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CSDJ - F76001110200020140146801ADJUNTA20150224153955-2014

Consejo Superior de la Judicatura

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Detalles

Título
CSDJ - F76001110200020140146801ADJUNTA20150224153955-2014
Autor
Consejo Superior de la Judicatura
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \

MERGEFORMATINET

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., tres (3) de diciembre de dos mil catorce (2014) Magistrado Ponente: Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicación No. 760011102000201401468 01 / 2923 T Aprobado según Acta No. 99 de la misma fecha. ASUNTO Procede la Sala a corregir la providencia de fecha 1º de octubre de 2014, aprobada en Sala No. 81 de la misma data, por medio de la cual se confirmó la sentencia apelada, del 12 de agosto de 2014, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca, con la cual se declaró la improcedencia de la acción de tutela incoada por la señora Ana Felisa Martínez Marín. ANTECEDENTES Mediante impugnación contra el fallo de primera instancia esta la Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, conoció de la acción de tutela incoada por la señora Ana Felisa Martínez Marín contra la Estación de la Policía de Montebello y los agentes de la policía Diego Alexander Barbosa Mosquera y Germán Humberto Quintero Beltrán, por la posible vulneración al derecho fundamental al debido proceso y la propiedad privada. Mediante sentencia del 1° de octubre de 2014, aprobada en Sala No. 81 de la

misma fecha, esta Corporación decidió confirmar la sentencia proferida dentro del trámite la acción tutelar, en donde se advierte un error en el ordinal primero del acápite de la parte resolutiva que resulta pertinente corregir. República de Colombia 2 Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 760011102000201401468 01 / 2923 T Tutela en segunda instancia CONSIDERACIONES Existe la certeza que en la decisión referida se presentó un error en el ordinal 1º de la parte resolutiva en el segundo nombre de la actora, el cual debe ser corregido a efectos que ella quede plenamente identificada y sea identificable, ya que se consignó como su nombre el de Ana Felina Martínez Marín, cuando el que corresponde es el de Ana Felisa Martínez Marín. En relación a los errores contenidos en las providencias proferidas por esta Sala, como en el caso objeto de estudio, deben aplicarse los mandatos contenidos en el Código de Procedimiento Civil que regulan dicha materia. Es así como el artículo 286 del Código de General del Proceso, indica: Artículo 286. Corrección de errores aritméticos y otros. Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto. Si la corrección se hiciere luego de terminado el proceso, el auto se notificará por

aviso. Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de estas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella. En este orden de ideas, y teniendo en cuenta que efectivamente se incurrió en error en la parte resolutiva de la providencia proferida el 1° de octubre de 2014, en Sala No. 81 de la misma fecha, es que se debe proceder a enmendar y señalar que el nombre correcto de la actora es el de Ana Felisa Martínez Marín. En mérito de lo expuesto, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior de la Judicatura, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE PRIMERO: CORREGIR en el ordinal primero de la parte resolutiva de la providencia emitida por esta Sala No. 81 del 1° de octubre de 2014, señalando que el nombre correcto de la actora es el de Ana Felisa Martínez Marín. República de Colombia 3 Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 760011102000201401468 01 / 2923 T Tutela en segunda instancia SEGUNDO: Hecha la anterior corrección, por la Secretaría Judicial dese cumplimiento a lo dispuesto por esta Sala en providencia de fecha 1° de octubre de 2014.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA MERCEDES LÓPEZ MORA

Presidenta

PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO

Vicepresidente Magistrada

JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ ANGELINO LIZCANO RIVERA

Magistrado Magistrado

NÉSTOR IVÁN JAVIER OSUNA PATIÑO WILSON RUIZ OREJUELA

Magistrado Magistrado

YIRA LUCÍA OLARTE ÁVILA

Secretaria Judicial República de Colombia 4 Rama Judicial INCLUDEPICTURE "cid:image001.gif@01CAA11C.6979D9F0" \ MERGEFORMATINET

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SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA M.P. Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO Radicado N° 760011102000201401468 01 / 2923 T Tutela en segunda instancia

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