CSJ - 6655(04-10-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 6655(04-10-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
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7"DLICA DB COLOMBIA ,_ IMPEDIMENTO Rdo. Nº 6655.
C./ Wllllam Antonio Hormaza.
Concusión. - : :TIPREMA DE JUSTICIA ooa111E S(U)~ M .DllDS1:rO<CDA ~ ll»!E ~<CO@l}a ffOOAll..
Magistrado Ponente: DR. JOR,GE CARRE~O LUENGAS ·· .. ': ..
Ap~obadoActa Nº 73 - Oct._2 /91,- 1 Santa Fe de Bogota, D. C. , octubre cuatro de mll novecientos noventa y u?º• -
VISTOS: El sellor Magistrado JUAN BAUTli;Tfr, QUINTEJO MEZA_ de la Sala del Tribunal Superior de Call, se declaró Impedido para conocer del sumarlo que se adelanta contra el Dr. Wllllam Antonio Hormaza, Juez OctavoPenal Municipal de la mencionada ciudad, por el delito de cc>ncuslón.- EI Magistrado Quintero Meza, lnvoc6 la causal de r~cus! clón contemplada en el numeral 5° del art. 103 del C. de P.P. ( amistad íntima o enemistad grave) con fundamento en que O el suscrito Magistrado con oca ••• sión del nombramiento del aludido profesional del derecho como_ administrador de justicia por parte de este Tribunal, se opuso a dicha nomlnáclón por consl-· •t.- derar que no era una persona capaz para desempet\ar tan dlgníslmo cargo ••• La Sala de decisión estimó Infundado el Impedimento ma nifestado por el H. Maglstrado,por considerar que la actuación cumplida por él
_en el momento de la elección del· Juez acusado, no constituye causal o motivo al guno de recusación que lo pueda llevar a separarse del conocimiento del proce so. - SE CONSIDERA Como se advierte nítidamente del contenido de la causal Sa. del art. 103 del C. de P.P., los motivos de recusación allí contenidos ser_! fieren de manera exclusiva a la existencia de una enemistad grave o de una ami! tad íntima entre el Juez y cualquiera de los sujetos procesales. - · El Magistrado Quintero al sustentar su Impedimento noafirma la existencia de una enemistad grave entre él y el Juez cuya conducta se i~ '--------'"' s;•,..,-... "'.-:-~<'"-~:.;-;7·:~~?~;-!;:,~r.• T '•, • . -.··,-~\-·.····-:-:·.,, .. _...,,,.,, ... :: \ -... ·.· \" .. ,.. -·. ., .·· .···-:,,. ,_ _ _.,. r ...., ., ~ .· ·. ',' ~-._-·· ..- :· ·- . ~· . ' .. ~- : . .., ' ~ 2UPREMA DE JUSTICIA · ---vestlga penalmente, ni que sienta hacia éste,odlo, rendor o cualquier otrosentimiento de aversión o animosidad. Tan s61o expresa que cuando el Tribunal Superior de Call estudiaba el nombre del doctor Hormaza para decidir su desig nación como juez, se opuso a su nombramiento por considerar que no era á • • • persona capaz para c:Íesempet\ar tan ·dlgnrslmo cargo ••• 0
.- Esta observación del H. Magistrado, dirigida 8 sus. com pat\eros de Sala, sobre la capacidad o Idoneidad del ca~dldato· a Juez no puede -- ,,. . ,·,. constituir en modo alguno causal de Impedimento o recusacl6n.S'u actividad se -- circunscribió como miembro que era del 'Tribunal, al cumpllmlento de un lmperat!_ vo de orden legal y moral, como era el de advertir a Jos Magtstrados sobre· rasdeficiencias que en su concepto descallflcaban al candidato para el desempef\o de tan delicada función, sin que este hecho pueda generar lnhabllldad para Juzgaren el futuro el comportamiento del funcionario. - Por otra parte, el concepto emitido en Sala Plena por el H.
M. Quintero., no se refiere ni podía serlo, a los hechos investigados en el sumario, ni guarda relación con ellos y por tanto no lo compromete en modo alguno y nopuede por ello,alterar su recto criterio ni la lmparclalldad requerida en quien ad ministra Justicia. - Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - SALA
DE CASACION PENAL, RESUELVE ~Pw""IINFUNDADO el Impedimento manifestado por el Magistrado Juan eza, dentro del presente sumarlo.-
JUAN MArT ORRES li EsNED
Rafaél Cortés Garnlca Secretarlo. - . : .:.~~·.! -"'..;", ....... -·· :,,._;, ~, \'•/,!. ~ ,?:' ::. ... .