CSJ - 5500(05-04-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 5500(05-04-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
• , • Rad.5.500 2da. Inst .
- •
• • C/.Dra. Gloria Cabrera Falsa Denuncia
Magistrado Ponente Dr.: •
JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA
Aprobado Acta NOJl • Bogotá. O .E.. Abril cinco de mil novecientosnoventa
- • uno • y
• • • V T O 1 S S i • De plano se resuelve sobre el impedimento que para conocer de las presentes diligencias manifiesta el señor doctor GUILLERMO DUQUE RUIZ. como integrante de ésta Sala de Casación Penal. con funda- \) • mento en la causal la. del articulo 103 del Código de Procedi-
- • miento Penal. , e e
R A ION B S ; O N S 1 D 1.- Ha subido la actuación a la Corte para que en ella se desate el recurso de apelación interpuesto en contra del auto inhibito- . .' rio proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de • . , r . • • • 2.- • • , • Neiva. frente a los cargos que por el delito de falsa denuncia se dirigieran en contra de la doctora Gloria Maria Cabrera Diaz. 2.- Para solicitar su relevo como integrante de la Sala en la definición de éste asunto. el Seffor Magistrado doctor DUQUE RUIZ ha puesto de presente su relación de parentesco con el doctor Alfonso Velásquez Duque, su sobrino, quien siendo cónyuge de la funcionaria denunciada se asistiria de interés en la solución de • la instancia, situación prevista como causal de recusación dentro
del ordinal 10 del articulo 103 del Código de Procedimiento Penal. 3.-Ciertamente la causal la. de impedimento a que se atiene el Honorable Magistrado. prevee la desvinculación como juzgador del , funcionario que descubra su propio interés en el proceso que le corresponde definir. o_ bien porque ese interés radique en su cónyuge, su compañero o compañera permanente, o en alguno de sus parientes hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. () Conforme 10 tiene dicho ésta Sala, ese interés relevante en la solución de un proceso penal. no resulta derivado de la exclusiva relación económica, porque la solución afecte patrimonialmente los intereses del juzgador o de sus allegados, sino que con la misma trascendencia se ofrecen otra clase de nexos como serian los derivados de relevantes compromisos intelectuales o afectivos, siendo éstos últimos de tal raigambre entre esposos. donde es esencia de su vinculo la solidaridad. que necio haria el desconocer o controvertir siquiera los lazos que de ella surgen para entender cómo las consecuencias de un proceso penal inciden forzosamente en la pareja. (sin necesidad de recurr1• r s1• qu1• era a , las obvias repercusiones que se trasladarían a los hijos comunes) y que hacen tanto más evidente la parcialidad. por el deseo de , • , , • , • 3.-
- • ver favorecida la situación de una persona tan estrechamente vinculada. 4.- Si la seriedad de la palabra del Magistrado que se excusa, es
suficiente para dar por demostrada su relación parental con el doctor Velásquez Duque, y a la vez para aceptar que éste tiene , I frente a la funcionaria denunciada su condición de esposo, no ofrece duda alguna la viabilidad de la separación que por via de impedimento se propone, pues además del interés que en la definición del asunto cabe reconocerle al sobrino del Señor Magistrado, • el grado de consanguinidad que los une no excede a la taxativa eI numeración del articulo 103 del Código de Procedimiento Penal.
- • Si la excusación se muestra, entonces, en un todo operante, vendrá como consecuencia la necesidad de sortear el conJ• uez que haya de reemplazar al funcionario impedido.
Atendidas las razones expuestas, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Penal, I / • , , PRIMERO: Declarar fundado el impedimento que manifesta .el Magistrado de ésta Sala Doctor GUILLERMO DUQUE RUIZ para intervenir dentro de las presentes diligencias, separándole en consecuencia de su conocimiento, y
- • SEGUNDO: Integra'rola Sala con el conjuez que corresponda, a cuyo • sorteo se procederá una vez en firme esta providencia .
• • ---- _--_-~ -. -- - - - - - - - - - - - - o o Rad.5500 2da. Inst. 4.- • o o C/.Ora.Gloria Cabrera Falsa Denuncia. Hoja de firmas. ifique e cúmplase. y , / I •
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GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
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