🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - 1961(22-10-1987)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - 1961(22-10-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

5 ' -(f) (T ( Revisión No. 1961) (Contra: Luis A.Serrano) (Delito: Falsedad)

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

',

Magistrado Ponente: DR: RODOLFO MANTILLA JACOME Aproqada Acta No. 70 de octubre 20/87.

1 ' Bogotá, Octubre veintidos (22) de mil novecientos ochenta y siete (1.987).

VISTOS: , El recurrente en revisión, dentro de la demanda res pectlva solicitó la práctica de pruebas cuya conducencia y pertinencia co

J 1 rresponde ahora estudiar, toda vez que el período de apertura a pruebas transcurrió en silencio. - '

SE CONSIDERA :

El sentenciado LUIS ALBERTO SERRANO ALVAREZ,=

  • ' mediante apoderado especialmente ·constituído, demandó la revisión del proceso que culminó con sentencia en firme por la cual fué condenado por el delito de II FALSEDAD en documento Privado" a la pena de treinta ( 30)

• ' ' - 2 - • meses de prisión, Invocando la causal Sa. del artículo 584 del anterior Có- digo de Procedimiento Penal, sin que del texto de su libelo sea posible sa- ' 1 • ber con certeza si se trata de "hechos nuevos" o "pruebas no conocidas • al tiempo de los debates", que tengan la virtud ahora de demostrar la Inocencia del procesado. ' Como elementos de juicio que aspira sean tenidos en cuenta al momento de la decisión correspondiente, allegó con su demanda -

  • el representante del condenado las c.opias de los fallos de ambas Instancias, la declaración rendida por el comprometido y aún hoy reo ausente, Serra= 1 no Alvarez, vertida ante Notarlo Público; amén de algunas certificaciones 1 y fotocopias de documentos que el demandante considera necesario hacerlas conocer de esta Corporación •

• ' • Así mismo, impetró el revlslonanista en su libelo, la recepción de los testimonios de un ex-Juez Civil del Circuito de Ocaña Dr. ' • Alberto .Laíno Moreno, y la del litigante Henry Solano Torrado, a efecto de que estos dos profesionales del Derecho expresen -en sede de revisión-, si es un hecho cierto que en ocasiones diversas a las cuales dieron lugar ' a la condena de $errano Alvarez, en la localidad de Ocaña se venía procediendo de Idéntica forma con respecto a los poderes emanados de la sucur sal de la "Caja de Crédito Agrario". l 1 También soliclitó en la demanda el libelista, la práctl 1 ca de una diligencia de Inspección judicial para constatar en "la infinidad r de expedientes civiles en el Juzgado Civil del Circuito de Ocaña, hoy ar= i ' 1 chi:vados o en curso, el sinnúmero de poderes ENMENDADOS que se en-- 1 ' i : I ' ' • • •

  • 3l ' cuentran en ellos, tanto para el abogado Solano Torrado como para Pache i co Montaguth, poderes que fueron reemplazados por unos nuevos por la

Caja sin que la entidad crediticia hiciera reparo alguno por esa actuación de su Director". · Como es facll advertirlo de las mimas razones expues= tas por el peticionarlo, lo que pretende éste con los elementos de juicio • que solicita, no es acreditar probatorlamente "hechos nuevos o pruebas = desconocidas al momento de los debates", que habrían de demostrar la == Inocencia de su cliente, sino traer a este dlllgenclamlento algunos medios de convicción que· habrían de revelarle a la justicia que los hechos punl= bles por· 1os cuales fue condenado el ex-gerente de la entidad crediticia • de Ocaña, constituyen comportamientos de común ocurrencia en esa loca= ' Ii dad. De manera que, como no se ha propuesto el demandan te demostrar con las pruebas que ha solicitado, "aquel acaecimiento fáctl .

  • • co vinculado al delito que fue objeto de la Investigación procesal, pero1

,,

  • •• que no se conoció en ninguna de las etapas de la actuación Judicial de =

1 ' • manera que no pudo ser controvertido" y que Inexorablemente habría de • 1: -

  • • conducir al reconocimiento de una condena Injusta, la Sala denegará la • práctica de las pruebas que han sido objeto de la presente crítica. •

•• 1 1 La Sala no tiene pruebas para decretar oficiosamente. 1. /, '1 En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justlcla -Sala de Casación Penal-, • ' !• 1

• • • •. - 11RESUELVE: NEGAR LA PRACTICA de los testimonios y de la Ins pección judicial solicitada por el demandante en su libelo. Not0quese y cúmplase I / l } --...J

OM Z VELASQUEZ

1 1 • ·--· . --.--·-· . .. . 1 __ __.-----·--·. - ' . . ? ... 5 E

O MANTI .-LISANDRO MARflNEZ ZUF-liGA

,, . .• '·

EDGAR SAAVEDRA ROJAS ... j

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

• ' Secretarlo. - - • , •

Consultar sobre este documento ...