CSJ - AC3150-2025 [2017-00360-01]

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC3150-2025 [2017-00360-01]
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2017

AC3150-2025 Radicación n.º 11001-31-03-001-2017-00360-01 Bogotá, D.C., veintidós (22) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Dentro de la oportunidad legal se presentaron dos demandas de sustentación del recurso extraordinario de casación frente a la sentencia de 28 de septiembre de 2023, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá; la primera, por parte del Politécnico Internacional Institución de Educación Superior; y la segunda, por los convocados Confortrans S.A.S., Jairo Alberto Parrado Jiménez y Gustavo Herrera. Como dichos escritos reúnen los condicionamientos contemplados en el canon 344 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE PRIMERO. ADMITIR las demandas de casación formuladas por (i) Politécnico Internacional Institución deRadicación n.º 11001-31-03-001-2017-00360-01 2 Educación Superior, de un lado; y por (ii) Confortrans S.A.S., Jairo Alberto Parrado Jiménez y Gustavo Herrera, de otro. SEGUNDO. CORRER traslado a la contraparte por

el término común de quince (15) días, en la forma y para los efectos establecidos en el artículo 348 del Código General del Proceso. Notifíquese y cúmplase.

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

Magistrado

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