CSJ - AL065-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL065-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
SCLAJPT-05 V.00
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL065-2025 Radicación n.° 73001-31-05-006-2023-00105-01 Acta 1 Bogotá, D. C., veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025).
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y
CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. vs. NIDIA MARÍN
LATORRE Y OTROS.
Se autoriza para actuar dentro del proceso de la referencia al abogado Juan Carlos Gaviria Gómez, con Tarjeta Profesional n.°60.567, como apoderado sustituto de la parte recurrente, la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., conforme al poder que precede y en sujeción a lo previsto en los artículos 74 y 77 del Código General del Proceso. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., contra laRadicación n.° 73001-31-05-006-2023-00105-01 SCLAJPT-05 V.00 2 sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en el proceso ordinario laboral promovido por Marco Antonio Montaña en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., La NaciónMinisterio de Hacienda y Crédito Público, y Nidia Marín Latorre.
Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., La NaciónMinisterio de Hacienda y Crédito Público, y Nidia Marín Latorre. Sin costas por cuanto no hubo oposición. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala