CSJ - 1633(05-10-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 1633(05-10-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
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Rad.#: 1633. CASACION.
Procesado: WALTER EUGENIO GORDILLO y -
• OTRO.
Delito: ACCESO CARNAL VIOLENTO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA D'E CASAC10N PENAL
• I
Magistrado Ponente:
Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS.
Aprobado: ACTA t-lo.: 066 del 29 de septiembre de 1987 • ' i Bogotá, cinco de octubre de mil novecientos ochenta s i e t e y
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V I S T O S :
1 1 Se pronunciará la Sala sobre el impedimento manifestado por el Doctor LISANDRO MARTINEZZUNIGA para continuar conociendo de este asunto. ' ACTUACION PROCESAL Y CONSIDERACIONES DE LA SALA: Por recurso que interpusieran los defensores de los procesados WALTER EUGENIO GORDILLO ' > HECTOR FABIO VICTORIA VICTORIA, llegó este expediente a la Corte en casación; inicial ymente fue repartido al Magistrado Duque Ruiz, quien elaboró la ponencia correspondien
1. :} te y así la Sala declaró admisible el recurso en auto de veinticuatro (24) de febrero
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- 1 ' de mil novecientos ochenta y siete (1987) • • Presentadas las demandas correspondientes, y realizado el segundo reparto del expedien 1
- ' te de acuerdo con las normas de la Sala, el proceso correspondió al Doctor LISANDRO - - MARTINEZ ZUNIGA como Magistrado Ponente, quien elaboró el proyecto que finalmente fue
providencia de fecha dieciseis (16) de julio del presente año, y por medio del cual se ~ declararon ajustados a las normas legales los libelos presentados. =! ' Llegado el proceso al Despacho, el Magistrado sustanciador advirtió la presencia de una causal de impedimento, y así lo manifestó mediante auto fechado el diecisiete (17) de septiembre del año en curso, aduciendo que lo une un sentimiento de amistad Íntima con ' '
- ' uno de los apoderados que actúan en el recurso extraordinario, concretamente con elDoctor HECTOR JORGE VARELA ESCOBAR •
- • • La causal alegada por el Doctor MARTINEZ se encuentra efectivamente contemplada ZllílIGA - - - - - -
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•
- 2 como motivo suficiente de impedimento en e l numeral So. del artículo 103 del be creto 050 de 1987; por lo demás, los argumentos que trae e l Magistrado Martínez Zúñiga revelan claramente e l sentimiento de amistad íntima que lo une con e l Dr. ' Varela Escobar, como que, nacidos del mismo municipio y con familias tradicional1 '
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- ' ' mente vinculadas por amistad,sus actividades v i t a l e s han tenido un desarrollo paralelo y cercano, con lazos suficientemente estrechos como para que deba aceptar se que los vínculos enunciados corresponden a l concepto de ''amistad íntima'' a que
hace referencia e l ordinál citado. • Por otra parte, no sobra r e p e t i r l o , e l abogado Varela Escobar es uno de los su
- 1 jetos procesales a que hace referencia l a norma aludida, porque actúa en repre • l sentación de uno de los condenados en este asunto.
. ., -· ¡ ' -· Así las cosas, l a Sala aceptará e l impedimento manifestado, declarará a l Doc 1 y ' 1 tor MARTINEZ ZUÑIGA separado del conocimiento del proceso, procederá a orde y 1 nar e l sorteo de conjuez que deba remplazarlo. ' ' , 1
Por lo a n t e r i o r , l a CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
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RESUELVE
- 1 • ACEPTAR e l impedimento manifestado por e l Doctor LISANDRO MARTINEZ ZUÑIGA y, en 1 consecuencia, declararlo separado del conocimiento de este asunto. Para reem- • plazarlo, se sorteara CONJUEZ, diligencia que tendrá lugar a l a hora de las nue ve de l a maña del día hábil siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta pro-
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- I , Cópiese, notifíquese cúmplase. y •
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ILLERMO DAVILA MUÑOZ
JORbE\CARREÑO LUENGAS
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JAIME GIRALDO ANGEL_.,...
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MANTILLA JACOME
• OJAS I· • 1 , • i ' Luis Guillermo Salazar Otero 1 Secretario • ! 1 : •
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