CSJ - AL915-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL915-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
SCLAJPT-05 V.00
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL915-2025 Radicación n.° 54001310500320120001301 Acta 6 Bogotá, D. C., veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticinco (2025). Pedro Julio Buendía Leira, Hilda María Porras de Canónigo, José Luis Mora Camacho, María Estela Herrera Ovalles, Javier Lemus, Pedro María Flórez Suárez, José Manuel Santos, Ramiro Pájaro Fandiño, Timoteo Celis Hernández, Gustavo Adolfo Vargas Moros, Isabel Rueda De Martheryn, Ana Isabel Gómez de Pérez, Carmen Cecilia Eslava de Romero, José María Gelves Durán, Alonso Toscano Gil, Marco Antonio Navarro Pava, Marina Hernández de Pompeyo y Ana Edda Zambrano Silva vs. Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol SA) En vista de que la parte recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, deRadicación n.° 54001310500320120001301 SCLAJPT-05 V.00 2 acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto al abogado Fernando Vázquez Botero, con tarjeta profesional n. ° 14.933 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de la opositora, en los
asunto al abogado Fernando Vázquez Botero, con tarjeta profesional n. ° 14.933 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de la opositora, en los términos y para los efectos del poder especial obrante en el registro digital de 4 de febrero de 2025 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales – ESAV. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase.