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CSJ - 1889(04-11-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 1889(04-11-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

Expediente No. 1. 889

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado ponente:

Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ

Aprobado Acta No.074 Bogotá, cuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.

VISTOS: '· Con invocación de los artículos 68 y 72 del CódigoPenal el Defensor del procesado CARLOS ALBERTO RIAÑO CARDENASsolicita la excarcelación de su representado por llevar en detención efec tiva más de 27 meses de la pena impuesta.

El Señor Procurador Delegado para las Fuerzas Mili tares ha emitido concepto favorable para la libertad del procesado ya que el tiempo que lleva en detención efectiva y el que le corresponde como = rebaja por trabajo, resultan suficientes para predicar el cumplimiento de la sanción impuesta.

  • - 2CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El Tribunal Superior Militar mediante sentencia de 27 de enero del presente año, condenó al procesado CARLOS ALBERTO RIAÑOCARDENAS a la pena privativa de la libertad de treinta (30) meses de -- prisión, como autor responsable del delito de concusión.

El procesado fue privado de su libertad el 23 de julio de y 1.985 ( fl. 112 ), es decir, ha descontado veintisiete (27) meses once ( 11) días de la pena impuesta. Por trabajo acredita 3; 240 horas que ley dan derecho a aa rebaja de cuatro ( 4) meses quince ( 15) días, para y y un total acumulado de treinta un (31) meses veintiseis (26) días, -

superiores a la pena impuesta en s~gunda instancia, razón suficientepara disponer su excarcelación inmediata e incondicional en razón deeste proceso. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Señor Procurador 1 Delegado para las Fuerzas Militares y de acuerdo con él, ' R E S U E L V E : 1o. ORDENAR la INMEDIATA e INCONDICIONAL libertaddel procesado CARLOS ALBERTO RIAÑO CARDENAS, por pena cumplida. 2o. Líbrese al Comando de la Base Aérea de Madrid ( Cun- - dinamarca ) la orden de excarcelación, con la advertencia se que solo - 3producirá sus efectos en el evento de que Carlos Alberto Riaño Cárdenas no se halle solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente. Cópieese, noti fíquese y cúmplase.

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