CSJ - 1195(14-01-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 1195(14-01-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
•
REPUBLICA DE COLOMBIA
•
CESACION DE PROCfDIMIENTO
" •
- • Auto Segu~da Instancia.- 14 de enero d 1987.- Confirma la providencia del Tribunal Superior de Cartagena, por medio de la cual orden~ cesar el procedimiento adelantado contra la Doctora Olga Salvad Vergel - Juez Tercero Civil del Circmmto de esa ciudad denunciada por los del· os de Falsedad y Prevaricato.
~1agistrado Ponente: Doctor JAit-lE GIRALDO ANGEL • • - •
FONDO ROTA 0 0RIO DEL ~11',ISTERIO CE JUSTICIA -- - -- - -
~ - Rad. 1.195. Segunda Instancia.
REPUBLICA DE COLOMBIA
Oiga Salvador de Vergel. ania 1 '
CORTE SUPRB-1A DE JUSTICIA
"
SALA DE CASACION PENAL
• • ' ! : 1 1 " 1: ¡ , 1 1, 1
Magistrado Ponente: •
I¡
Dr. JAIME GIRALDO ANGEL 11
• " Aprobado Acta Nº 001 ' 1 ' " 1 1 " ' • Bogotá, enero c a t o k e de mll novecientos ochenta y siete. 1 ' • 1 ! ' 1 • 1 • ' 1 • 1 , 1
V I S T O S:
' ', 1 1 1 • • 1 ' ' - t Por auto del e junio del afto que vanscurre, el Tribunal 2 " " • Superior del Distrito Judicial rtagena ordenó cesar pr ocedlmiento contra
' la Juez 3° Civil del Circuito . esa ciudad, doctora OLCA SALVADOR DE VER " ' . ..... GEL, act1sac:fa de los delitos falsedad en doc.umanto públlco y prevaricato. En .. ¡, " - ,,. cuanto atañe al primero de tales ilícitos la providencia se somete a consulta. rte ' lf -, , ' ' ' g . • , 1 • •
ANTECEDENTES:
- -
- • En febrero de 1980 vio L.6pez inlc:16 pr c1 :eso de ¡ ,ertenen1 1 cla por prescrl~fón adquisitiva sobre un predio que de ti&ilpo atr~s ocupaba en Jurlsdla:16n de Cartagena, contra personas Indeterminadas, ant~ el Juzgado 3° Clvll del Circuito de tal ciudad, del que estaba entonces a cargo la doctora OL OS GA SALVADOR VERCEL, quien en cumplimiento de su propio auto del 5 de septiemt,re del mismo año, practicó diligencia de fnspcc:ci6n judlclal en el pr•edio el 1° de octubre subsiguiente, para verificarlos linqe,·-os y las mejoras allí exis tentes, acompaflairrta por· la Oficial Mayor del • del apoderado del de11randante. • l'ONCO R~TAfORIC' ;)[._ ''-!',ISlERIO CE J:.:ST!C,o
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- ' " REPUBLICA DE COLOMBIA a m a " Por estimar l.a Jue~ faltó a verdad en las atostaetones
q•rs la dol correspondiente a porque no s ~ o no concurrió a praetlcar acta la lnspc,:clón dlligenci~ sino qua consfgn6 en ella datos irreales po,quo anot6 nomen 1 ta la 110 ' ,1 clatura construc;ci6n y dijo que· era sola casa ceinei,to y ma,tera de la da tma que CoJastaba de tres atet>bas, una sala-c.osi"-ltict' y un corredor, y no dos, Gor man Vtsbat la dcnun<:16 pcnatuwntc. de anotar qua cl, 8ªdano había pr0tn0vido et 16 Es de C9tQ 1 ....... - = t,ecJio contra agosto de 1985 acci6n polk:lva por <Xupacl6n de O·:tavio LófV,Z , e s pecto un predto de mayor extensión que el q•re esto pretendía 9!. de CO(t,pfflndfa nar por presctlpcl6n en eJ pr clvil referido, (l(X.t6n que en pTtmera instan cia c:uJmlnó co,, la d~laratorla de stat,as-quo et 18 de saptlemb,e de ese afio (cd. tas). · fo • • -
RESULTANDO Y NDO:
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- • ' i 1, • ' 1
1 1 1 c-,aalcs son do lo$ proviene la ac•.asactón por Dos 1 1 1 Qi.rtagena, doctora fals. · contra la Juoz 3º vi del Circuito de OLOA SALVA :
! • ce DOR OB VEROEL: a) No haber prectJcado la dlltgeraeta lnspecct6n Judicial el ; ° 1 octubre de J 98S 1s,c1nhargo extender acta ae tatándola; y b) HOber co,, · 1. de 1 1, l sfgnadrt datos falsos . ' ' ~~- ' ,t ' ,_ ' ' • •
- 1 ci,anto al se tteno que ca,'"'·ª en ab$Oluto fun prir11aro da darnento, cte acuerdo a las mismas de1 y a la oxposlcl6n palabras denunciante de 143 Soc=retarbldel Despacho, Arlfno Peluffo de Conzalez, en efecto: i
•
- 1 · n estuvo c«>n un testigo esperando en ot p1edio Vlsbal, él a la Jooz, ·pero <;Orot> no apo,·c,::i6, se dJrfgló al Juzgado a donde lfegóa en el pre clso Instante en que ta salía , :on 1,.tante para Juez el arsocrcrado def do¡uaa L6pet et ro predio, at r-ag1'0Sar aJlíi todavía estaba fu · arla ttcn casa dondo so hizoº; la
. . precfs6 que co,, ta Juai salf6 una e1i1pleada det Juzgado do apellido MJrandaao de t\ ~d. Miranda ( fl. 62 ppt Nº 1 ) • . •
- ' La Secretar~ del Juzgado declaró que par., no dojar sin ade
cuada ata11Ct6n ofk:tna mientras so practican dfllgenclas fuera de ella, es cosla • en tumbro que télles casos ta Jsaoz se habg®cm11patlar de alguno do los ótTos e11i pleados. en particular de Oflclal ~..1ayor, C·~-no secretarlo ad-hoc. Agregó que la et día de ta dllJgencla eoncurri.6 al Juzgado ol apoderado VJsbal, dcctor l de et> - nardo ClavlJo pero ctictndo hacm yn mas de m,ra y media qua la Juez se habla ,~,-r> ............... ,,...
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REPUBLICA DE COLOMBIA
- /t./ltjr~cctr•n.a/ Ido a ta dlllgoncla., y gue cuando et profesional se retiró., a los pccos minutos ' volvt6 la Juez. dDndo claras muestras -en s u rb'iti-~ de haber estado exp••esta a1 soto., fo qi¡a mcpllc6 por haber sucedidoasr en la dlllgcncio (fl. 41 ibíd.). - R o s ~ t o a la su ·t a consfgoact6n do datos lrrcates en el • acta., es de desl1,icar que lós mfs,tt0s que la acusada wrtflcé, astabtecl6 en dos
o-:asiones la J,aet qiio lnstruy6 este, quien hizo constar que ta dlr ea:l6n e}(acta ' de la ºresidencia ••• obtuvo ~ r lnfo,·,11i!c-f6n.--.del sefior quien dijo s e r of propio Sé ,., ..... .... ' ,J. trio do la misma .... y qua no era otro que Qttavlo 16¡)e?. La confót,nacl6n de e j -- .., - la edlflca•:lón -parte en ce.-nento parte en madOra-., enn tres alcobas., una satay cori1édor y un corredor, habltaclones todas Intercomunicadas ent,"e:ssl por ·p,sertas
- • Internas., hizo declr a las funcionarias que tr~tabc:J da u ~ sola casa en $-e -·<·01110 eJ Juicio ¡pllcivo, tárnblán to -habla dkbo unos peritos-. a la cmnbftieeión de v la c,ublerta {tejas dl·stlntas) 1' la afltt11act6n del denunciante. para quien se
(fls. so. trata dedos (Uji ones 21. 24-25 72-75. cd. ppt; 6Q-6S éd. fotoco plas). • ACm Jt-as: los lt deros tou1ados por la Juez aeusac:ta· correspondfan a los de la parcota que <k lo 'pez prétendTa odqt•lrlr por p,·escrlpcsós)., y obvlarno,·ite no podían coincidir n os que señalaba Sea 111án Vlsbal en fa acción
porque a un globo terreno do mayor extensión, que poJlclva., ~sté se raf de ,1 involucrabaa aquel y elfo que su acci6n estuviera dirigida contra López • • J • o rofa,·ente al reetnptaxo de la Secretarra particular del Juasecreta, gado por otra e . ~urante la dlllgencta., para que fi, ttmra como ia • ad-hoc efec t-e paracambios están cGmo sucedió., eventos c<Btao ese, tates ni11n. a r t . aut911it-ados por el 2265 de 1970. 3<>., 1q. J
- - • Resulta cla,'o quo ia Juez OLGA • SALVADOR óE VERGEL no lns ia currtó en detlto contr'l fé p!ibJica, porque ninguna altef'aclón la dad hfzo
Véi ¡ ta en ol ru;ta do dftlgoncla de inspec:cl6n judicial dol 1° dG octubre de 1935 dentro 1 del p,·oceso de ten:e:rtcla que a instancias de Octavlo López adelantaba, y por PQf ' pr~.ede11te to mlstr.o resulta cesar et pr•>cedfmlento en su contra; co11w lo docidló ' ' ol Tribunal consultante y lQ sugiere cf set\or Proc1Jrador Segundo Delegado en lo Penal. 1 En márito de to expuesto, ta Corte Justicia en Supre111a d3 S.a.. la de Casacl6n Penal, oído el ccncopto dol t1inisterlo P-tJblico y de acuerdo con él,
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JORCE CARRE~O LUENOAS CUII I.FRMO CAVILA MUAOZ
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LISANORO MARTINEZ 2Ut1&GA VEORA ROJAS
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LUIS GUtt,t,ERMO SALAZAR OTERO
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