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CSJ - 371(02-03-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 371(02-03-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

' !?ifama

CORTE SUPREMA DE!. JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado ponente: Dr. LISANDRO MARTINEZ Z, Aprobado Acta No. 12. noveclentos~ochenta y Bogotá, dos de m&rzo de mll

  • (;, siete.

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VI S T

1 ' ' ' . -', ! ,, ' ' , 1 -- - r uarta vez sollclta el procesado LUIS EDUARDO

  • - eflclo de libertad, por pena cumplida, al consld-o LOPEZ e SAPUYES rar que on dot mula la totalidad de la pena que le fuera Impuesta en se1,t«••w:la de segu-n do grado. Para apoyar su petlcl6n adjunta nuevo certificado de trabajo.

El Seftor Procurador Prl1110ro Delegado en lo Penal ha • conceptuado favorablemente a la petlcl6n de exearcelacl6n de Sapuyes L.6poz, poro a partir del 27 de marzo del corriente afto, fecha en la cual es tarra cumpliendo la totalidad de la sancl6n Impuesta, teniendo en c••onta el tlen,po en dotencl6n efectiva y el quo le corres1,onde por trabajo y estu dio,

FONDO ROTATORIO CEL MINISTERIO DE JUSTICIA

1 ' - - - - ~ - - - 1 ~ -- - -~-----------· - ---- - ---··----- ---- . ------ -- -- ' ' ' ' :be

REPUBLJC;o. COLOMBIA

' ' !Ji!a/na ' • ' ' '

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CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

' ' ' • • 1 LUIS EDUARDO SAPUYES LOPEZ ha permanecido en deten- • clón efectiva en razón de este proceso en dos oportunidades: del de lll! 24 1

  • \ yo de. 1. al de enero de y del de jullo de t. hasta la fe 982 20 1. 983 23 984 cha, es decir, un total de treinta y nueve 111eses y seis (6) díasdPor (39) trabajo acredita horas ql.!ele dan: derecho a una rebaja de ocho 6,384 (8) meses y velntlsels días, para un total acumulado de cuarenta y ocho (26) meses y dos (2) días, Inferiores a la pena Impuesta. (48) ' v Cabe anotar que el ce do de estudio por 408 horas = 70) no puede ser computado y ~ se refiere a tiempo certificado así

(fl. mismo como trabajo, lo cual co ra té'e los mandatos de la Ley de t. 32 971 y su Decrete! Reglamentarlo 2 ~ do 1, 977. • 1 ' SI bien es cierto que el procesado lleva en detención un = 1 . - tiempo superior a la do terceras partes de la sanción Impuesta, aCin no ' 1

  • ' ha cumplido la pe su totalldad. como lo detern,lnó la Sala en provl- • denclas de 1 rzo, de abrll y 11 de agosto de 1. en las O 28 986, CU! les se le negó el beneficio de llbertad provisional por no ser ac_aeedor a

' la excarcelación prevlstll en el numeral del artículo de la U!Y 2a • !lo-. 44

  • • • de por su personalldad y antecedentes penales.

1.984, ',, ,, En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUST-1- 'I ! CIA, SALA DE CASACION PENAL, oldo el concepto del Sel\or Procurador 'I ' ,:, ' Primero Delegado en lo Penal, NIEGA al procesado LUIS EDUARDO SAPU ' '1 • :,¡ 1 ' YES LOPEZ el beneficio de excarcelacl6n, pot pena cumplida. " 1 J 1 '

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• ' 1 Cópiese, notlffquese y cúmplase. .' ¡ 1 • ' ' ¡

FONbO ROfATORfO CEL MINISTERIO DE J:JSTIClt..

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  • · . - -·...--- - - . -· - •
  • -

1 Niega libertad a LUIS EDO, 1Pr6cesó'IN6JA371,

REPU B l...l (3A D

SAPUYES LOPEZ. f!J?a/na

GUILLERMO DAVILA MUAOZ

JORGE CARREAO LUENGAS

JAIME GIRALDO ANGEL

GUILLERMO DUQUE RUIZ

RODOLFO MANTILLA JACOME

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ ' v

R SAAVEDRA ROJAS

LISANDRO MARTINEz·z.

' Luis Gullle~ Salazar Otero --

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FONDO ROTATORlO CE.L MINISTERIO r.E JUSTICIA.

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