CSJ - 1207(28-04-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 1207(28-04-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
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-- •. -· • 1 1 • ' 1 1 ' • 1
REPUBLICA DE COLOM81A
'' ' 1 ' 1 • CASACION Rdo. ft 1207.:- • • •
C./ LUIS ENRIQUE NARANJO V •
- ' - - - - - -
• •
CORTE SUP DE JUSTICIA
• •
SALA DE CASACION PENAL
• • • ,. • Magistrc;1.do Ponente: • '
. DR. JORGE CARREÑO LUENGAS.
' ' -Aprobado Acta [ No. 27. - ' • • • 1 ' ' 1 • ' • ' ' ¡i • • ' • .. ' ' ' ' • ' •
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- ' ' . ·s o s ' . , V 1 T • • •
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- • ' Agotado,ºel tr'ámi·te legal, procede la Corte a decidir-
• • \ . • el recurso extraordinario casación ·interpuesto por el defensor del • ~
- .. • l' ' . -- procesado LUIS-.. ENRIQUP NARANJO_ VELA contra .... 1a::::·sentencia:..::.c de .:..3 de . e: -- .
- , . juliode t . 986, mediante'\ a cual el Tribunal Superior · del Distritp_Judi
la- · dictada '
- 1 rior de esa ciudad, condenándolo a la pena principal de diez años de-
' 1 1 prisión y sancion'es\ accesori• as de rigor, como responsable del delito de . - - z i - --•-::-. -<. :__ ,: . "d. 1 \. . ) a , .;, h om1c1 10 vo untarro en la persona de Luis Carlos Quiceno.- ' ' ' • \
• HECHOS Y ACTUACION PROCESAL :
) • • ' •
- • de Aparece . de . autos, que a eso las nueve de- • • •
.. ' la noche del 18 de diciembre de 1. 984, en una calle del. corregimiento • de Barrancominas, Comisaría Especial del Guainía, el sujeto Luis EnriqueNaranjo Ve la acometió a machetazos a Luis Carlos Quiceno produciéndo . - • a le ~raves heridas que le ocasionaron la muerte, pocos pasos de la- ' • cantina donde el occiso había tenido un fuerte incidente con .familiares y amigos del sindicado. - • ' • El 26 de diciembre del citado año, el Juzgado Promis - ' ' 1 ' cuo Ter.ritorial de dicho Corregimiento inició la correspondiente investiga ..... 1 ción con base en las diligencias de levantamiento del cadáver y necrop sia, oyendo en indagatoria al incriminado Luis Enrique Naranjo Vela, oportunidad en la que el indagado negó su participación en los hechos
- ..
- • no obstante que varios testigos lo señalaban como elautor del delito ( fl.
' 62 de! cuaderno principal).- \ .. -- - . - . . .. . • •
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REPUBLICA DE COLOr-1BIA
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- • Habiéndose dictado en su contra auto de detención
- •' como autor material del hecho, solicitó ampliación de indagatoria, diligen- •• cia en la que confesó haber dado muerte a la víctima, planteando unalegítima defensa ·de su vida (fls. 122 y ss. ibídem)
• \ •• _, Clausurada la etapa investigativa, el Juzgado. Ter-. 1 ' ¡ ' cero Superior de Vil lavicencio por auto de 23 de mayo de 1. 985, lo1 ' 1 1
- • llamó a responder en juicio con intervención del jurado de conciéncia, - • l
!
- •
. ' 1 por· el delito de Homicidio voluntario descrito en el artículo 323 del Có- • . ¡ • digo Penal, pronunciamiento debidamente notificado al acusado y a su de • -
- • fens~r y por ellos consentido. - · • • • •
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- ' 1 • • Celebrada la -audiencia pública, el jurado de concien 1 •
- 1
• . ¡ . ' . ' ' cia en forma mayoritaria afirmó culpabilidad del procesado · en el he-- ¡• : •• ' . cho imputado, v~redicto acogido'-·Bºr: el Juzgado del conocimiento --·y_ tenido- -· l • • ' • como fundamento . de la senteh¿ia ~- de primera instancia que lo condenó a ' •
- • la pena principal de diez ~ños-... d'e·· prisión, fallo consultado ~on el Tribu
( - -.._,,/, 1 nal·Superior .de Villavice·ncio y por éste confirmado mediante el que es- -- -. : 1 - • ....... . - - • . -· ~ . ' . ..... ; .. =--objeto del -· ~
- • - . - . -- " " ~ - -·--· . . . - • - • - •" . •" .' . ~.. - ' • • .• ~' u ·. .•
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DEMANDA DE CASACION ·: •
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- ' ( _ , Ba· jo el ámbito ;de la causal . primera, inciso prim~ ro del artículo 580 del C. de P. P . , se acusa - la sentencia de ser vio . - por falta de aplicacióni9 de los artículos del Código Penal que se ocupa de los motivosde justificación del hecho y 264, 278 y 236 del C. de P . P . , que hacen rela
- . , c1on al valor probatoria de la confesión, el dictamen pericial y el tes timonio '' por cuanto que en la sentencia recurrida se desechó en lo fun- . damental la confesión del único acusado, y se construyó, por ello, unepisodio llenando con indicios las lagunas, presumiendo intencionés y ha-- ciendo largo uso de la deducción. Pero ni indicios, ni presunciones, ni
- • deducciones son medios de prueba (sic)''.-
•
- • Afirma el censor que por no haberse reconocido - - - el valor probatorio que arroja la confesión cualificada vertida por el sin
! - ' • dicado ,en el sentido de haber dado muerte al occiso por la necesidad1 1
- • de defenderse de una agresión injusta y actual por parte de la víc
- • tima, prueba avalada con los testimonios rendidos por Norberto Hur 11 ' tado Ruíz y Alonso Rodríguez, se infringió el artículo 264 del C. de- • ' ' •
- •
' ' • • p . p . , quebrantándose de modo directo, por falta de aplicación, el ar- • ' . - • .. . · .- • - -·-- --- -· ; tículo 29 del C.P.,norma ésta que cons;:igra la legítima defensa-- objetiva . -::. • ~ - . 1 . • • • • . ' . . ' • • -· - - -- - - - - -· - ' •• - 3 - ·,,, · 04178 ' •.
REPUSLICA DE COLOMBIA
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- 1 • CZ/J'ta ,t,µt:JC/ICC!C'/la.
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- ' · - de la vida como causal excluyente de responsabilidad. - '
. . • Infringió además, los artículos y del Esta 236 215 tuto Procesal Penal : aquél por haberle asignado a las versiones rendí- das por los ·testigos Albeiro Pulgarín Hernández y Jesús. Elkin Alvarez • Bedoya un valo.r: probatorio que no tienen, negándoselo en cambio, a - • •
- • de Hurtado Ruíz y Alons-o Rodríguez 11 como demos-- - las· declaraciones
•
- - trativas de la legítima defensa bbjetiva 11 y éste, por haber dado por-
• •
- • ta plena pruena requerida para dictar sentencia demostrada, sin estarlo,
- • condenatoria. -
1 ' Concluye solicitando casar la sentencia impugnada- • • '
- . para ___ reeipp(az~rla por una de_ carácter absolutorio. - • ···- . -·-·· . .
• • • •
RESPUESTA 'oE'L MINISTERIO PUBLICO :
• • , , •
- •
- • El señor Próc-urado.r Tercero Delegado en lo Penal - • prosperidad en breve réplica a la
) • . • • -_.,., - aduciendo: ·que· la · demandá . no se. ajusta-·a :-la -técnica : del recurso por ·•
' - _. - - -<..,¡ • •
- • a
- ,, - - - _lo que debe-----·desestimarse. - -. - " • •
•
- - -,• • - • - - . ' · ~ - . . • , - --• - . • •
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- • • . • ,¡: •
-- • Récordando repetidas ...:.enseñanzas·--·de la--'-'Corte. _so- • • '
- • ;, ,-': del recurrente con· bre . la - 1 a desc~_cer · las pruebas o los hechos que sirven de soporte ducen la se_ntenga. procedir_niento totalmente equivocado, para . alegar viola • a
- '
. , y., a revivir un debate probatorio a todas lu-- c1on ' 1mpert1nente en procesos ventilados con intervención del jurado ces -- ---.- • , •. • de conciencia, camino a traves del cual se llegaría a la declaratoria • de contraevidencia del veredicto ·,.. , decisión r·eservada a los juzgadores • ' ., en las instancias y no prevista como causal de casación. - • ' - ' • ' • •
CONSIDERACIONES DE LA CORTE :
• •
- •
. , Es incuestionable, - que la acusac1on formulada1 • a la sentencia en el marco de la causal primera de casación ado lece de la gravísima falla de técnica de ampararse en la violación di • recta de la ley por inaplicación del artículo 29 del Código Penal, so- •
• • 1
- ' y las declaraciones • bre la base de que la confesión del sindicado por unos testigos no fueron apreciadas por el juzgador en rendidas • probatorio para dar por demostrada la existencia de una su valor
- •
- • • i . de justificación del hecho ( legítima defensa), pues el recurente causal
•
- • acoge a esta forma de violación de la ley debe aceptar de que se 1
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REPUBLICA DE COLOMBIA
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1 • 1 • • • •
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- • • • • • • -antemano los hechos como los · dió por establecidos el fallador cuestio- • de la norma sustancial al caso juzgado nando únicamente la aplicación • su contenido, a través de razonamientos o la interpretación jurídica de
' 1 ., 1 una cr1 de no desviar el ataque hacia de estricto derecho cuidándose ' - 1
- • . -', -tica probator.ia, por el riesgo . que entrañaría . desembocar en la violación.;.. ·
-· ¡I • indirecta por errores · de apreciación de la prueba. -
- 1
1 • 1 1 1 •
- • l Por ese equivocado camino llega el impugnador al-
- • 1 probatorio en proce l extremo inaceptálJ!.e de pretender reabrir un debate
..
- ( , sos ventilados· con intervención del jurado de conciencia, en orden a es- : . . . 1
1
- • • • tablecer la injusticia notoria del veredicto, atribución reservada· de modo - . - . . . . ¡ . privativo a .los juzgadores de instancia. En· dichos procesos,· los Jueces -
! • 1
- • populares
' ••
- ' l es evidente. - de no · desconocer lo qu~.
• 1 •
- • La ort en su más elaborada y reiterada doctrina . mantenida_ de manera .in-~riable durante · varios lustros, ha venido predi1 • • • • · cando la · improcedencia de acudir'.- a laviolación · indirecta~. de la ley po_r-: 1 de hecho o.'. de . derecho -. en ·ta":·· apreciación · de las pruebas·, enerrores
•
- • o • procesos con intervención:- del jurado de--~conciencia de Vocales,· de· los - -
'
- • el fun , Consejos Ver bales de Guerra puesto que en ellos el veredicto · · es
-
- ' ' ' ( o • de las pruebas da mento inmediato de la. sentencia y un replanteamiento •
' , . . reconocimiento le • no· solo lte'-.ar·ía a demostrar su contraevidencia, cuyo 1 ' ) conduciría a la está vedaao a la Sala e.n sede de casación, sino que ' \ • l ese presupuesto proceun fallo con expresa pretermisión de ¡ • sal, es decir, con claro desconocimiento de las formas •'del debido pro . ' - •• : ceso.- • 1 ' • • '
- ' • así diseñada, resulta antitécnica y sus tan 1
La demanda
- ' lo que de·! del recurso interpuesto, por cialmente inepta a la prosperidad - . 1
•
- 1 • Procurador Delegado. - be desestimarse, como lo solicita el 1
• • •
- • Lo .dicho no impide poner de presente que el mismo
' ' • profesional del derecho. recurrente en casación intervino en la audiencia 1 . ' • pública en defensa del procesado criticando ampliamente las pruebas re- · . cauda das atribuyéndole marcada relevancia probatoria a la tardía confesiór. • . . ' 1 ' ' y los testimonios que la respaldan para terminar proponién--í del sindicado ' ' 1 ' . alternativas : negar la culpabilidad del acusado por 1 dole al jurado dos -¡ i ' en legítima defensa de su vida, o, en subsidio, reconocer-.\ ¡ haber obrado 1 • 1 que obró excediendo los límites de la defensa, ninguna de las cuales fué :·
! ' . 11 I, • , 1 aceptada por el juri y producido el fallo de primera Instancia alegó ant~s~: 1 ¡ el Tribunal Superior reclamando la declaratoria de·~ co~_!r~~yld.~n~-~~~-~-~b."'~-e3~, redicto, petición que tampoco fructificó porqúe las 1 decláraclone·s -rendidas.:._ ~: • i' - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - · - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- -- -
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,·. •• ,., ·. O4 8 O - 5 - • •
REPUSLICA DE COLOMSIA •
• • • ' •
- ' y -por Albeiro Pulgar in, Jesús Elkin Alvarez Alonso Rodríguez , testigos de los hechos, desmienten al sindicado en su versión de haber obra l do en defe·nsa de su vida. -
"
D E C 1 ,S I O N :
,• •
- -·
• • 1 En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DEJUSTICIA en SALA DE CASACION PENAL, de acuerdo con el Procura- • y L y la Re-pública por 1 dor Delegado administrando justicia en nombre de autoridad de la Ley, • • •
- ) • /~ • . •
R E S U E L V E •
' • ~ i I • · ·, • 't Ir " DES~,STIMA.R el recurso de casación interpuesto
a nombre del . cia . de fecha, 1 esta providencia. - • •
COPIESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE al Tri- • i
• • /¿_¿,/ \
ILLERMO DAVILA MUÑOZ
LUENGAS • i
• / 1 ·., ) 1 • ' I'
• IME GIRAL O ANGEL-·
LLER DU¡QUE UIZ
1 ...... 1 1 '
- • l • .... • • 1 • • •
- •
J 1/
RODOLFO MANTILLA JACOME
GUSTAVO GOMEZr VELASQUEZ
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EDGAR SAAVEDRA ROJAS
- \ LISANDRO MARTINEZ ZUÑIGA
. \ ) ~ • • • • Luis Guillermo Salazar Otero • • Secretario.- . • . • • ••
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. ·~ - . .,. ,.· . . . . . ' • • ' ~ ' . - • • - - - - - - - - - ------- -- --- - ---- ----- - ----- - -- ---- ---- ~- --- - ------- - - - - -
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