CSJ - 12(29-07-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 12(29-07-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
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PROCESO DISCIPLINARIO
1 -. 1 ' ' ' 1 ' 1 1 1 ' ' -· ' ,, Auto Proceso Disciplinario.- 29 de julio de 1987.- Absuelve al Doctor Horacio Gaitan Tovar - Magistrado del Tribunal Superior de Bogota, contra quien formulo resolucion de Acusacion el Procurador Delegado para la vigilancia judicial.
Magistrado Ponente: Doctor JAIEM GIRALDO ANGEL
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Dr •. JA.lME OtRALDO ANG.EL .
• ' Aprobado Atta N~ lS • julio Bogotá,. vetnt.lnueve da rJlJt novecientos ochenta y siete• • • •
V I S T O $ ; • o o
1 1 1 1 a . · a · decidir sobre ta. Rosotud6n de Acusact6n forroulada por el Pt·ocurador ·1 gado para ta. VJg·Jtancla. JudJ~ial 4':00tra el doctor ex . · HORACIO OAt·T AA TOVAR. istrado de la Sala Clvil del Tr,lbuna1 Superior de Bogotá. ' • H e e H o S: •. ' • En un proct3$o ·dé entrega de un bien inmuebleadolantado contra
- • los &aflores t'ilanuel At6valo y Ernesttna de Ar.walo pgr Luis Ennque A.révato en el a cua1
Juzgado C-ivll det Cfrcut: to Bogotá~ so ~ r se do dictó un auto m0dlo dol ~ claro quo los opositores Jesús· Antonio Roct,a y otros tenían derecho a conservar
la po.sast6n del inmueble matét'fa. de la litis. Dicha providenciafue apelada ant$ el 8.. Trtbu.nal Supertor de doctor Bogotá, c:orrespondiéndofo por .r(l;pat"to <ll tiORAClO CAlTAN TOVAR,. qul'en aemaodao1tes fue acusado por los ante la Procuraduría General de ta Nación g,or ro z6n de la de1nora en tramitar la mencionada apetaelón .. 1 1 '
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, • RE PU F.l i-1 CA O E r:; O l. O ¡\1 [J 1 -''
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RESULTANDOS V CONSIDERANDOS:
• • .. 1 - · 1. A folios 111 y 112 del expediente aparecen tos documentos que demuestran la calidad de f•11"Jcionarto p6bllco del ctoctor GAITAN TOVAR. Et 2. cargc.> q·ue se formuló at ex-Magistrado GAITAN TOVAR es el que ºdemoró e e1 23 de junio fecM en quo el de de 1981.S. expediente conten.Uvo deJ p.roceso de entrega de Enrique Arivato Chlquasuqtm contra Luis Manuel Arévala y ErrK)Stl~ Chlquasuque entr6 a s u Despacho,· hasta et 8 de fe brero de 1985. fecha en que prese,:1t6 a la Sal.a de Decisión el respectivo proyei:.
- to de providencia con ,rwtlvo del recuN;o de apelacló-t, interpuesto por el apodera
- • do del de1nandante ••• fl. 95 y s s . del . dlente) • u. ( - • • . , -
. . . ª5!
3. En s u dlllgencla aescargos dice el doctor GAITAN: ~ i guramente hubo retardo tonforme al C6digo p • C. , porque asf de lo iD3teti1~tiCO ,¡ establecieron los funcionarios e s , pero ~ s a puede se· - visi det1tillna estar muy guro" set\or Procu.rador" la riwl"á o solo se justlflca con el prcble1na que allí se • dJsct.,tía y el ~ i n e t e montado; - la famfJta Cblquasuque. sino con mi trabajo rea ar Jado duro Jo mlsato que vott,,.nen de precesos que nos repartfan a cada uno de los Magistrados ••• 0 • E .. et caso de autos no e11euentra la Sala que el compo, ta miento doctor - ---._ AN co-nstftuya a pesar de que del falta df~lpllnarra, pttes et té1°mino transcurrido eratre le en que , ~ l b l 6 el negocio por reparto y et mc)111ento ,·egl$tro del proyecto de providencia f ~ relativamente largo (ocho n1eses sin d e g sr contar el perfOdo vacaciones), s u conducta. a-utlque no es Justificable, es
do· tos oxpticabta ,en r u 6 n de ta congestl6n que agobia hoy despachos judlclales. La • mora en qua inéurr·15 no es sJgnlfk:ativa aban .- . de sus . res como Juez. dG · • pues segCln ef lnfor1t1e de la Abogada Vislt.adora de la f>1 ocuradur·ra que obra a f-o 1 . en ese 1apso dfct6 sentencias., sin contar tos autos lnterlocutortos de fio 1os. 99 y v s . u s ~ t a e l 6 n que dé.be haber et~orado., el tleinpo invertido en las distintas 5a,... tas a que estaba obligado a aslstlr. · Por lo exJ)1iesto, ta Corte $up,ema de.Sust~ia .$a4i. OlscipJina• ® ria. - J
- - ,._, --- . - - ... -· -- . - -- . . - . . - . ' ' ' ~ ~ ~ • . • • - 1 • • '
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REPliBLuCA CE C.D~OMBiA - ' •/ . . , ·-'/•, .. ,/f .. _,r . . . ...,._.
R E S U E L V 6:
. . .
- .
- \ ABSOLVER al doctor HO~ACtO GAITAN TOVA-R de los cargos que se le formulan en la Resolución de Acusación de Procuraduría General de fa la Nación, dé fechu 26 de septiembre ® 1986, en su condic:i6n de Magistrado dela Sala Civil d~l Tribunal Superior de Bogotá.
- C6plese, notlffquase y cwnpJase.
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HECTOR GQh1EZ URlBE JUAN HERNANDEZ SAENZ
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ALFREDO BELTRAN SIE8RA
Secretarlo ' - ' • • •
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