CSJ - 2008(24-11-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 2008(24-11-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
Expedie11te ~lo. 2.008
CORTE SUPRE,-.IA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
l\<lag is trado ponen le:
Dr. GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
Aprobado Acta No. 078 Bogotá, veinticlratro de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.
VISTOS:
- El Señor Apoder·ado del procesado \VAL TER DE JESUS RAMI REZ OCHOA solicita el ber1eficio <le excarcelación en favor de su re preser,tado al cor1siderar que el tier11po que lleva er1 dele11ciór1 prever1tiva y el que le pueda corresponder como rede11ción de pena. resultan strficientes para darle aplicaciór1 al Arlíclrlo 72 del Código Per,al y el q39 == del Código de Procedimiento Penal. A la peticiór, acompai'ió certificados de trabajo, cartilla biográfica y Acta del Cor1sejo de Discipli11a del Esta blecimiento carcelario.
El Señor Procu,·ador· Delegado para las Fuerzas ¡..\ili lares ha emitido concepto favorable 11a,·a la liberaciór1 provisional del pr~ cesado ya que en esta oporll111irl;i<l «P l1all.ir1 presentes lodos los requisi tos previstos en el ;irtíctilo 72 rlPI c·;,,Jigo Per1al, sier1do por ello aplicable el artículo q39, 11trr11c1·.il 7o. ,Jrl ('í,,lic¡•, ,,,, Pr·ocecli1nie11lo Per,al. - 2f1allándose el proceso e,1 traslado al Se11or Procurador
Delegado. el procesado hizo llegar similar petición de libert;,o. razón por la cual los documentos fuero11 incorporados al expediente una vez obtenida la vista fiscal .
- CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El Comando de la Clrarta Brigada con sede e11 Medellín mediante sentencia de 1 q de julio de 1. 986 co11de11ó a \YAL TER DE JESUS RAMI REZ OCHOA a la pena p,·ivativa de la libertad de cuatro ( I q ar'\os de prisión como autor respo11salJle del delito previsto en el artículo 202 del Código Pe11al. decisió11 <tt•e flrera modificada por el Tribu11al Superior Militar en fallo de 11 de febrero del presente ario en el se11ti- • do de imponerle en definitiva la pe11a de treinta meses de pr1• s1• on. (30) El procesado fue dete11ido el 28 de j~lio de 1. 986. es dey cir. ha descontado efectivamente e11 prisión qui11ce ( 15) meses veintiseis (26) días. Por trabajo acreclita 3. 760 l1oras que le da11 derecl10 auna rebaja de cinco (51 rneses }' seis (6) día~. para u11 total acumulado de vei11tiu11 ( 21_) n,e~s_y_ __ ( 2) tlías. s1111criores a la<; clos terceras - ~o~ partes de la pena principal implresta e11 segu11da i11sta11cia.
En cuanto a los factores subjetivos que co11templa la norma i11vocada ( artículo 72 clel Código Pe11al ) se tiene que el procesado l1a observado conducta " ejernplar •• de11tro del establecimiento carcelario. que su co11ducta a11terior f11<> sic111111·e l>l1e11a y qlre 110 registra a,1tecede11tes pe11ales }' que l1a e5ta,10 t,·abaja11do co11tí11uame11te. todo lo cual es i11dicativo que el ti<>111r"> ,,,,., ll<'va e,, 11risió11 resulta suficiente para predicar qlre 110 volvcrfi " ,1nli1••1•1i,· }'. <¡11e podrá rei11co,-porarse r.:,, a la sociecla,I y st?r Ir 11lil ;, 1. • ,,,ili,1. • - 3 -
- • Para poder disfrutar del be11eficio de libertad provisional el procesado deberá prestar cat1ció11 1>re11claria por la suma de treintamil pesos ( $ 30.000.oo ) que depositará a favor del Comando del Batallón de Infantería No. 33 11 Junin " de la ciudad de Montería y suscri-- bir la diligencia de buena conducta y prese11taciones personales cada -- treinta (30) días ante el mismo ft1ncionario.
E11 mérito de lo expt1esto. la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACION PENAL. oído el concepto del Señor Procurador Delegado para las Fuerzas 11-lililares y de acuerdo con él.
RESUELVE: • lo. CONCEDER al procesado \YAL TER DE JESUS RAMI REZ OCHOA el beneficio de libertad provisional previa caució11 prendaria por la suma de treinta mil pesos ( $ 30. 000. oo ) que deposita,·á a favor del Comando del Batalló11 de l11fa11te,·ia No. 33 " Juni11 11 de Mo11tería y lasuscripción de la dilige11cia de btre11a condtrcta y prese11tacio11es cadatreinta ( 30) días ante el rnismo ft111cio11ario. 2o. Satisfecl1os los a11teriores requisitos se librará la co-- rrespondiente order1 de exca,·celació11 con la advertencia de qtre solo producirá sus efectos e11 el eve11to de 110 l1allarse solicitado por otra autoridad en razón de ast111to difere,1le. 3o. Para el ct1m1>li111iP11to ele esta p,·ovidencia se comisiona al Seiior Comandar,te del Ratalli.11 ele l11fa11tería No. 33 " Ju11í11 11 de 111onteria a quier, se le libra,·á la co11 P'-1>011die11te comu11icación telegráfica .
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- q - Proceso No. 2. 008 Concede libertad provi
sio11al a \'/AL TER DE J. RAt.41 REZ OCHOA.
Cópiese. 11otifíquese \' cú111plase. /
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JORG CARREÑO LUENGA ...---.. G ILLERMO DAVILA t.-lUÑOZ
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O DUQUE RUIZ GUS;rÁvo GbMEZ VELASQUEZ
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RODOLFO t.lANTI LA JACOt.lE LISANDRO MARTINEZ Z.
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EDGAR SAAVEDRA ROJAS
1 \.. Luis Guillermo S<1lazar Otero Secretario.