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CSJ - 4506(19-06-1991)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 4506(19-06-1991)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1991

. - - - - - - - - - - - - - - - - -- -- -- --- -· - - ------ ---------- ----- -

REVISION Rdo. No. 4506

C/. ANGEL A. VARGAS PINEDA D/. Violaci6n Decreto 1188 de 1974

C O R 1 S U P R ~ ~ A D~ J U S T I C I A • i'

CASACIO'.iil

SAI,~ DE P&cru\I,

• •

Magistrado Ponente Doctor:

  • JORtm O LUEWGAS Aprobado Acta No. 38 - Jun. 19 /91.- y Bogoti, D.E. junio diecinueve de mil novecientos noventa uno. -

, • s o s I •

  • ARCRSIO El apoderado sus t i tute del sentenciado VARGAS

Af'QC;!:cl,

  • P•P:IEl•A desiste expresamente del recurso de revisi6n interpuesto • contra l a sentencia ejecutoriada del Tribunal Superior de Bogotá 1 que lo conden6 como infractor a l Decreto 1188 de 1974.

1 •

S I C O N S I D E R A : , La tarde del 28 de octubre de 1983 en el retén m6vil instalado por unidades del F-2 de l a Policía, Secci6n de Estupefacientes, en el s i t i c ''Piqueteadero las Brisas'', cerca a l a poblaci6n • de Cáqueza, fue hallado dentro de un taxi de servicio público un maletín que contenta 2.213 gramos de cocaina, un pasaporte expedido a nombre de Angel Arcesio Vargas Pineda, varias fotografías documentos pertenecientes a l mismo; hechos por loe cuales y fue juzgado condenado en ausencia a pena privativa de l a libertad y como infractor a l Decreto 1188 de 1974, en sentencia que hizo t r i n s i t o a cosa juzgada. • - - · - -

2

  • • Después de capturado, mediante apoderado especial, instaur6 contra dicho fallo reci,rso extraordinario de revisi6n acogiéndose a l a causal tercera del articulo 231 del C. de P.P., por haber aparecido después de l a condenaci6n hechos nuevos o pruebas desconocidas al tiempo de los debates, que establecían su inocencia. Como tales acompafi6 a l a demanda copia fotostática de constancia expedida por e l Secretario de una lnspecci6n de Policía de Bogotá en l a que se hace constar que e l 27 de octubre de 1983 se present6 a esa oficina e l sef'ior Angel Arcesio Vargas Pineda dando cuenta de l a pérdida o extravío de un pasaporte expedido a su nombre (f.1 del expediente).

Si,rtiéndose l a tramitaci6n del recurso, ésta f'ue suspendida a fin de que el juzgado del conocimiento, esto es, el Penal • del Circuito de Cáqueza resolviera l a solicitud de libertad condicional impetrada por e l condenado decidida l a misma en y fo1'illa favorable a 61, han vuelto las diligencias para tomar l a determinaci6n que corresponda respecto a l desistimiento del recurso incoado por su apoderado.

• • • ,, 1 La Sala aceptará e l desistimiento del recurso interpuesto por 1 venir de parte legitimada, no estar prohibida dicha atribuci6n haberse presentado l a correspondiente solicitud antes de que y e l expediente entrara a l despacho para sentencia, como lo prevee 1 ' 1 1 e l articulo 243 del C. de P.P. ' 1 1 1 Pero como quiera que de las pruebas oficiosamente decretadas y practicadas durante e l término probatorio del recurso se visli,mbra l a posible comisi6n de hechos punibles perseguibles de oficio ( falsedad en documentos y fraude procesal) se ordenará desglosar, con destino a l Juzgado de Instrucci6n Criminal (Reparto) de • 1 • 3 ' 1 1 • ' ' • i • esta ciudad, el documento aportado como prueba y se compulsarán ' i ' ' • copias pertinentes de l a act,1aci6n ( sentencias de primera y segunda instancia, demanda de revisi6n y auto admisorio; auto que decret6 pruebas y copias de las diligencias visibles a folios • • 84,150,152,181 a 189;212;220;225;227 231 del expediente), y a l mismo destinatario. • En t a l virtud, l a CORTE SUPREMA DE JUSTICIA en SALA DE CASACION

PENAL,

1 1 • s u R L V • • lo. ACEPTAR e l DESIS'i'll::JICCffi'O del recurso de revisi6n hecho por el apoderado del recurrente y en consecuencia ordenarl a devoluci6n del expediente a l Juzgado de origen. 2o. Previamente l a Secretaria de l a Sala desglosará y compulsará

  • • las copias de los documentos a que alude. l a parte motiva • de esta providencia, con destino al Juzgado de Instrucci6n

,,

  • ' Criminal (Reparto) de esta c • C6piese, notifiques y cúmplase.

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DIDIM PAEZ GEL · - - - .

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