CSJ - AEP082-2024(00334)
Detalles
- Título
- CSJ - AEP082-2024(00334)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2024
SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA
BLANCA NÉLIDA BARRETO ARDILA
Magistrada Ponente AEP 082-2024 Radicación interna N.º 00334 CUI 11001600010220200008200 Aprobado mediante Acta No. 66 Bogotá D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Decide la Sala Especial las solicitudes probatorias1 elevadas por las partes en la audiencia preparatoria.
1 Por efectos prácticos, en aras de ofrecer un mejor manejo del decreto probatorio, se anexa a este proveído un índice de las pruebas admitidas y negadas.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
EVERTH JULIO HAWKINS SJOGREEN Ley 906 de 2004
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1. HECHOS La Fiscalía General de la Nación investiga la posible incursión en actos irregulares relacionados con la contratación pública celebrada por EVERTH JULIO HAWKINS SJOGREEN en su condición de gobernador del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, con la empresa Noel Fotos S.A.S., consistente en la “prestación de servicios publicitarios de diagramación, diseño e impresión, grabación
y rotación de piezas publicitarias para el desarrollo de la campaña de prevención y mitigación de efectos del virus COVID-19, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria en el país”, cuya cuantía fue de quinientos millones de pesos ($500.000.000,00).
Según el escrito de acusación, el citado gobernador infringió el régimen contractual al acudir a las facultades emanadas de la declaratoria de emergencia sanitaria, obviando la indispensable mención que el acto que originó esa situación excepcional debía contener objeto, causa y finalidad, máxime que las situaciones que se pretendían superar se referían a las capacidades de la red hospitalaria y de expansión a la infraestructura instalada, extrañas al propósito del citado contrato. Se agrega que los estudios y justificación para la contratación se tramitaron con posterioridad al inicio de su ejecución, siendo la selección abreviada la modalidad contractual a la que debía acudirse, no así la contratación
directa.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024
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Página 3 de 78 Para la Fiscalía, con las citadas irregularidades el acusado facilitó el apoderamiento de recursos del ente territorial destinados a la atención en salud de la población.
2. ACTUACIÓN PROCESAL La Fiscalía, ante un Magistrado de la Sala Penal del
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con
territorial destinados a la atención en salud de la población.
2. ACTUACIÓN PROCESAL La Fiscalía, ante un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con funciones de Control de Garantías, en audiencia cumplida el 4 de agosto de 2020 le formuló imputación a HAWKINS SJOGREEN como probable autor de las conductas punibles de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso con peculado por apropiación , cargos que no aceptó el imputado.
En la misma diligencia dicho ente solicitó la imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva intramural, a lo que accedió el Magistrado el 16 de septiembre de 2020, pero bajo detención domiciliaria, medida que posteriormente, el 22 de abril de 2021, fue revocada por un Magistrado del mismo Tribunal. El 19 de octubre de 2020, la Fiscalía presentó escrito de acusación ante esta Sala Especial de Primera Instancia en contra de HAWKINS SJOGREEN como autor de los mismos delitos objeto de imputación. La audiencia de formulación de acusación se cumplió en sesiones de 24 de noviembre de 2020, 18 de enero, 9, 24 de febrero y 20 de octubre de 2021, siendo reconocida laSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 4 de 78 Contraloría Departamental de San Andrés como presunta
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Página 4 de 78 Contraloría Departamental de San Andrés como presunta víctima, en tanto que el pasado 22 de enero de 2024 se llevó a cabo la audiencia preparatoria.
3. ESTIPULACIONES PROBATORIAS Las partes afirmaron no haber llegado a acuerdos sobre los hechos.
4. SOLICITUDES PROBATORIAS 4.1. De la Fiscalía 4.1.1. Documentos Solicitó la aprobación e incorporación de los siguientes: DE LA CONDICIÓN FORAL-GOBERNADOR 4.1.1.1. Acta de posesión 002 del 1° de enero de 2020. 4.1.1.2. Certificado número 007 del 7 de enero de 2020 del Grupo de Desarrollo y Control de Talento Humano de la gobernación de San Andrés. 4.1.1.3. Credencial electoral E-28, expedida por el
Consejo Nacional Electoral a nombre de EVERTH JULIO
HAWKINS SJOGREEN.
Con estos busca probar que el acusado ocupaba el cargo de gobernador del Departamento para la época de ocurrencia de los hechos.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 5 de 78 4.1.1.4. Certificado número 591 de 8 de octubre de 2020, expedido por el Grupo de Desarrollo y Control de Talento Humano relacionado con la vinculación laboral y
4.1.1.4. Certificado número 591 de 8 de octubre de 2020, expedido por el Grupo de Desarrollo y Control de Talento Humano relacionado con la vinculación laboral y situaciones administrativas del acusado como gobernador y los Decretos de encargo números 40, 57, 59, 69, 71, 79, 95, 102 y 119 de 2020. Busca acreditar las fechas en las cuales HAWKINS SJOGREEN ejerció como gobernador desde su sede y confrontar las situaciones administrativas con la posibilidad de presidir los Consejos de Gobierno y de Riesgo en los que se viabilizó el contrato materia de enjuiciamiento. DE LA MATERIALIDAD DEL DELITO DE CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES 4.1.1.5. Resultado de la consulta en el Registro Único Empresarial y Social – RUES y los certificados de matrícula mercantil a nombre de Henry Ramírez García y del establecimiento de comercio Noel Comunicaciones S.A.S.2, expedidos el 30 de abril de 2020. 4.1.1.6. Certificado de existencia y representación legal de Noel Fotos S.A.S., expedida el 10 de marzo de 2020, Registro Único Tributario, certificados de antecedentes, planilla de autoliquidación de aportes de Noel Fotos S.A.S. y copia del documento de identidad de Henry Ramírez García.
2 La Fiscalía alude esta firma bajo la razón social Noel Fotos S.A.S. y Noel Comunicaciones.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 6 de 78 Con estos documentos procurará establecer la existencia y representación de la empresa, así como el registro comercial de Henry Ramírez García, inscrito en la región insular como particular mientras participó en reuniones propias de la entidad territorial. 4.1.1.7. Solicitudes de cotización de impresos del 16 de marzo de 2020, dirigidas a:
- Gregory Dimas Torres.
- Noel Fotos S.A.S. - William Francis Bowie. 4.1.1.8. Cotizaciones presentadas a la gobernación el
17 de marzo de 2020 por:
- Gregory Dimas Torres.
- William Francis Bowie.
Con ello la Fiscalía busca establecer el desarrollo de un proceso contractual ordinario, con la misma finalidad del contrato objeto de juicio, adelantado con antelación a la declaratoria de urgencia manifiesta, además, la cuantía que la administración estimó necesaria y suficiente para la campaña de publicidad, y que las cotizaciones presentadas por Noel Foto sustentaron las obligaciones específicas del contrato, en cantidades y monto inferior al que finalmente se comprometió al celebrarlo. 4.1.1.9. Propuestas técnica y económica presentadas el 16 de marzo de 2020 por Noel Comunicaciones , acompañadas de las cotizaciones números 2992 y 2993, a finSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
el 16 de marzo de 2020 por Noel Comunicaciones , acompañadas de las cotizaciones números 2992 y 2993, a finSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 7 de 78 de probar que Henry Ramírez como representante legal de Noel Fotos S.A.S., las presentó antes de la declaratoria de urgencia manifiesta, dentro del marco de un proceso contractual precedente. 4.1.1.10. Decreto 0129 de 18 de marzo de 2020, por el cual se declaró la calamidad pública en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para denotar las circunstancias de emergencia en el Departamento, la declaración de urgencia como fundamento de la celebración del contrato y el límite de lo que podía ser objeto de contratación bajo esa modalidad, no estando dentro del mismo el tema de la publicidad. 4.1.1.11. Estudios previos elaborados el 18 de marzo de 2020 y suscritos por el secretario de salud Julián Davis Robinson, con el propósito de fijar las circunstancias en las cuales se definió la necesidad de contratación, el momento en que se elaboró el documento, así como las cotizaciones tenidas en cuenta como fuente y parte integral del contrato. 4.1.1.12. Justificación de contratación directa para la
presentación de servicios publicitarios firmado por HAWKINS SJOGREEN el 18 de marzo de 2020, para mostrar las razones esbozadas por el acusado para celebrar el contrato dentro del marco de la declaratoria de urgencia manifiesta. 4.1.1.13. Oficio de 18 de marzo de 2020 comunicando a Noel Fotos S.A.S. la solicitud de inicio de prestación de servicios de impresos y publicidad, con el propósito deSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 8 de 78 denotar que el acusado retomó las consideraciones del documento denominado “estudio previo” y delimitar las referencias tanto al anexo técnico como a la cotización, presentadas el 16 de marzo de 2020, antes de la declaratoria de la situación de calamidad. 4.1.1.14. Contrato número 291-2020 de 18 de marzo de 2020, celebrado entre la gobernación representada por EVERTH JULIO HAWKINS SJOGREEN y Henry Ramírez García, representante legal de Noel Fotos S.A.S, pues para la teoría acusadora, este documento evidencia el acto de celebración contractual ejecutado por el acusado. 4.1.1.15. Acta de inicio de ejecución del contrato 2912020 de 18 de marzo de 2020, para probar la fecha en que se iniciaron las actividades, establecer las etapas agotadas durante el trámite y celebración y, de esta manera, dejar
2020 de 18 de marzo de 2020, para probar la fecha en que se iniciaron las actividades, establecer las etapas agotadas durante el trámite y celebración y, de esta manera, dejar sentada la indefinición de las actividades propias del objeto contractual. 4.1.1.16. Actas de reunión de seguimiento a estrategia de comunicaciones y ejecución de contrato números: - 001 de 18 de marzo de 2020 - 002 de 21 de marzo de 2020 - 003 de 14 de julio de 2020 Apunta a establecer que la justificación del contrato no estuvo definida previamente a su celebración y las actividades propias se establecieron durante las reuniones deSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 9 de 78 seguimiento a la ejecución, dando cuenta que, a pesar del contenido de las cotizaciones que sirvieron de fundamento a la contratación, se aceptó la variación de precios. También busca desvirtuar la capacidad del contratista para atender un objeto diverso al que fue materia de su propuesta. 4.1.1.17. Memorando 001 de 10 de enero de 2020 suscrito por el acusado sobre la fijación de cuantías para determinar la modalidad de contratación, con el cual busca demostrar la modalidad que debió seguir el proceso contractual que se preveía llevar a cabo antes de celebrarlo bajo el estado excepcional. 4.1.1.18. Decreto 251 de 26 de junio de 2014, mediante el cual se expidió el manual de contratación del departamento.
bajo el estado excepcional. 4.1.1.18. Decreto 251 de 26 de junio de 2014, mediante el cual se expidió el manual de contratación del departamento. 4.1.1.19. Oficio sin fecha, suscrito por Alexis Javier Arrieta Pacheco, jefe de la oficina jurídica de la gobernación, dando cuenta que el manual de contratación vigente es el citado decreto y no hay acto administrativo de delegación. Con estos documentos la Fiscalía quiere probar la metodología y funcionarios a cargo de los procesos contractuales, particularmente, los que se tramitan durante los estados de urgencia manifiesta, donde se precisa que la misma no podría estar delegada. 4.1.1.20. Resolución 385 de 2020, para indicar que el Ministerio de Salud declaró la emergencia sanitaria eSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 10 de 78 impartió a los entes públicos los lineamientos en materia de prevención, específicamente, en cuanto refiere a los mecanismos de publicidad, con lo que aspira a concretar que el contrato no podía ser celebrado al amparo del estado de urgencia manifiesta. DE LA MATERIALIDAD DEL DELITO DE PECULADO POR APROPIACIÓN 4.1.1.21. Decreto 752 de 16 de diciembre de 2019, por
medio del cual se liquida el presupuesto de rentas y recursos de capital y de gastos o apropiaciones para la vigencia fiscal 2020. 4.1.1.22. Certificado de 16 de enero de 2020 sobre el monto total de apropiaciones en el presupuesto para la vigencia fiscal 2020. 4.1.1.23. Certificado 2020-0015 de 14 de mayo de 2020 de la Oficina de Presupuesto de la gobernación, sobre el rubro comprometido y la disponibilidad de recursos para la celebración del contrato 291-2020. 4.1.1.24. Certificado de disponibilidad presupuestal número 1296 de 18 de marzo de 2020, por $600.000.000. 4.1.1.25. Registro presupuestal de compromisos número 625 de 18 de marzo de 2020, por $500.000.000. 4.1.1.26. Cuadros de ejecución presupuestal de ingresos 2020 y ejecución de presupuesto de gastos 2020 con corte a 14 de mayo de 2020.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 11 de 78 Con los anteriores documentos busca acreditar el origen e imputación presupuestal de los recursos comprometidos en la celebración del contrato, para evidenciar las circunstancias previas y concomitantes a tal celebración, todo ello insumo para el estudio pericial que esbozará más adelante. 4.1.1.27. Oficio de 19 de marzo de 2020, por el cual el
celebración, todo ello insumo para el estudio pericial que esbozará más adelante. 4.1.1.27. Oficio de 19 de marzo de 2020, por el cual el jefe de prensa de la gobernación solicitó a Noel Fotos S.A.S. la cotización de productos en el marco de ejecución del contrato 291-2020. 4.1.1.28. Cotización número 3001 de 20 de marzo de 2020 presentada por Noel Comunicaciones. 4.1.1.29. Oficio de 20 de marzo de 2020, por el cual, el jefe de prensa de la gobernación expresó a Noel Fotos S.A.S. la aceptación de la cotización número 3001. 4.1.1.30. Oficio de 20 de marzo de 2020, a través del cual, el jefe de prensa de la gobernación pidió a Noel Fotos S.A.S., cotización de productos en el marco de la ejecución del contrato 291-2020. 4.1.1.31. Cotización número 3002 del 21 de marzo de 2020, presentada por Noel Comunicaciones. 4.1.1.32. Oficio de 21 de marzo de 2020, por medio del cual el jefe de prensa de la gobernación comunicó a Noel Fotos S.A.S. la aceptación a la cotización número 3002.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 12 de 78 4.1.1.33. Comunicado del 22 de marzo de 2020, suscrito por el representante legal de Noel Fotos S.A.S.,
Ley 906 de 2004 Página 12 de 78 4.1.1.33. Comunicado del 22 de marzo de 2020, suscrito por el representante legal de Noel Fotos S.A.S., dirigido al secretario de salud y al jefe de prensa de la gobernación, entregando la lista de precios actualizada, para dar cumplimiento al compromiso registrado en acta 002 de 21 de marzo de 2020. Con esta secuencia de documentos la Fiscalía pretende establecer la forma cómo se modificaron las condiciones del contrato, resultado de las reuniones celebradas luego del inicio de su ejecución. 4.1.1.34. Oficios de 3, 14, 15 y 21 de abril de 2020, suscritos por Juan Enrique Archbold Dau, jefe de prensa del departamento con destino a Noel Fotos S.A.S., solicitando material en el marco de la ejecución del contrato 291-2020, documentos con los cuales quiere soportar la forma en que se requirió el suministro de material publicitario con el propósito de constatar que las entregas se hicieron fuera de lo requerido y aprobado, además, los términos se fueron adecuando a los lineamientos del contratista. 4.1.1.35. Informe de ejecución del contrato para el periodo comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de marzo del mismo año, suscrito por el secretario de salud
Julián Roberto Davis; el contratista, Henry Ramírez; y visto bueno del jefe de prensa Julián Enrique Archbold Dau.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 13 de 78 4.1.1.36. Oficio de 30 de marzo de 2020, contentivo del informe de ejecución del contrato 291-2020, presentado por Henry Ramírez como representante legal de Noel Fotos S.A.S. 4.1.1.37. Informe de ejecución del contrato de 1° de abril a 7 de mayo de 2020, firmado por el secretario de salud, el contratista y con visto bueno del jefe de prensa. 4.1.1.38. Recibo a satisfacción, certificado suscrito por el secretario de salud del departamento Julián Roberto Davis, de marzo de 2020, por valor de $204.700.003. 4.1.1.39. Oficio de 26 de mayo de 2020, dirigido al secretario de salud, suscrito por Henry Ramírez, con el cual presenta el informe número 2 de ejecución del contrato. 4.1.1.40. Informe número 2 de ejecución del contrato 291-2020, presentado por Noel Comunicaciones , con referencia “ejecución de productos solicitados” mediante dos oficios de 3 de abril de 2020. 4.1.1.41. Oficio de 20 de abril de 2020 dirigido a Noel Fotos S.A.S. sobre ubicación de vallas en Providencia. 4.1.1.42. Oficio de 20 de abril de 2020 dirigido al jefe de prensa por la Alcaldía de Providencia, agradeciendo el material publicitario.
4.1.1.42. Oficio de 20 de abril de 2020 dirigido al jefe de prensa por la Alcaldía de Providencia, agradeciendo el material publicitario. 4.1.1.43. Acta de entrega a satisfacción suscrita el 27 de abril de 2020 por el contratista y el secretario de salud.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 14 de 78 4.1.1.44. Oficio de 30 de abril de 2020 dirigido al jefe de prensa por la Alcaldía de Providencia, agradeciendo el material publicitario recibido. 4.1.1.45. Acta de 7 de mayo de 2020, entrega a satisfacción de Henry Ramírez a la Secretaría de Gobierno Municipal de la Alcaldía de Providencia. 4.1.1.46. Recibos a satisfacción del 30 de marzo y 26 de mayo de 2020 suscritos por el secretario de salud Julián Roberto Robinson y planillas integradas de autoliquidación de aportes. 4.1.1.47. Certificados de entrega a satisfacción de material con fechas 22 a 28 de marzo, 6 de abril, 15 a 18 de abril y 7 de mayo de 2020, suscritos por Henry Ramírez y Julián Davis Robinson. 4.1.1.48. Informe de impacto elaborado por Noel Comunicaciones, solicitado en reunión número 3 del 8 de mayo de 2020, presentado con oficio de 26 de mayo 2020.
4.1.1.48. Informe de impacto elaborado por Noel Comunicaciones, solicitado en reunión número 3 del 8 de mayo de 2020, presentado con oficio de 26 de mayo 2020. 4.1.1.49. Oficio de 2 de julio de 2020 suscrito por el encargado del almacén de la gobernación, mediante el cual certificó que no hubo ingreso de productos por tratarse de un contrato de prestación de servicios y no de suministro. Con estos documentos la Fiscalía anhela acreditar la forma cómo el contratista reportaba la ejecución del contrato y la administración departamental suscribía las actas de ejecución y recibos a satisfacción sin control ni verificación ySALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 15 de 78 cotejar esa información con otros elementos soporte del informe contable del delito de peculado por apropiación. 4.1.1.50. Informe ejecutivo de supervisión del contrato, con corte a 30 de marzo de 2020, suscrito por el secretario de salud Julián Roberto Davis. 4.1.1.51. Informes ejecutivos de supervisión, con fechas de pago a 31 de marzo, 26 de mayo y 23 de julio de 2020. Según el ente acusador, con estos procurará denotar el porcentaje de ejecución en las fechas de cortes de cada informe y la forma cómo la administración autorizaba el desembolso de recursos. Documentos que también le sirvieron de sustento al informe pericial contable.
informe y la forma cómo la administración autorizaba el desembolso de recursos. Documentos que también le sirvieron de sustento al informe pericial contable. 4.1.1.52. Factura de venta número 0000026980 de 30 de marzo de 2020, por $204.700.003, expedida por Noel Fotos S.A.S. a nombre de la gobernación del departamento. 4.1.1.53. Factura por $126.000.000 expedida por Noel Fotos S.A.S. a nombre de la gobernación. Tiquete número 0000000038 de 26 de mayo de 2020. Con estas anhela establecer la forma en que el contratista soportaba las cuentas de cobro a la administración, tratándose de documentos que sustentan el análisis contable.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 16 de 78 4.1.1.54. Orden de pago número 1927 del 31 de marzo de 2020 expedida por la gobernación a nombre de Noel Fotos S.A.S., por $204.700.003. 4.1.1.55. Planilla de los informes a las órdenes de pago números 1927, 2837 y 4805 de 2020. 4.1.1.56. Comprobante de egreso número 3632 de 31 de marzo de 2020 con cargo a la orden de pago 1927, por valor de $191.394.503. 4.1.1.57. Registro de transacciones de la cuenta corriente número 487004301 del Banco de Bogotá,
de marzo de 2020 con cargo a la orden de pago 1927, por valor de $191.394.503. 4.1.1.57. Registro de transacciones de la cuenta corriente número 487004301 del Banco de Bogotá, beneficiario Noel Fotos S.A.S., expedido 13 de mayo 2020. 4.1.1.58. Certificado del 13 de mayo de 2020 de la tesorera del departamento, acreditando el pago de $191.394.503 a Noel Foto, dentro del contrato 291 de 2020. 4.1.1.59. Certificado expedido por el Banco BBVA Colombia acerca de la titularidad de la cuenta corriente número 487004301, a nombre de Noel Fotos S.A.S. 4.1.1.60. Certificado 2020-023 del 7 de octubre de 2020, emitido por la oficina de presupuesto de la gobernación, sobre la ejecución presupuestal del contrato 291 de 2020. 4.1.1.61. Certificados de tesorería de 8 de octubre de 2020, respecto de los pagos realizados al contrato 291.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 17 de 78 4.1.1.62. Informes y órdenes de pago del contrato 291 de 2020. Con los anteriores documentos se plantea la demostración del desembolso de recursos de la administración a favor de Noel Fotos S.A.S. 4.1.1.63. Cotización dirigida a la Fiscalía General de la
de 2020. Con los anteriores documentos se plantea la demostración del desembolso de recursos de la administración a favor de Noel Fotos S.A.S. 4.1.1.63. Cotización dirigida a la Fiscalía General de la Nación, de 12 de mayo de 2020, por la empresa Graphics Solutions. 4.1.1.64. Cotización número M-13456, con fecha 05 de junio de 2020 dirigida a la Fiscalía, por la empresa Gráficas Aladino-Medellín. 4.1.1.65. Cotización de 13 de junio de 2020 dirigida a la Fiscalía, por la empresa Publicity Diseño Publicidad y Mercadeo. 4.1.1.66. Cotización de 25 de junio de 2020 enviada a la Fiscalía por la empresa Publicity Diseño publicidad y Mercadeo. 4.1.1.67. Cotización número 00704, enviada a la Fiscalía por la empresa Ideas Color Cartagena, con fecha 26 de junio de 2020. Para el ente instructor, con estos documentos se determinó el análisis de precios de los materiales y productosSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 18 de 78 suministrados como objeto material del contrato que fueron materia del dictamen pericial contable. 4.1.1.68. Registro fotográfico de vallas publicitarias, verificado por la Policía Judicial con el propósito de demostrar las características y contenido del material publicitario objeto del contrato, a efecto de contrastarlo con su valor.
verificado por la Policía Judicial con el propósito de demostrar las características y contenido del material publicitario objeto del contrato, a efecto de contrastarlo con su valor. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ACUSADO 4.1.1.69. DVDS con las grabaciones obtenidas de la interceptación telefónica a los abonados celulares 3125227052 y 3163853155 y acta de audiencia de control de legalidad posterior, con fecha 22 de junio 2020. Afirmó que, estos registros prueban la forma cómo se ejecutaba el contrato, el conocimiento que el acusado tenía acerca de los hechos, así como la relación del contratista con la campaña electoral que lo llevó a la gobernación. Precisó que esta evidencia se incorporará con la analista de comunicaciones Camila Fernanda Salgado Ramírez, quien suscribió el informe. 4.1.1.70. Actas de consejo de Gobierno Departamental - 001 de 7 de enero de 2020 - 002 de 9 de enero de 2020 - 003 de 13 de enero de 2020 - 004 de 18 de febrero de 2020SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 19 de 78 - 005 de 24 de febrero de 2020 - 006 de 2 de marzo de 2020 - 007 de 7 de marzo de 2020 - 018 de 7 de marzo de 2020
- 08 de 16 de marzo de 2020 - 009 de 27 de abril de 2020 - 010 de 29 de mayo de 2020 - 011 de 8 de junio de 2020 - 012 de 9 de junio de 2020 - 013 de 18 de junio de 2020 - 014 de 25 de junio de 2020 - 015 de 10 de julio de 2020 - 016 de 23 de julio de 2020 4.1.1.71. Listados de asistencia a los Consejos de Gobierno del primer semestre de 2020.
Lo anterior, con el propósito de denotar el marcado interés que tenía la gobernación antes, durante y después de la celebración del contrato 291-2020, la posición privilegiada del contratista, así como el nivel de importancia que el gobernador imprimió a los temas relacionados con la pandemia, particularmente, con el contrato materia de investigación. 4.1.1.72. Decreto 130 de 18 de marzo de 2020, por el cual se adoptan medidas para la prevención y atención de las situaciones de emergencia que ocasionan la declaratoria de calamidad pública en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 20 de 78 4.1.1.73. Plan de acción específico de calamidad pública, adoptado con ocasión al Decreto 130 de 2020. La Fiscalía pretende probar que, en la misma fecha de
Ley 906 de 2004 Página 20 de 78 4.1.1.73. Plan de acción específico de calamidad pública, adoptado con ocasión al Decreto 130 de 2020. La Fiscalía pretende probar que, en la misma fecha de celebración del contrato número 291 de 2020, y ante la declaratoria de calamidad pública, el acusado profirió los decretos implementando medidas para atender los efectos del COVID-19 bajo la figura de la declaratoria de emergencia manifiesta. 4.1.1.74. Memorando del 6 de octubre de 2020 suscrito por el coordinador de gestión del riesgo, Walden Downs. 4.1.1.75. Acta número 010 de 17 de marzo de 2020 del consejo extraordinario de gestión del riesgo de desastres, declaratoria de calamidad por coronavirus COVID-19. 4.1.1.76. Actas de consejo departamental de gestión del riesgo números 002, 010, 012, 013, 020, 021 y 025 de 2020, entregadas mediante memorando número 1367 de 19 de octubre de 2020. Según la Fiscalía, del cotejo de estos elementos se podrá demostrar la inconsistencia advertida en las actas, en tanto en la primera aparecen dos folios identificados con el número siete (7), con ajustes que son ostensiblemente distintos y no coinciden con la segunda acta allegada por el ente territorial. 4.1.1.77. Certificado número 580 del 5 de octubre de 2020, expedido por el grupo de desarrollo y control delSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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2020, expedido por el grupo de desarrollo y control delSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 21 de 78 talento humano, sobre la vinculación laboral de Alen Leonardo Jay Stephens como secretario de Infraestructura. 4.1.1.78. Decreto 0024 de 2 de enero de 2020, por el cual se nombró a Alen Leonardo Jay Stephens como secretario de Infraestructura y acta de posesión. El ente acusador busca establecer el cargo que ocupaba Jay Stephens para el 16 de marzo de 2020, cuando se llevó a cabo el consejo de gobierno donde se abordó el tema de la declaratoria de urgencia manifiesta, cuya acta aparece en dos ejemplares, una firmada por el gobernador titular y otra por Jay Stephens, como encargado, y las decisiones adoptadas en comité de riesgo que aprobó la calamidad pública, presidida por dicho funcionario. 4.1.1.79. CD con imágenes de verificación de información, aportado con el informe número IC 0005974414, sobre empresas de publicidad radicadas en la isla, para acreditar que el estudio de costos realizado por el perito contable se hizo con empresas que no tienen domicilio en San Andrés, lo que apoya el informe pericial. 4.1.1.80. Actas del Consejo de Gobierno - Del 7 de marzo de 2020 en 5 folios - Del 7 de marzo de 2020 en 6 folios
en San Andrés, lo que apoya el informe pericial. 4.1.1.80. Actas del Consejo de Gobierno - Del 7 de marzo de 2020 en 5 folios - Del 7 de marzo de 2020 en 6 folios - Del 16 de marzo 2020 en 4 foliosSALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA 2024 Radicación 00334
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Página 22 de 78 Según la Fiscalía, constituyen la evidencia de la forma en que la gobernación adoptó la decisión de incluir el contrato al amparo de la declaratoria de urgencia ma
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