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CSJ - 1229(17-02-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 1229(17-02-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987
  • -
  • -

REPUIBLICA DE COLOMBIA ' ff/.1!a

SENTENCIA ABSOLUTORIA

  • • Sentencia Segunda Instancia.- de feB ero de Coofir1na la providencia de 17 1987 . - 1

Tribunal Superior de Valledupar, por medio de la cual absolvió a AlbertoCotes Queruz - ex-Juez Promiscuo Munic pal de Tamalarnaque, por los delitos de Detención Arbitraria y Concusión. '

Magistrado Ponente: Doctor JAIME GIRALDO ANGEL

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CORTE s6PRE.I\AA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIO~~ PENAL

Magfstrado Ponente:

Dr. JAIME GIRALDO ANCEL

Aprobado Ac: tu Nº 08

..,.._ • , • Bogot.6, febrero dietislete de° ~nul novecientos Q1;honta y siete•

  • V I S T O S: El Tribunal S u ~ ® I Distrito JudlclaJ da Valledupar dict6

""- ..- ~ ... c.n sontw.cla absolutoria con fucha 1.,Q do agosto de 1986 favor del ox-Juez Promiscuo ~l•a,,tclpal de Tamala~. o,' ALBERTO COTES QUERUZ., ac::usado de los delitos dé detend6n arbitra concusión, la cual somete o conoulta. En cUuO to se roflaro al seg,,a,do de tales delJtos la Sala revtsará la pr<V.Jldcncla, pues ' - 1 el primero no ostá suJ esta instancia. to 1 ' '

HECHOS Y ACTUACION PROCESAL: oncorgac1o del To1,1ala Coai.o Juzgado Proinlscuo Muntcip~I do Dt1":que por ol ~ s de u1ayo do 1982, a ALBERTO COTES QUERUZ correspondió ln~lar p, o-cosos p:or klslonos pryrsonales en cc:mtra de Raquel ta Ortíz. slndlcoda en esto oc oso presentó queJa ontc lél Aboga La pt lonal de Valledupar contra ol scfloT COTES QUERUZ oc•1sá11dolo da hat,arlo mtlgicm dinero para poderla excarcetnr. Finaliza

-

  • ttr: da~ lnvesttgoc.l6n dlsc.lpllnnrla. et Ptci 1;urador Regional dtspw.>0 co CC:Ilpulsar p!as para al Tribunal Superior de Valtedupor, a ffn do que por ost.a enticbd se adelantara la lnV<,stJgoclén ponal correspo,,dlento.
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• ' ' ' . / -2-. . ' ,·¡, " . ' ¡, ' ~r' -f"_)'._• ·_# '!, ... • •

RESULTANDOS Y CONSIDERANDOS:

1. Dentro del proceso no cxtste ning11na prueba que demues tre el delito do eo11cusl6n Imputa.Jo al stndlcado COTES QUERUZ, pues la C,nlca dec:laracf6n en nu ooi,tra es queja to, mulada por In sefiora Raquel Acosta Oa tfz la oota la Abogac:la Vlsitadot'a da la Pien•radurfa, la que para efectos de este pao,·:e so es Jurfdlca,oont-0 lncl<lstente, aparece en fotocopia y sin flrtM de la q u e - •• Josa, y sin que dentro aq,161 constá-ñctcr'd a que tal fotocopia corres¡,ci,,de de haya al ortglnaf debidamente flr,nado que obra cm el -,'~poctivo pro,:e$o admlnlstraUvo.

Admiláu, las p:ocas de,:faraclones que allagadas no solo no corrobc,,·an ro f1 13ro11 apa,ece en que dicha queja, stno qua, el contrario, el a · rado de por mi&1;0 • la queJo.sü dice que hubo un 01,eglo extrajudicial e n b e las partes dentro del c1salO el juez en nlngCin exigió dlns alguno y sofélmcnte so 11mlt6 a esperar

tilWriento a que fas Es lnduct-1ble o a te la pobrísima fnvestlgacl6n no haya eru, ' '. eJ proceso erc,1,entos do jutcto p-1c-a ''dittar sentencia ie0t4)natorla contra el p,cce- · •,, sado. a pesar de que en rcltof1J4as ·ocasiones el Tribunal trató de hacer p a r t k i - • • par en las actµaclones prO(:(:Sa a lo p, osunta ofettdlda c:o,, la lnf,-accfón, sin ~ . :1 \ • que ésta prestara s u concu que es forzoso tonflrmar la sentencia a bpor lo 1 solutoria proferida~ -e1óba, go, quJera la Sala aclarar quo dfcha absoluci6n obe deco o la falta da ocurrencia dot hecho, no ausencia de culpa de la y de bilidad del ebf:!.19 como lo dice el Tribunal, porque es absurdO el raznna:ttfenqua haca ésto al afl,·n,ar que está plm1a11,ento probado ªel constrofilmfanto que to • el Juez COTES realizó para lndbctr a ucl Acostn Ortfz a qua lo entregara de- -- tea minado sa_a111a corno ur,o ·uasta a en de dlnaro res1 la actMdad del funcionario camino (sfc) a oto,gar la llbertnd de aquéitaº, sin q11e dicho acto fu-ara ,<eall2ado Aunque ya se anot6 que no hoy f 1.,¡.""gar a la consulta por el delito de detención arbltl"<)ria, no qult?ra dejar pasar inadvertida la Sala fa juiciosa

Observación que bace el P2 ocura«ro, Delegado con raJacl6n a otro razonamiento • lgunfmento absurdo que - al Tribunal al afl, 1utar qua la d11cJa quo oxlsto en el • m co11cusl6n hnt:1• pto,:oso •· refac.1611 al ~alito de imposible condenar af prot:esado 1 oo por el dallto dote,'rclón arbitraria~ pues ésto os un delito tnecílo para lograr º· . . asr aquélla, que os et fín. Olee el Tribunal: si el acervo arrimado en dofito • la lndagacf6n dlscfpllnarla que co,adujo a este pt no es consistonte para 0t:CSO, 2 dGi1tostrar los extr01oos del delito do concusl6n como lo Inquiere eJ fisc-al an su slcl6n o,al en la audloncia lo es para aportar ol crédito de p{abllca, tam¡:•oco - .. ·- " ... ·- ... .,. . !;" - .... .. ' ' '·',.,. -- - .,,. -~ ..... ' ¡..,, • - - 1, ' ¡ -

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- • RIEPUIBLUCA DIE COLOMBIA 1 la co:1,lsl6n y evidencio del heclto punible de privac:lón Ilegal de la llbertad, a propósito de ta conexidad lndispansnblo para Cotlstderar arobcis conductas.

Q • SegCtn esta teoría dol Tribunal, en los delitos ccnexos la at>c-.,ol•acl6n por uno 1 • do ellos conllova o lD at.30Jucl6,, ~ , . el otro, to que es un proti,11t11:,rante e,·,·or

Jurfdlc: o. ! suprema Por to expuesto, Corto Justicia en Sala la de do • CastJCkm Planal, ofdo el <-Ct1\CCpto del Mlnisterlo PCtbtlco, admlnJstrando j,,stfcla tka y por autorlt2itd -de. la. ley,

_, R E S U E L V E : CONFIR.f\JIAR fa se

GUILLERMO OAVILA MU~OZ

JORGE CARRERO LUENGA

' •

GUILLERMO DUQ 12 JAIME GIRALDO ANCEL ve•

GUSTAVO G0.\1EZ ASQ'UEZ

LISANDRO MARTIMEZ ZUAICA EDGAR SAAVEDRA ROJAS

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

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