CSJ - 6894(27-11-1991)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 6894(27-11-1991)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1991
•! , :J COLOMBIA
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Rad.N0&04. RFO.IRS) IE tm-D
Ptocesado: JAIME SNtUl, PAFa:H3 . y GACIA obce •
• •
·-tl DE JUSTICIA
CORfl SUPRKIIA DB JUSTICIA
SALA DI CASACIOR PDIAL
1 1 :, ' Magistrad'o Ponente: ; f. ' l Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS Aprobado Acta Nº 088 del 27 de Noviembre de 1991 1 ... Santa D. C. , Fe de BogotA Veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y uno.
Y I S T O S: Procede la Sala de Casaci6n Penal de la Corte a resolver lo pertinente al recurso de hecho interpuesto por el de:feneor de JAIME SAMUEL PARSONS, condenado como r~~ponsable del delito de contrabando en primer grado •
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- • A R T I C E D I N T I S: Jfediante sentencia del 18 de marzo de 1991, el Juzgado Cuarto Superior
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- • --· -- - - - ... .... - - _..... -+- ~ - ....... ... ' ~e Aduanas de Bogot6, entre otras determinaciones decidi6 condenar a JAIMESAMUEL PARSONS GARCIA a la pena principal de catorce (14) meses de prisi6n J culta de setenta mil pesos ($70.000.oo) como responsable del delito de Contrabando de Primer grado, ''numeral segundo Art. 4° de la Ley 21
Art. de 1977 (Derogado), actualmente 20 !.P.A., denominado Contrabando
por fuera de la aduana''.
P. B.11. J. Induatrta Carcelaria
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._..._.., DI COLOMBIA.
1 ' ~-;,.IA DE JUSTICIA -2;_ El Tribunal Superior de Aduan·as, mediante proveido de 29 de agosto de 1991, conf:i.rm6 en su integridad la sentencia de primera instancia, y contra ella el defensor del condenado PARSONS GARCIA interpuso el recurso de casación. i ' 1 El 7 de octubre de 1991, el Tribunal Superior de Aduanas, deneg6 el recurso extraordinario, por lo que e·1 mismo defensor recurri6 de hecho esta determi naci6n, y en virtud f\leron remitidas a la Corte copias autenticadas ta]· de la relac16n de la mercancía incautada con la asignaci6n de su valor; .. de las sentencias de primera y segunda instancia; del memorial sustentatorio • de la apelac16n del fallo prorerido por el Juzgado Cuarto Superior de Aduanas; del memorial que contiene la interposici6n del recurso de casac16n; de dos constancias expedidas por la Subgerente Internacional del Banco de la República respecto al valor de gramo oró¡ y del auto que deneg6 el recurso extraordinario. Las copias fueron recibidas en la Secretaría de la Corporac16n el 22 del ces en curso, las cuales, sometidas a reparto, entraron a Despacho con
- •• el informe de que el recurso no fu6 sustentado en el término legal.
L A C O R T I C O lf S I D I R A: ------ ·--~--.-.- -
- • -- - .. ..... . - ....... - ~- - - .. .. .. - - ~ ... ' .. • - .. ........... ... ....... _ - ---------..... ....o.+- - !n presupuesto legal indispensable para que la Sala se pronuncie sobre el fondo del recurso de hecho, que el impugnante _rundame!lte la pretensi6n • que se le ha negado• dentro de los tres d!as siguientes a aquel en que ' las copias llegan al superior que debe resol ver.
Incumplido el requisito legal, el propio articulo 213 consagra como sanción, •
P. B. M.. J. Tndustrta carcew1a __ .l ....
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:.U DI COLOMBIA.
- -:1EMA DE JUSTICIA l -3que se deseche el recurso. Por lo tanto, como quiera que el defensor de • JAIME SAMUEL PARSONS GARCIA, no sustent6 el recurso de hecho que intent6 contra el auto de 7 de octubre por medio del cual el Tribunal Superior de Aduanas le deneg6 el de casaci6n que habta formulado, habr6 de desecharse, sin lugar a mAs consideraciones.
Por lo anteriormente expuesto, la SALA DE CASACION PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, B I S U I L V K: DESECHAR el recurso de hecho interpuesto por el defensor del condenado JAIME SAMUEL PARSONS GARCIA, contra el auto de 7 de octubre de 1991 proferido ' por el Tribunal Superior de Aduanas.
COPIESE, NOTIFIQUESE y C
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P. B. K. 3. ID.du.m1a carcelaria
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Rad.N'°&P1. RFXlRI> IE l-mD Pt-coe e :k: : JAIME SAK.IEL PAR&JS
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JORGE Rafael Cort6s Garnica J Secretario tjJ, :EU/neh • • ..
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