CSJ - 659(18-05-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 659(18-05-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
qZ LIBERTAD ¡ Auto Casación.- 18 de mayo de 1987.- Concede libertad provisional a CESAR AUGUSTO ALARCON, condenado por el Tribunal Superior Militar por infracción al Decreto 1188 de 1974.
Magistrado Ponente: Doctor JORGE CARREílO LUENGAS
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CAS. RDO. 659
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
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Magistrado Ponente:
DR. JORGE CARREAO LUENCAS
Aprobado Acta Nº 33 Bogotá, DIECIOCHO de mll noveclentos··ochenta Mayo y siete.
V I S T O S :
' . El Procesado( Cesar Augusto Alarcón, sollclta el beneflclo de libertad provlslonal. con funda,1,ento en el numeral 4 del artículo 1153 del C. de P.P. en armonía con e 72 del C.P. 1 • El Procurador Delarrgado en lo Penal emltl6 conce SefK>r to favorable.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE : Peticionarlo fue condenado por el Tribunal Superior
SI , Miiitar a la pena mínima de seis (6) at\os de prlsl6n, por lnfracct6n al Decreto 1188/7Q (EStatuto Nal. de Estupefacientes) •
- Sala al decidir el recurso de casación, si bien noLa aceptó loas ataques formulados al fallo, deter111ln6 que la pena fijada al acusado debía sufrir una modiflcacl6n, como quiera que con posterioridad a la condena se. expJ~fó una nueva dlsposlcl6n 30/86), que reprimía la con
(Leyducta Imputada al agente con una penalidad Inferior, equivalente a cuatro ( 4) aflos de prisión m.fnlr1',o, caso en el cual por virtud del principio de la favorabllldad deberfa hacerse la respectiva freducclón, deferida sin embarg¡ aJ~:Jue2 ·de:la::causa cQ.mQ:expresame.n.te .lo -1:na1ca e1· a r t •. -7 ael ·c6digo de pre
- . cedlmlento Penal •
. ( L, ,"' . ,. . - ., •• • . 1 1 ' • \ . ' ·,·,,_1·~-. ·1 • · - - - · ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ ~ ~ ~ ~ - = " " " ' = ~ = = ~ = = = = = = = - ' - - = · - - - - - - ~ • ' ,'l
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' . ' ,,- - ? _ . .," .· .•- .~ ,... _, ..J •. / .., -··-··.., .... • ' ' . ,- • - 2Ahora: el procesado ha descontado efectivamente en cautiverio., un tiempo equivalente a :treinta y tres -meses (33) y dieciocho-
- (18) dlas, ya que se halla detenido desde el t ~ l n t a y uno de Julio de ChlO novecientos <>ehenta y cuatro (1.91311), lapso que resulta superior a las dos • terceras partes de la pena, que en e~te _caso serra. treinta y dos· (32) me- • • •
- • ses de prisión, teniendo en cuenta el mfnlmo que correspond:¡ ; al teno,
@. 0 1 norma violada favorable y que para efectos de la li'beracl6n pro- - de la más ~ vlslonal ha de considerarse. luego por el aspecto temporal' no merece repa • ro alguno la petición del acusado. • , Por lo de111As, se trata de una persona de buena -
- • conducta anterior· y· de· ahf su carencle d antecedentes de toda índole, to-
,
- • se: una cual traduce:oten s·atisfactori.a,··p ·· .. optl)lldad;.amén. de que su co,1,porta • • L . ' . . :· . - miento··tc· ·ftie cátatogado· ·como º·Ejemptar-" .:en r.eclus16n~;·razonestodas estas • • suflc:4Vl\f1tes para que la Sala collj fuhdadamente la .readaptación social del ' procesado Alarcón Cuellar, aciendose acreedor por tanto al beneficio lnco¡
- ' compt,ao do, debiendo suscribir dlll encla de !so en los del artQ60 términosdel C. de P. P. y bajo cau,.c, l6. Juratoria, atendiendo que acr&G'-!fta ser un i-n
1 ..,, dividuo de exigua capacidad econ6mlca, corno se desprende de la documentacf6n anexa a la llberatorla. ~ttcl6n • expuesto,, ,, Por to LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ,¿I Sala de Casación Penal; otdo el concepto del Sei\or Procurador Delegado en lo Penal y de acuerdo con el, '
R E S U E L V E :
1 Primero. - COíxlCEOER la libertad provisional a: CESAR • de AUGUSTO ALARCON CUELLAR, notas personales y clvlles concotdas en autos, bajo caución Juratoria y suscripción de diligencia de compromiso de conformidad con el a r t . 460 Ibídem. , . . . Satisfecho lo anterior se librará en su favor la correspondlente orden libertad, con la salvedad en el sentido que solo pr de • ducfra efectos en caso de no ser requetldo por otra autoridad. ' • ' ! .
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-..- ,. ,-. ·, ,:, f • ' -,.,~ -~ -~ 4 • • -,- • -" ... 3 - • Segundo. - Para el cumpllmlento de esta providencia se . cor11lslona al Comandante dt>I Bata116n de Ingenieros NI 9 "Llborlo Mejía'' - - con sede en Florencia ( Caquetá) , como quiera que el procesado se halla detenido en la cárcel del circuito de esa ciudad. Lll!rese comunlcact6n tetegr
- • flca en tal sentido •
•
COPIESE. NOTIFIQUESE Y CUMPI..ASE.
, • • •
JORCE CARREAO LUENCAS GUILLERMO DAVILA MUROZ
• • • '
OUILLERMO DUQUE RU·IZ JAIME CIRALDO ANI!!l6L
RODOLFO MANTILLA
JACOME
.
LISANDRO MAR:r - 1;2 ZUAIGA EDOAR SAAVEDRA ROJAS
' • • -
LUIS OUILLERMO SALAZAR OTERO
SECRETARIO ....
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