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CSJ - 2134(29-09-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 2134(29-09-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987
  • - - - - - -

' ' • Revisión No. 2134 • ' Nestor Olinto Quintero

Delito: Falsedad Ideológica.

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SAILA IDIE CASACOON IPIEINIAIL

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Magistrado Ponente Dr: GUILLERMO DAVILA MUl'JOZ ' Acta No. 063 ( Set p. quince de mil novecientos ochenta y siete).

Bogotá, Septiembre veintir,ueve (29) de mil novecientos ochenta y siete ( 1. 987) • •

V I S T O S :

D • En auto de 28 de mayo de 1. 987 el Tribur1al Superior de Bogotá, cumpi idas las diligencias previas, se abstuvo de iniciar investigación penal contra el J.uez 25 Civil del Circuito de ésta ciudad doctor ~JESTOR OLIN

  • ' TO QUINTERO ALVAREZ en relación con denuncia presentada por José Manuel Velandia López y dispuso expedir copias para averiguación disciplinaria contra el acusado. El denunciante recurrió en reposición y apelación, negándose el primero· de dichos recursos y concediéndose el segundo.
  • • Debidamente admitida la apelación por reunir los requisitos legales, procede a dictar la decisión correspondier1te. Se recibió concepto de la Procuraduría 2a. Delegada en lo Penal con solicitud de confirmación de la providencia reclamada.

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H E C H O S :

  • - - - - - - - - -

• ' • • • • 2. D Expresa el denunciante que para efectos de reclamar cesantía como exsecretario del Juzgado 25 Civil del Circuito, solicitó al titular del mis- • mo le expidiera copia del decreto 05 de 28 de noviembre de 1. 985 por el cual se le aceptó la renuncia de dicho cargo. Y el señor JuezNestor Olinto Quintero, en constancia inserta en la fotocopia solicita- ' da, expresa que nombró como secretario de la Oficina a José MiguelParra P-aéz en su reemplazo el día 1o . de diciembre de 1. 985 Anota que el funcionario incurrió en varias falsedades, pues el nom-- bramiento de Parra Paéz .ocurrió el 2 de diciembre de 1. 985 y que ade

  • • más lo nombró en reemplazo de Jose Samuel Velandia López, lo cual no consta en el decreto 05. Afirma también que se posesionó el lo. de ' diciembre, día festivo por ser domingo. Acompañó fotocopias inforrr1ales y solicitó varias pruebas.

A C T U A C I O N

  • ' Para verificar los cargos, dispuso el Tribunal allegar copias de los documentos mene ionados, efectuar inspección judicial en la Pagaduría de laRama Jurisdiccional, además de co1r1probar la calidad de funcionario del acusado y ratificar al denunciante.

' •

C O N S I D E R A

S E •

  • • r ' l o . - ) Con copias .de los actos su norr1bramiento, confirmación y poele

  • 3. sesión se demostró la calidad de funcionario del acusado. Obra constancia de su ejercicio del cargo en la fecha en que ocurrieron los he- . chos ( fls. 12 a 14, 19).

1 20.-) El cargo se hace consistir en que el Juez acusado incurrió en falsedad al expedir copia del decreto 05 de 28 de noviembre de 1. 985,

  • 1 por inserción de constancia según la cual el denunciante fué reemplazado el lo. de diciembre, hecho que no aparecía en el acto referido, - además de que aseveraba que se había posesionado en esta última fe-- cha, cosa no cierta por ser día domingo. ' Para dilucidar esta acusación el Tribunal se apoyó en las diligenciaspracticadas, que resultaban suficientes para aclararla.

De conformidad con el decreto No. 05 de 28 de noviembre de 1. 985, - dictado por el Juez anterior Carlos Eduardo Gómez Gil, se aceptó larenuncia del denunciante José Manuel Velandia López como secretario • 1 1 de la oficina a partir del 13 de enero de 1. 986 ( fl. 25). • • • • 1 • ' • i Como en la copia informal acompaf1ada por el denunciante, aparece la

  • 1 constancia firmada por el funcionario acusado según la cual, él se po1 1 1 i sesionó en lo. de diciembre de 1. 985 y en esa fecha nombró como se1

1 1 • cretario a Parra Paéz, en reemplazo de Velandia López (fl. 6), en ins

  • - pección judicial a la oficina referida, se revisaron los documentos respectivos e informó el doctor Quintero que mal podía el Juez anterior -

• ' 1 ' aceptar la renuncia a en1pleados para período correspondiente a otro ¡ - ' funcionario y que la consta11cia la incluyó, cuando a solicitud de Velan - • • 4. • 1 1 dia, le expidió copia del decreto 05 y en atención al decreto 06 dictado por él como Juez en 2 de diciembre de 1. 985, nombrando empleados • del Juzgado, entre estos a Parra Paéz en reemplazo del denunciante y " con efectos fiscales a partir del día anterior ( fl. 24). Obra también copia del decreto 06, y constancia que Parra Paéz cobró sueldo desde 1 el lo. de diciembre. (inspección judicial FI. 27). 1 1 • 3o. - ) Basta lo anterior para conclt1ir la inexistencia de la infracción por la cual se formuló la denuncia, ya que no resultan demostradaslas inexactitudes afirmadas . • Pues si bien es cierto que al denunciante se le aceptó por el Juez anterior su renuncia a partir del 13 de enero de 1. 986, el juez acusado procedió a nombrar empleados a partir de su posesión . • La constancia rr,otivo de la denuncia de 15 de octubre de 1. 986 se - - ajusta a la realidad, porque si en verdad el decreto 05 no la contenía, por ser fecha anterior, tuvo en cuenta lo dispuesto en el decreto 06

, que modificó tal situación al norr,brar al nuevo empleado, Parra Paéz • como secretario a partir del lo. de Diciembre. Y estaba obligado el funcionario a hacer tal aclaración, pues de otra manera aparecería que el decreto 05 referido había ter1ido pleno cumplimiento y el empleadohabía permanecido en sus labor~s hasta enero, con los efectos corres- . pondientes, especialmente si se considera que se trataba de cobrar - - pres tac iones. Y sin que el denunciante pudiera pretender la expedición de certificación en otra forrr,a, por resultar irregular. , • r • Tampoco existe inexactitud por parte del acusado al anotar que se pose - - ' 1 1 1 6. 1 1 • • • 1 1 •

  • • y situación planteada por llegar a la conclusión de inexistencia de infracción. Todo lo cual es suficiente para dar aplicación a la norma pertinente (artículo 352 C.P. P.). • Por lo dicho, la Sala Penal de la Corte, de acuerdo con el concepto 1 del f\.1inisterio Público,
  • R E S U E L V E : CONFIRMAR el auto inhibitorio apelado.

Devuélvas a la oficina de origen. f 6 , notifíquese cúmplase. - ' ! ¿_¿".,..t.e:..._:::· ... L , L' / ~ '" j / ,\ • ... / . 1 j 'I .

J0~ E CAR_REÑO LUENGAS·, 1L LERMO DAVILA M ÑOZ • , , I . 1 J

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/ GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ ANT lLA,,' JAC ,· . ' ,¡

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LISANDRO MARTINEZ Z.

• Guillermo Salazar Otero ' LL1is ;

SECRETARIO •

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