CSJ - AL108-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL108-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
SCLAJPT-04 V.00
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL108-2025 Radicación n.° 08001-31-05-005-2019-00331-02 Acta 1 Bogotá D.C., veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025). Marcial Reinaldo Molina Tous y otro vs. Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y otros En vista de que la Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Por otro lado, la demanda de casación presentada por Marcial Reinaldo Molina Tous en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite.Radicación n.° 08001-31-05-005-2019-00331-02
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Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla y Distrito Especial, Industrial y Portuario de
córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla y Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Notifíquese, publíquese y cúmplase.