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CSJ - 562(02-03-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 562(02-03-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

D i •

  • 1

LIBERTAD

DOLllUO

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  • • Auto CasaciOn.- ~ de marzo de 198 7. - !l:llKXIlf Concede ltbertad provisional a Jesus Antonio Rodrlguez, condenado por el Tribunal Superior de Calt por el delito de Homicidio,

Magistrado Ponente: Doctor GUILLlsRMO DUQUE RUIZ

1 ' • t6 'lid;! "562A ' 1 REPUB ' •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

I· •

Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ

12 ,, Aprobado Acta No. • Bogotá, dos de marzo do mll novecientos ochenta y siete. • p ocesado JESUS ANTONIO RODRIGUEZ ha sollcltado nuevamente el flclo de llbertad provlslonal con fundamento en lo = pra;mptuado po el artículo 72 del Código Penal y Ley 32 de 1. 971, al con = siderar que tiene derecho a la libertad condiciona! pues el tiempo que le faltaba para cumplir el requisito cuantitativo de la pena se halla satisfecho en su totalidad. El Sa~or Procurador Primero Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable para la excarcelación del proce11ado pues, si = bien es cierto que ya cumplió las dos terceras partes de la sanción, su personalidad es Indicativa de una capacidad moral para dellnqulr y atentar

contra el más sagrado do los derechos del hombre, cual es el do su exis tencia, lo cual lo excl~ del beneficio Invocado, • • -

FONDO ROfATORIV CEL MINl5TERIC CE JüSTiCiA

: !' 1 ,, " ' ' J ' ,, ;z:,¡;;

REPUBLICA COLOMBIA

1 ' !Jfa/na 1

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

1 1 1 JESUS ANTOHDD RODRIGUEZ fue COlldenado por el Tribunal Superior de Call mediante sentencia de 9 do dlclea1bre de 1.985 a la .. .

  • 1 ' pena privativa de la libertad de veinte at\O!J de prisión co1110 autor ..

(20) ' ! del dollto de homicidio agravado. halla detenido desde el 3 de Junio de Se 1,975, es decir, ha descontado de la totalidad de la pena once (11) anos, y siete (7) meses veintinueve (29) días. Por trabajo acredita 15,993 ho ras que le dan derecho o una rebaja de un ( 1 ) at\o, diez ( 1 O) ,,,oses y seis (6) días, para un total acumulado v e c e (13) at\os, sois \6) ,nasesy cinco (S) días, superiores a las do ceras partes de la sancl6n lmpu9! ta en fallo de segunda Instancia. ""'- ª ª El procesado edita haber observado conducta ejemplar durante el tiempo en rccl si i ha laborado permanente:,1,ente en los cen tros de recluslón y no registra antecedontes penales ni de pollera pues, =·

fue é_sta su primera lea Incursión en el campo dellctlvo, raz6n por la • cual, beneficio de libertad provistonal. Cabe destacar que, preclsaiuente por la ,,i,xfalldad del he cho a &Imputado y por el cWJI se lo halló responsable, blis Juzgadores .. de Instancia Impusieron la pena que legalmente le pueda corresponder, ro zan suficiente para predicar que tal circunstancia no puede sor tenida en cuenta factor de lmprocadlbllldad del beneficio de libertad provisio c:01,io nal, como lo demanda el Ministerio PCibllco. ' ' ' Por lo anterior, para poder disfrutar del beneficio de ex carcelacl6n, el procesado deberá prestar caucl6n por la suma de cuarenta

Fc~·o·o R'OTA;"CRIO DELMINISTERIO DE JUSTIC~A

-- 1 ' ' 1 ' 1 REPU8Llt;:A3 [;).E COLOMBIA ( $ 41.000.oo ) y suscribir diligencia de buena conducta = lo preceptuado por el ortl'culo 46 de la Ley 2a. de l. 984. En m6rlto de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTI CIA, SALA DE CASACION PENAL, oldo el concep·to del Seflor Procurador

Primero Dclogado en lo Penal, RESUELVE: ' v 1o. CONCEDER al o JESUS ANTONIO RODRIGUEZ ol beneficio de libertad provlslon renta y un mll pesos ( $ 41. 00~ que deberá p1·estar a favor del Juzgado Tercero Superior de Ca~ lo suscripción do la diligencia de buena conducta de qua trata el rti ulo 460 del Código de Procedimiento Ponal. 2o. · echos los a11terlores requisitos, so llbrnrá la corresJ!!Dndlente ord libertad con la advertencia de que S<llo producirá I sus afectos en ento do quo el procesado no se halle solicitado por o tra autoridad en raz6n de asunto diferente. 3o. Para el cumpllml1mto do providencia se comisiona! Ell)ta al Juzgado Tercero Superior de Call, con fllCUltades para subcomlslonal, en atención a que el procesado so e11cuentra recluTdo en la PonltenclarTa Nacional do Palmlra. Cópiese. notlffquese y cCimplase, • • .. •• • .

  • ,

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  • FONDO ROTATORIO CEL MINISTERIO DE JUSTICIA ---· - - - - - - - - - - - - - - - - - - · -·--- -·-- ---.- -- - 1~~~~~-· ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~

1 1 ' 1 Concede llbertaEI provlslonal 1

REPU8i,_IQ:A, DEf'l~SO~·~~AS62

a JESUS ANTONIO RODRIGUEZ.-

JORGE CARREAO LUENGAS GUILLERMO DAVILA MUAOZ

GUILLERMO DUQUE RUIZ JAIME GIRALDO ANGEL

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ RODOLFO MANTILLA JACOME

LISANDRO MARTIHEZ Z, EDCAR SAAVEDRA ROJAS ' v "" · ar Otero

• • • • '

FONDO ROTATORIO CEL Ml~lSTERIO DE JUSTICIA

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