CSJ - 5113(16-07-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 5113(16-07-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
Expediente N°5,113
CORTE lSUPRmA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA
Aprobado Acta Nº048 Santa Fe de Bogotá D.C., dieciseis de julio de mil novecientos noventa y uno. '· VISTOS: El procesado BERNARDO DUQUE ZULUAGA solicita nuevamente el beneficio de libertad provisional con apoyo en lo preceptuado por el artículo 72 delCódigo Penal al considerar que el tiempo en detenci6n efectiva y la rebaja de pena a que tiene derecho por trabajo, resultan suficientes para obtener su excarcelación ya que reúne además los otros requisitos que exige la norma citada.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Duque Zuluaga fUe condenado a la pena privativa de la libertad de sesenta - - - - - - - -- - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ - - - - - ~ --- - .
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- • y seis ( 6?) mes.es_ de prisi6n, como coautor del delito de hurto agravado y calificado, según providencia de fecha 7 de febrero de 1990, cuyas dos terceras partes, para los efectos del beneficio invocado equivalen a cuarenta y cuatro (44) meses de prisi6n. fue capturado abril descontado El peticionario el 28 de de 1988, es decir, ha efectivamente de la pena impuesta treinta y ocho (38) meses y dieciocho (18) d!as. Por trabajo acredita 2. 300 horas que le dan derecho a una
rebaja de tres ( 3) meses y cinco ( 5) d!as, para un acumulado de cuarenta y un (41) meses y veintitres (23) d!as, aun insuficientes para acreditar el requisito cuantitativo de la pena a que se refiere el artículo 72 del C6digo Penal. Una vez más la Sala se permite puntualizar que l a Asesoría Jurídica de la Cárcel Nacional Modelo de esta ciudad no cumple en debida forma su labor de orientaci6n a los reclusos pues, como en el presente caso, omi t i 6 acompañar el acta del consejo de disciplina de Duque Zuluaga, documento indispensable para poder analizar su comportamiento dentro del establecimien to carcelario. Asimismo, la C a r t i l l a -biográfica debe contener todos los datos personales del recluso y una reseña completa sobre el desarrollo del proceso y notifica ciones que reciba, especialmente s i ha estado detenido en otras oportunidades 1 y por cuenta de qué autoridad, as! como las fechas en que se le ha calificado 1 1 ' su conducta y sus resultados y en igual forma s i ha sido sancionado discip.it..~ •• ••• •
- • • qué Finalmente, dicho documento nariamente y en han consistido ellas. debe i r t11:c,ado por e l funcionario co1=iespondiente, pues e l que aparece en autos y que viene elaborando l a Clrcel Nacional Modelo para todos los -3reclusos, carece de valor probatorio precisamente por la falta de firma i. responsable y contenido deficiente.
En mérito de los expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION
PENAL, RESUELVE: 1 ° NEGAR al procesado BERtlARDO DUQUE ZULUAGA el beneficio de libertad provisional. 2º Copia de esta providencia envíese a la Direcci6n General de Prisiones y a la de la CárcP.l Nacional Modelo, para lo de su cargo. C6piese,
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JORGE CARREÑO LUENGAS
GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
__ __ _.,.;;.;;.. -- , :_ Expediente W5.113
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JORGE ENRIQUE-VALENCIA M.
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