CSJ - Gaceta Judicial CXCVII Parte 1 2436 (1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Gaceta Judicial CXCVII Parte 1 2436 (1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1989
REJ!?UBLICA DE COLOMBIA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 •( G M rCJD..T.. & . . l[lf Tlf\\ 1f ir JI MJL ~\U ID Jl Di. · · ·Jr~tJ'1.vJt\t.J· ··~- _, · '· • , • \.:¡ ;: J ' .' ) .' · .. 'j : ; ._) 0 t;l ;J •, ~-.'.r ~~·e • . ~ :. ~"' t l • t ,. J•' ., 1 •• • ·: -~: • ' .'· • "Saber las leyes non 'es tan solamente en ·aprender et decorar las letras dellas, mas en saber el su verdadero . entendimien~o" (Siete Partidas: Partida 1a., Título /, Ley XIII)
LICENCIA NUMERO 451
DE 7 DE MARZO DE 1936 . 1 •
REGISTRADO PARA CÜRSO LÍBRE DE PORTE EN EL SERVICIO POSTAL .•.•. "•' •l"' ......... .
JURJr§PRUDENCJrA CONSTITUCJrONAJL
(Segundo Semestre) (Primera Parte) TOMO CXCVII - Número 2436 Bogotá, D. E., Colombia Año 1989 / 0 fREPUBLICA DE COLOMBIA
GACIETA JUD ][ CJIAJL
ORGANO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
TOMO CXCVI[
1989
SEGUNDO SEMESTRE
PRIMERA PAR TE
JURISPRUDJENC!A CONSTITUCIONAL
GACIETA JUD ][ CJIAJL
ORGANO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
TOMO CXCVI[
1989
SEGUNDO SEMESTRE
PRIMERA PAR TE JURISPRUDJENC!A CONSTITUCIONAL BOGOTA, D. E., COLOMBIA - IMPRENTA NACIONAL - 1991MAG.D:S1'JR.ADOS QUE .D:N1'lEGIRAN LA CORTE SUJPJR.JEMA
DJE .JUST.D:CIA DlE LA JR.lEJPUBUCA DE COLOMBIA
Y DIGNA1'AJR.IOS DlE LA MISMA
1989
SALA PLENA
Doctores FABIO MORON DIAZ, Presidente. HERNANDO GOMEZ OTALORA, Vicepresidente. Luis H. Mera Benavides, Secretario (E.). Blanca 1'rujillo de San Juan, Secretaria.
SALA CONSTITUCIONAL
Doctores JAIRO E. DUQUE PEREZ, Presidente.
MAGISTRADOS: JAIME SANIN GREIFFENSTEIN, ][>residente (lE.). llllumberto Gutiérrez llticaurte, Secretario.
Martha Esperanza Cuevas Meléndez, Secretaria. Doctores Jairo lE. Duque JJ>érez - Didimo JJ>áez V. (lE.). JH!ernando Gómez Otálora. lFabio Morón Díaz. Jaime Sanín Greiffenstein.
SALA CIVIL
Doctores HECTOR MARIN NARANJO, Presidente.
MAGISTRADOS:
Luis H. Mera Benavides, Secretario (E.). Blanca '.rrujillo de San Juan, Secretaria. Doctores José Alejandro lBonivento lFernández. lEduardo García Sarmiento.
MAGISTRADOS:
Luis H. Mera Benavides, Secretario (E.). Blanca '.rrujillo de San Juan, Secretaria. Doctores José Alejandro lBonivento lFernández. lEduardo García Sarmiento. Pedro Lafont JJ>ianetta. lllléctor Marín Naranjo. Alberto Ospína Botero. Rafael Romero Sierra.
SALA PENAL
Doctores LISANDRO MARTINEZ ZUl'liGA, Presidente. Marino llllenao Rodríguez, Secretario.
MAGISTRADOS:
Doctores Jorge Carreño Luengas. Guillermo Duque lltuiz. Jaime Giraldo Angel. Gustavo Gómez Velásquez. Lisandro Martínez Zúñiga. lltodolfo Mantilla Jácome. lEdgar Saavedra Rojas. Jorge Enrique Valencia M.SALA LABORAL Doctores JORGE IVAN PALACIO PALACIO, Presidente.
MAGISTRADOS:
Bertha Salazar Velasco t. Secretaria. Consuelo Gárviras lFernández, Secretaria. Doctores Hernán Guillermo .thldana Duque. Rafael Baquero Herrera. Manuel !Enrique IDaza Alvarez. Jorge rrván Palacio Palacio. Jacobo Pérez !Escobar. Ramón Zúñiga Valverde.
RELATORES:
Doctores Miguel Antonio Roa Castelblanco, Sala Constituciona!: Carmen Rosa Avella de Cortés, Sala Civil. !Esperanza Inés Márquez Ortiz, Sala Laboral. lfiilda !Leonor Cortés Gómez, Sala Penal.
MAGITS'l'RADOS A ux:n:,][ARJES
SALA CIVIL
Doctores lltafael Rodríguez Melo.
!Esperanza Inés Márquez Ortiz, Sala Laboral. lfiilda !Leonor Cortés Gómez, Sala Penal.
MAGITS'l'RADOS A ux:n:,][ARJES
SALA CIVIL
Doctores lltafael Rodríguez Melo. Carlos !Esteban Jaramillo. Alfredo Beltrán Sierra. Manuel Isidro Ardila. Carlos Guillermo Rojas Vargas. Gonzalo lFlórez Moreno.
SALA LABORAL Docto: res lFrancisco !Escobar !Enríquez.
Gilberto Orozco Orozco. lBlildebrando Carreño Orjuela. Rafael Méndez Arango. Oswaldo IDuque !Luque. !Luis Guillermo '.ll'oro.
SALA PENAL
Doctores William Sanz Suárez. Reynaldo Bastidas. María ITnés Macías Piñeros. José Sárquiz Martínez. [ván González Amado. !Eduardo Torres !Escallón. Guillermo Cruz Cruz.. !Enrique Arboleda.
SALA CONSTITUCIONAL
María Cristina Rozo de Chahín. Clara ITnés Rodríguez Fernández. María !Elena Saldarriaga. Julio César Ortiz Gutiérrez - lHléctor Riveros.GACETA
ORGANO DE LA CORTE
DIRECTORES:
RELATOR SALA CONSTITUCIONAL
RELATORA SALA CIVIL
RELATORA SALA LABORAL
RELATORA SALA PENAL
DR. MIGUEL A. ROA CASTELBLANCO
DRA. CARMEN ROSA AVELLA DE CORTES
DRA. ESPERANZA INES MARQUEZ ORTIZ
DRA. HILDA LEONOR CORTES GOMEZ
DR. MIGUEL A. ROA CASTELBLANCO
DRA. CARMEN ROSA AVELLA DE CORTES
DRA. ESPERANZA INES MARQUEZ ORTIZ DRA. HILDA LEONOR CORTES GOMEZ TOMO CXCVII - BOGOTA, COLOMBIA - JULIO A SEPTIEMBRE DE 1989 - NUMERO 2436
PROPOSICIONES APROBADAS EN SALA PLENA EN 1989
Proposición aprobada en sesión de Sala Plena celebrada el día once (11) de mayo de mil novecientos ochenta y nueve (1989). La Corte Suprema de Justicia, lamenta el fallecimiento de la señorita Bertha Salazar Velasco, Secretaria de la Sala de Casación Laboral de esta Corporación a la c1cal prestó sus servicios durante muchos años con hones tidad, inteligencia y afecto entrañable a las funciones que desempeñaba. Por tan doloroso suceSrO la Corte, además de manifestar su pesar le expresa a la familia de la extinta s1t solidaridad en la pena que la aflige. En sesión de Sala Plena celebrada el día once de mayo de mil nove cientos ochenta y ntteve: "La Corte Suprema de Justicia rinde fervoroso homenaje a la memm·ia del ex Presidente de la República y ex Magistrado de ésta, doctor Darío Echandía, cuya vida pública y privada constituye alto ejemplo de virt1tdes ciudadanas. Jurista insigne, hombTe público, cuya huella de demócrata queda inde leblemente incorporada a la Historia Política de las instituciones nacionales, Magistrado integérrimo, profesor de eximws méritos y talentos, el doctor Echandía ejerció en el país 1tn reconocido liderazgo intelect1tal y ético que
leblemente incorporada a la Historia Política de las instituciones nacionales, Magistrado integérrimo, profesor de eximws méritos y talentos, el doctor Echandía ejerció en el país 1tn reconocido liderazgo intelect1tal y ético que le valió el reconocimiento colectivo hasta el p1tnto de señalarlo como la conciencia jurídica de la República. S1t paso pl()r la Corte Suprema· de Justicia enaltece la tradición y las ejecutorias de este Tribttnal, y todos y cada ttno de sus servicios al país est1tvieron revestidos del mayor desinterés, nobleza y dignidad.GACETA JUDICIAL Número 243G La Corte, al exaltar su memoria, envía a sus deudos stt más sincera condolencia''. Transcríbase en nota de cst·ilo a los miembros de la familia del ilust1·e ex Magistra:do y h-ombre público. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena el 18 de mayo de 1989. "La Corte Suprema de Jttsticia, en s1t sesión de la fecha., expresa l-os sentimientos de admiración y estima por el doctor Guillermo Dávila Mtt ñoz, quien se retira de esta Corporación en los próximos días. El doáor Drívila Mu?'íoz se destacó por stt brt"llante trayectoria en la jnd1:catura, y en la cátedra universitaria., hasta llegar a la magistratura de esta Corporación en la Sala Penal, en donde sns talentos y sus calidades httrnanas le ganaron la consideración y el ap1·ecio de todos sus colegas de la Corte". Esta pnoposición, en nota de estilo, sení entregada al doctor Dávila Muñoz, por el sei'íor Presidente de la Corporación.
httrnanas le ganaron la consideración y el ap1·ecio de todos sus colegas de la Corte". Esta pnoposición, en nota de estilo, sení entregada al doctor Dávila Muñoz, por el sei'íor Presidente de la Corporación. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada el día 8 de junio de 1989: "La Corte Snprema de Justicia lamenta el fallecimiento del docto1· Eduardo Murcia Pulido, distinguido j1trista que honró con sus luces a esta Corporación y hace llegar a su distingttida familia sus sentimientos de sincera condolencia". Transcríbase en nota de estilo a los familiares del doctor Eduardo Murcia Pulido. Proposición aprobada. en sesión de Sala Plena, celebrada el día 29 de junio de 1989: "La Corte S1tprerna de Jttsticia, deja testimonio, en la sesión de Sala Plena de la fecha, de la muerte del doctor León Posse Arboleda, conjttez de la Sala de Casación Civil de la Corpl()ración y profesor universitario, cuya enseñanza, virtudes y talentos señalaron r·umbos a la doctrina nacional y a la juventud colombiana''. Transcdbase en nota de esf1"lo a la familia e insértese en la GACE'l'A
JUDICIAL.
Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada e:l día 29 de junio de 198.9: "La Corte Suprema de Justicia, en sesión de Sala Plena, celebrada en la fecha, de.ia testimonio de su sentimiento de pesar por el f1ülecimiento del dJOctor A·ndrés Holguín, q1tien corno Consejero de Estado, Catedrático,
en la fecha, de.ia testimonio de su sentimiento de pesar por el f1ülecimiento del dJOctor A·ndrés Holguín, q1tien corno Consejero de Estado, Catedrático, Procurador Oenera,l de la N ación, Diplomático y Registrador Nacional delNúmm·o 2436 GACETA JUDICIAL Estado Civil, dejó sefíaladas lmellas de sabiduría y ele caballerosidad ejem plares". Com·uníquese a la famil1·a del extinto e insértese en la GACETA JuDICIAJJ. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada. el día 29 de ju.nio de 1989: "La C01'te St~prerna de Jt~sticia deplora el aleve y cobarde asesinato de la doctora Isbelia Gómez Herrera, Ju.ez del Mtmicipi•o de Pailitas, exalta su.s servicios a la ju.sticia y el valor civil que demostró en el ejercicio de stt cargo y solicita al Gobierno qne en lo qnc le corresponde se adelante t~na efectiva investigación para que este crimen no quede imp·nne". Transcríbasc en nota de estilo a la. familia de la jttez asesinada, al honorable Tribunal St~perior del Distrito Jt~dicial de Valled11.par, al señor Procumdor General de la N ación y al SC'ñ or M inist1·o de Justicia. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada el día 6 ele jtdio de 1989: "La Corte Snprerna ele Justicia repnclia en la forma rnás enérgica el aleve asesinato del señ01' Gobernador de A.ntioq1áa, doctor Antonio Roldán
jtdio de 1989: "La Corte Snprerna ele Justicia repnclia en la forma rnás enérgica el aleve asesinato del señ01' Gobernador de A.ntioq1áa, doctor Antonio Roldán Betanctw, condena t~na vez rnás estos actos de bar·barie y violencia que atentan contra el orden institucional de la Repúblicaj y exhorta a los colombianos para qne dernnestren oon nna activa solidaridad su decisión de rect~peraT la paz y con ella el ejerc·icio pleno de los derechos consagrados en la Carta Política". Transcríbase esta proposición a la sefíora viuda del doctor Roldán Be tancur y a su. familia, al señor Presidente de la Repüblica y al se·ñor gobernadr0r -encargadode Antioquia. Proposición aprobada en sesión ele Sala Plena, celebmda el día 27 de julio de 1989: "La Corte St~prema de Jt~sticia, lamenta pr·ofundarnente el trágico fallecimiento del doctor L1~is Gerardo Espinosa López, j1.wista insigne, m~yos méritos llevaron a esta Corporación a designarlo como Magistrado del Tr·i bt~nal Supm·ior de Orden Público, cargo éste qt~e descrnpefíaba al momento de su muerte. La Corporación exalta las virtt~des de fnncionaTio probo con qtte siernpr·e actt~ó el doctor Espinr0sa López, así corno ws méritos de ciu dadano y hombre de bien". Transcríbase en nota de estüo a los familiar·es del extinto, al Presidente
qtte siernpr·e actt~ó el doctor Espinr0sa López, así corno ws méritos de ciu dadano y hombre de bien". Transcríbase en nota de estüo a los familiar·es del extinto, al Presidente del Tr·ibu.nal St~perior de Orden Público e insédese en la GACE'rA ,JuDICIAL. Proposición aprobada en sesión ele Sala Plena, celebr-ada el día 29 de jtt.lio de 1989: "La Corte Suprema de Jnst'icia, en sesión de Sala Plena, celebrada el día de hoy, registra con prof7tnda aflicción el fallecimiento del doctr0r10 GACETA JUDICIAL Número 2436 M-iguel Betancot~rt Rey, exaUa su memoria y recuerda agradecida los ser vicios qtw, como e111,7:nente j-urista, prestó al país en sus actividades públicas y privadas, especialmente como p1·o[esor un·iversitario y Magistrado del honorable Conse.io de Estado". Transcr-íbase en nota de estilo a s·us fa·rniliares e insértese en la GACETA
JUDICIAL.
Proposición aprobada el 17 de agosto de 1989: "La Corte Suprema de Justicia deplora el falleC'imiento del eminente .it~rista, doctor Alvaro Copete Lizm·ralde, cuyos talentos, dotes de investi gatlor y vocación científica enriquecieron la doctri11a del Derecho Consti tt~cional en Colombia y cttyos afanes de servicio a la Nación se proyectaron como Procnrador General de la Nación y en la Cátedra Universitaria". Copia. d.e esta moción en nota de estilo, será ent?·egada a los familiares
tt~cional en Colombia y cttyos afanes de servicio a la Nación se proyectaron como Procnrador General de la Nación y en la Cátedra Universitaria". Copia. d.e esta moción en nota de estilo, será ent?·egada a los familiares del doctor Copete Lizarralde. Pro]XJsición aprobada en sesión ele Sala. Plena., celebrada el día 17 de agosto de 1989: "La Corte Snprema de Justicia. reitera sn enérgica condena del vil asesinato del doctor Cm·los Ernesto Valene1:a Ga.rcía, Magistrado del Tri bunal Superior de Bogotá, cuyos talentos, virtudes y cora.fe moral lo des tacan como e.iemplv en el cumplimiento de sus funciones. La Corte reclama del Gobierno la más completa investigación para que este crimen no quede imp1tne, y para qne las medidas de protección a magistrados y .fueces sear1 auténticas y efectivas". Copia de esta moción, en nota ele estilo, será entregada. a la sefi.ora de Valencia, viv.da del M agistraelo sac1·i ficado. Pnoposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada el día 17 de agosto de 1989: "La Corte Suprema de J1tstic·ia en uso de sus atribuciones legales y considerando:
1. Que ln violencia de las organizaciones criminales desde hace muchos años ha tenido corno st~ blanco preferido a los miembros ele la Rama Jttris diccional del Poder Público.
2. Qne ln situación se ha intensificado en los últimos t·iempos, pues en los anteriore,· dos meses han sido ases1:nados tres magistrados y dos en los pasados quince días.
diccional del Poder Público.
2. Qne ln situación se ha intensificado en los últimos t·iempos, pues en los anteriore,· dos meses han sido ases1:nados tres magistrados y dos en los pasados quince días.
3. Que en el d·ía de ayer fue alevosamente asesinada la doctora Mariela Espinosa Amngo, Magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior de M edellín. Qt~e la sacrificada era fiel e:rpranente de las virtudes y abnegación que han caraderizado al .inez colombiano y qttien recientemente había sidoNúmero 2436 GACETA JUDICIAl~ 11 reelegida en su cargo, pTecisamente corno constancia de su cumplimiento a los deberes legales a ella confiados.
4. Qtte pese a las reitemdas pTornesas del Gob'ÍeTno paTa auxilia?' y p1·otegeT a los miembros de la Rama . .Jurisdiccional, éstas no se concretan en la realidad, pese a lo ctwl seguimos cttmpliendo con los deberes asig nados y ofrendando una cnota imp01·tante de sacTificio con mwstras propias vidas.
Resu.elve: Lamentar el inictw e inútil asesinato cometido en la persona de la doctora Mariela Espinosa Arango, y 1·esaltar sns inmensas cnalidades que la distingnieron como jtt.ez acrisolada, revestida de las más excelsas virtudes que han caracte1·izado a las gentes de S1t raza.
Reclamar al Gobierno Nacional la concreción de sus promesas de pro tección, pues consideramos que en las act1wles condiciones de desamparo es
virtudes que han caracte1·izado a las gentes de S1t raza. Reclamar al Gobierno Nacional la concreción de sus promesas de pro tección, pues consideramos que en las act1wles condiciones de desamparo es excepcionalmente difícil poder a.dministrar p1·onta y cumplida jttsticia. Solicitar que el Presidente con la Sala de Gobienu¡ de la Corporación se entreviste con el sefw1· P1·esidente de la República para cliscttiiT todos los astmtos relacionados con la segnr1:dad de nnest7YJS jtwces". Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebra,da el día 24 de agosto de 1989: "La Corte Sttprema de Jttsticia en sn sest'ón de Sala Plena, celebrada en la fecha, registra con pesar el fa.llecimiento del Coronel Valdema1· Fmnklin Quintero, Comandante de la Policía Nacional en el Departamento de Antioquia, qttien oon valor entregó su vida en la lncha contm el delito en todas sus manifestaC'I:ones. Por tan doloroso snceso la Corte, además de manifestar su pesa.r, le expresa a la familia del extinto su solidaTidad en la pena que le aflige". Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebrada el 24 de agosto de 1989: "La, Corte Suprema de Justicia registra con proftmdrO dolor el aleve asesinato del Senador y Precandidato P1·esidencial, doctor ütis Carlos Ga- lán Sarmiento, cuyas capa-cidades y vú·tttdes representaban la mejor tra d,ición civil y republicana de Colombia, y la más grande esperanza de stt desarrollo democrático.
lán Sarmiento, cuyas capa-cidades y vú·tttdes representaban la mejor tra d,ición civil y republicana de Colombia, y la más grande esperanza de stt desarrollo democrático. La Corte al exaltar su nombre como ejemplo ante las generaciones presentes y futuras, espera que este crimen que refleja, con el de los magis trados, jtwces y altos funcionarios de la República, el estado a qtw ha, llega-do la crisis del país, no quede impune y qtte provoqtte la, auténtica solidaridad de toda. la sociedad para enfrentar esta gravísima situación social". Copia de esta proposwton, en nota de estilo, será entregada a doña Gloria Pachón de Galán y demás miembros de la familia del líder sacrifi cado.12 GACETA JUDICIAL Número 243G Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebr·ada el día 31 de agosto de 1989: "La. Corte Suprema ele Justicia, lamenta el fallecimiento del doctor Saulo Victoria Viver·os, acaecido r·ecientemente en la ciudad de T·nluá. El doctor Vict,oria lliver·os fue durante mtwhos años, Magistr·ado del Tribunal Supe1·ior d ~ Buga, el cual presidió, eje·rció igttalmentc con honestidad y competcncüt la profesión de Abogado y fue rn·iembro de la .1:lcademia Co lombiana de Jurispntdencia, w deceso es una pérdida pam la profesión de abogado". Copia de esta proposición, se hará llega?· a S1l viuda, do·ña liier·y a,on zález y a sus hijos. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebmda el 11i de
de abogado". Copia de esta proposición, se hará llega?· a S1l viuda, do·ña liier·y a,on zález y a sus hijos. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celebmda el 11i de septiembre ele 1989: "La Corte ha estimado siempre, que la Carrera Judicial entendida y aplicada rec,tamente por qtlienes tienen la responsabilidad de hacerlo, es un medio para garantizar la escogencia de fttncionarios y empleados judi ciales capaces y honestcas, respetuosos del ordenanúento jurídico, la moral y las buena:s costumbres, lo cual es cimiento indispensable para la efica,; administración de justicia. Como el doctor Jaime Giralda Angel, actual Pr·esidente del Consejo Snper-ior de la Administración de Jttsticia, ha puesto toda su volnntad, su inteligencia, experiencia y conocimientos para formar y lograr· la existencia real de la carrem jttdicial en Colombia, esta Corpo ración le nvtnifiesta qtte tiene en ella todo el apoyo moral y material que pneda darle para alcanzar ese objetivo trascendente, en consecuencia, en viará por lo pronto, ttna comunicación por medio de Stl Presidente, a los Tribunales del país para haccr'les presente la obligación definitiva que tienen por mandato de la Constitución y la ley de cumplir sin restricciones lo ordenado sobre Carrera Judicial. También esta Corporación le expresa al doctor Giralda Angel, sus de seos porqtte obtenga éxito en la difícil labor que ha empr·endido gener·osa mente con voluntad de servicio a Colombia, al frente del ca1·go de Presidente del Consejo Superior de la Administración de Jttsticia".
seos porqtte obtenga éxito en la difícil labor que ha empr·endido gener·osa mente con voluntad de servicio a Colombia, al frente del ca1·go de Presidente del Consejo Superior de la Administración de Jttsticia". Comumíqttese y entrégttese esta moción en nota de estilo al doctor J airne Giralda Anael. Proposición aprobada en sesión de Sala Plena, celeb·rada el día 7 de septiembre de 1989: "La Corte Suprema de htsticr:a exalta la memoria del docto1· Pedro Castillo Pineda, con motivo de stt fallecimiento, pues ilttstró con sns talen tos, capacidndes y pulcritud el cargo de Magistrado y la propia, Presidencia de esta Corporación, jttrista insigne, el doctor Castillo Pineda /1te ejemplo de dedicacü5n y mística por la judicatura hasta llegar a la Pr·esidencia de la Corte, en donde cumplió con brillo sns deberes y responsabilidades al término de s1t admimble carrera en la Rama Jurisdiccional.Número 2436 GACE'l'A JUDICIAL 13 Con tan doloroso motivo, la Corte S·ztprerna de htSticia envía sus sin ceras condolencias a s1t seFíom doña S1tsana Gra1t vútda de P·ineda y a sus hijos". Copia de esta moción será erdtegada pOT la Pr·esidencia a los deudos del notable j1tr·ista. Proposición apr·obada en sesión de Sala Plena, celebr·ada el día 7 de septiembre de 1989: "La Corte Suprema de Justicia, en s1t sesión de esta fecha, registm con
del notable j1tr·ista. Proposición apr·obada en sesión de Sala Plena, celebr·ada el día 7 de septiembre de 1989: "La Corte Suprema de Justicia, en s1t sesión de esta fecha, registm con pro[1mdo pesar el fallec·imiento del doctor José María Esgnerra S amper, quien fne un diserto j-urista, prestigioso profesor universita.rio, destacado valor humano que desempeñó con sabid1tría el cargo de Magistrado de esta Corporación, en su Sala de Casa.ción Civil, por más de 1m decenio, ele la cual también fue su Presidente. Así mismo le expresr¡ S1tS sentimientos de pr·of1Lndo pesar a su señora esposa Anita Portocarrero de Esguerra., a sug hijos y familiares del ilustre desapar·ecido ". Proposición aprobada en sesión ele Sala Plena, celebrada el día dieci nueve (19) de oct11bre df. mil novecientos ochenta y n·ueve (1989): "La Cor·te Suprema de Justr:cia deplora la trágica desaparición del doc tor· Héctor Jiménez Rodríguez, q·uien se desempeñaba corno 1t!agistrado ele la Sala Pena.l del Tr·ibunal Superior del Distrito J1tdicial de MedeUín, del C1Lal fue su Presidente; g·uien prestó stts servicios a la Rama Jurisdiccional d1trante más ele treinta o.ños, distinguiéndose siempre por S1t dedicación al trabajo, por sn acertado y fiel cumplimiento del deber, por S1L rectit1Ld y pr·obidad, merecimientos qtw fueron reconocidos por esta Corporación al
trabajo, por sn acertado y fiel cumplimiento del deber, por S1L rectit1Ld y pr·obidad, merecimientos qtw fueron reconocidos por esta Corporación al elegirlo corno integrante de la misma, designación que se vio obligado a declinar por razones ajenas a su volnntad; quien ejerció así mismo la docencia en la ciencia del derecho, en las diversas universidades de Mede llín, contribuyendo a forjar la conciencia jurídica ele las nuevas genera ciones. Hace llegar a su esposa e hijos la más sincera manifestación de pesar, así corno al honorable Tribunal Superior de Medellín, que se ve privado de las l·nces de tan eximio Magistrado. Hace un nuevo llamado al Gobierno 11/acional para que en cnmpli rniento ele sus obligacione.s otorgue a todos los funcionarios y empleados judiciales la indispensaóle protección en estos difíciles momentos que vr:1!e la República". Copia en ·nota ele estilo de esta proposición será entregada '1, la señora. esposa e hi.ios del desaparecido 'Magistmdo y al honorable 1'rilmnal 8ttpe1'ior de M eclellín.INHIBICION PARA EMITIR PRONUNCIAMIENTO DE FONDO SOBRE LA DEMANDA POR CARENCIA ACTUAL DE OBJETO linhibida para emitir pronunciamiento de fondo sobre la demanda por carell'Ucia adua! de objeto. Corte Snpl'erna de lttst·icia Sala Constihwional Senten•3ia número 40.
Referencia: Expediente 1921.
Norma acusada: Artículo 227 del Decreto-ley 089 de 1984, controversia en la reclamación ele prestacio1ws.
Sala Constihwional Senten•3ia número 40.
Referencia: Expediente 1921.
Norma acusada: Artículo 227 del Decreto-ley 089 de 1984, controversia en la reclamación ele prestacio1ws.
Actor: Hugo Ernesto F'ernández Arias.
Magistrado ponente: doctor Jaime Sanín GTeiffenstein.
Aprobada por Acta número 23. Bogotá, D. E., 6 de julio de 1989. I . AN'l'ECEDENTES El ciudadano Rugo Ernesto Fernández Arias, en ejercicio de la acción pública comagrada en el canon 214 constitucional, solicita a la Corte que declare ine:s:equible el artículo 227 del Decreto-ley 089 de 1984. Cumplidos los trámites constitucionales y legales prescritos para esta clase de procesos, procede la Corporación a emitir la decisión de rigor.
II. NoRMA ACUSADA El texto literal de la disposición demandada es el siguiente :Número 2436 GACETA JUDICIAL "DECRETO NUMERO 0089 DE 1984 " (enero 18)
''Por el cttal se reorganiza, la carrera, de oficiales y sttboficia1es de las Ftterzas Militares. 15 "El Presidente de la R.epública de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 19 de 1983, "DECRETA: " ".Artículo 227. Controversia en la reclamación. Si se presentase con troversia judicia.l entre los reclamantes de una prestación por causa de muerte, el pago de la cuota en litigio se suspenderá, hasta tanto se decrida judicialmente a qué persona corresponde el valor de esta cuota". " "
troversia judicia.l entre los reclamantes de una prestación por causa de muerte, el pago de la cuota en litigio se suspenderá, hasta tanto se decrida judicialmente a qué persona corresponde el valor de esta cuota". " " IIl . RAZONES DE LA DEMANDA .i.VIanifiesta el demandante que la norma impugnada viola el artículo 30 de la Carta Política, ya que desconoce la ''garantía constitucá<mal de la cosa juzgada, y de los derechos adquiridos con justo título, por cuanto faculta, a entidades como la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, para suspender una sustitución de pensión reconocida mediante resolución ejecu toriada y en firme que hace tránsito a cosa juzgada, para suspender el pago de las mesadas pensiona les cuando se presente una controversia judicial" . .A continuación el actor expone este ejemplo : ''La Caja reconoce una sustitución pensiona! al cónyuge de un beneficiario, en el transcurso del tiempo aparece una hija, que formula nulidad matrimonial y presenta de manda como beneficiaria de la sustitución pensiona!, en estas condiciones queda facultada la 'Caja' para suspender el pago, con el argumento de que existe controversia judicial", con lo cual se infringen los principios de cosa juzgada, igualdad de las partes y los derechos adquiridos con justo título. Para finalizar aduce el impugnador que la demanda que inicia la con troversia judicial es una mera expectativa que termina sólo con la decisión judicial en firme, por tanto al autorizar la norma acusada la suspensión del pago de las mesadas pensionales con la ''simple presentación de de manda", viola el artículo constitucional citado.
IV. CoNCEPTO FISCAL
judicial en firme, por tanto al autorizar la norma acusada la suspensión del pago de las mesadas pensionales con la ''simple presentación de de manda", viola el artículo constitucional citado.
IV. CoNCEPTO FISCAL El Jefe del Ministerio Público manifiesta en oficio número 1421 de 19 de abril del presente año que el artículo 227 del Decreto 089 de 198416 GACETA JUDICIAL Númoro 2436 demandado ''aparece reproducido en el artículo 231 del Decreto 095 de 1989", motivo por el cual "la norma que es hoy objeto de impugnación 110 rige en la actualidad y por tanto, no le es posible a ese Alto Tribunal emitir pronunciamiento de fondo sobre un mandato que carece ele vigencia, presupuesto ele toda acción de inconstitucionalidad ".
En razón de lo anotado el Procurador General de la Nación, pide a la Corte quE· ''se inhiba de desatar la acción pública a que se refiere este asunto, por ·~areneia actual de objeto".
V. CONSIDERACIONES DE LA CORTE a) Compef,gncia.
Dado que la disposición impugnada forma parte integrante de un decreto extraordinario dictado por el Presidente de la República en ejer cicio de las facultades que le confirió la Ley 19 de 1983, corresponde a esta Corporación decidir sobn su constitucionalidad, conforme a lo prescrito por el artículo 214 de la Carta Política. b) La norma acusada. El Gobierno en desarrollo ele las atribuciones que le otorgó la Ley 5~ de 1988, exp':dió el Decreto-ley número 095 de 1989, "por el cual se reforma el Estatuto de Carrera de Oficiales y Suboficiales de las ll..,uerzas Milita
de 1988, exp':dió el Decreto-ley número 095 de 1989, "por el cual se reforma el Estatuto de Carrera de Oficiales y Suboficiales de las ll..,uerzas Milita res", el cual fue publicado en el "Diario Oficial" número 38651 de 11 de enero de 1989. Dentro del ordenamiento aparece el artículo 231, cuyo contenido es el que sigue: "Artículo 231. Controversia de la reclamación. Si se presentare con troversia judicial entre los reclamantes de una prestación por causa de muerte, el pago de la cuota en litigio se suspenderá, hasta tanto no se decida judicialmente a qué persona corresponde el valor de esta cuota". Por su parte el artículo 263 ibidern prescribe : ''Artículo 263. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto-ley 89 de 1984 ... ". ''Como se puede observar, el artículo 227 del Decreto 089 de 1984, materia de acusación, fue subrogado por el 231 del Decreto 095 de 1989, en consecuencia y como lo afirma el Procurador General, dicha disposición ha perdido vigencia, no obstante que el texto de los dos artículos es idén tico. Ante la circunstancia de que la norma impugnada ha sido retirada del ordenamiento jurídico, la Corte Suprema de Justicia obrando de confor midad con la jurisprudencia que ha venido sosteniendo en estos casos, cuyas últimas sentencias son la 98 de septiembre 15 de 1988 y la 71J. de febrero 15 de 1989, se a;ostendrá de emitir pronunciamiento de fondo".Número 2436 GACETA jUDlCíAt
últimas sentencias son la 98 de septiembre 15 de 1988 y la 71J. de febrero 15 de 1989, se a;ost