CSJ - 2066(04-08-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 2066(04-08-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
•
REPU8LICA C..1E CtlL01''1BI/\, <JLÍ , / t
17/)?(l
COLISION DE COMPETENCIA
Rdo. No. 2066 L. R. Averiguación Homicidio. -
COIR.lr!E SILDIPIR.IEMA IDIE .JJILDSlrOCOA
SAILA !DIE CASACOOINI IPIEINIAIL
Magistrado Ponente :
DR. JORGE CARREÑO LUENGAS.
Aprobado Acta No. 52.- Bogotá, D. E., agosto cuatro de mil novecientos ochenta y siete.-
V I S T O S •
• --. \ ' \ I • •• · , \ ' , ( ' 1 En vir.tud ........ de lo dispuesto en el art. 68-6 del actual - ', ' correspor(qe ·~ la Corte dirimir la colisión de competenciaEstatuto Pena 1, "· negativa suscitada entre el Comando de la Séptima Brigada con sede en J. Villavicencio y el senor_. uez Tercero Superior del Distrito Judicial de lamisma ciudad. - La Justicia Penal Militar en auto del seis de marzo del
- • que comprometa a miembros de las Fuerzas Armadas como autores de los de-
,,, ,... .. - Ii t os investigados y que por tanto el conocimiento del proceso corresponde a la Justicia Ordinaria. - • Opina en cambio el señor Juez Tercero Superior, quede las pruebas aportadas al sumario se puede deducir con fundamentoque los autores de tan graves hechos punibles fueron miembros del Ejército de Colombia, que no han podido ser identificados hasta el momento y
que en consecuencia, es la justicia penal militar la llamada a conocer delproceso.-
H E C H O S
- • En la madrugada del veintidós de noviembre de 1. 986, desalmados criminales llegaron a la casa de campo de Victor Julio Ra mírezubicada en la vereda Alto Cumaral, del municipio El Castillo en el Departa mento del Meta y penetraron violentamente, tomaron por la fuerza a parte - '''''I ''l.',.l ,''i r '' '• 1 ' 1 ' f' l_ 1,' < JI• 1 •
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• • REPUBLICA DE COLOMBIA - - de los moradores de la modesta vivienda, a quienes amarraronllevaron capturados y les dieron muerte momentos después. En estos - • dolorosos acontecimientos perdieron la vida Vidal Ramírez, Angel María-- Rodríguez, Miguel Angel Montoya, José Antonio Guerra, Manuel Galindo Pedraza y Mario Huertas. - La investigación la inició el señor Juez Superior de Vlllavicencio quien luego de practicar algunas diligencias, consideró - - t que posiblemente en los hechos de sangre estaban comprometidos - - algunas unidades del ejército nacional acantonado en la zona, y remitió- por competencia lo actuado al Comando de la Brigada. - El Comandante de la Séptima Brigada, con sede en Villavicencio rechazó la competencia que le atribuía el Juez Superior, por .... ' .
considerar que no existe hasta el'riÍomento ningún miembro de las - , .. .. ....,. Fuerzas Armadas vinculado a.1. pr~ceso y que la prueba testimonial quetrata de comprometer al -jérclto no pasa de ser versiones interesa- • das carentes de todo fundamento. - ( Es Verdad, como lo anota el Juzgado, que de los - ' elementos de ión)hasta el momento recogidos en el curso breve de ' la investigación, se püede colegir, que posiblemente miembros del Ejército de Colombia .. pudieron participar en estos graves hechos de sangre. - ( · _,., Sin embargo, la afirmación parte de supuestos, dehacen los ' y los s~bre~ivientes de la tragedia, sin que esas expresiones infundan hasta el momento el convencimiento suficiente como para atribuir a - ' ' 1 la J..Jsticia Penal Militar el conocimiento del proceso. - Así, Victor Julio Ramírez dueño de casa, expresaal responder a la capciosa pregunta del Instructor ,sobre si fué el E jército el autor de tantas muertes, que '' .•• posiblemente el ejército . • . '' y dá como fundamento de su afirmación, que '' porque estaban uniform~ dos y tenían carabinas •.• ' ' . -
- • Janneth Ramírez, expresa que pudo ser el ejército porque los asaltantes tenían uniformes de los mismos del ejército, versión en la cual la acompaña Blanca Nidia Rojas por la misma razón. - De estos testimonios se deduce ( por el usode uniformes y armas por parte de los delincuentes), la posible intervención del Ejército de Colombia en los hechos punibles, inferencia que pierde mucho de su fuerza de convicción si se tiene en cuenta que en - ,·.~· •1,1, 1,1 - - - - - - - - - ----- -- -- - 3RE P IJ 8 L I CA DE C O'-º !'11 8 1A
-- - (l . /· . / ('.)i, U .·fT/J?(f c.//(/'/.?rf/.rr·rr•//(T -el territorio patrio operan grupos subversivos que usan uniformes s1• m1• - lares a los de las Fuerzas Armadas y armas semejantes o superiores. - De be tenerse en cuenta además, que Dora Neis y Ramírez, expresa que uno de los asaltantes usaba escopeta y nó fusil, yse vestía con sudadera, elementos estos que no son usuales en la dotaclón de las Fuerzas Armadas. - Finalmente, debe tenerse en cuenta, que hasta el momento no hay sino una sola persona reconocida por varios testigos co . - mo Integrante de la banda de antisociales que asaltaron la casa de Ramí- rez.- Se trata de Marcos Silva, persona que habita en lamisma vereda y que si bien prest6-.~~Íviclo militar en años anteriores, ya no pertenece al Ejército Nacional.~ -1-..está adscrito a él, como civil a suservicio, pues de ello no existe 'constancia alguna en el proceso. Yanneth ' •, Ramírez, en ampliación de u ?eclración, al folio 38 del cuaderno principal 1 ~
dice claramente que, Marcos._ llva a quien conoce desde pequeño, prestó su servicio militar, perteneéiq al· Ejército, pero que hace más de dos años sa--
- ' I ió de eí, aunque '
' • ¡ '--- ' Es lo cierto, que en el estado actua I de la investiga-- ·-. ción no aparec~n ~ r s o n a s justiciables que estuvieren sometidas a fuero es- ' ) • peclal y que única persona reconocida y a quien se le formula una acu~a ~ perfectamente Individualizado , l quien debe·-ser vinculado en forma inmediata al proceso y cuyo juzgamlento corresponde a la Justicia Ordinaria. Compete por tanto, el conocimientodel sumario al señor Juez Tercero Superior de Vlllavicencio, quien debe poner en la investigación toda su diligencia y cuidado, sin perjuicio de que si en el curso de ella, resultaren comprometidos en forma cierta en el hecho punible, unidades del Ejército, se tome copla de lo pertinente con destino a la Justicia Penal Militar. - Por estas razones, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL, DI RIME la colisión de competencias, seña lande al Juez Tercero Superior de Villavicenclo como el competente para proseguirla presente investigación y a él se le remitirá el expediente. Comuníquese lo decidido al señor Comandante de la Séptima Brigada con sede en Villa- • • v1cenc10. -
COPIESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE.-
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GUILLERMO DAVILA MUI\IOZ
E CARRE!\10 LUENGAS
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