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CSJ - Gaceta laboral de 2019

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - Gaceta laboral de 2019
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2019

G A C E T A J U D I C I A L 2 0 1 9

RELATORÍA SALA DE CASACIÓN LABORAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

TABLA DE

CONTENIDO

01

PRESENTACIÓN

MAGISTRADOS

02

SALA LABORAL 2019

ÍNDICE TEMÁTICO

03

JURISPRUDENCIAL

EXTRACTO

04 JURISPRUDENCIAL PRESENTACIÓN Las nuevas lecturas del derecho realizadas a partir de la Constitución de 1991, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, como tribunal de cierre de esta Jurisdicción, recrean de manera constante el Derecho Laboral Colombiano y alimentan el texto jurídico permitiendo tener otras miradas sobre los cambios ocurridos en cada una de sus áreas: individual, colectivo, seguridad social, los cuales se encuentran materializados a través del estatuto procesal, todo esto sin olvidar la incorporación de elementos del derecho laboral internacional al ordenamiento jurídico interno. En este contexto y en cumplimiento del artículo 6° de la Ley 169 de 1896 la Relatoría realizó la compilación de las sentencias relevantes del año 2019, con el objetivo de dar a conocer las interpretaciones normativas, las precisiones o cambios de criterio sobre los distintos asuntos fallados, con el fin de facilitar el conocimiento de la comunidad en general, así como su análisis; puesto que su racionalización permite la corrección material del derecho, para una adecuada administración de justicia y la concreción de la aspiración de un orden justo, como lo propone la teoría de la decisión judicial. En este orden, la habilitación legal nos permite crear y mantener mecanismos de divulgación en formato digital, como el que ahora presentamos, donde el usuario a

través de un índice temático y jurisprudencial, del respectivo año, conocerá los argumentos expuestos en los temas abordados por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el cual esperamos sea de gran utilidad, en las actividades relacionadas con la formación y el ejercicio del derecho. MAGISTRADOS CORTE Coordinación general Dra. Liliana Cuéllar Ledesma

SUPREMA

Relatora Sala de Casación Laboral

SALA DE CASACIÓN LABORAL 2019

Análisis y titulación Dr. Rigoberto Echeverri Bueno Servidores judiciales Presidente Relatoría Sala de Casación Laboral Dr. Gerardo Botero Zuluaga Dr. Fernando Castillo Cadena Dra. Clara Cecilia Dueñas Quevedo Realización y diseño Dr. Jorge Luis Quiroz Alemán Laura Henao Rondón Maura A. Ramírez Muñoz Relatoría Sala de Casación Laboral

1. DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO

1.1 CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO

1.1.1 INDEMNIZACIÓN MORATORIA POR NO PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES • SL194-2019_____________________________________________________pág.24 • Naturaleza - Procedencia • Principio de la carga de la prueba – Aplicación 1.1.2 LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES OFICIALES • SL981-2019____________________________________________________pág. 16 • Contrato realidad - Efectos de su declaratoria – Elementos esenciales • Subordinación indemnización por despido sin justa causa convencional - Procedencia • Indemnización moratoria por no pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones - Liquidación • Indemnización por despido sin justa causa convencional – Procedencia

  • Prescripción - Acción de reclamación de créditos o acreencias laborales • SL4537-2019__________________________________________________ pág.18 • Principio de la buena fe - Teoría del acto propio - Concepto • Trabajadores oficiales - Contrato de trabajo, contrato realidadPresunción 1.1.3 LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES • SL467-2019___________________________________________________pág.19 • Contrato realidad - Empresas de servicios temporales pág. 4 • Indemnización moratoria por no pago de salarios y prestacionesProcedencia • Prescripción - Acción de reclamación de créditos o acreencias laborales - Vacaciones • Representantes del empleador - Simple intermediario • SL3181-2019____________________________________________________pág.21 • Principio de igualdad y no discriminación - Aplicación • Terminación del contrato por renuncia • Normas internacionales del trabajo - Aplicación • SL4444-2019____________________________________________________pág.23 • Contrato de prestación de servicios 1.1.4 TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR JUSTA CAUSA • SL3108-2019___________________________________________________pág.25 • Reconocimiento de pensión de jubilación, vejez o invalidezProcedencia • Requisitos - Inmediatez • SL1682-2019___________________________________________________pág.27 • Principio de igualdad y no discriminación – Aplicación • Salarios - Incrementos o reajustes salariales - Procedencia • Terminación del contrato por justa causa, despido indirectoProcedencia • Violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales del empleador

2. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

2.1 CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO

2.1.1 ARBITRAMENTO

  • SL226-2019_____________________________________________________pág.29 • Concepto - Naturaleza y finalidad • Sindicatos - Representación sindical -Facultades -Asamblea general • SL3491-2019____________________________________________________pág.31 • Competencia del tribunal - Creación o modificación de prestaciones o beneficios extralegales • Competencia del tribunal - Comités paritarios de participación pág. 5 • Competencia del tribunal - Publicaciones y canales de comunicación Arbitramento • Laudo arbitral - Decisión • Normas internacionales del trabajo - Convenios de la OIT • SL3258-2019____________________________________________________pág.33 • Competencia del tribunal - Término para fallar • Laudo arbitral - Decisión en equidad • SL2818-2019____________________________________________________pág.34 • Competencia del tribunal - Creación o modificación de prestaciones o beneficios extralegales • Extensión unilateral de beneficios a los trabajadores no sindicalizados • Interpretación y aplicación de la ley (Artículo 39 de la Ley 50 de 1990) • SL4775-2019___________________________________________________pág.35 • Multiplicidad de pliegos y de sindicatos • Recurso de anulación - Sustentación • SL4023-2019___________________________________________________pág.36 • Huelga - Declaratoria y desarrollo en un conflicto colectivo • Prueba de la huelga o cese de actividades 2.1.2 CONVENCIONES Y PACTOS COLECTIVOS • SL3278-2019____________________________________________________pág.39 • Beneficios convencionales - Auxilio funerario - Beneficiarios • Compensación por muerte de trabajador o pensionado • Interpretación de cláusulas convencionales (Cláusula 59 de la

convención colectiva 19951996 suscrita con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR) • Interpretación de cláusulas convencionales - Analogía • SL4545-2019___________________________________________________pág.41 • Convención colectiva – Revisión 2.1.3 SINDICATOS • SL3317-2019 ____________________________________________________pág.37 • Derecho de asociación sindical • Fuero circunstancial - Procedencia • Fuero sindical • Terminación del contrato por justa causa - Requisitos – Inmediatez pág. 6

3. SISTEMA GENERAL DE PENSIONES 3.1 BONOS O TÍTULOS PENSIONALES • SL1042-2019___________________________________________________pág.43 • Financiación de bonos o títulos pensionales tipo A - Ingreso base de liquidación - Determinación • SL4313-2019___________________________________________________pág.44 • Deberes, poderes y responsabilidad del juez - Aplicación de la ley • Exigibilidad - Financiación de bonos o títulos pensionales • Financiación de bonos o títulos pensionales - Procedencia • Redención por devolución de saldos 3.2 COTIZACIONES O APORTES A SALUD DE PENSIONADOS • SL1169-2019___________________________________________________pág.46 • Cotizaciones o aportes a salud de pensionados – Pago 3.3 ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES • SL196-2019_____________________________________________________pág.47 • Afiliación tácita • Bonos o títulos pensionales - Principios mínimos fundamentales • Obligaciones - Prohibiciones • SL1421-2019____________________________________________________pág.49 • Obligaciones Traslado de régimen pensional - Requisitos

  • Prescripción - Término para reclamar o ejercer la acción • Principio de la carga de la prueba - Aplicación • SL1452-2019____________________________________________________pág.51 • Deberes, poderes y responsabilidad del juez - Aplicación de la ley • Obligaciones • Principio de la carga de la prueba - Aplicación • Selección del régimen pensional • Traslado de régimen pensional - Ineficacia - Traslado de régimen pensional - Requisitos - Validez • SL1689-2019____________________________________________________pág.53 • Entidades administradoras de pensiones - Obligaciones • Ineficacia traslado de régimen pensional - Efectos • Prescripción - Acciones pensionales - Naturaleza • Principio de seguridad jurídica - Aplicación pág. 7 • SL5170-2019____________________________________________________pág.55 • Obligaciones • Pruebas - Documento 3.4. INCREMENTOS O REAJUASTES SALARIALES 3.4.1. Incrementos por personas a cargo • SL2711-2019_____________________________________________________pág.63 • Prescripción en acciones pensionales - Incrementos por personas a cargo
  • Requisitos 3.5. INDEXACIÓN DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL • SL979-2019_____________________________________________________pág.62 • Cosa juzgada constitucional - Aplicación • Reseña jurisprudencial constitucional 3.6. PENSIÓN DE INVALIDEZ 3.6.1. Pensión de invalidez de origen profesional, Ley 776 de 2002 • SL366-2019______________________________________________________pág.56 • Dictamen de la junta de calificación de invalidez • Reconocimiento y pago - Calificación de la pérdida de capacidad

laboral 3.6.2. Pensión de invalidez, Ley 100 de 1993 • SL867-2019______________________________________________________pág.57 • Procedimiento laboral - Interpretación y aplicación de la ley - Métodos interpretativos • Requisitos • Revisión del estado de invalidez - Readquisición del derecho pensional • SL1562-2019_____________________________________________________pág.59 • Causación y disfrute – Reconocimiento y pago • Pensión de invalidez - Incompatibilidad con subsidio por incapacidad temporal 3.6.3. Pensión de invalidez, Ley 860 de 2003 • SL3275-2019_____________________________________________________pág.60 • Aplicación de la ley - Principio de igualdad y no discriminación • Capacidad residual laboral - Concepto • Deberes, poderes y responsabilidad del juez • Semanas de cotización pág. 8 3.7. PENSIÓN DE JUBILACIÓN 3.7.1. Pensión de jubilación convencional • SL953-2019______________________________________________________pág.65 • Pensiones extralegales - Interpretación y aplicación de cláusulas convencionales (Artículo 54 de la convención suscrita con el Banco Santander S. A.) • Requisitos • SL1240-2019_____________________________________________________pág.66 • Convención colectiva - Interpretación de cláusulas convencionales • Requisitos (Según el artículo 82 la convención colectiva 1992-1993 suscrita con la Empresa Nacional Minera Ltda. (Minercol)) 3.7.2. Pensión especial de jubilación del personal de custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

(INPEC) • SL1350-2019_____________________________________________________pág.68

  • Ley 32 de 1986 - Beneficiarios 3.7.3. Pensión de jubilación por aportes, Ley 71 de 1988 • SL770-2019______________________________________________________pág.64 • Cómputo de tiempo de servicio o semanas de cotización
  • Requisitos 3.8. PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES 3.8.1. Pensión de sobrevivientes, Ley 797 de 2003 • SL2010-2019_____________________________________________________pág.74 • Principio de igualdad y no discriminación - Aplicación • Procesos laborales - Naturaleza • Prueba trasladada - Providencias judiciales • Sustitución pensional - Requisitos - Convivencia • SL5169-2019_____________________________________________________pág.76 • Interpretación y aplicación de la ley (Artículo 47 de la Ley 100 de 1993) • Sustitución pensional - Beneficiarios - Requisitos – Convivencia 3.9. PENSIÓN DE VEJEZ 3.9.1. Pensión especial de vejez por actividades de alto riesgo • SL1353-2019_____________________________________________________pág.82 • Decreto 758 de 1990 - Requisitos - Causación y disfrute - Ingreso base de liquidaciónDeterminación • Decreto 1281 de 1994 - Aplicación – Requisitos pág. 9 • Interpretación y aplicación de la ley (Parágrafo del artículo 6 del Decreto 2090 de 2003 - Alcance) • Pensiones - Mesadas adicionales – Procedencia • Régimen de transición en pensiones especiales por actividades de alto riesgo, Decreto 2090 de 2003 - Beneficiarios - Requisitos 3.9.2. Pensión especial de vejez por hijos inválidos, Ley 797 de 2003
  • SL3772-2019_____________________________________________________pág.83 • Pensiones - Economía del cuidado - Concepto • Requisitos - Ingreso base de liquidación 3.10. PENSIÓN SANCIÓN 3.10.1. Pensión sanción, Ley 50 de 1990 • SL1782-2019_____________________________________________________pág.73 • Falta de afiliación al sistema - Financiación - Cotizaciones o aportes
  • Requisitos 3.11. PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA • SL4350-2019____________________________________________________pág.86 • Principio de integralidad • Sistema general de pensiones - Cobertura - Trabajadores independientes • Sistema general de riesgos profesionales - Naturaleza - Afiliación de trabajadores independientes 3.12. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN 3.12.1. Régimen de transición, Ley 100 de 1993 • SL2852-2019____________________________________________________pág.69 • Aplicación • Financiación de los bonos o títulos pensionales - Tipo T • Pensión de jubilación, Ley 33 de 1985 - Reconocimiento y pago 3.13. REGÍMENES PENSIONALES • SL1168-2019_____________________________________________________pág.71 • Régimen de ahorro individual con solidaridad - Retroactivo pensionalProcedencia - Causación y disfrute • Régimen de prima media con prestación definida - Causación y disfrute • Retroactivo pensional – Procedencia • Sistema general de pensiones - Regímenes pensionales pág. 10 3.14. TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL • SL1688-2019____________________________________________________pág.77 • Entidades administradoras de pensiones - Obligaciones
  • Ineficacia - Efectos - RequisitosValidez • Prescripción - Acciones pensionales • SL3464-2019____________________________________________________pág.79 • Ineficacia - Efectos - Compensación o restitución - Procedencia • SL4360-2019____________________________________________________pág.81 • Entidades administradoras de pensiones - Obligaciones PensionesActo jurídico - Sanciones • Inexistencia - Efectos

4. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES 4.1. ACCIDENTE DE TRABAJO • SL2582-2019_____________________________________________________pág.85 • Normas internacionales • Sistema general de riesgos profesionales - Determinación del origen del accidente 4.2. AFILIACIÓN AL SISTEMA • SL4350-2019_____________________________________________________pág.86 • Afiliación de trabajadores independientes • Naturaleza - Principio de sostenibilidad financiera • Principios del sistema de seguridad social integral - Principio de integralidad • Sistema general de pensiones - Cobertura - Trabajadores independientes • SL5031-2019_____________________________________________________pág.88 • Afiliación - Traslado de administradoras de riesgos profesionalesIneficacia - Procedencia • Afiliación - Validez • Procedimiento laboral - Intervención de terceros - Llamamiento en garantía 4.3. INDEMNIZACIÓN TOTAL Y ORDINARIA DE PERJUICIOS pág. 11 • SL2845-2019____________________________________________________pág.90 • Compatibilidad con las prestaciones a cargo del sistema • SL5195-2019____________________________________________________pág.91 • Perjuicios fisiológicos o daño a la vida de relación - Tasación • Procedimiento laboral - Deberes, poderes y responsabilidad del juez

5. PROCEDIMIENTO LABORAL 5.1. COMPETENCIA • AL1017-2019____________________________________________________pág.94 • Conflictos de competencia 5.2. CRITERIOS AUXILIARES • SL1357-2019____________________________________________________pág.95 • Costumbre - Aplicación - Clases 5.3. DEBERES, PODERES Y RESPONSABILIDAD DEL JUEZ • SL5195-2019_____________________________________________________pág.91 • Deberes, poderes y responsabilidad del juez • SL1355-2019_____________________________________________________pág.93 • Deberes, poderes y responsabilidad del juez Pruebas - Pruebas de oficio 5.4. INTERVENCIÓN DE TERCEROS • SL5031-2019____________________________________________________pág.88 • Intervención de terceros - Llamamiento en garantía 5.5. PRESCRIPCIÓN • SL467-2019_____________________________________________________pág.17 • Acción de reclamación de créditos o acreencias laborales - Vacaciones Prescripción - Término para reclamar o ejercer la acción • SL4559-2019___________________________________________________pág.97 • Prescripción - Acciones pensionales - Indemnización sustitutiva 5.6. PRINCIPIO DE LA BUENA FE pág. 12 • SL4537-2019____________________________________________________pág.18 • Principio de la buena fe - Teoría del acto propio – Concepto 5.7. PROVIDENCIAS JUDICIALES • AL2161-2019___________________________________________________pág.98 • Cumplimiento de la sentencia - Procedimiento laboral - Copias, certificaciones y desgloses • AL2261-2019___________________________________________________pág. 100 • Cumplimiento de la sentencia • Procedimiento laboral - copias, certificaciones y desgloses recurso de

casación - Competencia de la corte 5.8. PRUEBAS • SL1044-2019___________________________________________________pág.104 • Dictamen de la junta de calificación de invalidez • SL1366-2019___________________________________________________pág.102 • Prueba de la convivencia • SL3046-2019___________________________________________________pág.103 • Prueba de la huelga o cese de actividades

6. RECURSO DE CASACIÓN 6.1. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD 6.1.1. Interés jurídico económico para recurrir • AL1376-2019___________________________________________________pág.106 • Litisconsorcio facultativo - Efectos • AL2161-2019___________________________________________________pág.98 • Interés jurídico económico para recurrir de la parte demandada • Litisconsorcio facultativo - Efectos 6.2. COMPETENCIA DE LA CORTE • AL2261-2019__________________________________________________pág.100 • Procedimiento laboral - Providencias judiciales - Cumplimiento de la sentencia pág. 13 • Recurso de casación - Competencia de la Corte - Procedimiento laboral - Copias, certificaciones y desgloses 6.3. TÉRMINOS JUDICIALES • AL1016-2019__________________________________________________pág.107 • Cómputo de términos pág. 14 1 . D E R E C H O I N D I V I D U A L D E L

T R A B A J O 1.1 CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO 1.1.1 Indemnización moratoria por no pago de salarios y prestaciones 1.1.2 Laboral individual de trabajadores oficiales 1.1.3 Laboral individual de trabajadores particulares

1.1.4 Terminación del contrato por justa causa SL981-2019

MP: CLARA CECILIA

DUEÑAS QUEVEDO

RECURSO DE CASACIÓN

RAD: 74084

20/02/2019

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL CSJ SL981-2019

INDEMNIZACIÓN MORATORIA POR NO PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES» LIQUIDACIÓN El empleador oficial tiene un término de noventa días calendario para el pago de las prestaciones, salarios e indemnizaciones TRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO» TÉRMINOS O PLAZOS En el Derecho del Trabajo existe la particularidad que el contrato de trabajo se ejecuta día a día, desde la fecha de su suscripción hasta la de su finalización incluyendo días de descanso obligatorios y festivos, por lo que algunos plazos que la ley no califica si son hábiles o calendario deben entenderse corridos -plazo de noventa días previsto para la liquidación del contrato de trabajo de trabajadores oficiales, es calendarioPRESCRIPCIÓN» ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CRÉDITOS O ACREENCIAS LABORALES» VACACIONES El término trienal de prescripción del derecho a las vacaciones de los trabajadores oficiales de las empresas industriales y comerciales del Estado se cuenta luego de transcurrido un año y un mes -un año de periodo de gracia del empleador y un mes de periodo de gracia en favor del trabajadorTRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO» DURACIÓN DEL CONTRATO, EXTREMOS TEMPORALES» ANÁLISIS DE PRUEBAS Error de hecho del ad quem al considerar que la relación laboral entre la

demandante y la entidad se interrumpió, generando dos contratos de trabajo autónomos, puesto que la vinculación operó en forma continua, siendo el mayor espacio de tiempo entre los contratos de veintidós días, sin que ello derivara en solución de continuidad o en reflejar que la intención genuina de las partes fuera detener el curso de los servicios prestados pág. 16 TRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD» EFECTOS DE SU DECLARATORIA La sentencia mediante la cual se declara la existencia de un contrato de trabajo no tiene efectos constitutivos sino declarativos, pues se reconoce la existencia de una realidad anterior a la fecha de la providencia

TRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO

REALIDAD» ELEMENTOS ESENCIALES» SUBORDINACIÓN» ANÁLISIS DE PRUEBAS Error de hecho del ad quem al no dar por probada la existencia de una relación subordinada, pues la actora ejerció funciones connaturales a la actividad misional de la entidad, se le asignaron labores por delegación, fue citada a diligencia de carácter disciplinario, recibió instrucciones, llamados de atención, control de horarios y compensación de tiempo de descanso, todo lo cual demostraba la subordinación a la que estuvo sujeta y excluía la autonomía e independencia que caracteriza a los contratos de prestación de servicios TRABAJADORES OFICIALES» INDEMNIZACIONES» INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA CONVENCIONAL» PROCEDENCIA Procede la indemnización por despido injusto, dado que el contrato de trabajo

a término indefinido entre la recurrente y el ISS finalizó por vencimiento del plazo pactado, causal que no se contempla en ninguna de las justas causas del artículo 7 del Decreto Ley 2351 de 1965 conforme lo establece el artículo 5 de la convención 2001-2004 suscrita con el ISS TRABAJADORES OFICIALES» PRESTACIONES SOCIALES» NORMAS APLICABLES Los trabajadores oficiales de una empresa industrial y comercial del Estado se rigen en cuanto al régimen prestacional por normas especiales tales como el Decreto 3135 de 1968 y su reglamentario 1848 de 1969, además de las convenciones colectivas de trabajo que se hayan suscrito entre la entidad y su sindicato de trabajadores (SL981-2019) pág. 17 SL4537-2019

M P: FERNANDO CASTILLO

CADENA

RECURSO DE CASACIÓN

RAD: 73936

23/10/2019

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL CSJ SL4537-2019

TRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD Cuando se declara la relación laboral mediante sentencia judicial -contrato realidad-, cualquier pacto realizado por las partes es ineficaz, aún si se ha efectuado con la anuencia expresa del trabajador -a falta de uno de los requisitos del acto propio, no es dable pregonar su desconocimientoTRABAJADORES OFICIALES» CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD» PRESUNCIÓN La sola existencia de los contratos de prestación de servicios firmados por las partes no es suficiente para derruir la presunción legal

TRABAJADORES OFICIALES» PRINCIPIOS» PRINCIPIO DE LA BUENA FE El principio de la buena fe debe presidir la ejecución del contrato, pues es un principio cardinal que gobierna la relación laboral, en interés de que se lleve a cabo de manera respetuosa y armónica PRINCIPIO DE LA BUENA FE» TEORÍA DEL ACTO PROPIO Desarrollo de la teoría del acto propio -reseña jurisprudencialRequisitos o condiciones del acto propio -reseña jurisprudencial- (SL45372019) pág. 18 SL467-2019

MP: CLARA CECILIA DUEÑAS

QUEVEDO

RECURSO DE CASACIÓN

RAD: 71281

06/02/2019

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL CSJ SL467-2019

LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES» REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR» SIMPLE INTERMEDIARIO Cuando bajo el pretexto de una externalización de actividades, el empresario evade la contratación directa de un trabajador, con la ayuda de aparentes contratistas que carecen de una estructura empresarial propia, un aparato productivo especializado y su única razón de ser es suministrar trabajadores a la empresa principal, se está frente a una simple intermediación laboral ilegal. La actividad de suministro de mano de obra solo puede ser desarrollada por empresas de servicios temporales constituidas con ese objeto social y autorizadas por el Ministerio del Trabajo, de realizarse el suministro por entidades sin dicha calidad; sean cooperativas, precooperativas o sociedades comerciales u otro tipo de creación jurídica, es ilegal La descentralización productiva y la tercerización, entendidas como un modo

de organización de la producción en cuya virtud se hace un encargo a un tercero de determinadas partes u operaciones del proceso productivo, son un instrumento legítimo en el orden jurídico que permite a las empresas adaptarse al entorno económico y tecnológico, a fin de ser más competitivas PRESCRIPCIÓN» ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CRÉDITOS O ACREENCIAS LABORALES» VACACIONES • La compensación en dinero de las vacaciones no impide aplicar la prescripción frente a las vacaciones exigibles en desarrollo del contrato de trabajo • Para la compensación de las vacaciones en dinero el término se empieza a contar desde la terminación del contrato • Por regla general las obligaciones laborales prescriben en tres años contados a partir de la exigibilidad del derecho, fecha que para las vacaciones inicia al finalizar la anualidad siguiente a la acusación del derecho pág. 19 CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD» EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES La empresa de servicios temporales puede ser utilizada para cumplir las actividades excepcionales y temporales previstas en el artículo 77 de la Ley 50 de 1990, sean o no del giro habitual de sus negocios, pero no para cubrir necesidades permanentes de la empresa usuaria o sustituir personal permanente La infracción de las reglas jurídicas del servicio temporal lleva a considerar al trabajador en misión como empleado directo de la empresa usuaria vinculado mediante contrato de trabajo a término indefinido, con derecho a todos los beneficios que su verdadero empleador tiene previstos en favor de sus asalariados

CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD» EMPRESAS DE

SERVICIOS TEMPORALES » ANÁLISIS DE PRUEBAS

Ausencia de error de hecho del ad quem al desvirtuar la transitoriedad y excepcionalidad del servicio prestado por la demandante pues dedujo de los contratos que suscribió, que ésta desempeñó actividades permanentes de la empresa usuaria por más de diez años como ejecutiva de ventas o asesora comercial, pese al periodo en el cual estuvo contratada por otra sociedad no constituida como de servicios temporales INDEMNIZACIÓN MORATORIA POR NO PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES» PROCEDENCIA La imposición de la sanción moratoria no es viable por la falta de pago de vacaciones compensadas, pues éstas tienen naturaleza indemnizatoria La sanción moratoria opera cuando el empleador acude a la contratación de servicios temporales de manera irregular para suplir necesidades permanentes con el fin de evadir la contratación directa del trabajador y el reconocimiento completo de prestaciones y derechos causados PRESCRIPCIÓN» TÉRMINO PARA RECLAMAR O EJERCER LA ACCIÓN El término de prescripción de los derechos laborales es de tres años contados desde su exigibilidad a menos que existan normas especiales que establezcan un lapso distinto (SL467-2019) pág. 20 SL3181-2019

MP: GERARDO BOTERO

ZULUAGA

RECURSO DE CASACIÓN

RAD: 59563

17/07/2019

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL CSJ SL3181-2019

LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES»

PRINCIPIOS» PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN» APLICACIÓN Los casos de trabajadores con trastornos mentales y depresivos son

catalogados por la doctrina como «casos difíciles» no solo por los aspectos morales que contienen y que pueden desviar el debate, sino por la estigmatización, la exclusión social y la discriminación profesional a la que son sometidos quienes los padecen, además de la dificultad en la determinación del grado de incapacidad volitiva y de discernimiento que de aquellos se derivan TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR RENUNCIA» NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO» APLICACIÓN En los casos de personas que por sus padecimientos mentales son vulnerables ante la sociedad, se hace necesaria la protección de sus derechos por mandato constitucional y legal con el fin de evitar tratos discriminatorios o excluyentes en el desarrollo de su actividad laboral -Manual de recursos sobre salud mental, derechos humanos y legislación de la Organización Mundial de la SaludTERMINACIÓN DEL CONTRATO POR RENUNCIA Concepto de trastorno mental según la Ley 1616 de 2013 TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR RENUNCIA» ANÁLISIS DE PRUEBAS Error de hecho del ad quem al no declarar la nulidad absoluta de la renuncia presentada por la actora, cuando el material probatorio mostraba los reconocimientos previos y posteriores a su dimisión efectuados por médicos psiquiatras que evidenciaban trastornos mentales y de comportamiento y graves episodios depresivos originados en parte por su dependencia al alcohol y sustancias psicoactivas, esto es, dos trastornos asociados entre sí que pág. 21 afectaron su capacidad mental, situación conocida por la empleadora dadas las incapacidades médicas previas que le fueron expedidas (SL3181-2019) pág. 22 SL4444-2019

MP: FERNANDO CASTILLO

CADENA

RECURSO DE CASACIÓN

RAD: 58413

16/10/2019

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL CSJ SL4444-2019

LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES» CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Quien se vincula mediante contrato de prestación de servicios -árbitro de fútbolno está vedado de una adecuada coordinación en la que se puedan fijar horarios, solicitar informes e incluso establecer medidas de supervisión o vi

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