CSJ - 1044(07-04-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 1044(07-04-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
---- - - -------- - -- . . -- - - . - 3 1 -· i -- • ... o 4 3 v •• ' • • ..... 1, • • •• •• ' ' .... ' ~ 1 . "( .¡ '. • / , /', ··1 '/ ' "· r J', ,,,,._., '"r ~, ,., ,1 '/ • . '7"·l',,._{ , . • . CASACION Rdo. # 1044. ( C./ Yasmin Vega Fernández: • Estafa. - ---...- - .... ,..) •
CORTE SUPRBtA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
•
Magistrado Ponente: 1 •
DR. JORGE CARREÑO LUENGAS.
1 . . ' ., ' Aprobado Acta No. 22.- -· 1 ' ~Ji ' ' 1 abril siete de mil novecientos ochenta y siete. - Bogotá, D. E. , --1 •
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/ , ' . • 1 • El T·rLbunal Superior d e ~ledellín mediante sen--
•
- •
- • i tencia -del 5 - de m a y q ~ 1. 986 confirmó reduciendo la pena principal -
- '
•
- I~ • privativa ----dela libert~-d-;.la proferida por .el Juzgado Tercero Pena·1-.·.:...;=-_- •
• •
- • del Circuito de la misma ciudad, por medio de la cual se condenó - '
.i., ..,
- _ a !a procesada Y AZMI N VEGA DE AV EN DAÑOa la pena de veinticuatro
.......... ... • meses de prisióncomo responsable del delito de Estafa en perjuicio de Beatriz 'Her~ández de Pérez que le fuera imputado -en-- el auto de . · , J • proceder.-
- • Contra lá sentencia - _d el Tribunal, se interpuso -
- - - . . el recurso .de casación que fué oportuna y legalmente concedido y-
•
- • • en e;erc1c1• 0 del cual ,el apoderado especial presentó la correspondiente 1 i
- 1 demanda que fué declarada ajustada a los requisitos legales.-
. \ 1 ., ' 1 • L O S •
H E C H O S
• 1 • • . - •
- ' Los hechos materia del proceso están correcta-- . mente compendiados en el concepto de la Procuraduría Delegada ,así : • 11 Para el año de 1. 978, la señora Beatriz Hernández de Vélez, 11 estilista 11 de profesión, era propietaria del establecimiento co mercial denominado 11 Clínica de Belleza Du-S hones, ubicada en la ca--
' . r , . ' •
- •
- • - - - - - - - - - - - - • - - - -- --- --
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~ C7 ' • • • ' '
- • • -lle 23 C No. 42A-15 de la ciudad de Medellín.-
- ' 11 Allí conoció a la señora Y ASMI N VEGA FERNANDEZ '
' , ' asidua visitante de su salón de belleza en procura de los servicios que 1 1 se ofrecían en su establecimiento. - • 1 1 1 • ' '
- ' 11 Mas luego las relaciones entre la Hernández de -
·' ' s~ Vélez y Vega Fernández hicieron más estrechas, por cuanto la segunda ' 1 ' . vendía joyas, roJ)as y utensilios de fabricación extranjera tanto a la pro-- ' ' • pietaria del salón de belleza, como a las empleadas del m•i smo, otorgándo '
- 1 1 les amplias facilidades para el pago.- 1 11 Además, la señora Jasmin Vega Fernándei aparentan !
-
- ' do una boyante situación económica que realmente no tenía, se ganó la '
"
- . voluntad de la dueña del establecimiento y de sus dependientes, obse--.
-
- • quiándolas frecuentemente co~\~e.galos, dignos de tenerse en cuenta.-
'• • 1 •
- • . í - •
- ¡ 11 Prep~_rado el terreno, a comienzos del año deas1
• '-....;;/ '
- • 1. 979, un buen día la señora Vega Fe rnández se presentó al salón de
• • ' • de codeudora pa '
- • - ra garantizar c o n ¡ Q pagar:é .~ un préstamo que ··1e · otorgaría-:::: al Ban~o In ¡
• 1 du.strial Colombian}·d' Medellín, sucursal de la Carrera 80.- 1 • • ' . •
- ~ 11 Este. préstamo fué obtenido y cancelado oportuna
) ' ' \ ' mente, con ,lo cual, aumentó en grado sumo la confianza de la señora - - 1.,...,,-., Beatriz Hernández de Vélez tanto en la solvencia económica . como en la • . '"l • honorabilidad comercial de su ya íntima amiga y cliente Yasmin Vega - - •• - • Fernández.-
- , • 11 Así las cosas, no es de extrañar que en el año-
. · . 1 ' • de 1. 980, también se presentase Vega Fe rnández al establecimiento de 1
- • Hernández de Vélez, portando un formato. de pagaré en blanco, a fin1
¡ . , , de que esta última lo firmase como codeudora, para avalar un presta
• - . ¡ . mo por la cantidad de $50. 000. oo, que como el anterior le otorgaría - • ' ' . el Banco Industrial Colombiano de la. Carrera 80, operación. .é sta _____ a .. la - - j
- ' cual accedió gustosa Beatriz Hernández . Pero el desconcierto y des
- • consuelo de esta sefiora fué muy grande ,cuando vino a enterarse que el pagaré por ella firmado había sido llenado no por la cantidad de- . $50.000.oo, sino por la suma de $330.000.oo, de los cuales sólo habíaabonado la deudora principal $10.000.oo.- 11 A la postre la codeudora fué ejecutada por elBanco, dada la insolvencia de la deudora principal, y hubo de pagar ~- . por este concepto una suma superior a los $ 600.000.oo 11
. - • • • •
- .•. ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---- ------- ------- -----
--••- - - • . •_ ,. • 0 3 4 3 ' .• .
• .,, • . {.l.,'II O
' 1 ' • • • • • • •
DEMANDA DE CASACION
- • i La sentencia ha sido impugnada, con fundamento 1 en las cuasales primera ( \ iolación indirecta de la ley), y la cuarta
' 1 1 1 1 del art. 580 del C. de P. P. ( nulidad por error en la denominación jurí .11 1 ' dica de la infracción) . ...:.. ' • • • ' '
- •
¡ 1 Varios cargos formula el casacionista en relación 1 • con la causal primera, por violación indirecta de la ley sustancial· origi ' '
- . • 1 nada en interpretación errónea de la prueba, en suposición de ésta y
' " :' en falta de apreciación de las legalmente producidas. Al amparo de1 esta causal se formulan los siguientes reparos : ! : Prin,ero: Violación indirecta del art. 408 del C. P. 1 . 1 ' '· i que tipifica . la estafa 11 con fundamento en errores de hecho y de •••• 1 • • . 1 • • derecho en la apreciación de \iíos pagarés y de la inspección judicial. ' 1 d • '-._ \ 11 . • • . . . . ·• que 1nc1 1eron para ttene·r. por probado el cuerpo del delito de - • . . .¡ • • ' ' la estafa. - "-.:.,..../ ' 1 , , .... 1 s . . , ( ' 1
S egundo : e desconocio el valor probatorio de
• 1 ....-.-.. la -··confesión-de . lar procesada -1azmin. Vega ... al aceptarse_ sólo parcialmen ' - 1 1 te su- .dicho. - ¡ •
- 1
' • 1
Tercero: Desconocimiento de la duda razonable origi-
• 1 • ' , J • nada en el .-haz probatorio de las pruebas y decidir perjudicando a la -
' i.._.......-,, ' t sindicada.~, ,, - ' . ·, ....._) .
Cuarto : También se violó la ley en forma indirec
• -
- • • yta por aplicación indebida del art. 66 numeral segundo del C. P.
•
- • por falta de aplicación del art. 64 del C. Penal . . . 11
. - ... • ' 1 • Quinta 11 También el fallo recurido es vio-
- • • •••• • ' e. 1 latorio de la ley sustancial por interpretación .errónea del art. 68 del i .
. . 1 , . , ' P. por cuanto se nego el beneficio de la condena de eJecuc1on conJ
- • i • dicional.-
1 1 1
- !
En relación con la causal cuarta sostiene el censor •
- • que se profirió sentencia sobre un proceso viciado de . nulidad, porque • se 1• ncurr1• 0 en el · auto de proceder en error sobre la denomina-- • • ción jurídica de la infracción, ya que se llamó a • a la acusadaJUICIO por un delito de estafa, cuando se trata · de un delito de abuso de - - confianza. - • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - -
- -
~ - - - . . ' • • • • • • '======~===
- - .I.•. ·,· · o · -- , ...... i ,A 1 _.. _, 1 \-., ,,,_; • V_ >•t _ ,., ,_ 03 4 4
• 1 . .... • . ,, '/.·, ' , . 17 • r { "'- • • •
CONCEPTO DE LA PROCURADURIA DELEGADA:
' • •
- • , - - ' El Ministerio Público a cargo en esta ocas1or1
- 1 de la Procuraduría Delegada en lo Penal, solicita a la Corte rechazar
. , • la demanda de casac1on que califica de alegato de instancia, por - ' 1 • e insubsanables , errores de técnica en su e!aboración. Ex pre ! manifiestos
- •
- •
• •
- • en los diferentes - - • sa la Procuradu,lf"ía que 11 la tremenda confusión
• •••• ' , , ' ! tópicos ex pues tos sumen en ··,ta perplejidad aun a la mente mas desprevenida , y en estas condiciones resulta imposible conocer el ver- • • 1 ' . • • pensamiento del casacion ista, toda vez que la H. Corte no - - ' dadero • • • ' 1 podría suplir las imperfecciones de la demanda ni llenar los vacíos1 de las argumentaciones, buscar piso jurídico a las hipótesis planteadas11 • • • • • • • " ·, / Pero en el supuesto de que la Corte generosamen \ T . - del aspect:p de fondo de la demanda, la Procu te entrara a conocer -
- 1 se elicontrará con que los car raduría considera que
¡ - \ ·-:.¡
la 'sentencia carecen de todo fundamento y quegos formulados contra "'- • el recurso no puede forma alguna · pr_osperar. Fundamenta su con1 cepto en las siguientes rgumentaciones : ) 1 ..._.,,,. • . , f Dando prioridf3d a la causal -cuarta de casac1on - - - . . - -- . 1 ,. . , t . i como la tecnica --del recurso lo exi• ge, se opone la Procuraduría a- , • ,,• • .• ' la pretensión del .demandante en el sentido de que se dicte sentencia •
- /' estimatoria de---anulación por error en la denominación jurídica de la-
. • ... • infracción .,y ' a l respecto afirma ·: ,.._)
- • ' 1• n11 Alegó el . recurrente en este punto haberse
•
- 1
•
- • currido en el auto de proceder, en error en cuanto a la denominación -
•
- •
• 1 • infracción, pues en sentir del casasionista, el reato im jurídica de la ' - • ' • • dentro del marco jurídico del 11 Abuso de Confianza'' - puta do encaJ• ar1a 1 i 1 las previsiones legales que gobiernan el reato de - - y no dentro de
- ' estafa.- •
1 • ' 1 Esta apreciación pugna ··con-la realidad-procesal: la - • 11 . • ' . •
- • encartada haciendo ostentación de un poder económico que estaba muy - •
lejos de poseer en la realidad, fingió ante la dueña y empleadas dela sala de Belleza DuShons, ser a más de comerciante honesta, prospe • ridad y éxito inigualable en sus negocios y de esta manera se ganó - la confianza de todas estas personas. Es mas: el pago oportuno de - • ese primer pagaré por la cantidad de $ 50. 000.oo avalado por la se- • , - nora Beatriz Hernández de" Vega, hizo parte de este montaje y le - - ' que la señora Hera la timadora , sin esfuerzo alguno, obtener permitió • - .. - - • . - • - • ' •
- • '====:::::::=:::....::..:::c:::-= ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - . . . . • - 5 - . . . A. . •,. _ ' -
. ~. . " ,.,. . ?t" /'. . / . . -- :, . -~ ~ ,". ,,· .), ··, ·, ,! ' ·- -
- • -nández de Vega firmase como codeudora un segundo pagaré , enga- ' ñándola con la afirmación que este instrumento tenía igual valor - • que el anterior. Pero la perfidia de la encartada se evidencia, cliando
- • se considera que este segundo pagaré para la fecha de este segundo
' . , pagaré (sic), su insolvencia era ya total, no tenía medios econom1cos-- 1
1 . 1
- 1 para cumplir sus obligqciones y entonces, bien sabía que era su codeu
•
- 1
' • dora, quien_. en últimas tendría que cubrir esta obligación, como efectiva • - mente aconteció 11 • - ' • 1 1 1 • Considera el Ministerio Público, igualmente ir,funda-
- • dos y contrarios a la verdad procesal los cargos .que con amparo-
•
- 1 en la causal primera formula e I recurrente.-
' 1 • ' • En relación con el primer cargo expresa que no ' 1 existe error alguno de interpr~tación de la prueba documental, porque • 1 • los diversos pagarés que obran· en el proceso fueron estimados y valo • • - \ . • ' • f rad·os con acierto por, el ui'ga_dor y que ~n n1ngun caso el título otorga - • •
- 1 . do por la cantidad de '$500.000.oo recoge o subsume el pagaré que -
,..,. ~, '; tuvo que cancelar la. 'ofendida, pu.es se trata de dos documentos - - independientes sin ~-í~ción el uno con el otro.- ! •• ; 1 . - '-... . - - -- - - ../ • Descarta iguaimente e.l Ministerio Público el supuesto . .. ,
- . . error de derecho por falso juicio de conv1cc1on en relación con la-
- ~ ' 1 - - confesión de ·~1a. procesada, porque el Juez al apreciar tal elemento • probatorio, (tuvo en cuenta que 11 la manifestación de Yasmin Vega apa
••• - ' / rece cont,ra"djcha por prueba documental dotada de autenticidad , por cuan
- • to obró e ~ u t o s sin haber sido redargüida de falsa . . . . . . 11 - - - •
' • •
- • En relación con el tercer cargo ,considera la Procu-
... .
- , raduría De legada, que los errores de tecn1ca son manifiestos que - ' es imposible desentrañar la voluntad o intención del censor. -
1 1 J
- 1
En relación con el cuarto y quinto cargo formulados- • •
- • • • 1 con apoyo . en la causal primer.a de _ casación, se expresé! así la Pr:-ocura ·
'
- ' l duría
•
- • En la sustentación . del cuarto cargo, olvida11 k). - el casacionista, que la sentencia de segundo grado por cuanto con- • firmó la de primera instancia, integra con ésta una unidad jurídica • - • 11 Reconoce el casacionista que en el fallo . de pr1• - mera instancia fueron correctamente estimadas las circunstancias deagravación punitiva y si el fallo de segundo grado, confirma lo anterior,
•
- • - - - - - - ~- ---- - - -- - . . . ·-·- ' - - - • - . .. ., ., - - 'I,, ·- . C ..) ~ • . A- • ... ~ ~ ~
• . . . ¡ ' - no se vé cómo pueda el recurrente tildar de errónea la aprecia ción del H. Tribunal. -
- • 11 Ahora bien: predicar buena conducta, como lo ' hace el casacionista respecto de Yasmín Vega, resulta paradójico cuan
-
- • do menos, pues en autos se demuestra que en un breve lapso le fue
• ' - ' ' ron devueltos cerca de 80 cheques por diferentes causas y esta conduc • ta no es ::.predicable de un comerciante honesto.- ' 1 11 En el cuaderno de la parte civil, obran una larga •• • serie de escritos dirigidos por Yasmín Vega al Bic, en donde ésta dá -
- I orden de no pago de diferentes instrumentos negociables, sin suministrar
¡
- . siquiera la más m1n1ma explicación. -
' 1 1 ' es sin lugar a dudas conducta delictiva1 '• • ....., ,1 • • y demuestra las trapisondas de que se valía la acusada para burlar a 1
- •
' ' ' sus acreedores. Estas actiti¿des' _I pugnan abiertamente con la buena fe • .,
- ' • ' 1 l en los negocios y no pe._rmiten en rr,anera al_guna , calificar de buena la
• ¡
- .
"• ! •
- • de la t
• -. ,. 1 . • •
- . { Finalmente, las anteriores consideraciones for1).'-
.. ·' '· • ,. . .. .... ' -,
- • zaron al· fallador a conc. luir, y no podía-· ser ·-de otra manera que Jasmín
•, . •• Vega, ameritaba tratam·iento peniten·cia.rio·,--máxime cuan.do- . se estableció ' 1 • que la acusada Juego de percatarse de su insolvencia ~bsoluta, se pro- . ; -" ' '\ •• , 1 ' curo una nueva ,cédula de ciudadanía, que afortunadamente no alean , ....
- • , r , zo a usar, segun se desprende de autos. - 11
• .,1 • •
CONSIDERACIONES DE LA CORTE :
- •
•
- • • En un extenso memorial apropiado para alegar en
....
- " las instancias, pero e laramente contradictorio y confuso en su con ten ido, • • alejado de la técnica que el recurso extraordinario de casación exige,-
1 ' 1 1 . . el casacionista pretende que se anule la sentencia por error en la 1
- •
- • denominación jurídica de la infracción, luego que se absuelva a su -
•
- _9~. asistida por . inexistencia de . un comportarriiento digno repro~he pe
- ' nal, para _ pedir a renglón seguido se le condene por estafa peroque se le rebaje la pena y se le otorgue el subrogado de la condena de ejecución condicional. - • Generosamente, como lo pregona la Procuraduría y • hasta donde la confusión de la misma demanda lo permita, responderá- • la Corte a los cargos que formula el censor contra la sentencia · de
' segunda instancia, comenzando por razones de técnica y por simple ló- • • • • __ ___.______ -- - .. - ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------ - - - - - ~ - - - - - - - - - · - - - - -
- 1 - 7 - • - .. ,, ·. O3 417 - • E~ - .. .. ..... . , ,- ·-
:r, A. .... ~· r- :...l '-- c.. ;' ' t_t f. . _' -· ~. _ • • - ~, //.' ,,;/ gica por la cusal de mayor alcance y efecto como es la presentada por nulidad de la actuación que es no obstante las contradicciones que conlleva, la que con mayor claridad alega el censor. - Expresa el recurrente, que los hechos objeto de san- • ción penal fueron consumados por la procesada en vigencia del CódigoPenal de 1. 936, estatuto que consideraba como conducta contra el patri- -· monio económico, dentro del capítulo del abuso de confianza, el abuso de - ' • documento firmado en blanco,' único comportamiento que por aplicación de la ley. favorable se le podía imputar a la señora Vega de Avendaño, - " • quien obtuvo habilidosamente que su amiga Beatriz Hernández firrr1ara en blanco un pagaré avalando a la primera de las nombradas, documento - • ' ' ' que fué llenado abusivamente por TRESCIENTOS TREINTA MIL PESOS-- • 1 ' • cuando la autorización se había otorgado únicamente por cincuenta mil -
' •
- 1 pesos. Que , es inexistente •
- '
• \ .. ' . - 1 . ./ ' 1 1ncurr10 por el juzgador en ~lara y manifiesta violación de la ley pro1 ' ' • ' i
- - cesal por error• en la denominación jurídica de la infracción. - I . 1 ., '
'-._/'---. • • • 1 Con'-buena lógica se esfuerza el recurrente en · des - • <... ,, "'
- • virtuar los elementos ·estructurantes del delito de estafa, para sostener ... fsólo·-- que su poderdante, -abusó de la confianza de • ....J , . • , \... f. - bl . pue_s d e o b tener . que - esta 1rmara en aneo el pagaré, lo __ hizo aparecer
I ¡ como otorgado/por una suma rr1ayor. Pero inconstante con su pensamiento • .. 1 • ' ' \ , _ , expresa a continuación , que no fué su asistida· y sentenciada quien adul ' ' - ,. .. : teró el documento, sino que la rr,aniobra dolosa, la posible falsedad la - • ... , ' realizó .el Banco Industrial Colombiano, siendo en este caso la procesada - - • ' ! . una víctimá más de la dolosa actitud de la entidad bancaria a la cual -
- • acusa además de cobrar dos veces y por sumas exageradas una m•i sma-
- • • obligación. Así lo sostiene el casacionista con apoyo en la versión
In JU-
. - ' • •
- • rada de la acusada, en diversos apartes de su extensa demanda. -
' 1 1 ' • 1 . . - Es entonces el mismo recurrente, quien se encarga 1 1 • de refutar su propia afirmación en el sentido de que la señora Jazmin 1 • 1 Vega cometió un delito de abuso de confianza, pues tal comportamiento
- • ilícito lo está atribuyendo a la entidad crediticia. Esta clara violación delprincipio de no contradicción seria suficiente para desechar este cargo. • Pero respondiendo la Corte al censor habrá de ex-- • presar que los elementos que ti pifican el delito de estafa se encuentran debidamente demostrados en autos.Pregona el proceso, que la señora Jazmín procuró por todos los medios ganarse - la amistad de su futura víctima. -
- , • Se hizo asidua asistente al salón de belleza del cual esta era pro-- • pietaria. Se ganó su amistad vendiéndole a bajo precio y con grandes fa______ _ _ _ _ _ _ _ _
-- ....._
- - - ~ - - - - - r - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- . 0 3 4 8 ' . . . ,.
. . .. . , • •• . ' . . . •, .,. ~
- ~ • ,,,· .... ~ • ~· 1"
.. .... • , ~ ' •
. .. r ') :, . ... • . • , l. ,, , ' > . _, , _ ;I ,.. '.¡rJ 1. ~ • F,i , • ,¡{ ·- -cilidades de pago, j y prer,das de vestir que ir1troducía al país de O)'ªS generosos ,-egalos r10 sólo a la dueña del sa Ión si1,o a contrabando. Hacía 1 ' y y su confianza sobre su afecto sus empleadas, 9anár1dose -- que no tenía, dado el estado una solvencia económica tó ante todas el las 11 11 de quiebra, que la rr,isrr1a acusada confiesa en su injurada. Tr·abajó a1 ' 1 1 su víctima hacienclo que le sirviera de fiador por la cantidad de cincuen
- • oportunamente y luego, n1ediante mentiras ta . mil pesos. suma que canceló
' ' • de ''agresivas'', porque se dicen paray de las que ·'califica MANZINI ' crear en la otra parte rr,otivos de actuar o de omitir y que indudable mente influyeron en el comportamiento de la agraviada, le llevó un dc,cu
- • rr,ento (pagaré) en blanco, para que así lo firmara su confiada amiga - ' expresando que sólo la respaldaría en una obligación por CINCUENTA W1IL PESOS, para luego y a espaldas de la codeudora llenar el pagaré portrescientos treir1ta mil pesos, que recibió y llevó a su cuenta corriente y • de los cuales sólo pagó la sum'a--....,de · diez mil pesos, siendo su fiadora -
' como consecuenci• a de estaejecutiva· ,_a - cancelar condenada por la vía ' ' •'• ' . de JEIS~IENTOS MIL .PESOS. Esta labor largamente obligación la cantidad el cual se hizo - - a no dudarlo el artificio, el ardid, por preparada fué . · ' ~ ~ ,, 1• ncren·,en este medio un 1• ncurr1• r en error a la ofendida, para obtener por - ¡' • t . . ' ~ •• to patrimonial indebido, manifiesto perjuicio del patrimonio ajeno. En esc:Ó(l • ' ..,.. ....... i • tas condiciones, el d'ocu'mento que - se obtuv.o firrr,ado en blanco, fué la - ' , ' _,;· • _ ' 1 . . ' y culminación parte esencial e integrante de las. diversas maniobras - - ' '
- - acusada para obtener in la astucias realizadas por enganosas y de ...l as
- , • I \ ' enr iquec im iento. - debidamente un ilícito --· • • .,. • . Es ir1genuo pensar , como lo afirma e I recurrente, - ._ -· - • sabía de la difícil situación económica en que enconque la ofendida • se concibe cómo pudiera traba la acusada, pues • ello era as1 ~ , no SI • tan alta suma de dinero en una obligación por de codeudora servirle
a sabiendas ele que ésta no podría ser cancelada. Todo lo pregona yasí lo entendió el juzgador de primera instancia, el· Tribunal y el f-..~iniste rio Público, que la señora Beatriz Hernández fué víctima de · las maqui
- ' la capael pundo de que convencida de naci' ones de la acusada, hasta
. , se obligaba como codeudora - - de Jazmín y · de que sólo cidad econom1carr,an1• - en blanco el pagaré cincuenta mil pesos, firmó por la cantidad de aJ• eno.- defraudar el patrimonio por la sentenciada, para pula do dolosamente • 11 $ · u na Ha dicho la Corte que : • • • • • 1 • a la otra, por ejemplo, sobre su capacidad de pagar, haciéndole creerella, bien sea de rr1odo abso carece de tiene, cuando en realidad que la - • la otra no hubiera contrasu situación que, de saber luto o en forma tado, o cuando calla estando obligada a manifestar su incapaciad de pa gar, ya no se trata de un silencio o de una mentira lícitos, sino plena- • -~·-::.======- = = = = · = = = = 'F=========...:..:.- -=- =·=··· =-=·· r - - ~ ~ ~ - ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~.
- •
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- • ~- - .. ··-p•·M· ·-A ' - .... ,... --- • • • e_:, . ,..._ :""'I' ...... .. ... • ...._"_ ::.. ::. t. •..Jl.. .. ~u. toj.,,:.1r 0 3 4 9 l, _....._, ' ' •
- .0·· :í' . / . / .,., .,~. ,,,,
- _,- • • '•./· ,·.~ •
- - .,..- • • • , • • • ,1 ~
/"_ • • ' ' ' • -mente delictuosos. 11 Corte Suprema, Junio 23 de 1.982).- • ( ' • - • • • •• • ' ' ' De acuerdo con estas ideas, n o . es de recibo el 1 • • ' • argumento del demandante ya transcrito ·. de que nos encontramos en1
- • presencia de una operación comercial lícita, porque aqu1 la buena fe
- • de la agraviada, aquella, confianza en su presunta am•i ga, fueron inter
•• • feridas por _.la .falacia y el engaño de los cuales se valió la procesada ' • para defraudar el patrimonió ajeno . - 1 • 1 • 1 Tampoco puede desdibujarse el hecho punible, como - • lo pregona el actor por la circunstancia de que el sujeto pasivo del - ' ' ' ' delito de estafa no hubiese denunciado el pleito en el proceso ejecutivo ' • 1 o hubiese tratado de defenderse tardíamente, porque el perjuicio econó
'
- ' mico que surgió como consecuencia del juicio ,civil, fué consecuencia direc
' ' ' 1 ta del pagaré obtenido maliciosa').,.-Bolosamente y que prestó mérito ejec: 1 ' - 1 \,,~e· • • tivo. Esta presunta culpa que quiere hacer recaer · sobre la perjudi1 ' • - . 1 \ . cada; no puede excluir ... el ,delito de esta~a de que fué v1ct1ma. - ' ¡
- 1
..... ' , I • • • .... 1 .. • EstoS',.hechos debidamente comprobados de la manera-- •• • ' ' ' • más -- cierta, con la conclusión -, 1 • de _responsabilidad p'éna.1 de la acusada -por un delito-deEstafa, sin que •
- • • • - ' • 1' . 1 pueda. _admitirse en_', forma alguna el. supuesto·· error en el proceso de a1 • l
- •. decuación típica aue · alega el demandante.-
,r"', • • • ' •• No prospera en consecuencia esta objeción. - 1 (
- • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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•
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- •
1Debe ocuparse la Sala, de la censura que se • • •••
- • hace en la demanda a la sentencia con fundamento en la causal Prime
- . , ra de casac1on • •
- • Primer cargo: •
• • •
- • • • El primer -cargo que -se formula --con fundamento. .- :-__ _ • • en la causal primera habrá de desecharse por falta ae lógica, de cohe
- • rencia argumentativa pues es clararr,ente contradictorio en sus plantea- • mi en tos • - Reiteradamente, ha sostenido la Corte, que no se puede . ' en · la violación indirecta, alegar sobre una misma prueba, al mismo tiem-
' . po errores.de hecho y de derecho, porque cada una de estas formas • de error · obedecen . a pla~teamiet1tos diferentes ya que en unos se hace -- . • • . • referencia a la existencia de la prueba y en los otros a su legalidad o- - . - - . ·--- - . L • . ,.... ,.• ' • •• • . ..
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- ' -valoración y mal se puede decir que una prueba no existió, para
- • • sostener luego que se le dió un valor o alcance probatorio que no - -
'
- • tiene. -
' ' Tal falla de técnica es evidente en la formulación -
' del primer c a r g o , cuando se afirma por el casacionista que el Juzgado • ¡ . .
- , 1ncurr10 11 en a prec iac ión errónea de la prueba en base a errores de • • 1 \ derecho y de hecho manifiestos •••. en la apreciación de los pagarés por -· 330.000 y 50.000 pesos la inspección judicial .•• ~. 11
- -
' • Esta falla de lógica jurídica,· 11eva a la Sala a de-
- • • sestimar este cargo. -
• ' 1
- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -
• • ' '' 1 ' Segundo car.gg. ' ' \ - 1 1 . 1 !
- ••
' 1 . Sos.tiene el Censor, que el juzgador incurrió en vi• o1 ~ ' ; ª - ~ · lación indirecta de al no dar a la confesión de la acusada el - 1 • 1 1 valor que le otorga ~I? ley, porque· a la _ vez se desestimó -el pago del • ,
- , pagare de $330. 000 ··y creer_ que _ se obró dolosamente. -
•
- ·- - . . ----- -- - 1 ' - -- . responde - que la indivisibilidad -y_--:-pr~sunción de
•• 1 . ''• • credibilidad que_ampara a la confesión tiene por pri·ncipio general un1 ' •
- '
• ' ( f limite como lo es la · existencia de pruebas que desvirtúen los motivos • .."' :¡ ,, ' ,, de excusa t'o.....c:ie justificación y con fundamento ·en las cuales puede el .... ,/ Juez desechar parcialmente la confesión.- • 1 .._ - . • - ., .. - ' • Tal cosa sucedió en el caso de estudio donde el- • Tribunal adelantó, como era· su deber,·- -un juicioso análisis - del -dicho --de 1 0 ' ' 1
- . • la procesada y de las pruebas aportadas a los autos, para concluir-
•
- • • que las explicaciones de aquella no merecían credibilidad y se hallaban
' ' • refutadas por pruebas documentales no redargüidas de falsas y por - • una inspección judicial a la entidad crediticia que puso en evidencia - • • los malos manejos de la acusada. - ' 1 1 • - . . La afirmación de que s e dejaron de apreciarpruebas capaces de demostrar la excusa traída por la sindicada, carece de validez pues es un hecho cierto, que el pagaré girado por la - • cantidad de $500. 000. oo corresponde a una obligación diferente y en ningún caso encaminada a cancelar la 'deuda que indebidamente y por ' ' las maniobras engañosas de Jazmín se vió precisada a cancelar la co- • ' ' • deudora. En ningún momento se supusieron pruebas para fundamentar -
- • la sentencia de condena, ni se dejaron de estimar las legalmente pro
- . ducidas respecto de la pretendida ausencia de responsabilidad alegada-
. . - • • • • • .. • • • ' • •
- • - - - - - - - - -- - - -
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' ' • • • ' .,# . , ••• 0 3 5 1
- ,,,_- , . ' . I . I , ' . , .. ,, • > - • , f • ~• • I ' •• ' v · --por la defensa. - • No prospera el cargo. - • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-
- -
• \ -·
Tercer cargo: ' '
' 1 • Este tercer cargo, como bien lo afirma la Procura ' ' duría , debe desecharse. · Se habla d e violación indirecta de la ley susy manifiesta originatancial al ignorar en la sentencia ''la duda razonable se determine cuáles · da en el haz de las pruebas recaudadas'', sin que • pruebas no fueron valoradas, ni en qué consistió el error ni menos aún • cómo pudo influir . en la sentencia'ae; condena. Estos vacíos no pueden ser - • llenados por· ,a Corte y la argtJh1~ritación propia de un memorial de instan:.. con
- • • como en los · ~n_je'riores, · los muy juiciosos argumentos del se- •
Sala ·acoge ... -, '
ñor Procurador Primero Deleqado en lo Penal, que en lo pertinente han sido . <.,.; - . • transcritos en líneas anteriores. - - . • -- - . • • . . No prospera el cargo.- •
- • -- - - - - - - -- - - -- - - - - - - - - - - --
, - ' 1 ,_ • 2 o { ' ., •, ' Cuarto cargo: ; • ' . '-· .... •
- • presenta como - violación indi No obs_tante que se cie la ley al expresar que elrecta, se sustenta como violación directa
•••
- • • del C.P. y dejó de aplicar el juzgador aplicó indebidamente el a r t . 66 . 64 del mismo Código.-
- • Es deficiente la formulación del cargo y no corres-- · · • obró acertadamente al incre p9nde a la realidad procesal. El Tribunal
- . , • • • m• entar la sanc1on porque partiendo del mínimo de la pena de prisiónmeses por la cuantía deque la ley señala, realizó un aumento d e tres lo indebidamente apropiado, superior a diez mil pesos y tres meses más . , bien deducidas de acuerdo por circunstancias gener1cas de agravación con el criterio que pra fijar la pena señala el art. 61 del C. P.- . el juzgador hubiera dejadc Es igualmente inexacto que 64 del C.P. Basta recordar, que al efectuar la dosime de aplicar el art. - . , Tribunal partió del mínimo de la sanc1on y que retri~a de la ,pena, el -- - • • ' . • •• • • • . •
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