CSJ - 5339(20-06-1991)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - 5339(20-06-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
:i • ~ ¡ , , , , , , , , , , , 1 • , I I , I , • I , , , , I , . 1 , , ,
LIBERTAD \ HOMICIDIO
'1 ,
- •I
1 I , I Rad. #5339 ,1 \ , 1 I I 1, : • , , I • 1 , 1 I
- ,
• , , , Auto Casación.- 91-06-20 . Nieqa libertad .- Tribunal , ... Superior de Medellin , , 1 , PROCESADO(S): Jorge Octavio Hincapie Salazar; ,
DELITO: Homicidio
MAGISTRADO PONENTE: DR. EDGAR SAAVEDRA ROJAS;
•
FI,JEN1-FEORMAL:
Articulo 72 C. P.;
F'UBL1CADA EN LA
GACETA JUDICIAL?(S/N): N
~~--_._- ..
- ..
' I , 1 , 1 i i I , , I • . -'"'". ~ • I , , • I I : , , I , I I I , Expediente N°5.339 ,
CORTESUPREMA JUSTICIA
DE PENAl.
SAI.A DE
• , , , , I ,
Magistrado Ponente: • Dr.EDGARSAAVEDRAROJAS • ,
, Aprobado Acta N°039
Bogotá D.E., veinte de junio de mil novecientos , y noventa uno. • I I , I , s: V I S T O El procesado no recurrente en casación JORGE OCTAVIO HINCAPIE SALAZAR, • sol í.cí ta el beneficio de libertad condicional por considerar que el tiempo que lleva en detención efectiva las rebajas por trabajo que el Gobierno y y Nací ona.l ha concedido a los detenidos, resultan suficientes para que se le reconozca su buena conducta y ausencia de antecedentes y as! poder atender las necesidades de su familia.
CONSIDERACIONEDSE LA CORTE: - El Juzgado 5° Superior de Medell!n condenó a HINCAPIE SALAZARa la penaI
- • -2privativa de la libertad mediante providencia de fecha 23 de marzo de 1990, ocho aPios de prisi6n en su condici6n de c6mplice en el delito de (8) de homicidio agravado de que tUera victima el ciudadano Antonio José Rivera Vallejo, sanci6n que :fuera confirmada por el Tribunal Superior de Medellin en fallo de fecha 10 de julio siguiente.
El peticionario : fue capturado el de noviembre de es decir, ha 16 1988, descontado efectivamente de la pena impuesta treinta un meses y (31) y cuatro (4) dias, insuficientes para acreditar las dos terceras partes de la pena que se le impuso en las instancias que equivalen a sesenta cuatro (64) meses de prisi6n, máxíme que no aport6 ninguno de los certifiy
I I cados que exige el articule 628 del C6digo de Procedimiento Penal, es , decir, acta del consejo de disciplina, cartilla biográfica certificados y , •
- • sobre las labores realizadas en el establecimiento carcelario durante • el tiempo en reclusi6n.
Finalmente, ninguna rebaja ha decretado el Gobierno Nacional en beneficio de quienes se encuentren detenidos o procesados. y las que actualmente tienen vigencia, no le son aplicables en su caso, raz6n por la cual resulta improcedente su petici6n de excarcelac!6n provisional. En mérito de lo expuesto, la CORTESUPREMADE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, al procesado JORGE OCTAVIOHINCAPIE SALAZARel beneficio NIEGA de libertad provisional. • • C6piese, notifiquese y cúmplase, , .. , , • •
-_----------------~ Expediente N°5.339
Procesado: JORGE OCTAVIO HINCAPIE
SALAZAR.
Deli to: C6mplice de Homicidio agravado.
_ , I / , I • • -_
RI RANGEL
D - --~ _ _ _
GE CARREÑO LUENGAS GUI DUQUE
. - _ ' , I I . )',1', "1' , , I ¡ . . . -
GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
, -~----
JORGE ENRIQUE VA M.
Rafael Cortés Garnica • Secretario , AMC/neh