🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - 5994(22-08-1991)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - 5994(22-08-1991)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1991

Expediente No. 5. 991& OO!R111E StUI~ [){E ..DIUIS1f"OCDA

SAILA [[)!E CASACOOOO IPiEOOAD..

Magistrado ponente:

Dr. JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA

Aprobado Acta No. 059 Santa Fé de Bogotá D.C., velntldos de agosto de mil novecientos noventa y uno.- El procesado LUIS NARCISO GOMEZ solicita de la Corte la apllcaclón del ar tículo 31 de la Constlte Nacional, esto es, que se declare que la penaque le corresponde "1-:,ste asunto es la fijada en la sentencia de primer gr! do y, como cons~cla de ello, se le otorgue el subrogado de la condenade ejecución condicional prevista ~n el artículo 68 del Código Penal. Demanda así mismo el reconocimiento de la rebaja por trabajo y que se le otorgue elbeneficio de libertad condicional.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

,. .·.·f.f' El Juzgado 35 Penal del Circuito de esta ciudad mediante sentencia de fecha 8 de octubre de 1990, condenó a Luis Narciso Gómez a la pena privativa de

FONDO ROTA.TORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICI.A

t ::· - : ~ 2. la libertad de treinta y seis (36) meses de prisión como autor responsable del delito de hurto calificado y agravado y le negó el subrogado de la co~ dena de ejecución condicional. Esta decisión fue recurrida en apelación por el defensor del procesado, razón por la cual, en efecto tiene la condición de único apelante a que se refiere el artículo 31 de la Carta Fundamental.

El Tribunal Superldr de Santa Fé de Bogotá, en fallo de fecha 22 de novie!!' bre siguiente, modificó la pena privativa de la libertad en el sentido de Im ponerle a Luis Narciso Gómez la de cuarenta y cuatro ( 44) meses de prisión, agravando con ello la situación del condenado siendo él, por medio de sudefensor el único apelant~.. singue la sentencia de primera Instancia tuviese 'v el grado jurlsdlcclonal de la consulta., z No existe duda que la senten~la reb'da en casación, a la luz de la nueva Constitución, resulta contra¿l~sus disposiciones que segCan el artícu lo 85 es de apllcaclón lnmed~~z6n por la cual. habrá de· considerarse en esta providencia, para 10Wectos de la libertad que se Impetra, que la pena que debe súfrlr ~usado, es la fijad::! en primera Instancia, o sea, la de treinta y seis ~eses de prisión, sin perjuicio de volver sobre el punto con ocacló~ ~ allo de casación, o a que el juez de primera Instan cia, en firme el f~ proceda en los términos del artículo 616 del Código1 de Procedimiento· Penal. En cuanto al subrogado de la condena de ejecución condicional, resulta im procedente la motivación del peticionarlo ya que en el fallo de primera Ins tancia le fue negado expresamente y confirmada dicha determinación porparte del Trlbun~I Superior de esta ciudad. Además, ello es tema de la de manda presentada por su apodera~~ y solo puede ser objeto de pronunciamiento por la Corte en el fallo que ponga fin al recurso extraordinario deCasación.

FONDO ROT.'ITORIO DEL MINISTERIO OE JUSTICIA

3. En cuanto al beneficio de libertad provisional con apoyo en lo preceptuado en el artículo 72 del Código Penal, se tiene que Luis Narciso Gómez fuecapturado el día 5 de agosto de 1990, es decir, ha descontado efectivame~ te de la pena Impuesta en el fallo de primera instancia doce ( 12) meses y diecisiete ( 17) días, insuficientes para acreditar el requisito cuantitativo de la pena pues no acredita haber realizado labores en el establecimiento carcelario que le puedan representar rebaja de ~na de conformidad con to preceptuado por la Ley 32 de 1971 y su Decreto Reglamentario 2119 de

1977. Así mismo no acompañó los documentos a que se refiere el artículo 628 del Código de Procedimiento Penal, todo lo cual hace improcedente su excarcelación provisional. v En mérito de lo expuesto, la CORTE ~~MA DE JUSTICIA, SALA DECASACION PENAL, OOOIEGA al proceb LUIS NARCISO GOMEZ et beneficio de libertad provisional. "-

Cópiese, / 9-n'~ E CARREF:10 LUENGAS f \' o~ ~ W\ w ¡\ '. 1 ivo

GOMEZ ELAS~Ez

\.

JORGE ENRIQUE vALEl~CIA M.6 ~

Rafael Cortés Garnlca Secretarlo.

FONDO ROT.~TORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Consultar sobre este documento ...