CSJ - Gaceta Judicial CXLIV 2364 (1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Gaceta Judicial CXLIV 2364 (1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1972
DE COLóMBXA
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GACETA Jr U-D JI.([J][ AL TOM8 CXLliV ' ' ,, _., '<;'> ':·., __ . -· ..
BOGOTA, D. E. -TALLERES GRAFICOS DE LA PENITENCIARIA CENTRAL DE COLOMBIA1975l t )
1 \_ j t \ ? t r GACETA JUDICIAL M.&.Gli§'.ll'JR..&.IDlO§ Q1UlE liN'.IrlEGR.&.N ILA COR'.IrlE §1UlP'RJEM.&. IDllE .1f1U§'.ll'JICJI.&.
IDllE IL.&. JR.JElP'UlEILliC.&. IDllE COILOMlEli.&. 1l IDlliGN.&.'.Ir.A\RliO§ IDlE IL.&. Mll§M.&. §JhlLA. lP'lLJEN.&. Doctor Juan Benavides Patrón, Presidente Doctor Aurelio Camacho Rueda, Vicepresidente Doctor Heriberto Caycedo Méndez, Secretario §lhlL.&. CON§'.lrli'.Ir1UCJION.&.lL Doctor Guillermo González Charry, Presidente Doctor Luis Francisco Serrano A., Secretario
MAGISTRADOS: Doctores
José Gabriel de la Vega Guillermo González Charry Eustorgio Sarria Luis Sarmiento Buitrago §lhlL.&. IDllE C.&.§.&.CliON CliVliiL Doctor José María Esguerra Samper, Presidente Doctor Heriberto Caycedo Méndez, Secretario
MAGISTRADOS: Doctores
Aurelio Camacho ·Rueda Ernesto Cediel Angel José María Esguerra Samper
Doctor José María Esguerra Samper, Presidente Doctor Heriberto Caycedo Méndez, Secretario
MAGISTRADOS: Doctores
Aurelio Camacho ·Rueda Ernesto Cediel Angel José María Esguerra Samper Germán Giralda Zuluaga Humberto Murcia Ballén Alfonso Peláez Ocampo §lhlL.&. IDllE C.&.§ACJII[J>N lP'lENlhlL Doctor Luis Enrique Romero Soto, Presidente Doctor Evencio Posada, SecretarioGACETA JUDICIAL ·~------------=-~------------- ·----------------------------=-~---=
MAGISTRADOS: Doctores
Mario Alario Di Filippo Humberto Barrera Domínguez Alvaro Luna Gómez Luis Eduardo Mesa Velásquez Luis Carlos Pérez Luis Enrique Romero Soto Julio Roncallo Acosta José María Velasco Guerrero Doctor Miguel Angel Garcia, Presidente Doctor Vicente Mejía Osario, Seqretario
MAGISTRADOS: Doctores
José Enrique Arboleda Valencia Juan Benavides Patrón Alejandro Córdoba Medina Miguel Angel García Jorge Gaviria Salazar ·José Eduardo Gnecco C.
RELATORES: Doctores
. Rodolfo Mora Mora, Sala Constitucional Héctor Roa Gómez, Sala yivil Jaime Bernal Cuéllar, Sala Penal Ignacio Gómez Zapata, Sala Laboral 1 ' j i
JGACE.TA
DIRECTORES:
DRA. MARIA TERESA GARCES DE ANGEL
Dr. HECTOR ROA GOMEZ
Dr. JAIME BE;RNAL CUELLAR
Dr. IGNACIO GOMEZ ZAPATA
JJUDICIAL
RELATORA CONSTITUCIONAL
RELATOR CIVIL
DRA. MARIA TERESA GARCES DE ANGEL
Dr. HECTOR ROA GOMEZ
Dr. JAIME BE;RNAL CUELLAR
Dr. IGNACIO GOMEZ ZAPATA
JJUDICIAL
RELATORA CONSTITUCIONAL
RELATOR CIVIL
RELATOR PENAL
RELATOR LABORAL
TOMO'CXLIV JURISPRUDEN'CIA CONSTITUCIONAL - A.:&O 1972 NC? 2364
IP:roposñCJiones a.p:roba.da.s po:r lia. Co:rte §1UI.p:rema. de JT1UI.stñCJia. dma.nte eli auííto de Jl~72, po:r 1UI.na.nfumlida.d dent:ro de s1UI.s sesiones de §a.lia. JP>liena.. "La Corte Suprema de Justicia, reunida en Sala Plena, deja testimonio de su reco nocimiento por la forma eficaz, desvelada y ejemplar ·como el Doctor Luis Eduª'rdo Mesa Velásquez pfiesidió los destinos de la Corporación en el período que conc¡uye. Tales sentimi·entos de gratitud se extienden al Doctor José Gabriel de la Vega, quien. con igual decoro ejerció durante el mismo lapso la Vicepresidencia de esta Suprema Corte". (Sesión del día 20 de enero). "La Corte Suprema de Justicia deja cons tan·cia de su más vivo re<!onocimiento al Doctor Luis Carlos Zambrano, ex-presiden te de esta Corporación, delegado suyo ante la Corte Electoral por la manera ilustrada y decorosa como cumplió su r.epresenta ción". (Sesión del día 20 de enero). "La Corte Suprema de Justicia, en su se
te de esta Corporación, delegado suyo ante la Corte Electoral por la manera ilustrada y decorosa como cumplió su r.epresenta ción". (Sesión del día 20 de enero). "La Corte Suprema de Justicia, en su se sión plenaria, deplora el fallécimiento del Doctor Jorge Zapata Trujillo, ejemplar fun cionario de la Rama Jurisdiccional, y el de su señora madre, Doña Alicia Trujillo de Zapata, y manifiesta a su padre y esposo, doctor Jorge Zapata Escobar, su sentimien to de consideración y de sinJ!era condolen cia". (Sesión del día 24 de énero). "La Corte Suprema de Justicia deja cons tancia en el acta de la fecha, de su profun do pesar por la muerte del señor doctor Manuel Mosquera Garcés, ilustre colombia no que sirvió con inmaculada honestidad personal a;l país en los cargos de represen tante a la Cámara, Senador de la Repúbli blica., Ministro de Estado y enalteció las le tras patrias como escritor, periodista y pro fesor univ.ersitario". (Sesión del día 10 de febrero). ---Transcríbase a la señora de Mosquera Garcés e hijos, Gobernación del Departa mento del Chocó, insértese en la Ga~ .limo q;][ieial. "La Corte Suprema de 'Justicia deja tes timonio de su más vivo reconocimiento alGACETA JUDICIAL --~~----------------------------- ·----------~--------------------- Doctor Carlos Pel~z Trujillo, ex-presiden te de esta Corporación, delegado suyo ante la Corte Electoral, por la manera ilustrada y decorosa como cumplió su representación.
--~~----------------------------- ·----------~--------------------- Doctor Carlos Pel~z Trujillo, ex-presiden te de esta Corporación, delegado suyo ante la Corte Electoral, por la manera ilustrada y decorosa como cumplió su representación. (Sesión del día 10 de febrero de 1972). "La Corte Suprema de Justicia deplora el fallecimiento del Doctor Arturo Suárez Escobar, Jurista y ciudadano de ~xcelsas calidades, recientemente el>egido por esta Corporación Magistrado en la Sala Pena;l del Tribunal de Tunja y expresa a la seño ra Doña Ana Parada Vda. de Suárez Esco bar, a sus hijos y familiares, al H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y a la ciudadanía boya;cense su más sentida condoleneia". (Sesión del día 24 de fe brero). edición de su obra titulada 'Práctica Jurí dico-Penal'; Que tal obra significa un aporte de valor superior a las ciencias jurídicas por su con tenido general, por la densidad de los con cep1;os y por la actualidad de 'las materias tra:tadas"; Que tan singular esfuerzo intelectual au menta el prestigio del autor y, a la vez, enaltece en grado sumo a la Corte. Por todo ello, le expresa su agrado y fe licitaciones". (Sesión del día 12 de mayo). "La Corte Suprema de Justicia, Sala Ple na, deja testimonio en el acta de la sesión de su sincero pesar por el fallecimiento del Doctor Juan Uribe Durán, destacado juris ta, meritorio servidor público y ciudadano ejemplar, quien con su caracterizada comna, deja testimonio en el acta de la sesión de su sincero pesar por el fallecimiento del Doctor Juan Uribe Durán, destacado juris ta, meritorio servidor público y ciudadano ejemplar, quien con su caracterizada com- "La Corte Suprema de. Justicia, Sala Piepetencia venía desempeñando las funciones na, en la sesión de la fecha deja constancia de conjuez de la Sala de Casación Civil, al de su sentimiento de solidaridad con su ·mismo tiempo que, con gran distinción e compañe::-o Luis Sarmiento Buitrago por la · inteligencia presidía la Academia Colom pena que le aflige a causa del dec·eso de su biana de Jurisprudencia". (Sesión del día hermana, la distinguida matrona señora 25 de mayo). Carmenza Sarmiento de Silva, hecho acaeComuníquese a su viuda, señora Isabel cido el día 18 de marzo del año en curso. Peraza de Uribe, a sus hermanos señora (Sesión del día 23 de marzo). Ofelia Uribe de Acosta y señores Rod.olfo y Abelardo Uribe Durán, a sus sobrinos doc- "La Corte Suprema de Justicia deplora tor Guillermo Ospina Fernández ex-presi muy sinceramente el retiro del doctor Jordente de esta Corporación, señora e hijos y ge Angula Garavito del Tribuna:l Superior a Flor Uribe de Sarmiento e hijos, a la ci del Distrito Judicial de Bogotá desde dontada Academia y al Club de Abogados.
de pr:estó con rectitud y decoro ejemplares, muy valiosos servicios a la administración "La Corte Suprema de Justicia, Sala Piede justicia. (Sesión del día 13 de abril). na, lamenta la prematura muerte de la se "La Corte Suprema de Justicia, Sala Ple na, en la sesión de la fecha, registra con hondo pesar la muerte de la señorita Car melina Barrera Domínguez y se asocia al justo duelo del H. Magistrado Doctor Hum berta Barrera Domínguez a quien acompa ña sinceramente en esta hora de dolor, así también eomo a su señora esposa, a sus hi.: jos y a su hermano don Tiberio Barrera Do mínguez''. (Sesión del día 13 de abril). "La Corte Suprema de Justicia aprobó por unarJmidad en Sala Plena del día de hoy la siguiente moción: Que el H. Magistrado doctor Luis Car los Pérez, acaba de publicar la segunda ñora Mimia Morales de Gamboa, poseedora que fue de las mejores virtudes de la mu jer colombiana, y expresa con tal motivo su sincero pesar a su esposo, Doctor Ernesto Gamboa Alvarez.z auxiliar muy distinguido de la Sala de Casadón Civil, y a sus hijos". (Sesión del día 25 de mayo). "La Corte Suprema de Justicia, Sala Ple na, registra con pesar la muerte de la se ñora Doña Hermencia viuda de Jiménez y se a~socia al duelo del doetor Jesús Bernal Pinzón, así como de su distinguida familia a quienes acompaña en esta hora lúctea". (Sesión del día 13 de julio). "La Corte Suprema de Justicia, en se
se a~socia al duelo del doetor Jesús Bernal Pinzón, así como de su distinguida familia a quienes acompaña en esta hora lúctea". (Sesión del día 13 de julio). "La Corte Suprema de Justicia, en se sión Plena, deplora el fallecimiento del Dr.)...
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Hermenegildo De Fex Anicchiar~co, distin guido médico y ciudadano ejemplar, y exal ta el recuerdo de los servicios que le prestó al país en el campo de 1a asistencia social". (Sesión del día ·27 de julio). Copia ~e la presente mo~ión, en pota. ~e estilo, sera entregada a la VIuda, Dona Cma Toro A:gudelo e hijos del Dr. De Ftex, a sus padres, Don Hermenegildo De Fex y a su cuñado el Dr. Hernán Toro Agudelo, ex Magist~a;do de esta Corporación. "La Corte Suprema· de Justicia, ConsidleJrandlo: Que el día 20 de agosto en curso murió el Dr. Roberto Urdaneta Arbeláez ex-Presi dente de la República, Legisla;dor, Ministro de Estado, Embajador y esclarecido agente de la Nación en múltiples actividades; Que el Dr. Urdaneta Arbeláez representó al través de su vida pública y doméstica, al tas calidades que hán determina;do fastos en la historia colombiana; Que el Dr. Urdaneta Arbeláez, jurista in signe, de calificaciones internacionales pues tas al servicio del país, fue, en suma, un ciuda;dano ejemplar, un claro varón cuyo
en la historia colombiana; Que el Dr. Urdaneta Arbeláez, jurista in signe, de calificaciones internacionales pues tas al servicio del país, fue, en suma, un ciuda;dano ejemplar, un claro varón cuyo recue:vdo merece loa". (Sesión del día 25 de agooto), "Participar en el duelo nadonal que cau sa el fallecimiento del Df. Roberto Urdane ta Arbeláez, y tributar veneración a su me moria. Copia del presente a!Cto será remitida a la eminente dama Doña Clemencia Holguín de Urdaneta, viuda del extinto mandatario, a sus hijos y demás deudos, con expresión de la simpatía que en estos momentos de dolor inspira a los miembros de la Corte Suprema de Justicia". "La Corte Suprema de Justicia, · Coos:ñ.deJrandlo: 19 Que el. 27 de agosto del presen-_,e año falleció el Dr . ..Alejandro Domíng-ue.l Moli- · na en ejercido de la a:lta dignidad de pre sidente del Consejo de Estado; 29 Que el Dr. Domínguez Molina fue un eminente ciudadano que sobresalió por la sabiduría, prudencia y honesti_dad ~on que administró justicia; por el desmteres y no bleza, con que sirvió los intereses. públi?os; por la ejemplar rectitud de su VIda pnva da y por la práctica severa y constante de las más acrisoladas virtudes", Resuelve: Expresar el hondo sentimiento de pesar de la Corporación por la muerte del Doctor Alejandro Domínguez Molina, señalar su
da y por la práctica severa y constante de las más acrisoladas virtudes", Resuelve: Expresar el hondo sentimiento de pesar de la Corporación por la muerte del Doctor Alejandro Domínguez Molina, señalar su vida a los jueces colombianos como modelo dümo de imitarse y asociarse al duelo gue aflige a su distinguida familia, al H. Conse jo de Estado, al Departamento del Valle del Cauca y a la ciudad de Buga. Copia de esta resolución en !lota de es tilo, será entregada por el presidente a la señora Elvia Plaza V. de ·Domínguez, a sus ·hijos Florencia, Alfonso y Santiago Plaza y al señor Presidente del H. Consejo de Es tado. Se transcribirá al H. Tribunal Supe rior del Distrito Judicial de Buga que en Corporación haga -entrega de ella a nom bre de la Corte, a la madre del extinto, se ñora Cecilia Malina V. de Domínguez. (Se sión del día 31 de agosto). "La Corte Suprema de Justicia, en su_ se sión plenaria de la fecha deja constancia de su profundo dolor par la muerte del Doctor Silvia Villega.s, quien con sus escritos lite rarios su dedicación al periodismo, su ac ción e~ parlamento y en la diplomacia hon ró a Colombia y dio lustre a las institucio nes republicanas de las que fue defensor permanente. (Sesión d~l día 14 de sep tiembre). Transcríbase en nota de estilo a su viu da e hijos y demás familiares y al Senado de la República, cuyo miembro ilustre era, en el momento de su fallecimiento.
tiembre). Transcríbase en nota de estilo a su viu da e hijos y demás familiares y al Senado de la República, cuyo miembro ilustre era, en el momento de su fallecimiento. "La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia deja testimonio, ·en el a;cta. de la sesión de la fecha, de su profundo senti miento d'e pesar por la lamentada muerte de la esclarecida señora Doña Dolores Co-8 GACETA JUDICIAL N9 2364 nantes Vda. d·e Cotes, a;caecida en la ciu dad de Santa Marta el 26 del presente mes, exponente exacto que fue de todas la.S gran des virtudes de la mujer colombiana,· que acrecentó en el curso de su· meritoria exis tencia, consa"Sra;da en forma desinteresada y permanente a su hogar, a la sodedad que la rodeó de cariño y de respeto, y a quie nes tuvieron el privilegio de ser sus ami gos y relacionad0s. a los cuales edificó con su ej-emplo". (Sesión del 31 de agosto de 1972). Copia de esta proposición, en nota de es-· tilo, será entrega.da por una comisión de Marrist:rados al señor D'"~Ctf)ly Juan B~navi des Patrón, preclaro Presidente de la Cor poración. y a su señ"ra esposa Doña Fulvia Cotes de Benavides, hijos ilustres de la da ma desaparecida. Copias de la mism"~ serán enviadas a sus hijos señores Dr. Armando
L. Fuentes y Beatriz Cotas de Fuentes. Dr.
Luis Huertas Lozano y Marta Cotes de
ma desaparecida. Copias de la mism"~ serán enviadas a sus hijos señores Dr. Armando
L. Fuentes y Beatriz Cotas de Fuentes. Dr.
Luis Huertas Lozano y Marta Cotes de Huertas. Dr. Ismael Noguera Gómez y Mer ced·es Cotes de Noguera, Dr. J~?ime Cotes C. v Carm<m. E&c0bar de C.')tes. Dr. Edg-ard" A. . C"tes C., Fernando Cotes v señora. Dr. Luis Cotes C .. y señoritas Cecilia, Judith, Ilsa y Lilián Cotes. "La Corte Suprema de Justicia deja tes timonio en el acta de la sesión plenaria de esta fec:ha, de su sentimiento de pesar por la muerte de la señora Isabel Franco de Páez, oeurrida en esta. ciudad el 16 del pre sente mes, y con tal motivo hace llegar su más sentida manifestación de condolencia al Do:ctor Humberto Murcia Ballén, miem bro muy prestante de la Corpora;ción, y a su señora Elizabeth Páez de Murcia, a sus hijos y demás miembros de su familia". (Se sión del día 28 de septiembre). Copia de ·esta moción, en nota de estilo será entregada por una comisión de la Cor te gJ Magistrado Dr. Murcia Ballén y su se ñora. "La Corte Suprema de Justicia, en se sión de esta fecha, presenta a la señora Do ña Maria Belén Fernández viuda de Gar viras y a su distinguida familia, su senti miento de pesar con motivo del reciente fa llecimiento de su hijo 'el Sr. Dr. Ernesto Garviras Fernández quiel_l, con las luces de
ña Maria Belén Fernández viuda de Gar viras y a su distinguida familia, su senti miento de pesar con motivo del reciente fa llecimiento de su hijo 'el Sr. Dr. Ernesto Garviras Fernández quiel_l, con las luces de su inteligencia y de su pulcritud honró el Foro Nartesantandereano y c1e especial ma nera a la administración de Justicia, a la c:.~al sirvió con singular esmero desde diver sa§ posiciones, contándose entre ellas las de Maqistrado de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial de Pamplona y Cúcuta, en tidad·es a las cuales se hace extensiva esta manifestación de condolencia". (Sesión del día 19 de octubre). Transcríbase en nota de estilo a la señora madre del extinto y a su familia, al igual que a los Tribunales de Pamplona y de Cú cuta, Corporación esta úlUma en la cual prestaba sus meritorios servicios para la fe cha de su deceso. "L"' Corte Suprema de Justicia, en su se sión Plenaria c1e 'la f·e·cha deja constancia de su profundo pesar por la muerte del Dr. Lucr"'cio Jaramillo Vélez. distinguido expo nente del Foro Antioqueño, Decano de De recho y Catedrático de la misma., así como al CC}Jegio Mayór de Nuestra Señora del Ro sario, auien ejercía ·en el momento de su de ceso con lujo de competencia y brillo el car go de Consejero d'e Estado~ y se a~ncia. al duelo que aflig;e a· su distinguida familia, al Honorable Consejo de Estado y a las Uni
ceso con lujo de competencia y brillo el car go de Consejero d'e Estado~ y se a~ncia. al duelo que aflig;e a· su distinguida familia, al Honorable Consejo de Estado y a las Uni versidades de Antioquia y del Rosario". (Se sión del día 2 de noviembre). Insértese en la Gaceta .lTUllilicñall y trans cribase en nota de estilo a sus familiares y a Ias entidades anteriormente citadas. ",La Corte Suprema de Justicia, Sala Ple na., en sesión de la fecha, deplora el falleci m:~ento del Dr. Rodrigo Noguera Barrene che, jurista eminente que enalteció la Cá tedra Universitaria y polígrafo egregio que enriqueció las letras patrias con el aporte de vaiiosos y originales estudios". (Sesíón del día 30 de noviembre). Copia de esta moción, será ent~egada en nota de esti'lo al Dr. Rodrigo Noguera Labor de, conjuez de la Corte; a la viuda y demás familiares. "La Corte Suprema de Justicia, en Sala . Plena, deplora el fallecimiento de Üt señora Magdalena Méndez viuda de Escobar, ma trona' de aquilatadas virtudes y madre del Doctor Miguel Escobar Méndez, Ministro deN9 2364 GACETA JUDICIAL 9 Justicia, a qillen, con ocasión de su duelo, le expresa los más sinceros sentimientos de ~sar, lo propio que a su dignísima espo sa, Doña Sofía de Escobar". (Sesión del 14 de diciembre). Copia de esta moción, en nota de estilo,
expresa los más sinceros sentimientos de ~sar, lo propio que a su dignísima espo sa, Doña Sofía de Escobar". (Sesión del 14 de diciembre). Copia de esta moción, en nota de estilo, será entregada al Dr. Miguel Escobar Mén dez por la Sala de Gobierno.E§T&TIDTO IDlli: C&PliT&LE§ (ID®Cr~to li2~~ ~~ li~~li) Com¡~~t~nd~ ~~ n~ Cort~ JPI~r~ ~OltllO~~].' ~~ S11.ll. llltll~X~I!Jl11.ll.lllbñnñ~~~; ~S 11.ll.ltll ~do ~~ ~~r~dno ]pluílbnñ~o nnt~rltlli!D. - L~ ~rmoni:e~dón ~~ nos r~gñmen~s· ]mríí~ll(COS ~~ n«)§ ~st~~os ~ontr~t~nt~s ~ I!Jl11.ll.~ S~ relfi~r~ ~n ~rilÍIC11.ll.no li5 ~~n IP~do ~~ IWon~;~wi~~o, sóno ~§ JPIOSnlbn~ JPIOr nos merllios ii!llón~os o S~~ ~I!Jlm~llilos ~aJ.]plaJ.(C~§ ~~ ~un~s wigor. En ~~~r~to ~~mmmTI~rllo vi~n~ ~n n11.ll.m~Ir~n lili ~~n mrilÍ~11.ll.~ no ~!S ~~ R~ C~rim. (Úorle §1J1lplre.ma i!l!e .1T1J1lsiftda. - §alla JF>llenult. Bogotá, D. E., 20 de enero de 1972. (Mag-istrado Ponente: Doctor José Gabriel de la Vega).
Bogotá, D. E., 20 de enero de 1972. (Mag-istrado Ponente: Doctor José Gabriel de la Vega). El eiud8Jdano JTamllJ§ W. JRrusl)}~lk, en ejer cicio de acción púbUca, pide que se declare inexeouible el Decreto· 1299 de 30 de junio de 19'71, "por el cual se pone en vigencia el Réo-imen Común de Tratamiento a los Ca pitales Extranjeros y sobre marcas, paten tes, licencias y regalías del Acuerdo de Car tagena". "DECRETO NUMERO 1299 DE 1971 "(junio 30) "por el cual s·e pone en vigencia el Régimen C"mÚn de Tratamiento a los Capitales Ex tranjeros y sobre Marcas, Patentes. Licen cias y Regalías del Acuerdo de Cartagena. "El Presidente de la República de Colom bia, en uso de sus facultades constituciona les y legales y en particular de las que le confiere la Ley 88 de 1961, y "Que por medio de la JLey 88 de 1961 se autorizó la adhesión de Colombia al Tra tado de Montevideo; "Que el artículo 15 del Tratado de Mon tevideo dispone la armonización de los tra tamientos aplicables a los capitales pro-ce dPntes de fuera de la zona. objetivo aue ha .sido considerado igualmente por Resolucio nes posteriores de la Conferencia de las P?rtes Cnntratantes de la ALALC; "Que el Gobierno en uso de las faculta des r>toro-aJdas por la L~v 88 de 1961. exoidió
nes posteriores de la Conferencia de las P?rtes Cnntratantes de la ALALC; "Que el Gobierno en uso de las faculta des r>toro-aJdas por la L~v 88 de 1961. exoidió el DP.creto número 1245 del 8 de ag-osto de 1969 mediante el cual se aprobó el Acuer do de IntePTaci6n Subretrional del Grupo Andino. den"minado Acuerdo de Cartaaena. suscrito en Br)O'ntá el 26 de mayo de 1969 nnr DlPnipr>tPnciarir-s de lns !!nbiern"S de Colnmhia. Bolivi9, Chile. Ecuador v PPrú; "Que el artículo 27 del Acuerdo de Inte gración Subreg-ional establece que 'Antes del 31 de dici-embre de 1970, la Comisión, a :~ropuesta de la Junta, aprobaTá y somete :cá a la consideración de los países miem bros un réQ."imen común sobre tratamiento a los C"pitales extranjeros y entre otros. so bre marcas, patentes, licencias y regalías. Lns países miembros se comprometen a adoptar las providencias aue fueren nece sarias nara poner en práctica este régimen dentro de los seis meses siguientes a su apro ba.ción por la Comisión'; "Que la Comisión del Acuerdo de Carta gena en su Tercer Período de Sesiones Ex traordinarias aprobó por medio de la De eisión número 24 del 31 de diciembre de 1970, un régimen común de tratamiento aGACETA JUDICIAL 11 ·los capitales extranjeros y sobre marcas, pa tentes, licencias y regalías, para los países miembros del Grupo Andino;·
eisión número 24 del 31 de diciembre de 1970, un régimen común de tratamiento aGACETA JUDICIAL 11 ·los capitales extranjeros y sobre marcas, pa tentes, licencias y regalías, para los países miembros del Grupo Andino;· "Que la misma Comisión en su IV Perío do de Sesiones Extraordinarias aprobó por medio de la Decisión número 37 del 24 de junio de 1971, los ajuste·s relativos al régi men común de tratamiento a los capitales extranjeros y sobre marcas, patentes. licen cias y regalías, ·establecido por la Decisión número 24, " "]j))ecireta: "Artículo 1 Q A partir del 1 Q de julio de 1971 entrará en vigencia el siguiente Régi men Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Li cencias y Regalías, aprobado por la Comi sión del Acuerdo de Cartagena por medio de 18 Decisión 24 con los ajustes contenidos en la Decisión NQ 37:
'"REGIMEN, COMUN DE TRATAMIENTO A LOS
CAPITALES EXTRANJEROS. Y SOBRE MARCAS,
PATENTES, LICENCIAS Y REGALlAS' CAPITULO I "Artículo 1Q Para los efectos del presen te ré!:?,"imen se entiende por: "linveirsión IExtll"anjeJra. JDkecta: Los apor tes provenientes del exterior de propiedad de personas naturales o empresas extranje ras, al capital de una empresa, en monedas libremente convertibles, plantas industria les, maauinaria o equipos, con derecho a la reexportaJCión de su valor y a la transferen
tes provenientes del exterior de propiedad de personas naturales o empresas extranje ras, al capital de una empresa, en monedas libremente convertibles, plantas industria les, maauinaria o equipos, con derecho a la reexportaJCión de su valor y a la transferen cia de utilidades al exterior. "Igualmente se considera como inversión extranjera directa las inversiones en mone da nacional provenientes de recursos con del'lecho a ser remitidos al exterior. "linversiomsta IErliranj&o: El propietario de una inversión extranjera directa. "ITnversiomsta Nacionall: El Estado, las personas naturales nacionales, las personas jurídi•cas nacionales que no persigan fin de lucro y laiS empresas na1Ciona11es definidas en este artículo. Se considerarán también co mo inversionistas na;cional·es a las personas naturales extranjeras con residencia inin terrumpida en el país receptor no inferior a un año, que renuncien ante el organismo nacional competente el derecho de reexpor tar el ·capital y trans:fiertr utilidades al ex terior. "lEmpresa Nacional: La constituida en el país receptor y cuyo capital pertenezca en más del 80% a inversionistas nacionales, siempre que, a juicio del organismo nacio na;l competente, esa proporción se refleje en la dirección técnica, finandera, admi nistrativa y comercial de la empresa. "lEmpires& Mixta: La constituida en el país receptor y cuyo capital pertenerea a :inversionistas nacionales e.n una propor ción que fluctúe entre el cincuenta y uno por ciento. y el ochenta por ciento, siempre que, a jui·cio del organismo nacional com
país receptor y cuyo capital pertenerea a :inversionistas nacionales e.n una propor ción que fluctúe entre el cincuenta y uno por ciento. y el ochenta por ciento, siempre que, a jui·cio del organismo nacional com petente, esa proporción se refleje en la di rección técnica, financi·era, administrativa y comercial de la empresa. "lEmpresa IExtJranjera: Aquella cuyo ca pital perteneciente a inversionistas nacio nales es inferior al cincuenta y uno por ciento o, cuando siéndo superior, a juicio del organismo nacional competente, ese por centaje no se refleje en la dirección técnica, financiera, administrativa y comercial de la empresa. "ITnveirsión NUJteva: La que se realiza con posterioridad al primero de julio de ·1971, ya sea en empresas existentes o empresas nuevas. "Reinversión: La inversión de todo o par te de las utilidades no distribuidas prove nientes de una inversión extranjera directa en la misma empresa que las haya gene rado. "IP'ais Receptor: Aquel en el que se efec túa la inversión extranjera directa. "Comisión: La Comisión del Acuerdo de Cartagena. ".lTunta: La Junta del Acuerdo de Carta gena. "IP'ruís M:iembiro: Uno de los Países Miem bros del Acuerdo de Cartagena. "Artículo 2Q Todo inversionista extranje ro que desee invertir en alguno de los Pai- . ses Miembros deberá presentar su solicitud ante el organismo na.cional -competente el cual, previa evaluación, la autorizará cuan do ·corresponda a las prioridades del desa
ro que desee invertir en alguno de los Pai- . ses Miembros deberá presentar su solicitud ante el organismo na.cional -competente el cual, previa evaluación, la autorizará cuan do ·corresponda a las prioridades del desa rrollo del país receptor. La solicitud deberá atenerse a la pauta que se señala en el anexo número 1 del régimen.12 GACETA JUDICIAL ].\J'Q 2364 ~-------------------------------------~-------------------------------- 'La Comisión, a propuesta de la Junta, podrá aprobar criterios comunes para la evaluación de la inversión extranjera di recta en los Países Miembros. "Artículo 3Q Los Países Miembros no au torizarán inversión ~extranjera directa en actividades que consideren adecuadamente atendidas por empresas existentes. "Tampoco autorizarán inversión extran jera directa destinada a la adquisición de acciones, participaciones o derechos de pro piedad de inversionistas nacionales. "Se exceptúan de lo dispuesto en el inci so anterior aquellas inversiones extranje ras directas que se hagan en una empresa nacional para evitar su quiebra inminente, siempre que se cumplan las siguientes con diciones: "a) Que el organismo encargado del con trol de las sociedades anónimas en el país respectivo o su equivalente compruebe la inminencia de su quiebra; "b) Que la empresa acredite haber otor gado opción de compra preferente a inver sionistas nacionales o subregiona.les; y "e) Que el inversionista extranjem se comprometa a poner en venta las acciones, participaciones o derechos que adquiera en la empresa, para su compra por inversio nistas naciona}es en el porcentaje necesa
"e) Que el inversionista extranjem se comprometa a poner en venta las acciones, participaciones o derechos que adquiera en la empresa, para su compra por inversio nistas naciona}es en el porcentaje necesa rio para constituir una empresa nacional en un plazo que no exceda de 15 años y que se fijará en cada caso de acuerdo con las características del sectar. La autorización expedida por el organismo nacional com petente contendrá el plazo y las condicio nes en que se cumplirá dicha obligación, la forma en que se determinará el valor de las acdones, participaciones o derechos al tiempo de su venta y, si fuere el caso, los sistemas que aseguren el traspaso de éstas a inversionistas nacionales. "Artículo 49 Podrá autorizarse la parti cipación de inversionistas extranjeros en empresas nacional,es o mixtas siempre que se trat.e de la ampliación del capital de la empresa respectiva y que esa part~cipación no modifique la calidad de nacional o mix ta de ésta. "Artículo 5Q Toda inversión extranjera diflecta, se registrará ante ·el organismo na cional competente junto con el convenio en que se determinen las condiciones de la autorización. El monto de la inversión se re . gistrará en moneda libremente convertible. "Artículo 6Q El control del cumplimiento ·de las obligaciones 'Contraídas por los inver sionistas extranjeros estará a cargo del or ganismo que registra la inversión, en coor dinación con las reparticiones o dependen cias estatales competentes en cada caso. "Además de las funciones que se seña lan en otras dispostciones del presente régi men y de las que se establezcan en el re
dinación con las reparticiones o dependen cias estatales competentes en cada caso. "Además de las funciones que se seña lan en otras dispostciones del presente régi men y de las que se establezcan en el re glamento respectivo, corr·esponderá