CSJ - 5201(07-02-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 5201(07-02-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
Expediente No. 5.201
CORTE SUPIREMA DIE JUSTOCIA
SALA D)lE CASACION PENAL
Magistrado ponente:
Dr. JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA
Aprobado Acta No. 07 Bogotá, siete de febrero de mil novecientos noventa y uno. VISTOS El señor apoderado de los procesados YESIDSANCHEZ GALVIS y HECTOR ARIAS AVILES, ha presentado en la fe cha certificados de trabajo en los términos señalados por la Sala en pr~ veídos de 1 O .de octubre y 11 de diciembre de 1990 y solicita de la Cor te se ordene la libertad de sus representados, por pena cumplida.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Arias Avilés fue condenado por el Tribunal Su perior de Neiva mediante sentencia de fecha 16 de mayo de 1990 a lapena privativa de la libertad de veintiocho (28) meses de prisión como autor responsable de los-delitos de concusión y lesiones personales.
Sánchez Galvis fue igualmente condenado por el delito de concusión a la pena privativa de la libertad de veinticuatro - (24) meses de prisión y se les negó el subrogado de la condena de e jecución condicional. 2. Los procesados fueron suspendidos en el ejercicio de sus funciones mediante resolución No. 2182 de la Dirección General de la Policía Nacional a partir del día 31 de marzo de 1989, es decir, handescontado efectivamente de la pena impuesta veintidos (22) meses y siete (7) días. Corregidas las Irregularidades anotadas por la Sala, acre
ditan en _esta. oportun!dad por trabajo 4. 216 horas que les da una reba ja de cinco (5) meses y veinticinco (25) días y un acumulado de veinti ocho (28) meses y dos (2) días, superior a la pena impuesta por el Tri bunal de Neiva en el fallo que se halla recurrido en casación. En consecuencia, se impone la excarcelación inmediata de los procesados, siempre y cuando no se hallen -solicitados por otra auto ridad en razón de asunto diferente. Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTl<;:IA, SALA . i DE CASACION PENAL, RESUELVE lo. ORDENAR la libertad inmediata e incondicional de los procesados YESID SANCHEZ GALVIS y HECTOR ARIAS AVILES, porpena cumplida. 2o. Líbrese comunicación telegráfica al Señor Comandante del Departamento de Policía Huila, Primer Distrito a fin de que cumpla lo ordenado en esta providencia, siempre y cuando los detenidos no se hallen solicitados por otra autoridad en razón de asunto diferente. • • • ' • • • , •
3. Proceso No. 5. 201 Ordena libertad incon dicional de Yesid Sánchez G. y HéctorArias A .• por pena cumplida. • - - - - - - - - - - - - - - - -
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