CSJ - Sentencia 35637(06-06-2012)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 35637(06-06-2012)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2012
= República de Colombia Serunda Instancia Rarl. 35637 Jásticia y Paz Jorge [ván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente Luis Guillermo Salazar Otero Aprobado Acta No. 218 Bogotá, D.C., seis (6) de junio de dos mil doce (2012). OBJETO DE LA DECISIÓN Decide la GSala el recurso de apelación Iinterpue5tu V sustentado oportunamente por el Fiscal 8% de la Unidad Nacional de Justicia y Paz, el delegado del Ministerio Público, el defensor de confianza de JORGE IVÁN LAVERDE ZAPATA, los representantes de víctimas Héctor Enrígue Redríguez Sarmiento dentro de los homicidios de Jorge Enrique López, John Jairo y Giovanni Bermúdez Daza, Luis Adán Rodríguez Rivera, Horacio Ovalles Álvarez, Héctor Uriel Calderón Acevedo, José Freddy Daza, Luz Dary Silva Omaña, ;/&q¿;¿£í' 2 República de Colombia Segunda Instangia Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Carte Suprema de Justicia Balbino Pedro Antonio Contreras Jaimes y José Alexander Hernández Salas; Luis Santiago Medina Medina dentro los homicidios de Alberto Alexander Rojas Blanco, Jesús Alberto Blanco Vergara, Eduardo Obregón Ruiz, Edinson Eduardo Obregón Mora y Tirzo Vélez; Jaime Augusto Castillo Tarfán dentro de los homicidios de César Augusto Panizo Cáceres, Rosa Alexandra, Nery Johana y Ana Milena Carrillo Diaz,
Alberto Llanes Soto, Carlos Andrés Oliveros Parra, Noel Portillo Jácome, Edwin Orlando Gudiño Jaimes, Luis Antonio Mesa Cárdenas, Ángel María Rivera Quintero y John Wilmer Torres Rodríguez; Diego Andrés Prada Cifuentes dentro de los homicidios de José Leonidas Contreras Quintero, Marino Rentería Cuero, Luis Fernando Bonilla Acuña, Cristian Alexis Monsalve, Adalberth Alberto Prada Arias, Miguel Ángel Fiórez Carreño, Jairo Barbosa Pérez, José Luis Santander Amaya, Mauricio Pacheco Pérez y Willinthon Eduardo Rubio Toloza, Lucila Torres de Arango apoderada dentro de los homicidios de jJavier Rincón Vargas, Maritza Helena Cárdenas Pérez, Aramis Ortiz Sepúlveda, Juan de Jesús Alviades Gerardino, Miguel Tamara Ortiz, Edinson Rincón Sánchez, Javier Daric Ramírez Ramírez, Edwin Alexis Santiago Acero, Diego Alexander Ortiz Andrade, Kennecy Hernando Silva Rolón, Ever Duarte Ortega, Ramón Elías Peñaranda Ortiz, Edilson Peñaranda Ortiz y John Freddy a , República de Colombia Segunda Instangia Rad, 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia Daza Vanegas; Ruby Siella Castaño Sánchez dentro de los homicidios de José Aníbal Castro Núñez, José Ángel Castro Núñez, Jesús María Castro Núñez, Miguel Ángel Lizcano, Roger Narciso Guzmán Gómez, Gloria Inés Marín, Pedro Arturo Niño Peña, Nelson Omar Peñalosa, Adalberto Rojas
Ortiz, Jorge Alexander Sanabria Camacho, Luis Esteban Patiño Osorio, José Joaquín Fierro Ortega y José Ernesto Corredor; Álvaro González Lilloa apoderado dentro de los homicidios de José Ascención Osorio Castellanos y Andrés Osorio Castellanos; Jeimy Martínez Aniaya dentro del homicidio de Dinael Rincón Suárez; Alexander Duque Acevedo dentro del hemicidio de Wilder González Muentes; Claudia Liltana Guzmán Sánchez en los homicidios de Carlos Arturo Pinto Behórquez y Jairo Ernesto Obregón Sabogal; Germán Gustavo Díaz Forero dentro del homicidio de Carlos Arturo Pinto Bohórquez; Jairo Hernando Jurado como apoderado dentro del homicidio de Alfredo Enrique Fiórez Ramírez, y la representante de la organización Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz, contra la decisión de 2 de diciembre de 2010 proferida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante la cual se condenó al postulado JORGE IVÁN LAVERDE ZAPATA y se decidió el incidente de reparación integral. _ : /í.=;r /€3-?¿% 4 República de Colombia Segunda Instangía Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia ; !jm SITUACIÓN FÁCTICA Algunos de los est1i¿1iosl más calificados sobre el surgimiento del paramilitarismo en Colombia, ubican su aparición a partir de la expedición del Decreto Legislativo 3398 de 19%65, adoptado como legislación permanente por la Ley 48 de 19682,
ya que estas normas, con el propósito de fortalecer la lucha contra los grupos insurgentes creados en la década de 1960 y 1970, habilitaron al Gobierno MNacional para utilizar ciudadanos en actividades tendientes a restablecer la normalidad y facultaron al Ministerio de Defensa Nacional para amparar como de propiedad particular, cuando lo estimara conveniente, armas consideradas como de uso de las l T Ir ENe Fuerzas Armadas. Durante la vigencí¡a dfe las preceptivas aludidas, particulares ajenos a las 1'nstii:ucipr;1&sy legítimas del Estado, accedieron al uso de armamento privativo de las fuerzas armadas, orientado a la realización de operativos de ataque y no sólo ol 1 Cfr. Giraldo Moreno, Javier, S., El paramilitarisme: una criminal política de Estado que devora cl país, agosto de 2004, www javiergiraldoorg. También Equipo Nizkor, Conflieto Armado y Paramibtarismo en Colomba, www derechos org; Fundación hazloposible, Orngen y Desarrollu de los Crupos Paramititares, abril de 2004, camalsolidario.ore; Rivas Nieto Pecdro y Rey Crarría Pablo, Las Autodefensas y el Paramilitarsmo en Colombia, 1964 — 2006, encro de 2008, confines.miyitesm.mx, Pérez Gallo, Miriam Stella, Sentidos de memoria e hustoria sobre el paramilitarismo en Colombia en el marco del actual proceso de negociación para la reincor prración a la vida civil www.scribd.com, Ast hu conciuyó la Corte Interamericana de Dercchos Hiumanos en sentencia de 5 de juba de 2004, Caso 19 Comerciantes contra Colombia.
r eRIE r "d ] _ /G£Z_£? j República de Colombia “ [ 1 Segunda Instandía Rad. 35637 Justicia y Paz e _l::]' ]urgc Iwán Laverde Zñpñta 2a U Corte Suprema de Justicia ALJ 26 para la defensa personal, c1rcur;;tanc1la que se tradu;cr en la aparición de distintos grupos d]é 111;c'ha cont-ra la guernlla entre los cuales se destaca la A53£1¿10ñ de Campesmos y Ganaderos del Magdalena I'áíeám —ACDEGAM—, el movimiento Muerte a 5&cuestrad¿3é?£…é— y el Movimiento A U de Renovación Nacional MORENE&- º : :-_…lnA '] y EE El esquema de estos nuevos grupn& 1l[=rgafes, con el soporte económico de los recursos provenientes del narcotráfico, se replicó en gran parte del territorio nacinnal£; y adoptó el nombre genérico de Autodefensas, con lo cual' se intensificó su entrenamiento militar dando paso a organizaciones al margen de la ley con una mejor preparación militar como fueron las Autodefensas Campeáiñas de Córdoba y Urabá - ACCU-lideradas por los extintos Fidel y Carlos Castaño Gil. 3 La normativa que había permitido la aparición del fenómeno — del paramilitarismo fue suspendida en virtud del Decreto 0815 de 1989, proferido en el marco de los diálogos de paz implementados por el Gobierno Nacional, y más adelante, en
virtud de la sentencia No. 022 del 25 de mayo de 1969 proferida por la Corte Suprema de Justicia, se declaró su inconstitucionalidad. 3 Giraldo Moreno, Javier, S.]., El paramilitarismo: una criminal polílica de Estado que devora el país, ayosto de 2004, tvww.javiergiraldo.org. AZ7 República de Colombia Segunda Instanzía Rac. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia A pesar de la experiencia anterior, mediante el Decreto 356 de 1994 el Gobierno Nacional autorizó la creación de las Asociaciones Comunitarias de Seguridad Rural -CONVIVIRcon el propósito de apoyar los esfuerzos del — Ejército aportando información sobre las actividades de la insurgencia. Así mismo, propendía por organizar las comunidades como cooperativas, juntas de acción comunal o empresas comunitarias, para que éstas proporcionaran la vigilancia y seguridad privada a sus miembros o asociados en el area donde la respectiva comunidad tuviera su sede'. El crecimiento de las organizaciones paramilitares se nutrió de las contribuciones de grandes empresarios, terratenientes y ganaderos,; cuotas :extorsivas; cobro de cueotas por la contratación estatal y recursos del marcotráfico entre otras fuentes menores de financiación. De igual forma, se valieron de la ayuda brindada por autoridades públicas de todo orden, quienes facilitaron o promovieron la existencia de las organizaciones de autodefensas y, en algunos casos, omitieron el deber de denunciar las actuaciones de las que eran testigos. 4 Internatrono! Pence Observalory, Balance del Proceso de Desmovilización de los Paramilitares
en Colombia, Justicia, 10 de julio de 2007, www peaceobservatory.org. E,;;.? República de Colombia 3 .1 SegundaIns a Rad, 35637 Justicia y Paz . 1b [6 |: Jorge [ván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia ¡ | , .. . Fa Enae , La continua actividad ilícita del ?aranulltarlsmo se centró en el combate a las guerrillas FE“y “sus -- si" mpatizantes o colaboradores, acci“ onar que se cone cre[E tN óE en patrones deliN cti. vos 1 hatta — " N comunes en todas las zonas donde estos grupos tuvieron ia nfluencia. , tales como torturas,o o 'yd eresl apáraisc iones forzadas, -d . SM — . homicidios selectivos, masacres sélectivas, reclutamiento de menores, desplazamiento forzado, delitos sexuales, entre ENE otros. ! Las estadísticas presentadas por la UnidadNacional de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nac?ón5, informan sobre un total de 17.262 hechos confesados y 19.943 víctimas relacionadas, de las 35.061 acciones registradas, cuyos afectados conocidos ascienden a 51.702. Entre los punibles más comunes se encuentra un total de 11.797 homicidios, 1.093 reclutamientos, 1.412 desapariciones forzadas, 747 desplazamientos forzados, 623 extorsiones, 392 secuestros, 10 delitos de violencia sexual, 72 episodios relacionados con destrucción y apropiación de bienes protegidos, 115 casos de
tortura, 80 de constreñimiento ilegal, 73 contribuciones arbitrarias, 98 actos de terrorismo, 238 hurtos, 150 Jesiones persunales, 4 tomas de rehenes, 26 casos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. 5 Oficio N UNJP 01344 del 18 de enero de 2010, suministrado por la Jetatura de la Umdad Nacional de Justicia y Paz de la Hiscalla General de la Nación, datos actualizados a diciembre I de 2009. M …fa<&3í República de Colombia Segunda Instanga Rad. 35637 Justicia y Paz -'E%B—% Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de justicia El referido documento reveló que la mayor cantidad de víctimas corresponden a pobiación civil, entre los que se suman 2.685 niños, 3.532 mujeres, 284 sindicalistas, 214 indígenas, 92 integrantes de la U. P., 36 periodistas, 21 miembros de Organizaciones no Gubernamentales, 17 defensores de derechos humanos, 511 servidores públicos y otras 44328 personas, El Bloeque Catatumbo, frente Fronterass Posicionadas las autodefensas en varios departamentos de nuestro país, el 15 de marzo de 1999 Carlos Castaño anuncia en el periádico “El Tiempo” que-van a tomar el contro! del oriente de Cotombia,r (Norte de Santander y Arauca) para desplazar el E.L.N, y etros frentes subversivaos, para lo cual designan como responsabie militar del naciente hbioque Catatumbo al teniente del ejército en retiro Armando Alberto
Arias Betancourt alias-.rCamilo” y conformado paor tres frentes: Tibú al mando: de atías “Mauro”, bioque móvil comandado por alias.;Felipe” y el frente Fronteras dirigido por alias “el iguano”, bioque y frentes que comienzan a incursionar a partir-dei mes de mayo de ese año. PA — “ Según lo relatado por la fiscalía en audiencia de control formal y material de cargos, 7 de diciembre de 2009, Pi n E “a - í-¿?l.gr-; EE|- , : /M—c g República de Colombia Segunda Inslaxncia Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge lván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia NE Esa región está localizada en 1au?zc:iniíg_norte del departamento de Norte de Santander y cunfor£á33 ¿I;Úr los municípí05 de El EE Carmen, Convención, El Tarra, íl£1!;1;¡ Sardinata, Hacarí, La Playa, San Calixto, Teorema y EIIJ?ZJUIEÁ, ac1árandu que no solo 1 aa en estas poblaciones tuvieron F£aja:aí1tamimto el grupo de autodefensas, sino además en kl.l':iJ;í;lna urbana de Cúcuta y E TA otros lugares aledaños. La irí11;cj;t£a:ncía económica de la región deriva de la extracción de hidrocarburos, de la producción de cultivos ilícitos de coca, del tráfico ilegal de gasolina de contrabando desde Venezuela yála produeción
agropecuaria de baja escala. Los delegados de inteligencia del Ejército y de la Policía, dieron cuenta de la presencia en dicha región de la cuadrilla 33 de las FARC, la cual obtuvo su financiación del narcotráfico, transporte ilícito de combustibles, hurto de vehículos, secuestros extorsivos entre otros, y del grupo subversivo del E.L.N. que desarrolló una campaña de atentados contra el oleoducto Cañolimón - Coveñas. También se demostró la presencia del frente 37 de las FARC al mando de alias ” Martín Caballero”. Para el año de 1999, ingresaron aproximadamente 200 hombres a la región bajo el mando de alias “Camilo” como EZ p República de Calombia Segrnda Ins la Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia comandante del Bloque Catatumbo y alias “el igano” del frente Fronteras; además un grupo de choque que buscaba crear un corredor vial para la salida de estupefacientes, así como la lucha contra la subversión y la protección de ganaderos y comerciantes del sector”, Para cumplir con el propósito sefalado, encaminaron la actividad de los integrantes del bloque y del frente a ubicar a presuntos miembros de la subversión, delincuentes comunes, indigentes, personas que fueran señaladas como enemigas del grupo armado i¡legal incluidos servidores públicos, conductores de servicio público y taxis, celadores, pequeños comerciantes, personas dedicadas al comercio ilegal de gasolina, expendedores y consumidores de drogas y en
general personas con antecedentes judicialess, y luego mediante la comisión de homicidios selectivos en la modalidad de masacres, convertir, por ejemplo, a Cúcuta en la ciudad con más alto indice de homicidios en el país durante el año 2007>. De sus objetivos no quedó a salvo siquiera la Universidad Libre de esa ciudad, a donde infiltraron al teniente “Rozo” (retirado del ejército), porque tenían 7 CD audiencia pública de contro! de legalidad y materíal de cargos, sesión de 17 de junio de 2009, intervención de la delegada de iteligencia de la Policía Nacional CD audiencia pública de rontrol de legalidad y material de cargos, sesión de 17 de junto de 2006, intervención del delegado de alertas tempranas de Ta Defensoría del Pueblo, Resalución defcnsoríal regional No, 006 de 29 de agosto de 2002, folio 6, carpeta Oficina de Alertas Tempranas de la Defonsoría del Pueblo. L¡l.. República de Colombia TL1H 24 Segunda InstáficiaR 1d 3563'? , Justicia y Paz He uP Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia -£…. información que sacaron de un computador incautado, que una ONG tenía personas de la guerr11la en el claustro H rw...… universitario concretamente en la d1ngenc1a estudiantil. D 1L+H¡1 '!: ;.¡,.1 11í - Este bloque se financió con las extorsiones y vacunas que "c ¡ /4 cobraban a los comerciantes, al éremio de transportadores, p M pcro definitivamente la principal fuente la constituyó el
cultivo y posterior c0merc1almacío$¿£¿ sustancia alucinógenas producidas en la zona del Catatumbo y municipios cercanos a Cúcuta. Este emporio económico era controladxg por el Bloque Norte que participó en tedos los eslabones del negocio de la cocamna: los cultivos de plantaciones ubicados en nueve municipios; laboratorios para el procesamiento en Tibú, Aguachica, Sardinata, área metropolitana de Cúcuta y la comercialización por el Magdalena, la Costa Atlántica y la frontera Coloembo Yenezolanato La presencia del bloque Catatumbo en esta región, afectó varios aspectos a saber: el establecimiento de un sistema paralelo de tributación por parte de los actores armados; la restricción de la circulación de mercancías y mano de obra; la reducción masiva del ingreso provocada por una desactivación económica crítica, derivada del desplazamiento 1 Informe FGN-CNF JP-020, de le fiscalia General de la Nación, folio 49 carpcta unos, documentos que acreditan la existencia de las autodefensas campesinas de Córdoba y Uraba, - — _'“'1.¡u - , L.…_!aM 2 República de Colombia Segunda instancía Rad, 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia forzado interno; efecto negativo sobre el ingreso de la actividad agropecuaria, adicional a la restricción del paso de insumos agropecuarios, gasolina y cemento; restricción del paso de mercancías hacia el sector rural, incluidos los bienes de canasta familiar y las drogas, bajo la hipótesis de que los
pequeños productores son cómplices o colaboradores de la guerrilla a la cual le llevaban provisiones o medicinas; y finalmente, los altos costos de la provisión de bienes públicos en el área rura! por las fallas de conectividad derivada de la presencia de grupos armados ilegales que provoca un cefecto circular de reducción de ofertas de bienes públicos (construcción de vígg,_ prestación de servicios de asistencia técnica para la producción, etc.), el riesgo que corren los ejecutores de estas, actividades incrementa el costo de prestación a este nivel que no es pagable por el gobierno local. ! ERC La estructura de esta organización como bloque, estaba g0bcrnadal por u1:19¿;..35t¡atut05 de constitución y régimen disciplinario!l, los que f31¿eron elaborados y aprobados en la segunda confe¡;encig; naciona! de las autodefensas unidas de Colombia, com¡0caáza ¡giu¿ánte los días 16, 17 y 18 de mayo de E o MEO d E AUbEL ._. . 11 Cd correspondiente a la audiencia de legalización formai y materia! de cargos, sesión de 19 de jumio de 2009 = A República de Colombia Segunda Instanfia Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata
Corte Suprema de Justcia LURE .: 5=1¡-1 19987, Ese cuerpo normativo ?iéfiie la naturaleza de la l organización, los prircipios _ fu3damenta]es objetivos políticos, misión, composición y régimen interno de la
organización, estructura, mando 5ílEourl1ducc¡ón patrimonio y régimen económico, naturaléz;…imlíticn militar del De , movimiento: la población civil T;: el D.LH. en el curso del conflicto armado y comprormuso c3¿1ííglpaz - (E U Simultáneamente con el arribo del bloque Catatumbo, lo hace el frente Fronteras, por decisión de la casa Castaño en el mes de marzo de 1999. Como comandante fue des'fgnadn JORGE IVÁN LAVERDE ZAPATA quien recibe instrucciones de Salvatore Mancuso para que inicie una acción de exterminio selectivo y continúe con la violencia sistemática contra los pobladores considerados como miembros del grupo en contienda — la guerrilla - o sus auxiliadores, específicamente en el área metropolitana de Cúcuta y en las poblaciones de Puerto Santander, Vilia del Rosario, Zu11a Gramalote, Aguas Claras, La Floresta, Distrito del Riego, La Silia, Vigilancia, Sardinata, Cornejo, Salazar de las Palmas, Ragumbalia, Chinácota, Pamplona, Cucntilla, Los Patios, Juan Frío, La Alborada y Guaramita. Hizo su arribo alias “el iguano” el 5 de mayo de 1999 a Cúcuta y junto con sus hombres 2 Taforme FGN-UNF ]P-020, Fiscalia General de la Nación. ¡€r$á l4 República de Colombia segunda Instangia Rad. 35637 Justicia y Paz, Jorge Twván Laverde Zapata
Corte Suprema de Justicia comienzan a anunciar la presencia de las autodefensas con la ejecución de personas en la forma como se observa en cada uño de los casos. Jerárquicamente la estructura del frente estaba presidida por la casa Castaño y Salvatore Mancuso; como comandante general del bloque, alias “Camilo” quien además tenía la función especial de recoger los dineros provenientes del narcotráfico y subsidiar a los frentes que lo necesitaran, Luego se encontraban los comandantes de frentes, esto es, alias “mauro” en el Tibú, alias “Felipe” en el bloque móvil y alias “el iguano” en el Tronteras. En orden descendente se encontraban los comandantes de grupos especiales y de compañías, área política, logística, finanzas y un grupo especial que desarrollaba actuaciones que a consideración de los superiores, revestían alguna complejidad. Finalmente ubican alos patrulleros. La financiación del frente en la ciudad de Cúcuta se obtiene de las cuotas obligatorias que les imponían a centros comerciales como San Andresito o la Alejandría, que tenían que aportar un promedio de doscientos mil pesos mensuales por local; los mercados de la sexta, Cenabastos, mercados de barrios, la Plaza las Ferias. También hubo cobro a los E "a F /e¿¡,_y=? 15 República de Colombis hr7 Segunda Instaficia Rad. 35637 Justicia y Paz E Jorge Iván Laverde Zapata - yA Corte Suprema de Justicia 3 conductores de taxis, colectivos f::ífafasºy transporte formal. A
esto se suma que las empresájẠ1dé“vigilancia tenían que entregar un porcentaje semanal del total recaudado por concepto de celaduría. Pero es ínhé%3í3íe que el narcotráfico se configuró como la principal f1ír:ñifé" de financiación, según informe dado por el mismo Manéuso! F¡quier£1 además habló de la alianza con los narcotraficantes/ paía que les compraran la droga que sacaban de la zona. Por información de la fiscalía, las empresas más representativas de la región que c0ntribu£emn con las tinanzas del frente fucron: Termotasajen, Cootranscúcuta, Tejar de Pescadero, Norgas, Gaseosas la Frontera (Postobón), Estación de servicio San Rafael, Arrocera Gálvez, Carbones la Mirla, Ferretería El Palustre, Inducarga, Colminas y acopio de crudo Cañolimón, que hicieron sus pagos por intermedio de sus directores o administradores, a cambio de seguridad. Los gastos mensuales del frente Ff0nteraa, ascendían a cuatrocientos ochenta millones de pesos, utilizados para pago de nómina de los miembros del grup¿, a colaboradores como autoridades, fuerza pública, etc., y gastos médicos, Según los cálculos que hicieron, los costos de la guerra durante los cinco rZ 16 República de Colombia y Segunda Instáncia Rad. 356537 Justicia y Paz. Jorge Tván Laverde Zapata Corte Suprema de fusticia años de presencia en la zona, ascendieron aproximadamente a
doscientos cuarenta y cinco mil millones de pesos. Recibió colaboración este frente de autoridades civiles y políticas, servidores públicos, ejército y policía, así. la directora seccional de fiscalias de Cúcuta, Ana María Flórez conocida al interior de la organización con el alias de “batíchica”, actualmente condenada por los delitos de concierto para delinguir y utilización indebida de información oficial privilegiada; Magaly Yaneth Moreno Vera, alias “Perla”, asistente de la directora seccional, igualmente condenada; Jorge Enrique Díaz y Viterbo Galvis Mogollón, director y subdirector, respectivamente, de la seccional del Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S. de Cúcuta, encargadm;,—.¿3$ EPrindar información sobre personas que pudieran ser objetivo de los paramilitares; José Miguel e as U Narvácz, subdirector general del D.A.S., señalado como 1TÉ instructor de las escuelas de formación; Efraín Morales, g investigador del , D.AS; Víctor Hugo Matamorros, 1t = En comandante del grupo Masa del Ejército Nacional; Mauricio Llorente Chávez, 1-“nz:yor del Ejército y comandante del ; | 1 EFRO A Batallón Héroes de Saraguru, actualmente condenado por la Fa II masacre de Tibú; ce¿¡pitán Chamorro, teniente Quintero l ] Le EP Carreño, cabo Molina, sargento primero Gordon Hernández, a I= = 17 República de Colombia Mb, + Segunda Instagícia Rad. 35637
. Josticia y Paz MO Vn 7[5 4 Jarge lván Laverde Zapata “E y = ad l Corte Suprema «e Justicia E aE PE -1 tedos integrantes del Batallón Héroes de:Saraguru, que se encontraba acantonado cerca del úásco urbano del municipio de Tibú; José Celio Castro, - 5£átlbento perteneciente a operaciones especiales del e¡erc1ég…(ímenFtema a su cargo manejar la información del avión plataforma y ubicación de la guerrilla en Norte de Santander; general Rito Alejo del Río; l= =T teniente Leonardo Rodríguez, alias “ “Andrés Bolívar”, quien E inicialmente perteneció al gruipRo AE de c0ntraguerr1Ha del Ejército y en el 2002 se vinculó como financiero de las autodefensas; Coronel William Montesuma y agente Mora de la SUIN de Cúcuta; teniente Chávez de la poiicía Nacional; Intendente Mayorga; agente Rodríguez, encargado de las interceptaciones telefánicas de la policía de Cúcuta; Alexander Ardila Lindarte, cabo de la policía; Hernán Darío Mejía Petrocelli, director de la cárcel Modelo de Cúcuta; Carios Rangel, concejal del municipio de Patios; Ramón Eder Mendoza Vargas, concejal de Cúcuta; Luís Fernando Valero Escalante, alcalde de Salazar de las Palmas; Ramiro Suárez Corso, exalcalde de Cúcuta; Ramón Elías Vergel Lázaro y José Edmundo Mogollón, alcalde y ex alcalde de Puerto Santander,
Ricaurte Elcure Chacón, ex parlamentario y actualmente condenado, Varios de los mencionados ya se encuentran condenados, otros muertos y a los demás se les ha iniciado la investigación respectiva, TZ República de Colombia Segunda InstanCia Rad. 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia En éste contexto ocurrieron los hechos materiía de juzgamiento, cargos que fueron formulados por la Fiscalía 8% de la Unidad Nacional de Justicia y Paz y aceptados por el postulado JORGE IVÁN LAYERDE ZAPATA, tal y como se transcriben a continuación?3, “Caso No. 1.CONCIERTO PARA DELINQUIR, inciso 2 artículo 340 del código penal, en calidad de autor. Desde que contaba con 17 años de edad, JORGE IVÁN LAVERDE ZAPATA colaboró con el grupo de autodefensa, transportándolos a ellos y víveres para la 0rganímd%: en los camiones en los que trabajo como ayudante. Para 1996, a la edad de 20 años se vriculó formalmente con la colaboración de alias “Maicol”, recibió instrucción en una escuela de formación durante dos mesesen el corregimiento “El Tres” de San Pedro de Uraba, en el manejo de armaos, tácticas de combate y conocimiento del grupo armado al margen de la ley; en enero de 1997 paso a la población de Turbo (Antioguia) y luego al departamento de Chocó como patrullero, bajo el mando de alias “el brujo”, especificamente a la ciudad de Quibdó y
luego a ltsmina; en febrero de 1999 alias “Rodrigo doblecero” le informo que era unos de los seleccionados por la casa Castaño para ir a la región del Catatumbo e ingresar con el grupo armado, sacar la guerrilla y apoderarse de los medios de financiación que tenía la subversión. El 5 de mayo de ese año - 1999tiecó como comandante del naciente frente Fronteras del bloque Catahimbo, bajo el mando del capitán retirado del 7 Auto de legalización formal y material de cargos, de 7 de diciembre de 2008 A folios 48 y ss Carpeta original No. 7 Vet==19 FE D. República de Colombia Pristay Segunda Instangia Rad. 35637 T _ Justicia y Paz , Jorge Iván Laverde Zapata lr PO ¿ Corte Suprema de Justicia =15 -]'1:'_J;E1 ejército Armando Pérez Betancourt alias “Camilo”, región donde TE permaneció hasta 2004, cuando se desmovilizó con el Blogue Córdoba, o EP _ por decisión de Salvatore Mancuso y para que le brindara seguridad. VCE El frente Fronteras comandado por 'EAVERDE ZAPATA, ahas “el iguano”, “Pedro Fronteras” o “Sebastián” tuvo domimto en el área metropolitana de Cúcuta y en las poblaciones de Puerto Santander, Villa del Rosario, Zulia, Gramalote, Aguafq, …-.C_Í.ffrfº¿5r La Floresta, Distrito de Riego, Banco Arenas, La Silla, Visilancia, La Y de Astilleros, Sardinata, Conejo, Salazar de las Palmas, El Ran, Ragumbalia, Chinácota,
Pamplona, Cucutilla, Los Patios, Juan Frío, La Arba£ed:¿í_, Guaramito. ; Para conseguir los fines trazados por la cúpula de las autodefensas — acabar con la subversión y sus auxiliadores y limpieza social de la regiónejecutaron conductas consideradas como.graves a la luz del Derecho Internacional Humanitario como homicidios en persona profegida, desplazamientos forzados, tortura en persona protegida, cobros de impuestos ilícitos, etc., así como delitos contra la población civil de manera sistemática y generalizada que bien pueden ser calificados como punibles de lesa hu manidad. Caso No. 2: Hechos oeurridos el 10 de julio de 1999 en el corregimiento de Aguaciara del departamento de Norte de Santander, cuando ingresan a ese lugar aproximadamente 15 hombres vestidos de civil, comandados personalmente por JORGE IVÁN LAVERDE ZAPATA alias “el iguano”, sacan a los habitantes de sus moradas, los reúnen en la cancha de fitbol, el comandante “iguano” les informa sohre la llegada de este
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República de Colombia Segunda Instancia Rad, 35637 Justicia y Paz Jorge Iván Laverde Zapata Corte Suprema de Justicia srupo de autodefensas y los objetivos propuestos, les advierte sobre el castigo a los miembros de la subversión 0 sus auxiliadores. Luego, por información de alias “Ramoncito” y alias “Balvulina” — exmilitantes del E.L.N. y miembros del frente Fronteras como informantes - ejécutan a
Jorge Ennique López, Jesús Fabio González Medina, Jorge Humberto Vera y Alirio Echeverri Hernández, acusados de ser nuxiliadores del E.L.N., éste ultimo fue asesinado a poca distancia de donde ultimaron a las otras 3 personas, fuego de hacer un retén alos carros que por el lugar transitaban. Comenta alias “el ieuano” que tiempo después, se enteraron que el señor Echeverrt Hernández era un ganadero de la región que había tenida problemas con uno de los informantes cuando éste era guerrillero. Acía seguido, el mismo comandante - LAVERDE ZAPATA - amiuncia la tiegada del frente que preside con grafilis que dicen “llegamos para quedarnos, fuera E,L.N.” SUF T . Caso No. 3: Hechos ocurridos el 6 de agosto de 1999 en las horas de la , hocke, en los barrios c_¿:::á:tíguqs Belisario y Nuevo Horizonte de Cúcuta, cuando ingresa un gmíw de apraximadamente 15 personas comandadas personalmente por a£g';_1g£¡'£g£¡__igum:o”, sacan a las personas de sus casas, las reúnen en la ca1£ei¡£¿gqjí¡r%forman sobre la presencia de la organización de autadefensas en ese sector, y sus finalidades. El grupo que llegó, se dividió en dos subgrupos: 3…¿r|¡qj de ellos quedó con alias “el iguano” y son los que hace
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