CSDJ - F68001110200020130121701ADJUNTA20181012111244-2018
Consejo Superior de la Judicatura
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Detalles
- Título
- CSDJ - F68001110200020130121701ADJUNTA20181012111244-2018
- Autor
- Consejo Superior de la Judicatura
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA
SALVAMENTO DE VOTO
Magistrada Doctora JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ Magistrada Ponente Dra. MARÍA LOURDES HERNÁNDEZ MINDIOLA Radicación No. 680011102000201301217-01 Aprobado en Sala No. 61 del 11 de julio de 2018 Con el debido respeto me permito manifestar que SALVO EL VOTO en relación con la decisión tomada mayoritariamente por la Corporación, por medio de la cual resolvió confirmar la decisión de terminación y archivo declarada el 21 de abril de 2015, en favor del abogado JUAN CARLOS ALFONSO, toda vez que al revisar las pruebas obrantes en el plenario, se evidencia que el abogado investigado no puede exonerarse por lo denominado “error invencible”, por el desconocimiento de la jurisprudencia, siendo este un deber de los profesionales del derecho mantenerse actualizados en sus conocimientos, en especial de las áreas en que litigan, de las modificaciones normativas como pronunciamientos de la diferentes Cortes. Por lo anterior, la causal de exoneración de responsabilidad descrita en el artículo 22, numeral 6 de la Ley 1123 de 2007, no puede entenderse configurada bajo la incuria del abogado, por ello, la investigación debió proseguirse. De los Señores Magistrados, en los anteriores términos dejo planteado mi salvamento de voto. Se remite a la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del
Consejo Superior de la Judicatura un expediente con 10 cuadernos con 3030-178-127-158-162-16-4-3-33 folios y 3 CD. Atentamente, JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ Magistrada Fecha ut supra