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CSJ - 5035(15-03-1991)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 5035(15-03-1991)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1991

--.. ll>LIC!\ DR COI~Oi\lBIA

(Casación· No. 5035 ) (Contra Danilo Parra otro) ( Tribunal S. de Bogotá) • . .::: SUPR.E.i\1...i\ ..D E JUSTICIA • '

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CORTE SUP

DE JUSTICIA

SALA DE CASACION

L • • • • 'v"agistrado Ponente : DR: RICARDO CALVETE RANGEL • Aprobado Acta No. 017 Marzo 13 de 1. 991 . 1 ' . 'f"' . .

  • • Bogotá., D. E., Marzo quince de mil novecientos noventa y r -,

' ' I' ..... ' • - uno. ,.. . ~ - . . ...... ...__

VISTOS : • Procede la Sala a resolver la petición de nulidad formulada por el defensor del procesado WILLIAM ORLANDO GORDILLO ORTIZ, - • dentro del término de traslado a los no recurrentes.

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FUNDAL\1ENT0S DE LA SOLICITUD :

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: !C.\ DE COLOi\lBlA

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2 Afirma el memorialista que los imputados EDUARDO FA JARDO CORTES y WI LLIAM 'ORLANDO GORDILLO interpusieron oportunarrente el recúrso decasación, y el Tribunal Superior de Bogotá omitió pronunciar se al respecto, razón por la cual estima que se ha violado el derecho a la de fensa, causal de-nulidad prevista en el numeral 3 del art. 305 del Código de Procedimiento Penal. Anexa copia de los escritos presentados interponiendoal recurso. CONSIDERACIONES DE LA SALA Estando el proceso al Despacho para resolver sobre ta ~ manda presentada por el defensor de DANILO PARRA ARIZA, advierte la~ la que el trámite adelantado ante esta Corporación esta viciado de nulidadpor una irregularidad procesal cometida en el Tribunal Superior oe Bogotá. Tal como lo reclamó con razón el defensor de Wt LLIAM ORLANDO GORDILLO, en los folios 124 y 126 del cuaderno de segunda ins tancia obran sendos memoriales en los que los dos sentenciados mencionados manifiestan con total claridad que interponen el recurso de casación ,estando

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  • • dentro del término legal previsto para ese fin . Sin embargo, no se les dió ! respuesta, incurriendo en violación al debido proceso, que además lesiona el

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1 • ! ·.a derecho la defensa, el cual comprende entre otras facultades la de interpo ' - 1 1 • ner recursos. • •

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  • ~ En consecuencia, se declarará la nulidad a partir delauto que ordenó remitir el expediente a la Corte inclusive, y se ordenará - que regresen las diligencia al Tribunal Superior para que subsane la falla a
  • • notada. • En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia
  • Sala de Casación Penal-, • i l

RESUELVE :

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  • • Primero : Decla,ar la nulidad de la actuación realizada-

  • • • a partir del auto de Marzo 16 de 990, en el cual se admitió el recurso de1. • casación para dos de los procesados y se ordenó remitir el expediente a esta

• Corporación . • • • • 1 1 1 1 1

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  • •• •• • • • : lC.\ DE COl,Oi\IBIA · :PRE~iA DE JUSTICIA - 4Segundo : Devuélvase las diligencias al Tribunal Sup~ rior de Bogotá para que subsane la falla anotada.

ENRIQUE- --V--·A LENe-JA·M~---

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RAFAEL CORTES GARNICA

. Secretario

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