CSJ - 3446(19-12-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 3446(19-12-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
. - • • '
REPUBLJCA DE COLOMBl4
UNICA INSTANCIA N2 3446
' C/V{ctor Manuel Soto Muñoz • D/Celebraci6n indebida de contratos
;QRTE SUPREMA DE JUSTICIA ·
• • 1 ' •
C O R T E
S U P R E M A D E
J U S T I C I A
•
S A L A DE
C A S A C I O N
P E N A L
' ' 1 Magistrado Ponente Doctor
JORGE ENRIQUE VALENCIA M.
Aprobado Acta N2 O O 9 6 1 1 Santa Fe de Bogotá, D.C., diciembre diecinueve ( 1 9 ) de mil novecientos noventa y uno ( 1.991 ) . -
V I S T O S
' ' Culminada l a indagación criminaL en este proceso..., .procede l a SALA ' a c a l i f i c a r el mérito del sumario. ) • •
H E C H O S
- • El dos (2) de agosto de mil novecientos ochenta y nueve (1989), el
' ' 1 comerciante SAULO ABUNDIO SANCHEZ RODRIGUEZ denunció ante el Juzgado ' 1 1
- ' Veintiséis (26) de Instrucci6n Criminal radicado en Inírida (Guainía), - al Comisario VICTOR MANUEL SOTO MUt'iOZ, por haber contratado como Presidente del Fondo Educativo Regional-, el suministro de leche en polvo y mañoco a precios superiores del mercado. En el caso de la leche, compró l a caja a $16.390.oo, pese a que en el comercio vale
( - P. :R.111[. J. Industrla Carcelaria - - - - - - - --- ---- -- - --~ - -- - - ~ - - -· - -- - ·- •
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1 • • ' • l • $10. 200. oo. En lo que se refiere al mañoco, l a arroba cuesta $1. 700. oo 1 pero se adquiri6 a $2.400.oo. • • ' • • • ' • • ' 1 ' 1 1 1 \ 1 A C T U A C I O N P R O C E S A L . l . Se acreditaron temprano las calidades de Comisario Especial del '' •
- .... e Guainía en cabeza de VICTOR MANUEL SOTO MUNOZ, mediante e l aporte de fotocopias aut~nticas del Decreto de nombramiento y Acta de posesi6n, ! así como la constancia sobre el tiempo de servicio, documentos indicati1 i vos de que para la época de ocurrencia de los hechos denunciados, • l ' desempeñaba dicho cargo o f i c i a l . - 1 j 1 j
- 1 j
2. Se practic6 una diligencia de Inspecci6n Judicial en las dependencia
' '
- ' del Fondo Educativo Regional {FER) del Guain{a, en l a oficina
... . -.,. · de Coordinaci6n Administrativa, encontrándose - copia del contrato ' de compraventa Nº 016 de mayo 16 de 1988, autorizado y suscrito por ' SOTO MUÑOZ, en su calidadde Comisario Especial y en representación del FER (Guainía), en su calidad de Presidente de su Junta Administrativa, obrando como contratista PABLO ENRIQUE TORRES REDONDO. ' Por medio de él se adquirieron 122 cajas de leche en polvo, a razo,lo n
- ·ae $16.390.oo, cada una.
De igual mai,1era, se hall6 el contrato N2 022 de mayo 16 de 1988, también avalado y firmado por SOTO, figurando como contratista HERNANBOCAN-EGRA CAICEDO. A través de él se compraron 130 arrobas de mañoco, a $2.400, cada una. ( " Al :final se dej6 constancia que al elaborar l a cuenta correspondiente
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- URTE St1PREMA DE JUSTICIA e al Contrato NQ 016 no aparece póliza de garantta, pese a e x i s t i r t a l obligación que •• ••• las cotizaciones adjuntas · corresponden a y 1 víveres no encuentran incluido . e l articulo adquirido como leche y se
- " en polvo ••• '' • l
•
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3. Se allegaron al proceso sendas constancias suscritas por !VAN
1 HECTOR DURAN AGUIRRE y MARIO SAUL QUINTERO, inspectores de pol~cía ~ .... ., de Inírida, en las que informan sobre los precios de l a leche en J polvo· el mañoco. Sobre l a primera, asegura que el tarro vale y DURAN $1.700.oo, mientras que QUINTERO coloca l a caja seis tarros de a oo. cuanto a l segundo, establece su valor en 700. oo, $8. 000. En DURAN $1. mientras que su col~ga lo reduce a $1.200.oo. · 1 Llamado .a declarar manifestó l a l i s t a DURAN AGUIRRE, que se hizo 1 por solicitud del alcalde de Inírida r e f l e j a los precios del mercado y 1 1 ocal • Por su parte, QUINTERO BERMUDEZ exp 1 i có que-:'" · 1a · · a leal día no 1 1 • tiene listado propio que estab·Iezca unos valores determinados un 1 1 • 1 • qu.e las cotizaciones que sirvieron de ·base a los contratos ' se 1 e y 1 ! ••• 1 ' 1 ' 1 encuentran con los precios sumamente alterados •.• ''. · 1
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4. Se escucharon las versiones de diferentes funcionarios adscritos •
• 1 • • • 1
- ' al Guainía, contándose· ,entre ellos , OCTAVIO . FALLA MANRIQUE,
FER de 1 1 1 • • 1 1
- . delegado del Ministro de Educación, quien aclara que las cotizaciones
1 ' • 1 ; fueron seleccionadas personalmente por el Comisario, quien adujo 1 ''· •• que requería (sic) con urgencia algunos productos alimenticios se • • • 1 • para los internados del t e r r i t o r i o . ' ' , advirtiendo a l :final su creencia 1 1 ' 1 d e 11 •. •• que os precios estaban ajustados a las condiciones reales del momento.''· HERMINIA CASTRO TORRES, Técnica en Presupuesto,· explica que '' ••• la
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' ( ' cotizaci6n una. vez ha sido aprobada por el ordenador del Gasto, en . este caso el Comisario, pasa a Presupuesto para la respectiva imputación presupuesta! ••• '', mientras que LUIS PUENTES MEJIA, Técnico Operativo, " señala que 11 esa compra l a manj6 el Comisario ••• '', así como el ••• estudio de las cotizaciones, Y\ que los intervinientes en los contratos fueron, aparte de SOTO, l a Oficina de Presupuesto, ''· •• luego se elabora el contrato en la oficina de Coordinaci6n administrativa, luego va ' a firma del Comisario, pago de impuestos, p6liza Resolución de
y. ' 1 aprobación, Auditoría con fenecimiento de plano, y el economato donde se reciben los artículos cuando son víveres.''. ' 5. 'Acudieron al proceso los. .. contratistas BOCANEGRA y TORRES para ', ' explicar l a razón del sobreprecio de los productos. En lo que respecta al primero, fue enfático en principio a l manifestar que ' l ' ' ''· •• al FER no le he suministrado nunca ••• '', aunque luego echa pie 1 atrás T reconoce lo contrarió, aclarando que l a diferencia de precios 1 ' obedece a que e l producto debe traerse de lugares apartados (Bogotá l ' 1 ' y Vichada) y que l a cotización · l a hizo . '' ••• a solicitud de MARTIN RODRIGUEZ, dando la orden don OCTAVIO FALLA, . para que él me dijera a m•1 . . . 11 . ' ' • 1 1 ' ' ' . . ! Por su parte, PABLO ENRIQUE TORRES REDONDO asegura que la leche la • 1 1 ' ' • ofreció a un costo superior por el transporte mismo, puesto que el 1 ' ' 1 ' producto ha de traerse de Venezuela. ' ' ' ' 6. . Otras inspecciones judiciales fueron practicadas para enriquecer el · proceso. La primera fue hecha en l a Tesorería del FER, en busca de la póliza de garantía del Cóntrato 016, con resultados negativos. Igual sucedió en la· Oficina de Coordinación Administrativa, 1 encontrándose un oficio en el que se le hace entrega de unos documentos
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5 • 1 1 '.ORTE St.TPREMA DE JUSTICIA · '' . a l abogado visitador de l a Procuraduría, que · se encuentre ••• s 1n . Nº relacionado el contrato 016 ••• En las dependenc 'ias de l a Coordina11 - • ci6n del FER, tampoco aparecieron los contratos materia de l a denuncia, aduciéndose como explicaci6n . el préstamo de ellos a la Procuraduría, aunque en los oficios respectiv9s no aparece su entrega al funcionario. Mejor suerte se corrió en l a Oficina de Presupuesto, pues fueron 1'
- 1 1 hallados en la carpeta de contratos, aunque sin anexo alguno. Luego, 1 en l a Oficina de ·selección se aclaró que las propuest _,s siempre . seadjuntan al contrato. Desplazándose a la Tesorería se constat6 respecto • del contrato 016 ,- l a existencia de dos cotizaciones suscritas por • LUIS HERNANDEZ y FABIO PRIETO GOMEZ. En cuanto al contrato 022, se encontraron cotizaciones presentadas por EsSPERANZA SABOGAL ZARATE Finalmente, respecto · las actas sobre y · ANTONIO PAEZ. de reuniones de l a Junt.a del se estableció que las lleva Administradora FER, GLORIA RODRIGUEZ y que deben aparecer en e l 1 i bro de . actas, reví sado el cual no se encontr6 anotaci6n alguna el particular. .
sobr~ ~ -·. ' t - ( 7. Respondieron a l llamado procesal los . cotizantes IRMA ESPERANZA
SABOGAL ZARATE, FABIO PRIETO GOMEZ, y LUIS ALFONSO HERNANDEZ,
, ' , ' ' quienes as_eguraron que jamás han tenido negocios con el de ninguna FER, 1 ' 1 ' j 1 a l a par que llamaron la · atención sobre la aprocrif'idad especie, de las firmas que aparecen en las propuestas anexas a los contratos cuestionados, y que . se les atribuyen a ellos. En lo que se refiere a AN- . o el Delegado del Ministro de ante TONI·O ALBERTO PAEZ, Educaci6n e l FER de Guainía, OCTAVIO FALLA, asegur6 que " ••• es persona desconocida en esta localidad, no figura kardex proveedores ••• '' • •
8. Sin e l apremio del juramento, primero en versi6n libre y luego por injurada formal, se le ,brind6 l a oportunidad al procesado de presentar su visión personal del asunto criminoso. En estas ocasiones
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' 1, 1 1 r e f i r i 6 que sus funciones especificas frente a los contratos realizados por el · del Guainía era estamparles su firma, correspondiéndole FER a l Delegado del Fondo Educativo Nacional " ••• el proceso de contrataci6n,
efectuando las cotizaciones del caso, las licitaciones públicas y con· las pri. va d as ••• '' , por lo que é l nunca tuvo contactos directos personas quienes les adjudicaban los dichos contratos, llegando a se ' a su conocimiento para refrendarlos, una vez les brindaba su aprobaci6n • 1 el Delegado del FER. De tales trámites -asegurapuede dar fe e l por en- • tonces Secretario de Educación de la Comisaría, TIBERIO · DE JESUS
ACEVEDO.
•
9. No obstante lo anterior, llamado a declarar TIBERIO ACEVEDO dijo tener conocimiento cierto de los· contratos en referencia, aunque
1 ' aclara '' ••• que por l a época se comentaba ••• de una leche que estaba '
- ' presuntamente~ mal adquirida •.• Por su parte, GLORIA DE BUSTOS,
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- -tt··~·-
' 1 • • 1 ' 1 Secretaria Ejecutiva del FER-Guainía, aclar6 que en l a entidad se 1 1 ) lleva un libro de actas y que _ los contratos algunas veces se llevaban a l a Junta y otras no. Similar ambigüedad expuso FERrlANDO PUENTES ' MEJIA, Técnico Operativo del FER, quien no se acuerda s i los contratos el cuestionados fueron aprobados por la Junta de Compras o por Comisa-- r i o , directamente.
10. Obtenidos los originales de los contratos y las cotizaciones, se tomaron muestras de l. as máquinas de e s c r i b i r a l servicio
- de las oficinas de · l a Comisaria, las que se enviaron a Medicina Legal-, muestras junto con las manuescriturales, tomadas a los presuntos ' cotizantes. Hecho el estudio de · rigor se comprob6 que las · :firmas que aparecen en las referidas cotizaciones, como correspondientes a LUIS HERNANDEZ y FABIO PRIETO, son auténticas. Respecto de las
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• , 7 ' 1 • 1 ' 1 atribuídas a ESPERANZA SABOGAL y ANTOrlIO PAEZ, existen dudas aunque se encuentran características similares. Finalmen't e se asegura que . , las cotizaciones no fueron elaboradas en ninguna de las maquinas ' pertenecientes a la Comisaría, aunque las de LUIS HERNANDEZ y FABIO PRIETO fueron hechas en una misma máquina, lo mismo que las de ESPERANZA
SABOGAL y ANTONIO PAEZ.
L A C O R T E
• ,, - l . Háse imputado a . VICTOR MANUEL SOTO MUtiOZ. ex-Comisario Especial del Guainía, la celebraci6n indebiaa de contratos, en su calidad de Presiden.te de la Junta Administrativa del F6ndo Educativo Regional, '1 ' seccional Guainía, consistente en el irregular trámite . y adjudicaci6n de dos transacciones con particulares para suministrar v1# .v. e. r' es . con • 1 • ' destino a · las escuelas de la Comisaría, comprándolos a precios ' 1
1 1 ) superiores a l mercado. ' ' 1 i 1 1 Tal conducta i l í c i t a se encuentra contemplada en el Título I I I , Capítulo ' . 1 , Cuarto, del estatuto 1 de las penas, bajo la denominaci6n gener1.ca i ''De l a celebración indebida de contratos''.
2. La calidad de empleado o f i c i a l del imputado se demostró fehacientemente con las fotocopias auténticas del decreto de nombramiento y acta de posesión como Comisario Especial del Guainía. De igual manera, se acreditó el desempeño de sus funciones en l a fecha de comisión del i l í c i t o , mediante la certificación sobre su tiempo de servicio como t a l .
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3. Los contratos cuestionados fueron aportados en original, así como las respectivas cotizaciones. Para comprobar sus irregularidades se allegaron dos l i s t a s de precios, firmadas por los Inspectores de Policía, IVAN HECTOR DURAN AGUIRRE y MARIO SAUL QUINTERO, en las que se exponen los· precios vigentes en la localidad para la leche
1 - . en polvo y el manoco, los que difieren ostensiblemente de los que
- ' aparecen en los contratos. Obsérvase que para l a primera, su costo . es de $1.700.oo por unidad, lo que significa que l a caja de seis \ (6) vale $10.200.oo, según DURAN, porque QUINTERO le f i j ó un costo inferior: $8.000.oo. El FER-Guainía, la adquirió con un recargo de
. más del sesenta por ciento (60%), pue.s pagó $16.390.oo por cada caja •
- • En lo que se refiere al mañoco, la situación es parecida, mientras i
1' ' ' los inspectores aseveran que su precio oscila entre $1.200.oo 1 y ' 1 1 . ' ' $1.700.oo por arroba, el FER pagó $2.400.oo por cada una. ' 1
4. De otraparte, respecto de ··los cotizan tes, también se comprobó
. . ' que su presencia como tales en los.contratos obedeció, simplemente, al cumplimiento de un requisito formal, aunque sólo fue en apariencia. · Sobre el particular obran las declaraciones de t r e s de e l l o s , quienes ' . , • aseguraron en el proceso, Jamas haber tenido negociaciones con el • 1 FER, rechazando las firmas que aparecen en los documentos como estampadas por ellos. Como podría pensarse en una posible falsedad, se analiza~ ron en l a sección de Grafología de Medicina Legal, confirmándose l a autenticidad de las signaturas atribuidas a LUIS HERl'iANDEZ y FABIO PRIETO, persistiendo l a duda para las que aparecen como de ESPERANZA SABOGAL Y ANTONIO PAEZ, por carencia de suficientes muestras. De todas maneras, se comprobó con amp'l.itud que para otorgar los 1
- . susomentados contratos se montó un tinglado que guardaba las apariencias de la legalidad, resultando a la postre su mendacidad.
, . .
- - - - - ·
. •' ,1 ' 11 ' 9 .. . ., ' : ' Sobre el particular resultan ilustrativas no sólo las declaraciones de los · inspectores de . policía que proporcionaron los precios reales 1 1 1 de los productos, sino tambiAn, las disculpas esgrimidas por los . contratistas, que no supieron dar una explicación satisfactoria de su proceder, atribuyendo el precio excesivo al transporte, disculpa no tiene ningún asidero, . pues el valor fue averiguado por los que ' '. , funcionarios en Inírida y no fuera de la Comisaría, por lo que se . entiende e l acarreo se encuentra incluido. que ' De otra parte, llaman la atención los oficios de los presuntos "cotizantes''. ESPERANZA SABOGAL es administradora de Aerolíneas y Agencias l de viajes, mientras que FABIO PRIETO trabaja como ''cargador en el puerto de la ·localidad'', al tiempo LUIS hace • • que HERNANDEZ Vl8JeS en lancha entre In{rida y Santa Rita. Ninguno de ellos, pues, tiene· la capacidad económica ni l a experiencia en suministro de ví·veres ni ¡ --·.· . . . como mayorista. El engaño es evidente. En lo que se refiere ·a ANTONIO 1 • de quien s6lo se conoce su firma en la ''propuesta'' que presentara PAEZ, • ! 1 ) al FER, dicientes son las palabras del delegadó del Ministro de Educaci6n ante esta entidad: " ••• es persona desconocida en esta localidad, , no figura kardex de proveedores ••• ''.
'
4. En lo que se refiere a l a posible responsabilidad que puede corresponderle al ordenador del gasto, en este caso, el que por entonces
', - era e l Comisario Especial del Guainía, VICTOR MANUEL SOTO MUNOZ y ' en calidad. de t a l , presidente de la Junta Administradora del· FER 1 lo de l a localidad, se tiene siguiente: 1 1 El Delegado del Ministro del Educación ante e l FER-Guain{a, OCTAVIO FALLA MANRIQUE es enfático en afirmar que las cotizaciones · fueron ~ personalment• e seleccionadas por el Comisario, quien adujo para este .,,..,_-;. • • 10 \ ' 1 ,\ manejo excluyente, l a urgencia existente para el suministro de víveres a las escuelas del ente t e r r i t o r i a l . Apoya sus palabras el Técnico en Presupuesto del· FER-Guainía, LUIS PUEilTES MEJIA, qui• en asegura .
- • , ,, a e que ••• es compra l a mane Jo el omisario. • • 11 , incluí do el estudio de las cotizaciones. r,!e.nos enfática se muestra HERr,rrrrrA CASTRO TORRES • también Técnica en presupuesto de la dicha entidad, quien se limita a señalar que las cotizaciones en general eran aprobadas por el Comisario.
Tampoco ayudan a aclarar l a cuesti6n, los demás empleados del FER, . incluida la Secretaria Ejecutiva que aunque reconoce que algunos ' 1 contratos eran aprobados por la Junta de compras y otros directamente
por el Comisario, no puede preci• sar lo que sucedi6 respecto de lo que hoy son materia de investigaci6n criminal • , Frente a estas asev• eraci• ones, las mas, débiles por su ambigüedad, se erige la del ex-funcionario acusado quien basa su defensa en su papel eminentemente formal a la -hora de tomar las decisiones sobre a . los contratos del FER correspondientes a su jurisdicci6n. Pese ser el Presidente de l a Junta Administradora,. advierte que la multitud ) de negociaciones de l a Comisaria, hacían imposible un examen prolijo de los documentos sometidos a su estudio. Por ello confiaba en que • llegados para su aprobación, hubieran sufrido el examen de ri• gor por el Delegado del J\!inisterio de Educación quien, · realmente se entendía con las cotizaciones l a selección de las más idóneas. y • 5. Para infortunio de la investigación, no se recaudaron las suficien- •
- ' tes probanzas que permitieran demostrar la certeza o mendacidad
' ' de sus palabras. Por el contrario, en el sub fondo yace una cantera . de corrupción que no presente una cabeza visible. Sólo se conocen sus efectos: el despilfarro de las arcas presupuestales, en beneficio de 1 unos pocos individuos que se enri• quecen a costa del erari• o público. • ' 1 • ' ' I
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'ORTE SUPREMA DE JUSTICIA ·
- . 1 , La un1ca manera de despejar los ·i nterrogantes es traer a los autos las declaraciones de todos los integrantes de la Junta Administra t i va del FER-Guainía, los que para la época en que sucedieron los · acontecí- mientes eran, aparte del Comisario inculpado, y el delegado FALLA
- -
r-1ANRIQUE, GUSTAVO SANCHEZ ,l\!OtJTAlIEZ, JOSE JOAQUIN DUQUE
FLAVIO PE' f1A,
' 1 • . CORDOBA r,10SQU;ERA; PEDRO PA-BLO ROJAS GONZALEZ, HERt,JAN _ TORRES r,IALDONADO • BELARt,1It{O GOr"TEZ ., quienes pueden dar luces a · la investiga- · y VILLARRAGA ci6n para c l a r i f i c a r la verdadera participaci6n del funcionario en l a celebración de los contratos que defraudaron los intereses de 1 1 la nación . • ' ' •' • ' •
- •. • 6. Así las . cosas, no teni~ndose mayores elementos de • • • Ju1c10 que las versiones antag6nicas de SOTO y FALLA, personaje este último
, •
- ¡ , cuya credibilidad sufre mengua al adverar que los precios que aparecen
• 1 • • r1 en los contratos reflejan la realidad del mercado comisarial, la ' l 1 . ' SALA considera prudente la reapertura de la investigación para_ rEt_c.a,udar ' mayores elementos de juicio que permitan el proferimiento de una
decisión más contundente.
- ) En mérito de lo expuesto, la SALA de CASA·cror1 PENAL de l a CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA,
1 • R E S U E L V E ' DECLARAR la reapertura de la investigación hasta por • seis meses, lapso durante el cual se practicarán en pri•m er término, las pruebas que ' se dejaron detalladas en el numeral 5 de este proveído, para lo cual •
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UNICA INSTANCIA No. 3446
• 1 ! .' ORTE SUPREMA DE JUSTICIA se dispone comisionar al Juez Veintitrés de Instrucción Criminal de , Inírida (Guainía) por el término de sesenta (60) días mas el de l a distancia. • ' 1 1 • Notifíquese y c6mplas • •
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JORGE CARREIIO LUENGAS
GUILLERMO DUQUE RUIZ
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