CSJ - 1980(22-07-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 1980(22-07-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
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CAUCION JURATORIA
' - ' ' 1 ' 1 1 ? Auto Casaci~n.- 22 de julio de 1987.- Sustituye cauci~n prendaria por jura1 toria a Angel Antonio Otavo Muñoz, condenado por el Tribunal Superior de Bogota. 1
Magistrado Ponente: Doctor JAIEM GIRALDO ANGEL r
1 1 1 ' ' ' 1 1 1 1 • ' 1 __ , - - - - - - ~ - ' • • Expedl~nte 980 No. 1.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACJON PENAL
-- A.1aglstrado ponente: '
Dr. JAIME CI RALDO ANGEL
Acta Aprobado No. 049 otá. vefntldos de Jullo de mil · lentos· ochenta • y siete. • 1 ' ' ' 1 1 •
- 1
V f S · T O S :
- ' ' i ' ' 1 ·Esta Sala en providencia de de junlol. 61tlmo conce21J • ' ' ' o -,, ....... ' - 1 1 dilo al proce~a~ ANCSL ®1· 1219810 OTA VO GUZMAN el beneficio de llber 1 1 ' # ' ' tad provtsfQntiJ·.,.con funda111ento en lo p, eceptuado en el artfculo 72 del C6- . ' '
..... - ~"'. .::,... ~ digo Penal y Ley 32 de 1.971 y su Decreto Reglamentarlo 2119 d~ 1.977, - - 1 previa caucl6n prendarla por fa suma de $ 42.000.oo y la suscripc·ión de1 1 1 la dillg~ncla de buena conducta de que trata el artículo 460 del Código de 1 P1·ocedfmlento Penar. 1 El procesado en mer1,orlal dirigido al Juzgado de Pri ! mera instancia sollclt6 la sustitución de la caución fijada par la Corte en atención a s u absofuta lmposlbllidad de constltufrla, para lo cual,.de1nan d6 la recepcl6n de dec.laraclones dos ciudadanos que pueden dar we_!2 de • de s u pobreza absoluta. El Magistrado sustancladQr dl6 curso a le pe ta tlct6n y comlslon6 al Juzgado Primero d9 lnstrucci6n Especlall1ado paraJa reallz.acf6n de tas citadas diligencias. . . ' . - • ' ~ • - ' ¡_ .. ·-==~= ' ··---====--.:_;_· - - ' . ·- .. ·. . . --=~· . ;......- ' • • ' • 2 - ~
CONSIDER.ACIONES DE LA CORTE:
-- ' El artrcuJo 46, Inciso l o . de la Ley 2a. de 1. 984 que n,o- ! ' ' artículo dlffc6 el 459 del· C6dfgo de lmlonto Penal anterior ( OecreUD
1 ' 1 1 409 de 1.911 } apftcable en este caso, establece dos clases de cauciones: ' ' La ju.ratorla se t;torgaré mediante acta en que sindi et cado p,o,neta bajo Juramento cumpUr fas condiciones Impuestas. Esta cau1 ci6.n se conce.terá exc:lusJvar,,e,,te a quienes c o a a p r ~ ~ n ple~me~te la fm- ' • constltuír posibilidad absoluta de caucllm prendarla. Subraya ta Sala ) n ( Quiere d ~ t r ·lo anterior que la cauct6,, juratoria solar11e~ 1 ' ' te puede $er reconocida al. ·proi:esedo que compruebe, por los medios lega les, su absoluta la1post:bif14ad de prestar caucl6n prendarla~ prevlamento determ·lnada. ' ' 1 ' 1 En p,·esonte en deelaraclones bajo Juramento an el caso., ' te el Juez Pr.lnutro de lnstruccl6n Esq,eclal1zado de Bogotá., Hernando Díaz . ~ y Antonio Jos6 Vargas Donoso, quienes en tlernpo anterior trabajaron con et procesado en un montallantas de esta ciudad. dicen conocerlo ha ' desde 1 - ' ' ce cinco y sets at\os ~omo persona tl"abajadora y con la responsabilidad do i ' ' 1 sostener a su famlfla; que Otavo Guzmán no pos · lenes do fortuna y - - 1 ' 1 • que sus Ingresos conslstra1l en la remuneración percibida diariamente
eo11ao 1 i i ra y comis16n por labor desarrolada en el sitio de trabajo flm>tmente que - !' ¡ el procesado su famllla no podrían nunca df·sponer de s•.amas de dineroy para prestar caución para obtener su libertad. 1 1 ·.. •' ' 1 ' ' Lo antcarlor ratlflea el dl<;ho def procesado en la dlllg~n c:ta de ltmpllacl6n de Indagatoria ef t2 de febrero de 1.986, esto e s , quesus lng.resos mensuale$ ascendran a $ ts.000.00 mensuales c01no producto .. r.;,.r¡ -¡ ,' .. • \e,,.. '\ . '
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' . • d'3 su trabajo c:onlO empleado de un montallantas y que tiene a su cargo dos hijos nac.ldos de unl6n libre c:on Diva Durante el tiempo la Mufioz. ea en rectusl6n Otavo Guamán se dedicado at estudio, actividad que no • le representa r e,1wneracl6n alguna, razón por ta cual la petición de sus1 Por to anterlor11cente expuas,
la CORTE SUP ·. DE
PENAL,
JUSTICIA, SALA DE CASACION
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R E S U E L V E :
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10. SUSTIT\JIR la cetrct6n prendarla de c1mrenta y dos '
0 ' 1 mil pesos ( $ 42.600.oo ) que se dete,·111ln6 en provldenc1a de 24 de Ju~
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- ¡ nio del corrlenta af\o, por Juratoria.
1 • ' ' i 1 ' D1SPONSR, en consecu!lncla, la excarceJacf6n del 1 20 •. i 1 suscr-lpcl6nprocesado ANÓl:L ANTO.NIO OTAVO GUZMAN a.adlante la 1 . de la dlllgeoéta de co111promfso a que se refiere el a.rtfculo lt60 dal C6dl _go de Pi-c,cedlmlento Penal anterior, de confo1r aaldad con lo consignado - ' en la te motiva de esta providencia., pai' ' 1 • cor, 3o. Satfs·fecho el anterior requisito se librará la e s 1 ' • 1 • pondlente o,•den libertad con la advertencia de que soto · · uclrá sus de 1 1 \ efectos en el evento de no hallarse solicitado por otru autoridad en ra26n 1 1 1 . ' 1 asunto diferente. • de
- • ~ p f e s e , notlffquese y cí.tmplase.
JORGE CARRE~O LUf:NGAS OUILLERl10 DAVILA MUtQOZ ,. . - ........ ¡- ,·-.,· : .
. • • - • 1 1 11. ·- ._,, ' • • • =-=-=-=-=-=-=-=--=-=---=--=·-=--=-· =--=-=-=- = = = = = =-=-- 1--_• - - - - - - -_____ :_ ~ - - - - .- ------------~------·- -~-----·--------------------------- 1 • • 1 •
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- 4 - Proceso No. 1. 980. Sustituye caw:16n pnmda rfa por Juratoria a
ANCEL ANTONIO OTAVO G •
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JAIME GI RALDO ANGEL
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C\JSTAVO GOMEZ VELASQUEZ RODOLFO MANTILLA JACOME
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LISAf>~DRO Z •
MARTINEZ
• · Luis GuJller1n@ Salazar Otero Secretarlo. ' ' 1 ' 1 Q ' • 1 1 ! 1 • , • • • •
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