lugar donde no represente un peligro para la vida e integridad personal de los habitantes de la localidad.
2. Actuación de la primera instancia 2.1. Auto de conocimiento de la tutela y traslado a las demandadas El A quo, mediante auto del 15 de julio de 2014 (fls 230 a 237) resolvió (i) avocar conocimiento de la acción de tutela; (ii) decretó pruebas relacionadas con solicitar al Ministerio de Defensa sobre la situación de orden público en el municipio de Ipiales, particularmente en el Corregimiento de la Cofania Jardines de Sucumbíos, los grupos al margen de la ley que operan allí, los métodos que utilizan para atacar las estaciones y los comandos del Ejército, descripción histórica de los ataques, evaluación de la situación de riesgo para la población, determinar si existe un sector que implique un menor riesgo para la población civil vecina de la base militar y, mapa del centro o poblado del citado Corregimiento; (ii) ordenó la práctica de varios testimonios; (iii) ordenó la vinculación de terceros involucrados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Educación, la Base Militar del Batallón Especial
Energético y Vial No. 9, la Secretaría municipal de salud de Ipiales, la Procuraduría Regional de Ipiales, la Inspección de Policía del Corregimiento de Cofanía, la Institución Educativa Rural El Empalme y la Junta de Acción
Comunal del citado Corregimiento; (iv) ordenó notificar la tutela al Ministerio de Defensa Nacional, a los Ministerios de Educación, del Interior, al Ejército Nacional, a la Dirección de Asuntos Indígenas, a la Dirección del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH, a la Dirección del Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonas, a la Dirección de la Unidad Nacional de Protección, a Ecopetrol, a la Dirección de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, al Departamento de Nariño y al accionante y a su apoderado; (v) solicitó al Ministerio de Defensa, a la Alcaldía de Ipiales, a la Inspección de Policía del citado Corregimiento , a la Secretaría de Educación de Ipiales y a las demás entidades mencionadas, para que dentro de los dos días siguientes, rindan un informe sobre los hechos y pretensiones de la acción de tutela Para esos efectos, se expidieron los oficios respectivos (fls 238 a 267). 2.2. Intervención de las entidades demandadas y de los vinculados 2.2.1. Ecopetrol Ecopetrol a través de apoderado judicial (fls 291 a 298), pidió desestimar las declaraciones y pretensiones de la acción de tutela y, en consecuencia se niegue el amparo, con base en que esa entidad no ha vulnerado los derechos fundamentales de la población del mentado Corregimiento, valga decir, los hechos narrados no involucran la actuación de esa empresa, sino a terceros, así como señala que no es la acción de tutela el medio idóneo para buscar la
protección de los derechos invocados, sino que lo es la acción popular. 2.2.2. Gobernación del Departamento de Nariño El Gobernador (E) del Departamento de Nariño (fls 312 a 317), se opuso a las pretensiones de la acción de tutela, luego de sostener que en esa zona del país delinquen grupos armados al margen de la ley, motivo por el cual el Estado no puede sustraerse de hacer presencia en el territorio. En ese sentido, reiteró que el mentado Corregimientos se encuentra notoriamente alejado del municipio de Ipiales; la localización geográfica y escasa presencia institucional, incidieron en la década de los noventa como un factor de ventaja delincuencial para el Frente 48 de las FARC y, existe la necesidad militar en pro de la defensa de la soberanía del Estado, por la eventual falta de control territorial o la parcial implantación de organizaciones insurgentes –intereses fronterizos, pozos petroleros, etc.-, por lo que la presencia militar en esa zona es indispensable para evitar las acciones de los grupos al margen de la ley y por ende, garantizar la seguridad nacional. 2.2.3. Procuraduría Provincial de Ipiales La Procuraduría Provincial de Ipiales (fls 324 a 326), presentó informe relacionado con respecto al funcionamiento de la Base Militar en el Corregimiento Cofania Jardines de Sucumbíos, que se instaló desde el 2005 en la Vereda Bajo Empalme, en donde hace presencia, además desde mucho tiempo atrás el Frente 48 de las FARC, que ha desencadenado una serie de atentados y hostigamientos en los cuales se ha visto afectada la población civil
indígena y campesina, especialmente de las Veredas el Empalme, Paraíso del Sapoyaco y la Argentina y que además, esa base se encuentra ubicada a escasos metros de la Institución Educativa El Empalme, razón por la cual los menores que asisten a estudiar se han visto en medio del fuego cruzado, además de eso, se ha detectado presencia de Minas Antipersona (MAP) y municiones sin estallar (MUSE). Por lo indicado, esa entidad como órgano de control, sugiere en procura de la garantía de los derechos fundamentales de la población civil, campesina e indígena, que de manera urgente se estudie por parte del Ministerio de Defensa, la reubicación de la base militar, pero si eso no es posible, se reubique la institución educativa El Empalme. 2.2.4. Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (fls 327 a 331), pidió declarar improcedente la acción de tutela y, en todo caso absolver de las súplicas de la demanda a esa Cartera Ministerial, toda vez que no le compete suprimir, trasladar y construir bases militares, si bien administra el presupuesto general de la nación, no puede disponer de él sin el lleno de los requisitos legales. Por su parte, quien intervino por el Ministerio de Educación Nacional, pidió desvincular a esa entidad, como sujeto pasivo de la acción de tutela, por cuanto compete a las entidades territoriales certificadas la administración de la educación. 2.2.5. Unidad Nacional de Protección
La Unidad Nacional de Protección, por intermedio de la Oficina Asesora Jurídica (fls 341 a 346), pidió declarar improcedente el amparo constitucional, luego de considerar que dentro de su misión no se encuentra la competencia de conducir las operaciones militares orientadas a defender la soberanía, la independencia y la integridad territorial, que corresponde a las Fuerzas Militares. Reiteró que dentro de su órbita de acción se encuentran los esquemas de seguridad, chalecos antibalas, medios de comunicación, entre otras dentro del programa de protección regulado en el Decreto 49 12 de 2011. 2.2.6. Alcaldía Municipal de Ipiales El Alcalde de Ipiales (fls 349 a 370) informó que el Corregimiento de Jardines de Sucunbíos, se encuentra a 15 horas Ipiales por vía terrestre, con una extensión aproximada de 10.000 kilómetros cuadrados. Ratificó las acciones terroristas perpetradas en esa zona entre 2014 y 2012 de manera similar a como se reseñó en la acción de tutela. Respecto de la solicitud de reubicación de la base militar, afirmó que efectivamente se tiene conocimiento que se adelantaron acciones de acuerdo a los lineamientos de las Ley de Víctimas (1448 de 2011) en el marco del Comité municipal de Justicia Transicional el 13 de agosto de 2013. Agregó que en relación a estudios o medidas que se han adelantado para establecer la viabilidad de la reubicación de la base militar, esas situaciones se encuentran por fuera de la disposición de la administración municipal, pues son definidas
mediante un estudio del sitio, el cual debe tener características estratégicas y dominantes, criterios que están bajo la óptica del Ejército Nacional y del Ministerio de Defensa. Sobre el control de la delincuencia y de la presencia institucional del Estado en la región, señaló que corresponde a la Policía y al Ejército Nacional encargarse directamente de asistir a la población civil en la protección de sus derechos, así como la presencia institucional del Estado. En lo relacionado con la situación de seguridad y de orden público en particular, la presencia de grupos al margen de la ley, indicó que en la zona existen 8 resguardos, que albergan el número de personas que se relacionan enseguida: Santa Rosa de Sucumbíos 117 habitantes; Ukumari Kankhe 37 personas; Ishu Awa 189 habitantes; Nasa UH 130 habitantes; Pastos 219 habitantes; Ranchería 151 habitantes; San José de los Pinos 151 habitantes y, Afrodescendientes 123 habitantes. A ello se suma una Comunidad denominada Consejo Afro Liberación y Futuro con 123 habitantes. Señaló igualmente que el total de habitantes de la población del Corregimiento registrada en el SISBEN es de 1471 registros. Manifestó que la Secretaría de Educación de Ipiales fue certificada en su servicio educativo en el 2009, que empezó a regir en el 2010, acogiendo las instituciones educativas oficiales, pero los centros educativos del citado Corregimiento fueron acogidos a partir de 2012, momento desde el cual se han venido desarrollando programas tendientes a mejorar la calidad educativa. La sección primaria, ahora pertenece a la Institución Educativa Rural El Empalme y
para ellos y los demás centros Asociados, actualmente se ha adoptado el proyecto administración de servicio educativo a estudiantes de dicho Corregimiento, con una inversión de $1.504200.000.oo que se adelanta. Al informe anexó información suministrada por planeación sobre la proximidad de la base militar a la institución educativa. Señaló que la planta del centro educativo es de 39 docentes y adjuntó un informe sobre el número de estudiantes y la deserción escolar entre 2012 y 2013. Manifestó que en la población se han detectado problemas sanitarios relacionados con la falta de cobertura de acueducto, así como las derivadas de las características climáticas de la zona, en donde son comunes enfermedades trasmitidas por zoonosis, sin que se hayan determinado consecuencias directas para la salud pública por la presencia de la base militar. Sin embargo, la grave situación de violencia que se vive en la zona, se debe a la presencia de fuerzas insurgentes, por lo que varios habitantes del sector abandonan sus residencias, en donde con el paso del tiempo se presentan vectores –moscosque al no ser controlados, aumentan el riesgo de enfermedades en la comunidad. Señaló que de las visitas del personal de saneamiento realizadas al Corregimiento, si bien hasta el momento no se han presentado problemas de salud pública derivados del conflicto armado interno, existen situaciones de riesgo, por la ubicación en la zona de grandes pozos petroleros, incluso cerca de la base militar, los que en caso de ser atacados, podrían contaminar el río y tanques de almacenamiento de agua, lo que inevitablemente conllevaría a la morbilidad y mortalidad de la población por la falta del líquido vital y, los ataques
de grupos insurgentes, generan secuelas permanentes en los habitantes de la zona, que afectarían la salud pública de la región. 2.2.7. Ministerio del Interior La Coordinadora del Grupo de Investigación y Registro de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Monorías (fls 380 a 382), pidió desvincular de la acción de tutela a esa Dirección, luego de sostener que se ha coordinado con las entidades que por competencia deben conocer del tema, la generación de espacios y acciones para sopesar la problemática presentada, en el entendido de que no es de su resorte la disposición y puesta en funcionamiento de infraestructuras militares del país, y mucho menos la implementación de estrategias militares para operaciones en contra de grupos al margen de la ley. 2.2.8. Batallón Especial Energético y Vial No. 9, “General José María Gaitán” El Comandante del mencionado Batallón (fls 386 a 392), indicó que la Institución Educativa El Empalme, está ubicada aproximadamente a 1 kilómetro lineal de la base militar, la cual fue construida aproximadamente 2 años atrás, dato que puede ser corroborado por la Secretaría de Educación del municipio de Ipiales. Señaló que la escuela está en cercanías de la base militar, no se encuentra en uso y en donde está el internado es el posicionamiento actual de la Institución Educativa. Señaló que toda ubicación de las bases militares se realiza previos estudios, tanto del sector, como del lugar estratégico, por parte del Ministerio de Defensa Nacional o a quien autorice por disposición expresa. En lo relacionado con la solicitud de reubicación de la base militar canalizada a
través de la Defensoría del Pueblo Regional Nariño, mediante oficio del 25 de junio de 2014 se corrió traslado al Ministerio de Defensa Nacional, petición que se le hizo también el 18 de noviembre de 2013 al representante del Delegado de ese Ministerio en el Comité municipal de Justicia transicional. Esa Unidad respondió el 29 de enero de 2014 a la Defensora del Pueblo Regional Nariño, indicando los resultados militares obtenidos en la región en los que se han neutralizado ataques terroristas que pudieron afectar a la población civil. Señaló que la reubicación de la base militar no depende de esa Unidad Táctica, sino del Comando Central en cabeza del Ministerio de Defensa Nacional. En lo relacionado con la situación de orden público del municipio de Ipiales y el citado Corregimiento, señaló que esa región permanece en constante alteración del orden público por el actuar de los grupos armados al margen de la ley, quienes hacen presencia constante en el sector para efectuar inteligencia delictiva a la Base Militar de Sucumbíos y a las unidades cercanas, así como coaccionar a los pobladores de la región para que no acepten acompañamientos de miembros de la Fuerza Pública, así como para realizar actividades de narcotráfico, las cuales se efectúan constantemente en veredas como el Empalme, la Argentina, la Libertad, el Amarradero, entre otras. Manifestó, que para el 17 de mayo de 2014, miembros del Ejército Nacional sostuvieron combates con el Frente 48 de las FARC, en la Vereda rancherías en donde se dio como resultado la muerte de 04 subversivos. El 01 de julio de
2014 se realizó acción terrorista con lanzamiento de 3 cilindros contra la Base Militar de Sucumbíos, en donde no se afectó personal militar, ni a las instalaciones, de donde se infiere que la finalidad de los subversivos es hostigar esa Base para que la población civil exija su retiro, apoyándose con los daños colaterales que puede sufrir la comunidad que se encuentra más cercana a dichas instalaciones militares. Expuso, que en el municipio de Ipiales opera el Frente 48 de las FARC y específicamente en el sector de Sucumbíos actúan la segunda y sexta comisión de ese Frente, especificando actividades puntuales de los mismos desde el 2006, hasta el mes de julio de 2014, último año en el que se da cuenta de 10 acciones dentro de las cuales se destaca la neutralización de varias de ellas por parte del Ejército, así como otras como hostigamientos a la base militar, quema de vehículos y combates con el Ejército. Especificó el actuar del grupo terrorista, consistente en atacar las estaciones, subestaciones o puestos de control de la Policía Nacional y del Ejército, además de la infraestructura petrolera mediante el empleo de lanzamiento de tatucos y/o cilindros contra la base militar, instalación de artefactos explosivos improvisados de alto poder en las áreas donde se “cambucha” la tropa, quema de vehículos doble troque con derrame de crudo, ataque contra la integridad física de la Fuerza Pública en el momento que sean vistos de civil en esa área (Plan Pistola), así como francotiradores, casa bomba, instalación de campos minados para causar muertes e impacto psicológico a la población civil y a la
Fuerza Pública, atentados contra la infraestructura petrolera y de hidrocarburos mediante el empleo de artefactos explosivos y, colocación de artefactos explosivos a los alrededores de las unidades militares. Señaló que la zona del Corregimiento es un corredor estratégico para las FARC para la realización de sus actividades delictivas, relacionada con el tráfico de armas, y fabricación y tráfico de estupefacientes, así como de ingreso de material bélico por la frontera con Ecuador, así como de abastecimiento y comunicación que les permite desarrollar acciones delincuenciales entre los departamentos del Putumayo, Nariño y el vecino país de Ecuador. Sostuvo que la base militar se encuentra ubicada en terrenos de Ecopetrol en donde se encuentran 3 tanques de almacenamiento de crudo. Dicha Base cuenta con instalaciones básicas para la protección de la tropa, en donde se presta la seguridad requerida por Ecopetrol, tratando de evitar cualquier acción terrorista en su contra. Agregó que desde la instalación de la base se han presentado inconvenientes con la comunidad del sector, por su desafecto con la tropa y porque la comunidad desde hace algún tiempo derivaba su actividad económica del comercio de la hoja de coca. Considera que la importancia de mantener la Base Militar en el sitio en el que se encuentran, radica en la capacidad que se tiene con las tropas para no permitir la libre movilidad de las FARC en el sector, el cual es un área muy importante para los terroristas, haciendo que sea más difícil que pueda utilizarse como puerta de entrada de los apoyos logísticos a sus áreas campamentarias, al encontrarse en una zona fronteriza con Ecuador. 2.2.9. Presidencia de la República
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por intermedio de apoderada judicial (fls 408 y 409), pidió se niegue la solicitud de amparo constitucional, con fundamento en que esa entidad no ha vulnerado ningún derecho fundamental alegado, teniendo en cuenta que no le corr
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.