CSJ - SP17089(23-09-2003)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CSJ - SP17089(23-09-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. EDGAR LOMBANA TRUJILLO

Aprobado Acta No. 106 Bogotá D. C., veintitrés (23) de septiembre de dos mil tres (2003). VISTOS Realizada la audiencia pública y sin que existan irregularidades que afecten la actuación procesal, profiere la Sala el fallo que en derecho corresponde, en la causa seguida contra los ex representantes a la Cámara ARMANDO DE JESÚS

POMÁRICO RAMO, OCTAVIO CARMONA SALAZAR, LUIS NORBERTO

GUERRA VÉLEZ, DARÍO SARAVIA GÓMEZ, y MIGUEL ÁNGEL FLÓREZ

RIVERA.

2

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia ,1 Corte Suprema de Justicia LOS HECHOS QUE ORIGINARON LA ACCIÓN PENAL Los acontecimientos que dieron origen al presente proceso penal se reproducen de la misma manera como fueron expuestos en la resolución de acusación: «El Director Ejecutivo de la Red de Veedores y Veedurías Ciudadanas de Colombia RED-VER, a través de denuncia penal formalmente instaurada, solicitó a la Corte Suprema de Justicia, investigar y determinar los posibles responsables del "escándalo de público conocimiento" surgido a raíz de la contratación administrativa en la Cámara de Representantes, especialmente a partir del 20 de julio de 1999, cuando se desempeñaba como Presidente de dicha Corporación el señor ARMANDO DE JESÚS

POMAR/Co RAMOS, efecto para el cual aportó copias de algunas actas de la Mesa Directiva de la Cámara, donde se autoriza la « celebración de diversas clases de contratos. Los miembros de la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes cubiertos por la denuncia de RED-VER, para la época de los acontecimientos, eran los siguientes parlamentarios: Presidente: ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS; Primer Vicepresidente: JUAN IGNACIO CASTRILLÓN ROLDÁN, y Segundo Vicepresidente: OCTAVIO

CARMONA SALAZAR.

El Representante LUIS NORBERTO GUERRA, reemplazó a CASTRILLÓN ROLDÁN, eniaPrimera Vicepresidencia, a partir del trece (13) de diciembre de 1999. Paralelamente, el Fiscal Primero Delegado ante la Unidad Nacional Anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación, compulsó con destino a la Sala de Casación Penal, copias del sumario radicado bajo el número 647, adelantado por acontecimientos conexos a los denunciados por Red3

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO PO ARICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Ver, con el fin de que investigara, si a ello hubie e lugar, a !os parlamentarios que resultaren comprometidos en a ellos sucesos, especialmente con fundamento en lo relatado por el seño SAUD CASTRO CHADID, quien ocupó el cargo de Director Administrativo e la Cámara de Representantes durante la Presidencia del señor POMÁ ¡CO RAMOS, y está involucrado en los mismos asuntos y manifestó su de eo de colaborar con la justicia.

Aquellas copias mencionaron además, como presuntame te involucrados, A a los representantes DARÍO SARA VIA GÓMEZ, MIGUEL NGEL FLÓREZ

RIVERA y FRANCISCO CANOSSA GUERRERO.

Las irregularidades generales en el procedimiento contract al de la Cámara de Representantes, a que se refieren la denuncia formula a por Red-Ver, las copias enviadas por la Fiscalía y el señor SAUD CAST O CHAD/D, son las siguientes: 1-. La Presidencia de la Cámara de Representantes, en c beza del señor ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS, mediante esolución No. 0818 del 18 de agosto de 1999, delegó en el Director Ad inistrativo de la Cámara, señor SAUD. CASTRO CHAD/O, la facultad de rdenar el gasto para efectos de contratación directa, cuyo límite superior ra el año 1999, era noventa y cuatro millones quinientos ochenta y cu tro mil pesos. ($94.584.000) 30 2-. La misma Resolución en su artículo estableció que, n todo caso, la Mesa Directiva-de la Cámara tenía que aprobar cada uno e los contratos que se hiciera, de donde resulta que la delegación era mor mente formal y para la mecánica o aspectos rutinarios de la contratación. 1 señalamiento del objeto contractual, la selección de la "mejor" opuesta y la adjudicación, siempre estuvo a cargo de la Mesa Directiva la Cámara de Representantes. 4

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia 3-. En los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 1999, la

Cámara tenía poco presupuesto para contratar; debido a ello, en aquel lapso, la cantidad de contratos suscritos no es notoria. Sin embargo, la Mesa Directiva sabía que venía en camino una gran suma de dinero ofrecida por el Ministerio de Hacienda,"para adicionar el presupuesto de la Cámara, y entonces, para atar las nuevas sumas a propósitos contractuales, con el fin de obtener provecho personal, económico y político, en actas de la Mesa Directiva, se autorizó la contratación de una inmensa cantidad de bienes, servicios generales y servicios personales indirectos, que no obedecieron a necesidades reales ni justificadas. 4-. Las actas de la Mesa Directiva de la Cámara señalaban el objeto contractual, y bajo cuerda, sus dignatarios, en repetidas ocasiones indicaban el nombre de los contratistas, personas naturales o jurídicas que debía seleccionarse, a quienes muchas veces cobraron un porcentaje del anticipo del contrato como comisión por haber intercedido y logrado su adjudicación. De igual manera, se indicaba el nombre del Parlamentario interesado en determinado contrato, antes de verificarse el procedimiento administrativo. 5-. Entre los días 15, 16 y 17 de diciembre de 1999, el Ministerio de Hacienda, a través del Fondo de Compensación Interministerial, giró a la Cámara la suma de trece mil millones de pesos, a manera de adición presupuestal, para la vigencia de 1999. Si ese dinero no era gastado, comprometido o invertido, durante 1999, pasaba a tener calidad de vigencia expirada, quedaba congelado y debía ser devuelto al tesoro nacional. Sabiendo que restaban menos de quince días hábiles para terminar el año

1999 y que en tan corto tiempo, descontando fines de semana, no se 5

IJNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia alcanzaba a adelantar ningún tipo de contratación transparente, ni mucho menos licitación o concurso, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, se dio a la tarea de gastar la mayor parte de ese dinero, comprometiendo sumas, a través de una gran cantidad de contratos, que se había aprobado en las actas antes mencionadas. Así, se firmaron aproximadamente cien (100) contratos entre obra y suministros; y más de mil contratos de prestación de servicios personales indirectos, estos últimos conocidos comúnmente como "corbatas" o "nomina paralela». 6-. Para poder contratar en tales condiciones y ante la premura' de/tiempo, se desconocieron casi todos los principios que rigen el sistema de contratación administrativa, consagrados en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, a través de acciones y omisiones tales como: 6.1-. Inventar objetos confractualesy obras innecesarias. 6.2-. Omitir el proceso de convocatoria o invitación a contratar, pues cuanto se hizo fue artificial y en muchos casos nunca se fijaron las invitaciones en lugar de fácil acceso al público. 6.3-. Adjudicar el contrato de antemano, antes de todo el proceso contractual, a la persona que señalara la Mesa Directiva de la Cámara, o el Parlamentario interesado. Esto sucedía generalmente a cambio de una «comisión" en dinero, del favor político, ó por otro tipo de intereses

personales. Los Miembros de la Mesa Directiva, presidida 'por ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS, adjudicaban contratos a sus amigos, parientes (por interpuesta persona), o recomendados, por diversas clases de contraprestaciones, la mayoría de ellas para pagar favores políticos como en el caso de los servicios personales indirectos, y también, en varios 6

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia eventos a cambio de una suma de dinero, llamado por ellos "comisión" o "bono' que nunca era inferior al 20% del valor líquido del contrato, es decir, una vez se pagaban los impuestos, la póliza del seguro y las publicaciones en el Diario Oficial. 6.4-. Falsificar documentación relativa a personas naturales, jurídicas, ofertas, facturas, y cotizaciones, para simular que había pluralidad de ofertas y que el contrato se adjudicaba a la más conveniente. 6.5-. Como se sabía por anticipado quién era el adjudicatario, esta misma persona, o el Parlamentario que lo recomendaba, llevaba a la Dirección Administrativa de la Cámara las cotizaciones diferentes y necesarias para aparentar que se estaba cumpliendo con la obligación de invitar públicamente a contratar. Por supuesto, la oferta que se presentaba a nombre del interesado estaba más ajustada a las necesidades del objeto contractual, de modo que descalificaba de entrada a los supuestos competidores. Cada dignatario de la Mesa Directiva, Presidente y Vicepresidentes, señalaba directamente qué contratos quería y quién era el adjudicatario, o el Parlamentario de su grupo político interesado, quien a su vez indicaba el

nombre del contratista. 6.6-. No se adelantaron licitaciones públicas y en cambio varias veces se fraccionó el objeto contractual, para de este modo contratar directamente con el mismo o distintos oferentes, hasta por el límite de la cuantía autorizada. 6.7-. Inflar cotizaciones y ofertar con sobrecosto comparativo, según los precios del mercado común de bienes y servicios. 6.8-. En algunas oportunidades se contrató con "sociedades de papel", que no acreditaron calidades ni experiencia como lo exige la ley. 7

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS 6.9-. A un mismo contratista, que formaba parte de varias sociedades, por sí o por interpuesta persona, se le adjudicaron varios contratos. 6.10-. Las oficinas Jurídica y de Control Interno de la Cámara de Representantes no ejercieron realmente sus funciones, sino en forma completamente superficial y para simular apariencia de legalidad. 6.11-. No existe interventoría ni revisoría con algún viso de seriedad. 6.12-. El dinero disponible para la contratación era dividido en porcentajes correspondientes a manera de "cupo de contratación" entre el Presidente de la Cámara y los dos Vicepresidentes, que representan los grupos políticos más influyentes" INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS PROCESADOS 1-. ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.303.013 de Bogotá; nacido en Plato (Magdalena) el 22 de marzo de 1955; de 45 años de edad al tiempo de los sucesos; casado;

economista de profesión; se ha desempeñado como diputado y gobernador de su Departamento, representante a la Cámara desde 1990 hasta cuando perdió la investidura de congresista, en virtud de la sentencia del 20 de junio de 2000 1a proferida por la Sala Plena del Consejo de Estado. Reside en la carrera No. 20-100 edificio Torres de Colón B, en Santa Marta. (folio 269 cdno. 1) 2-. OCTAVIO CARMONA SALAZAR, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.082.450 de Pereira; nacido en la vereda de Yarumal, municipio de Pereira, el 8 de noviembre de 1956; de 45 años de edad al tiempo de los sucesos; casado; bachiller académico; comerciante de profesión; ha sido diputado a la Asamblea de Risaralda y Representante a la Cámara desde 1990 hasta cuando fue despojado 1 d íd.. 41:1 8

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia de la investidura de congresista, mediante sentencia del 30 de mayo de 2000 de la Sala Plena del Consejo de Estado. Reside en la ciudad de Pereira,.' Vereda Guacarí, finca Villa Milena, Kilómetro 9, vía a Armenia. (folio 8 cdno. 2) 3-. LUIS NORBERTO GUERRA VÉLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 70.041.590 de Medellín; nacido en Bolívar (Antioquia) él 21 de octubre de

1950; de 49 años de edad al tiempo de los sucesos; casado; estadístico matemático de profesión; ha ocupado los cargos de diputado y subsecretario de gobierno de su Departamento; miembro de la Comisión Especial Legislativa en el proceso constituyente de 1991, y Representante a la Cámara hasta cuando la Sala Plena del Consejo de Estado decretó la pérdida de su investidura de congresista mediante sentencia del 23 de mayo de 2000. Reside en la Cale 36 No. 79-38 de Medellín. (folio 232 cdno. 2) 4-. DARÍO SARAVIA GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.311.086 de Medellín; nacido en la misma ciudad el 14 de septiembre de 1950; de 49 años de edad al tiempo de los sucesos; casado; médico cirujano con especialidad en medicina interna y cardiología; ha ejercido su profesión en diferentes centros hospitalarios; y se desempeñó como Representante a la Cámará desde 1994; fue suspendido del cargo y más adelante despojado de la investidura de congresista mediante sentencia del 8 de agosto de 2001, proferida por la Sala Plena del Consejo de Estado. Reside en la Calle 15 No. 20-105 de Santa Marta, y por razones de trabajo en la Carrera 7a No. 60-20 de Bogotá. (folio 204 cdno. 3) 5-. MIGUEL ÁNGEL FLÓREZ RIVERA, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.173.179 de Villa--del .Rosario (Norte de Santander); nacido en el mismo

municipio el 10 de febrero de 1966; de 34 años de edad al tiempo de los sucesos; casado; profesional en ingeniería civil; se ha desempeñado como concejal de Cúcuta, diputado a la asamblea de su Departamento, Representante a la Cámara por Norte de Santander desde 1998 hasta que fue despojado de la investidura de congresista por disposición de la Sala Plena del Consejo de Estado en sentencia 9

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

del 18 de noviembre de 2000. Reside en la Calle 10 No. 6 E 38, apartamento 801 de San José de Cúcuta (folio 9 cdno. 3) NOTA ACLARATORIA Al sumario también se vinculó al ex representante JUAN IGNACIO CASTRILLÓN ROLDÁN, miembro de la Mesa Directiva de la Cámara en el segundo semestre de 1999, en calidad de Primer Vicepresidente. Fue acusado por los delitos de concierto para delinquir y contratación sin requisitos legales. No obstante, se tuvo conocimiento oficial de su deceso, por lo cual, mediante auto del 30 de julio de 2002, se declaró extinguida la acción penal por muerte del procesado. Por ello, es factible que a lo largo de esta providencia se haga referencia a la gestión desplegada por el señor CASTRILLÓN ROLDÁN, mientras se desempeñó como Primer Vicepresidente de la Cámara de Representantes, hasta el 13 de diciembre de 1999, cuando fue reemplazado por LUIS NORBERTO GUERRA VÉLEZ.

PRINCIPALES PRUEBAS RECAUDADAS EN LA FASE INSTRUCTIVA Antes de abordar el resumen de la resolución de acusación, con el fin de facilitar la comprensión del asunto, dada la complejidad del mismo por la cantidad de información que debe manejarse, a continuación se presente un resumen de las principales pruebas allegadas al expediente durante la etapa instructiva, fundamento de los cargos elevados a cada uno de los implicados; claro está, sin 10(cid:9) -

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia perjuicio de volver sobre ellas si fuese necesario en la parte considerativa de esta sentencia. De otra parte, debe tenerse en cuenta que en el curso de la instrucción se dilucidaron las irregularidades cometidas en cuarenta y cuatro (44) contratos adjudicados por la Cámara de Representantes, a cada uno de los cuales se dedica un capítulo especial más adelante, para evitar así la duplicad de las referencias. 1-. INTERVENCIONES DEL SEÑOR SAUD CASTRO CHADID El señor SAUD CASTRO CHADID, de 43 años de edad para la época de los acontecimientos, es abogado titulado; con amplia experiencia en el sector privado, público y en la cátedra. Ha desempeñado los cargos de: Notario único del Círculo de Mosquera; Vice rector y Secretario General de la Universidad Gran Colombia; catedrático durante 14 años; Presidente de la Cámara de Comercio Colombo Tahivaneza (sic); Secretario General de la Caja Nacional de Previsión;

Jefe de Personal del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica; y Jefe de Afiliaciónes de Cafam. Ocupó el cargo de Director Administrativo de la Cámara de Representantes, desde el 4 de agosto de 1999 hasta el 22 de marzo de 2000, fecha en que le fue aceptada la renuncia mediante Resolución No. 0308 suscrita por la Mesa Directiva de aquella Corporación, después de conocerse públicamente que presuntamente estaba involucrado en las irregularidades en la contratación administrativa durante'el periodo en que el señor ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS, estuvo al frente de la Presidencia de la Cámara. (folio 23 anexo 86) Después de que el señor CASTRO CHADID decidió vincularse a un programa de colaboración eficaz con la justicia, intervino en procesos adelantados por distintas autoridades con ocasión de estos acontecimientos, a saber: Fiscalía General de 11 tJNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia la Nación, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de Ja República, Consejo de Estado y Corte Suprema de Justicia. A continuación, considerando Ja trascendencia de sus aportes, se presenta una síntesis de las intervenciones del señor SAUD CASTRO CHADID, ex Director Administrativo de la Cámara de Representantes, recordando que las irregularidades cometidas en cada contrato, a las que él se refiere, únicamente. se mencionarán en el capítulo pertinente a cada contrato en específico, con el fin de no incurrir en duplicidad innecesaria.

1.1 Resumen de las indagatorias del señor SAUD CASTRO CHADID, en el proceso radicado bajo el número 0647 en la Unidad Nacional Anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación: 1.1.1 Folio 140 anexo 1-. Indagatoria rendida el 22 de marzo de 2000. -. El Presidente de la Cámara delegó en el Director Administrativo de la Cámara, SAUD CASTRO CHADID, la facultad de ordenar el gasto para la contratación directa', mediante Resolución No. 818 del 18 de agosto de 1999. -. La contratación que se realizó en el mes de diciembre de 1999, tuvo lugar previa autorización de la Mesa Directiva, con presupuesto que giró él Ministerio de Hacienda, proveniente del Fondo de Compensación Interministerial. -. En esta oportunidad se muestra totalmente ajeno a las irregularidades en la contratación administrativa y afirma que todo se hizo bajo los parámetros de la Ley 80 de 19931 Siguiendo los lineamientos de la Ley 80 de 1993 (estatuto de la contratación pública), la contratación directa, prescindiendo de licitación pública, para el año 1999, podía realizarse hasta por valor de $ 94.584.000. 12

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia 1.1.2 Folio 115 anexo 2Continuación de la indagatoria. Treinta de marzo de 2000. -. Manifiesta que va confesar todo cuanto sabe y que ofrece colaboración eficaz con la justicia. -. La Mesa Directiva de la Cámara, integrada por los doctores ARMANDO

POMÁRICO RAMOS, Presidente; JUAN IGNACIO CASTRILLÓN, Primer

Vicepresidente; OCTAVIO CARMONA, Segundo Vicepresidente; y GUSTAVO BUSTAMANTE MORATO, Secretario General, expidieron la Resolución No. 0818 del 18 de agosto de 1999, por la cual se delega en el Director Administrativo de la Cámara, la facultad de ordenación del gasto en dicha Corporación. -. En el momento de hacerle "la delegación del gasto" fue abordado por el doctor JAIME BUENAHORA y por el doctor MELCHOR YEPES, ambos asesores de la Presidencia de la Cámara, "y me manifestaron que habían redactado la resolución 818 con el objeto de que la Presidencia y la mesa directiva de la Cámara tuvieran facilidad en el manejo de la contratación administrativa de la entidad." -. "Así mismo el señor Presidente de la Cámara me manifiesta que la contratación se manejaría en la parte mecánica a través de la Dirección Administrativa pero que los miembros de la mesa directiva serían los que me señalarían el modus operandi de la adjudicación de los contratos que celebrara la entidad." -. "Que como primera medida en lo que respecta a los contratos de prestación de servicios el Presidente me enviaría la Relación a través del doctor MELCHOR YEPES de los contratos que se le darían a la bancada de los liberales colaboracionistas, que para tales efectos le enviara a la Presidencia a una funcionaria de la Dirección Administrativa para que ella junto con el doctor Yepes hicieran la distribución y la repartición de los contratos con que había que

complacer a esa bancada." 13

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS República de Colombia (cid:9) Corte Suprema de Justicia -. Para efectos del numeral anterior designó a la contratista MYRIAM REYES; "entiéndase por bancada Colaboracionista al grupo de Representantes a la Cámara que son liberales. y que colaboran políticamente con el gobierno del Presidente Pastrana." -. En "lo que respecta al manejo de las bancadas conservadora y liberal oficialista el primer vicepresidente de la Cámara en representación del partido conservador, y el segundo Vicepresidente en representación del partido liberal oficialista en la Corporación se entenderían directamente conmigo previa distribución de las partidas presupuestales que fueran llegando por parte del Ministerio de Hacienda." -. "Que inicialmente le correspondía a los colaboracionistas el cincuenta por ciento del presupuesto y el resto cincuenta por ciento sería dividido en sumas iguales (25% para cada uno) entre los conservadores y los liberales oficialistas." -. "Acto seguido la Presidencia me envió a través del Doctor Yepes y de la señorita Myriam Reyes el listado de los contratos que se distribuirían entre los miembros (Representantes a la Cámara) que formaban parte de la bancada colaboracionista en la misma forma el primer vicepresidente a través de la Doctora Sandra Guzmán (secretaria privada del Primer Vicepresidente) me entregó el listado de la bancada de los conservadores y el segundo Vicepresidente a través del doctor Rubén Darío Henao (Secretario Privado de la Segunda Vicepresidencia) me entregó el listado de los liberales oficialistas."

-. "Al ver semejante volumen de personas que iban a ser contratadas le pregunté al presidente y a los -vicepresidentes qué servicio iban a prestar esas personas, dónde las iba a ubicar, el valor que iban a devengar y cuánto tiempo se les iba a contratar. Ellos me manifiestan que cada uno de ellos 'a través de sus listados me señalarían el valor, el tiempo, la función y quién les daría el cumplido de actividades a cada uno." 14(cid:9) '1

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia -. Se ejecutaron aproximadamente cien (100) contratos por el rubro "gastos generales". En diferentes reuniones privadas en el Despacho del Presidente de la Cámara "se distribuían los contratos cómo se iban a asignar y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal se repartían en virtud e (sic) la cuantía la distribución, ellos me enviaban a mi el nombre de las compañías por ellos seleccionadas y yo procedía a elaborar los respectivos contratos previo certificado de disponibilidad presupuestal." -. "Para precisar el modus operandi de la distribución de contratos voy a citar este ejemplo: Canales Regionales de Televisión, el presidente designó los contratos del canal regional de la Costa de Telecaribe, Teleoriente, Teleandina y estaba próximo a firmarse City T.V. El segundo Vicepresidente Octavio Carmona cogió los contratos de Telecafé y Telepacífico y al primer Vicepresidente le correspondió el contrato de Teleantioquia." -. "En el mes de diciembre del año anterior (1999) el ejecutivo situó más de dos

mil setecientos millones de pesos para el rubro de gastos generales en el ítem de mantenimiento de inmuebles, haciéndose imposible por la premura del tiempo efectuar licitaciones públicas ya que era imposible hacer un proceso licitatorio en menos 'de quince días que faltaban para que se acabara el año." -. "La mesa directiva se reúne el 15 de diciembre de ese mismo año y mediante acta No. 16 de esa fecha resuelve mediante el sistema de contratación directa otorgar unos contratos para la realización de esas obras." -. "El señor Presidente de la Cámara Doctor Armando Pomárico Ramos, me dijo que me encargara yoe efectuar esa contratación y que tenía que entregarle una suma total de mil millones' de pesos la cuales (sic) necesitaría para su campaña política para el Senado de la república en las próximas elecciones." -. También le dijo Pomárico Ramos que "respecto al segundo Vicepresidente, Doctor Octavio Carmona él ya estaba despachado con el otorgamiento de otros contratos tales como: la compra de seis mil tomos de libros de las Leyes, del libro 15

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia "metidas de pata" de las persianas y cortinas para el Capitolio, del contrato de mantenimiento y. conservación de las instalaciones de la Cámara adjudicado al señor Rigoberto Antonio Zuleta Hincapié y en fin otros contratos más que precisará y ampliará posteriormente o en el acta de colaboración eficaz a la justicia." -. "Confieso que recibí entre otros en los dos contratos que firmé con el señor

Jorge Nelson Ramírez Arcila, a Roberto Ortega también le recibí, recibí cinco millones de pesos del señor Mario Arboleda en la Sucursal del Banco Sudameris de ciudad Salitre el día 24 de febrero, el día del no carro, con destino al doctor Octavio Carmona los cuales fueron entregados a mí al interior del Banco alas 10 de la mañana, y yo después se los entregué al Doctor Carmona en mi oficina quedando un "saldo a favor" del Doctor Carmona el cual me dijo el señor Mario Arboleda que se lo entregaría posteriormente." -. "Quiero manifestar que contratos tales como: "Revista Semana", "periódico El Espectador", "lavado y engrase de carros", "suministro de gasolina del parque automotor de Bogotá", "Revista Gerente" entre otros el Presidente de la Cámara me ordenó se lo adjudicara a las compañías que me dijera el cuñado de él señor HENRY BARÓN manifestándome que respecto a las comisiones en dinero que se tenían que dar él se encargaría directamente de recibirlas del señor Barón. -. El Presidente de la Cámara le dijo. "asimismo en contratos tales como la compra de muebles destinadas al parlamentario Luis Fernando Velasco y muebles con destino a la oficina de protocolo se los asignara a los proponentes que me llevaría la Doctora ZONIA VERGARA2 Jefe de Protocolo de la Corporación y que é1 le. entendería directamente con ella." -. También le dijo el Presidente de la Cámara que "en los contratos referentes a lo del Y2K los elaboraría el señor MELCHOR YEPES asesor de la Presidencia y que él se encargaría de arreglar con Melchor."

16

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS

República de Colombia Corte Suprema de Justicia -. El señor SAUD CASTRO CHADID ratificó todos los cargos anteriores bajo la gravedad del juramento. 1.1.3. Folio 121 anexo 2-. Continuación de la indagatoria del señor SAUD CASTRO CHADID, 31 de marzo de 2000. -. No todos los contratistas le entregaron dinero como comisión. Algunos entregaban "el 20% del valor líquido una vez descontados el valor de la retención en la fuente, IVA, impuesto de ICA, pago de pólizas y pago por concepto de publicación en el Diario Oficial, estas personas entregaban en un solo contado el valor total del porcentaje, ya que había sido exigencia por parte del señor Presidente de la Cámara que así se hiciera." -. "Recibido por mí el dinero en horas de la noche por lo general después de las nueve de la noche lo llevaba en mi maletín envuelto en sobres de manila donde se relacionaba en cada sobre el concepto por el cual se recibía cada comisión, en los casos en que las comisiones hubieran sido varias y no cupieran los sobres en mi maletín utilizaba talegos para su entrega." -. Tales dineros "los llevaba la transversal 19 A No. 114 -33 apartamento 302, de esta ciudad, lugar de residencia del doctor Pomárico Ramos." -. Con destino al apartamento del señor ARMANDO DE JESÚS POMÁRICO RAMOS "era transportado unas veces por mi conductor de la Cámara señor JAIME VARELA, otras veces por el conductor asignado por la Policía Nacional

señor MARIO, así mismo en muchas ocasiones era transportado por el señor NORBERTO ROBLES Intendente de la Dijin, asignado como escolta mío." Estos señores pueden testificar que subía al apartamento del Presidente de la Cámara con bolsas de manila y regresaba a los diez o quince minutos ya sin las bolsas de manila y con el maletín más liviano. 2 Jefe de Protocolo de la cámara. Actualmente afectada con resolución de acusación proferida por la 17

UNICA INSTANCIA 17.089

ARMANDO POMÁRICO Y OTROS -. "Quiero manifestar que por cada sobre de manila que le era entregado al doctor ARMANDO POMÁRICO era el equivalente a un contrato." -. Nunca se apropió de los dineros que le entregaban los contratistas sino que "todos y cada uno de los dineros le fueron entregados directamente a la mano al señor Presidente de la Cámara, sin contar las veces que él me solicitó que por ejemplo comprara uniformes para equipos de fútbol con destino a personas del movimiento político de él, o giros de dinero que hacía a personas que él me indicaba como por ejemplo a un señor FUAD político del Magdalena." -. "Deseo hacer conocer a la Fiscalía que el 23 de marzo del presente año (2000), a las 8 de la noche fui convocado (un día antes de mi entrega) a una reunión secreta convocada por el doctor POMÁRICO RAMOS en el Hotel Meliá Santafé de la 116 abajo de la carrera 15, en esa reunión estuvimos presentes el doctor RAUL CAMACHO, un doctor que se identificó con el nombre de MANUEL CORREDOR, el Doctor ARMANDO POMÁRICO y yo, el Doctor CAMACHO

solicitó un reservado al gerente del hotel quien nos atendió personalmente y nos asignó un sitio en el piso sexto." -."La reunión se dividió en dos sesiones: la primera entre el doctor POMÁRICO y yo a solas, en donde me dijo que contara con él, que me echara toda la culpa, que este era un proceso político y que obedecía a acuerdos que habí

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...