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CSJ - 528(03-04-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 528(03-04-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

.. 1 I' f

1 - .... • - . - .. ., - - -·. CASACION Nº 528 Contra RU - ·: º,) 1" "-t ( _. #.... , ~ ~-- .. --·- •- ·· - \_. ._.} . ' 1 •

BEN DARIO MANOTAS.

'' ·- • 1 ' • • • - • '· . , • • • . • "7 . , • / • • . , • ' • • • - •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

• '

SALA DE CASACION PENAL

• ! ' • "---Magistrado -Ponente: • •

DR. LISANDRO MARTINEZ Z.

• ' • • Aprobado Acta #.020-111-31/87 ' Bogotá, abril tres de mil novecientos ochenta y siete~ - • ··- . --- - - - - - - - - - . - . ·- . -- -·- . . . • • • • • • • - • - • •

• V I S T O S : - - - - - - -

. • • - . . - -.

  • ' - - ,_ . . : • -·~ . •• - • • , •, • • • • •

  • - - - - '

. ·- vez _r:econs.truída. . erLIO ºposil:51é la' ac.tu'áción; procede Una ~ --- - '• '. - • • . . ~' • ' • • • •

  • la· Sala a resolver el recurso""'extraordinario de Casación interpüestó con- "

. - • \. • ., . ._ ,, • .. ' ./ ' tra la sentencia de 8 de Octubre de 1·. 984, delTribuhal Superior de Ba ..: • rranquilla, por medio de la cual se confirmó la condena impuesta por el - - Juzgado Tercero Penal de esa ciudad que conderióal recurrente RUBEN - • . DARIO MANOTAS BENITEZ a .la pena de seis (6) años de prisión, como - - . • . autor de delitos de Hurto Calificado ( ofendidos Eugenio Ramón Bolaños y 1 ' 1 ' ' • Otros) e ilícitos contra la libertad y el pudor Sexuales ( ofendida Oiga· - • • Bolaños). • •

' • • • ..

ACTUACION PROCESAL :

• - • • ' • . • ' • 1 . - El 28 de Agosto de 1.983, compareció ante la Policía • •

  • • Judicial en Barranquilla, Eugenio Ramón Bolaños, con el fin de presentar •

• •

  • 1 t denuncia por delitos contra el Patrimonio Económico.

! • • • ' • Relató que a las nueve y media de la noche de ese día - • ' • - •

  • • - - - ...____________ . -- -- -------- - - - - ---- - --- -- - . . .. . . - -- - - - - · - - - - - - - - - - - - - - '

1 1 ,. • . " 0 3 0 4

  • • i¡, ' . - .

• . : ' ' ' ' . 1 . ' · • . • ' .,-•~/ ' • ' < • • ' • • • = = • 2 ' se presentaron a la puerta de su residencia urbana donde se encontraba en compañía de sus hijo~ Oiga y' Ramón y de Gladys Uribe, tres sujetos • • ' . • • . 1 ' ••

  • • dos de ellos armados respectivamente de cuchillo y pistola, quienes aga i

- ' 1 • rraron a las mujeres por el calJ' ello y las obligaron a ingresar a· la casa • • Afirma que uno de los sujetos amenazó a Gladys Uribe con un cuchillo y -- ' le quitó un reloj, y otro armado de pistola le dijo a su hija que tenía • ••• • . que hacer conellos -todo_ lo que decían. . o""sinó- la mataban. · ~ • • • ' • El denunciante fué despojado de la suma de $600.oo y - ....,, •

  • • golpeado por no ' tener más. dinero. Lo ,asaltantes .sustrajeron cadenas, va

- '· • '

  • • rios relojes y aditamentos de uh,,€:quipo de sonido. •

• •

  • • • Se afirma en. la denuncia que en medio de las circunstan_

' • •

cías relatadas; se presentó su yerno Luis'· A ven daño a quien los: intrusos- • ·¡ , . ...... , • \. • .(. "

  • • colocaron manos arriba y lo-obligaron a entregar la cartera con·· $1 :-200.oo

  • • • ' y documentos de identidad. '

• .

  • ' • ' '

•, ' • ," • ' Cuando ya tenían el televisor en la calle y los habían in- ""- ' traducido a los moradores en un cuarto, llegó el procesado armado de pis - • ' '

  • • tola con la hija Oiga y amenazó de llevársela como rehén conminando a los presentes a que se quedaran quietos. En ese momento Luis Avendaño, yer
  • ' no del denunciante le agarró la pistola a quien la portaba, forcejeó con él

• 1 ' 1 y los otros dos asaltantes se· dieron a la fuga; el denunciante llamó a la1 ' • 1 1 ' Policía· a la cual se le entregó a quien resultó ser RUBEN DARIO .MANO - • • •

  • • TAS, junto con la pistola. •

1 • I

  • 1 l 1

Es de anotar que el denunciante afirma que los asaltantes • constantemente amenazaron a las mujeres tratando de violarlas, lo cual11 ' no consiguieron por la reacción del yerno 11 • •

  • ' 2 . - Al día siguientes de la denuncia, se le recibió dltlge~

'

,~~.. ' . • .\" - ·"~; .J~' • • ~ ..:. . ... ... '

  • • ~ - - - - - - - - - . - --- - - .

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  • • • .. • ' • • . • , . •' • .,, . • • • • , t • • ./ , . 'f r •,· ' , • •

  • = 3 = . • cia instructiva al capturado MANOTAS, a quien se le puso de presente • lo expresado en aquella diligencia; MANOTAS negó todos los cargos y-

. • - · ,,-;,=--afirmó que se encontraba en un· lugar distinto del Bar-=Siboney. •

• -· ' ' 1 3. - El 5 de Septiembre de 1. 983, rindió el denunciante - . Eugenio Ramón Bolaños, declaración jurada ante el Juzgado de lnstruc- . ' ción Criminal de Barranquilla; aun cuando así se denomina la diligencia·;· ' ¡· - 1 ---- .. trátase--de una_,,.ampliación de,la denuncia • .

  • ••

1

• "

  • • Su versión es más amplia y prolija y en esencia se aproxi
  • - • ma a la inicial con diferencias en torno a detalles: así por ejemplo en és

- -~. •

  • • ta ocasión no se ubica al iniciar~e el drama en la puerta de entrada de
  • •' su-Fes-idencia, sino· acostado pero despierto en -su· habitación-,.: sin ·panta

- . •

- . -- ••

' 1

  • - ·- -- - ..•. • Iones -y-erívuelto-en-una~·toa l la. - : --- . ·-.
  • '#'

-- . • • . • - .. • ' . 1 • • Amplía el número de ' objetos materiales aprehendidos por 1 • ' • los asaltantes; estima su valor en $25. 000.oo y asume ahora un papel ac

  • • • la operación de desarme de MAtivo en la colaboración con su yerno en

• . NOTAS, pues agrega haber agarrado el cañón de la pistola para evitar ' ' 1 que alguna bala saliera disparada; en ésta ocasión no se refiere a la a

  • . menaza de violar a las mujeres •

• • • • •

  • • 4. - El mismo día 5 de Septiembre, se le recibió indaga toria al capturado ~1ANOT AS, a quien al iniciarse la diligencia. se le deno
  • • mina como ''sindicado de un delito contra el Patrimonio Económico''. En-
  • • de los· interrogantes generales, y como esella se le preguntó después • I toria;MANOTAS usual sobre si sabía los motivos por los ruales rinde la i • encontrarse eldía

aceptó entender la sindicación y reiteró su versión de - - de los hechos en el Bar Siboney y habersi~rehendido por desconocl ·' • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ - - - - - ----- ---------- -- - -- ----- - . . . - - ' ,. • ' • ' '"''· 03 O6 • - - - .. . .. - ...- .. . ..., --. _.- _j , ~; ~- ·" ·. · ,. ~· ·- .......... 1 .• • • . J- - ......... , ~' ~ • - . - ' ' , , , ' . ' ' .. ... - . . . ' ·'" . .,, • ,,,,-,· - ' ' ' , ~ ( • • ' 1 ' • • = = 4 ' • dos que lo subieron a un vehículo. Al terminar ésta respuesta preliminar ·-----agrega que.hasta el presente no sabe cuáles son los.motivos de la indaga ' • ' 1 - ' ' to ria. Posteriormente recalca en no saber quien lo sindica. Se le hicieron - ' •

  • ' . que explicase· su actuación en el día de auvariados interrogantes para

' ' • ' . • es en· el citado Bar y el haber sitos y MANOTAS reiteró su presencia • ' • do herido y llevado al Hospital. •

  • ·-

• ' - • • • • • •• • • ' ' ' ' ' Después se le manifestó que a él se le sindicaba de haber

  • - se presentado a una residencia que se identifica el día de autos, en com-

.. - • . ' pañía de dos personas más,. con el· propósito .de apoderarse de bienes mue - .

  • ' ' - , ' bles. El procesado negó tal cargo.," lo mismo. que conocer al de·nunciante = • \ ' . . ' ~~...,J. ' ' ' . ,, • • • ' . ------ Bolaños •.. Se. le preguntó-entonces porqué cree que lo. señalen-comouna.= -
  • -

• ' ' .. . . . - - . .

  • • • de las personas que penetraron a la casa del denunciante~ a· mano arma= ·

• • ' • da; alude entonces una posible confusión. Versa pues la indagatoria so = 1 ' que hasta ese momento obraban en el sumario, relativos bre los hechos . - · . , ' ' 1" ... al ii:tgreso abusivo a 'ª~residencia de la familia Bolaños, para cometer de- .

  • -

' .

  • ' - litas contra el Patrimonio Económico. . -

- • • •

  • ' • • 1

1 •

• 1 •

  • - s . - El 7 de Septiembre compareció a declarar el yerno

' 1 • del denunciante, Luis Avendaño; su versión se semeja a la de aquel; aun • cuando agrega algo en torno a una actua.ción de los asaltantes, altamente • irrespetuosa con una doméstica. • i ' •

' 1 • El mismo día se practicó un reconocimiento en fila de per

  • ! sanas, pero Avendaño reconoció un sujeto diferente de Manotas.

' • 6. - También esa fecha, compareció Oiga Bolaños, hija del ' ' denunciante y a quien como ya se determinó se había tratado de tomar = . . • • • • ' • ' t ~ • o, _ _ _ _J o.._______ ~- - -. - - - - - - - - - - - - - - --- - - -- ----- - - - - - - -- ----------. -- --- ------- -- -- - -- . . - '' • ' I ; i ' ' ' ' ' ~ ,., ·- 03 O7

1 · • ' ' · 1 1 ' E P '3 L ! S .4 ,:_; ':: :: :; L ..... , :3 : A 1 t(

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1 '1 ' ' ' ' ' 1 • • ' ' ' ' • como rehén. En lineamientos generales, su dicho coincide con la amplia = 1 ' ' ' ' ' 1 ! ción de denuncia de su padre y lo expresado por su cuñado. Pero agrer ,, ¡ 1 : ¡ , ' ' ' 1 ' ga un nuevo· hecho que hasta ese --momento procesal, ·no "había surgido : '

:l , -· ' que bajo amenaza de muerte a ella primero, y después al p"are, MANOTAS ' ' la había obligado a que le practicaran el llamado coito oral o 11 fellatio in ' ' ' ' ' " 1 1 " 1 ore 11 Igualmente agrega que empezó a quitarle los lazos del vestido y ,1 • 1 • •• "' a besarla. En otra parte puntualiza que MANOTAS trató de violarla, pe- ' ' . ' - . . ' ' ' • • ' ..'. .. . •

  • ' ' ( ro no pudo, que le pidió que se· 11 pusiera en cuatro'' (Sic) y le pregun-

" ' 1 tó si era señora o señorita, anticipando que conocía ésta última calidad - ' ' ' ' ' ' ' ' 1 ' por saber que estudiaba en el Colegio Sofía Camargo. ' ,,

  • '

' ' : 11 ' • ' ' • ' ' ' ' •• • '

  • '

' ' ' ' ' • - Ese día Oiga Bolaño's, -reconoció a MANOTAS en fila de.- ' -• . ,- • ·- ' , - - ' . ,. • ' • • , • : ' - - peFsonas. ' .

  • .

• '

  • ; : r • ' • • ' i' ' ! I ' r · ,,¡ .. ' • I ' •

¡• . • 1~ 7.- A partir-·del día siguiente, se practicaron otras pro- ..

T' \ " • " ' ' banzas, como declaraéiones de otros testigos, Gladys Uribe y la domésti ' - ' ' '

  • -- ' • ' '
  • ' f ca entre otras Y. de lo' s funcionarios policiales que intervinieron en el ca . - '

..., ' ' ' ' ....... - ' ' ' so. • ' 1 • • ' 1

  • 1 l '

• ' ' 8 . - El Juzgado instructor dictó el día 9 de Septiembre - • • • ' 1 1 ' ' ·, 1

  • - • auto de detención por delitos contra el Patrimonio Económico ( Hurto cali

1 - ' 1 ' ,. ' . ficado). 1 ' ' t 1 • ' 1 :l ' ' ' :' 9.- A pesar de que el Juez competente decretó práctica ,¡ ' ' ' 1

  • '

' ' 1 ' de algunas pruebas y prorrogó el término de instrucción, jamás se orde1 " ' ' 1 1 ' nó ampliación de indagatoria sobre los presuntos delitos contra la Libertad ' ' '' ' ~

  • . • y el Pudor Sexuales insinuados levemente por el denunciante y concretados claramente por Oiga Bolaños. ' '

' ' >' • ' ' ' ' ' '

  • '

'

  • ' 10.- Al cerrarse la investigación y dentro del término de

• • ' ' . • •• '

  • '!, . • . ' ' . . • . . - -- ... .. . • .•· . ;.i· -· '.t ..... , .... . • ' . ... ., . . . • ' •' .

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  • . - - . ___ ,_,,,., . .. .. ' - • ...... .•, .J... . • -'· 1 - • •

• • • • • • • • ' 1 =' = 6 • • \ • ley, el apoderado del sindicado pidió se decretase nulidad de lo actuado ya que por la cuantía sería competente un Juzgado Municipal, y en cuan - . . • ' • to a los delitos contra la libertad y el pudor sexual, no aparece pregun - -· . • ta alguna. Por tanto no se le haqría dado a Manotas oportunidad de de

  • .. fensa violándose así el artículo 26 de la Constitución Nacional.

• • ···- • • . . . 11.- -El mismo día .. conceptuó-la-Agente del fv1inisterio· Pú-

  • • - - - • blico, quien solicitó llamamiento a juicio por Hurto calificado y acto

/ \ . 1 sexual violento en concurso, lo cual le otorgaría competencia al Juzgado 1 •

  • -; de Circuito.

• •• 1 • 1 '

  • '

.... • 12. - El Juez Tercero· Penal del-Circuito de Barranquilla ,

  • . · dictó auto de-procederpor los delitos concretados por el. colaborador fis

- - •

  • . . " ' • re' sumen de las peticiones de las par ' cal. Es de advertir que no. se hizo

- •

  • • • tes (art. 483 #. 4 del C. de P. P. • ) , y solo tangencial y suscintamente se
  • • manifestó que no se aceptaba la nulidad por· incompetencia de jurisdicción.

• - • 1 • 1 '

  • 1
  • 1 13. - Del auto vocatorio apeló el defensor del procesado ,

1 '

  • • quien insistió en no habérsele dado oportunidad procesal a su defendido '

• •

  • • de responder por las imputaciones hechas. 14. - El Tribunal de Barranquilla, acorde con su colabora
  • • dor Fiscal, confirmó el auto enjuiciatorio. Solo tangencialmente se hizo re

- . • ferencia inicial al punto de vista del defensor por ser el origen de la apelación, pero en los considerandos no se "aludió el planteamiento del recu 1 - ' • 1 ' 1 rrente. 15. - Ejecutoriado el auto de proceder dentro del período • del procesado pidió se recepcionasen dos declara probatorio, el defensor • - • ' 1 , - - - , - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - . m ' I i

  • • 1 1 • ,., •. O3 O9
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1 ' 1' = = " 7 1¡ ' :i 1 i ! ' 1 1' 1 Í i 1 cienes testimoniales, con el fin de depositar que MANOTAS se encontraba 1 1 1

  • . el día de hechos en sitio diverso.

• • '

  • -· 16. - Al realizarse la respectiva audi.encia pública, el Juez
  • 1 de acuerdo con lo previsto en el artículo 511 del C. de P. P., interrogó al procesado, quien insistió en su versión inicial, de haber estado tomandolicor en el Bar Siboney. •

... •• - _, '· En este instante procesal tampoco se le concretó en torno • a los presuntos delitos contra la libertad y el pudor sexuales, por los cua -

  • • les se le enjuició. No se hizo· n.tnguna referencia al dicho de Oiga Bolaños.

' ' .

• ' •' •

. • El defensor del procesado insistió _·en ¡·mpetrar~ la Nuli.dad • •

  • • ó···,a por las razones expuestas absolución de su defendido por contradic =

. 1 .,,. . __ - ' \ 1 1 cienes de los testigos de cargo. ·- • • 1 • ! • • 1

  • 1

• • '

• • 1

  • - • 17 .--- El Juzgado del Circuito, condenó al procesado a

• • ( •

  • 1 seis (6) años de prisión, por los delitos referidos en el calificatorio. En

1 •

  • ' ' ésta ocasión sí se estudiaron los argumentos de la defensa. Se aceptó queen la injurada nada se le· dijo sobre los delitos contra la libertad y el pu- • dar sexuales, más se sostuvo que su respuesta· a ésta imputación era fá-

• " • cilmente predecible, ya que si se rechazó su permanencia en el sitio delos hechos, debía esperarse una total y radical negación. Esta reflexión -

  • • sirve para desechar la apreciación.

I

  • • 18. - La sentencia recurrida en Casación practicamente se 1 limitó a transcribir la de primera instancia y confirmarla.

1 • ' 1 1 1

  • 1

.. . ... .

  • • - - - ' - - - - - - - - - - - - - - - - · · - · · - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
  • 1 • .., .. 0 3 1 0

• ·- - - , .. ~_;' t-!, ·- ~ . . . . . •J :;.-.,", ~._ " , " L- ;·· _, "",._ . _._ l"i ••" : " , , • ., . . ... ' ' • . / " '. , " • , / , , , , • ,

• ;; • = 8 = • - •

D E M A N D A :

1 ' • ' • -· ' • La demanda no hace ·,una separación formal de capítulos,

  • = como lo exige la técnica. Sin embargo, se inicia con una extensa rela ción de hechos dentro de los cuales se insiste en forma reiterada en la

··- • • circunstancia de:. que -a· MANOTAS -no~,se:, le--dió-oportunidad alguna. para

  • .• • la defensa de los cargos atinentes con la libertad y el pudor sexuales .

1La Clat1.6al invocada es la señalda en el artículo 580 Nume

  • .. ral 1, aparte 2 por violación indirecta de la ley.

'

  • • • " - Se fundamenta ella en· 1a· circunstancia en~que--la·, sen ten- · •

.

  • .
  • • • cia recurrida afirma que existen abundantes argumentos. procesales so -

  • • bre la autoría del delito descrito en -el-artículo 299 del C . P . , o sea ·acto sexual violento; sin embargo se sostiene que esa· es una de las tesis de
  • . sarrol ladas por una de las partes denunciantes, Oiga Bolaños, y que no • tiene ningún respaldo en el dicho de los demás testigos. Insiste también en afirmar que a RUBEN DARIO MANOTAS no se le indagó en ningúnmomento en lo tocante con tal ilícito e impetra que se lea y relea por los

Mag.istrados, la indagatoria para concluir que no se hizo la más leve men

  • . ción de tales hechos. Se insiste también en la omisión por parte de Oiga

. Bolaños en relatar a sus parientes los actos sexuales violentos • •

  • , Para sustentar este cargo, cita la opinión de comentar isI tas nacionales, según los cuales constituye nulidad constitucional en elsumario '' de no preguntar en la indagatoria por todos los hechos investigados, y no obstante llamar a responder en juicio criminal por todos - • ellos en la calificación del mérito del sumarioJ'

• •

• •

  • • L . . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - · - -- . -- . . . . - - · - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---- ------ -- - - - - - - - - - --- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ,

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• = = 9

  • • Afirma con base en citas jurisprudenciales que hay violación indirecta de la ley, porque el juzgador otorga valor probatorio a - · • en .. • : · un hecho inexistente, pues el acto sexual, víólento solo existe la ._

••

  • • mente de Oiga Solanos. Señala corno normas violadas el artículo 26 de la

• . • Constitución Nacional, · · artículos Numeral Aparte del C. de 580 1 2 • •

• •

P. P., y y ibídem. También había hecho referencia al artículo - • 381 387 •

• ·-.

  • • del C.P • .

299

  • • Finalmente impetra que se infirme el fallo proferido por -

• • ' ' el Tribunal Superior del Distrito Judicial del Atlántico, por medio del - • cual se confirmó la de primer.a· instancia . • • ' • ' .. '• • 1

  • • 1 • •

• .. . .. •

-- CONCEPTO DE LA PROCURADURIA :

• • • • •

• . '•

  • • • El procurador acepta que el demandante no sigue el or -

  • ' . den lógico en el planteamiento delos cargos y aun cuando reconoce que-

(_ ' no enfoca su libelo por la vía de la .causal 4a., procede a referirse al tema de las nulidades para atender a las tradicionales razones de la Corte .

  • - • Por ende interpreta el sentido del libelo, ubicándolo en una nulidad constitucional.
  • • Sin embargo, no acepta su configuración pues sostiene - • que el derecho de defensa no se vulneró, ya que el moento pre-ciso para formular cargos no es la injurada en el careo, sino en el de la califica1

1 • ción. En sustento de tal posición cita una providencia de ésta Corpora - • ción. • En cuanto a la violación indirecta, la desecha por notoria, • equivocada y antitécnica formulación, máxime cuando seargumenta la vio -

  • ___ ·---=~ ·-. --···-· --:;, ........._ -- - - - - - - - - - - , - - - - - - - - - - - - - - - - - - - · - · - - - -~----- -- - . -- - - - .. · · - - - - ---- . - ·-·- -----

-- . .' . • 0 3 1 2 , • • - . ••

  • • • , .. .

. " , ' • • = = • 10 • (ación del artículo 26 de la Constitución, que nada tiene que ver con la violación indirecta. Además sostiene que se produce la proposición jurí- 1 ' -. · ·d fca-·incompleta·· por-cuanto·-nb--indica -la norma -sustantiva .-violada. • 1 .• • ' 1 1

• CONSIDERACIONES DE LA CORTE :

• - • ·-·- • •

  • • 1 . - ASPECTO f.ORMAL DE LA DEMANDA.- La demanda - • con los requisitos formales del artículo 576 del C. de P.P. y no cumple

' • • se asemeja más a un alegato de iqstancia. • •

  • - .. . •

• .

. 2 . - LA CAUSAL COARTA·.- €orno lo· reconoce el Procurador, la Causal 4° no es alegada en forma expresa,. sino que surge de . una interpretación que el agente del Ministerio Püblico ·hace de tal Cau- • sal. • • El demandante ni siquiera cita el Numeral 4° del artículo 580 del C. de P. P., como violado, pues su demanda se limita al primero . • Por ende no se concreta en el libelo, si se trata de una nulidad legal o • de una constitucional. Si lo primero, es bien sabido que según prevalente doctrina de ésta Corporación, el la solo puede estudi.arse cuando seha alegado expresamente, esto es que se descarta el fenómeno del estu- • dio oficioso.

  • • Tal posibilidad de estudio oficioso de la Causal, solo laI puede emprender la Corte, cuando la violación del derecho de defensa, es ostensible, claro e indiscutible. Cuando surge palmariamente dentrodel proceso.

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' ' i' = = 11 ' '

  • '

' 1 ' • En el caso a estudio estima la Sala, que tal hipótesis ex-

  • ' trema no r, .ge aun cuando no comparte la tajante afirmación del colabora

- . • 1 ' dor -fiscal que de_sca·rta restricciones del derecno-· de defensa ·en éste caso.

1 • • • ' 1 ' ' ' ' ' 1 ' Debe reiterarse por tanto, que no toda restricción de tan • • • ' '

  • 1 fundamental derecho, constituye la nulidad declarable de oficio, máxime- • i

' 1 cuando en éste proceso el profesional encargado de la defensa ha expues - • - ~to sus res'petables puntos de· vista· en· forma constante ·y .reiterada. ! • • ' 1 1 1 Su demostración en Casación, no es sino una repetición1 • ·y • de la tesis de las instancias .no se ha logrado un enfoque convincente- .. .... por parte del recurrente que permita calificar de ostensible y manifiesta

  • • ··· 1a· violación del derecho·, -máxime cuando él. no· se ha hecho én la Causal

  • • adecuada. Por tanto ·en éste proceso no es posible emprender de manera oficiosa el estudio de la nulidad constitucional .

• • ' • 3 . - LA CAUSAL PRIMERA.- El recurso de Casación es en '

  • • tre nosotros eminentemente formali~ta y tal mentalidad se acentúa en lotocante con la Causal Primera de Casación. Más exactamente cuando se- - alega el cuerpo segundo. •

• • 1 1 ' ' Es evidente que en éste caso el recurrente usa la expre- • sión, violación indirecta de la ley por otorgar el juzgador valor proba to -

  • • rio a un hecho inexistente, pero no especifica si se trata de error dehecho o error de derecho, como lo exige la norma violada.

. ! • ' ' Bien sabido es, que en la violación indirecta se afrontaun problema de forma: la contemplación da hecho y de su prueba bajodos aspectos diferentes (Sentencia de de Octubre de 27 1. 977). 1 ' ' ' ' 1 - - -- . -- . - - . . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- . --- 1 . l . ' ,. ' ' - - •

  • -. • • ·- • • • • • J •

• •

  • • = 12 =

1 1 La jurisprudencia reiterada exige que se determine por - '

  • . el recurrente, si el error es de hecho o de derecho y ello no se ha dei terminado en el caso presente.

' • -·

  • ' Pero el Cuerpo Segundo de la Causal Primera del Artículo 580 del C. de P.P., es tan exigente que no es suficiente_ que se enun

- ' ' cie la Causal, sino que es necesario demostrarla. En el presente caso el •

  • • recurrente se limitó a señalar el hecho claro de que el procesado no fué

• •

  • ' indagado sobre los cargos tocantes con los actos sexuales abusivos a -

' 1 que hace referencia Oiga Bolaños. ' 1 • ' • ' ' • , • . Pero su labor se limitóa eso mas no precisó el motivo dev la vio-lación de la ley sustancial, ya que el uso _de la expresión ''otorgar

i j valor probatorio a un hecho inexistente'' es una conclusión, mas nó una demostración. ' ' • ' A éste respecto ha dicho ésta Corporación: • •

  • :' 11 EI Inciso Segundo del artículo 580 del C. de P. P., exige ' 1 mediante la terminante expresión ''es necesario'' no solo simples ALEGA-

'' 1 1 1 CIONES, si nó, aún más, DEMOSTRACIONES sobre el error de derecho; 1 1 no nos encontramos 'por tanto ante un mero formalismo jurisprudencia!, • sino ante un exigente mandato legal. ' • . 1 11 EI legislador colombiano no usa la elemental expresión1 1 ' ' 1 1 ' 11 enunciar 11 al referirse a los cargos, sino que considera NECESAR-IA la ALEGACION y la DE,\-\OSTRACION. Conviene aclarar y delimitar tales - - ' 1 ' ' conceptos. ''Según el Diccionario de la Academia ''ENUNCIAR'' es - - • ''expresar uno breve y sencillamente· una idea''. Trátase de una simple= • ' ' • •

  • • _ _ _. . . _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ - - - - - - - -- - - ~ - - - - - ------~--- ----- - - --- -- --- - - - . - . - - - - - - - - --------- -- ----------- --- - . --- -- - - - . - -
  • • • , , -, I•

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  • 1 • i .. , ... 0 3 1 5

1 1 .. .- ' • , • • = = 13 • aproximación al tema. El alegar, implica una concepción formal y puede- ' tener características verbales o escritas. En este caso concreto la leyexige ésta útlima calidad. Es algo mas que enunciar y mucho menos que .

  • • DEMOSTRAR; es una exposición de razones que no necesariamente deban ser convincentes. En cambio mucho más exigente es la expresión - -

DEMOSTRAR.

' ' ... •

. , lógica,- esto es, como lo dice una-concepc1on ''Trátase de •

  • . el mismo Diccionario ''hacer ver, que una verdad particular está compren1 . dida en otra universal de la que se tiene entera certeza''. Requiéresepues, la existencia de un silogismo con premisa mayor, menor y conclusión. (Casación de Noviembre 25 de 1.986, M.P.Dr.LISANDRO MARTI11

• .

NEZ Z.).

En éstas circunstancias, no hay una verdadera proposi -

  • • ción jurídica completa ya que si se plantea la premisa mayor no se· deli- • mita ni la menor, ni las conclusiones. Debe recordarse por tanto, quecomo •l o ha dicho reiteradamente ésta Corporación, ella no puede suplir- • las alegaciones y demostraciones no presentadas por el censor, ya que se desvirtuaría el recurso extraordinarfo de Casación, convirtiéndose en

' una instancia más. 1 La demanda, aun cuando califica la violación de indirecta, no hace una demostración completa y lógica de la inferencia de la omi -

  • • sión de interrogar en cuanto a su valor probatorio, pues no especificao s1• no se le rece prueba en su aducción si se violó la legalidad de la1 !

, J noce el valor probatorio que la ley le atribuye. En ninguna parte se especifica si la violación indirecta lo es por error de hecho o de derecho. No determina si la prueba fué llevada al proceso sin ceñirse al modo pre visto por la ley o si no tiene valor incriminatorio por no haber sido contradicha. • 1 1 • • '. 1 ' ' ' ' 1 '

  • 1 " .. 0 3 1 6

'

•• • • ' = = ' 14 1 1 ' ! ' 1 1 La argumentación esgrimida y las citas hechas de diver- ,· sos autores se relacionan con la violación del derecho de defensa ya es

  • . r tu diado, pero no trata de determinar cuál es su inferencia sobre el va1 ·' ñor probatorio. O sea, que no hay una clara delimitación en el pensa -

' 1

  • ' miento del recurrente en cuanto a su menosprecio de la prueba radica1 . en su producción misma o en su carencia de contradicción y en el su1 . puesto de la última hipótesis, cómo se demuestra tal omisión como vin-

' 1 1 culante a otorgarle la ley probatorio a un hecho inexistente que es lo-

! ,.r ) - que se afirma en forma equivoca y que en verdad no viene a consti- - ' tuir un error de derecho, sino de hecho. • • 1

  • ' Lo equívoco, lo confuso de la demostración jurídica de • circunstancias claras, -hace que no se haya demostrado la causal invo-
  • 1 cada. • • En tales condiciones, no hay otro camino que desechar el cargo.

' ' , \ ' ,..._...'

  • CORTE SUPREMA DE JUSTI En mérito de lo expuesto la 1 ' - ' 1

11 • CIA, SALA DE CASACION PENAL, administrando justicia en nombre de 1 - ••• ' • ' ' 1 la República y por autoridad de la ley, • •

R E S U E L V E :

'

  • - • NO CASAR la sentencia impugnada.

1 ' Cópiese, Notifiquese y Devuélvase al Tribunal de origen. 1 ' '

  • ' - - ~ - - - - - - - - - - - - - - - · - - - - - - - - -- - - -- . ---- -- ---· -- - - . . . .. -·

- . • ' • • ~; ' • ~ • Casación Nº. 528. No Casa • • • ' ' 1115 =

  • 1

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GUILLERMO DAVI LA MUÑOZ

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1 JAS 1' ' • -·· • Luis GUillermo Salaz • Secretario - • • • ' • • - ·-- . • • .... • • • •

1 • • • • 1

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