CSJ - 898(14-10-1987)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - 898(14-10-1987)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1987
- - - - - - - - - - -
. • REPOSICION \. J Auto Casación.- 14 de octubre de 1987.- No repone su propia providencia de 1 8 de septiembre ú 1 timo, por medio de la cua 1 negó a Hiamberto BlancoI J \. Ferreira la suspensión de las pr~sentaciones personales, ante el Juzgado de Primera Instancia.
Magistrado Ponente: Doctor DIDIMO PAEZ VELANDIA1
• I , 1 Expediente No. 898 "' 1 '
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
: . • • •
Magistrado ponente: -
Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA
Aprobado Acta No. 068 • - ( ) Bogotá, catorce de octubre de mil novecientos ocheny ta siete.
V I S T O S :
- " Procede la Corte a resolver el recurso de reposición
( )' ' ' interpuesto por el procesado HUMBERTO BLANCO FERREI RA contra la - • providencia de 8 de septiembre último por medio de la cual se le negó la suspensión de las presentaciones personales ante el Juzgado de primera • • 1nstanc1a. 1 • Al recurso se le dió el trámite previsto por los artículos ·349 y 108 del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
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- • Sala en providencia de 8 _de septiembre último negó al La procesado Blanco Ferreira la suspensión de las presentaciones personales ante el Juzgado de Instancia, ya que dentro del expediente no se -
-· ' • encontraba constancia del cumplimiento de las mismas y porque, so lamente con fecha 2 de octubre de 1. 986, suscribió la correspondiente diligencia de buena conducta y compromiso de presentaciones personales en laforma determinada por el Tribunal Superior de Bogotá en fallo de 14 de ,I febrero del mismo año cuando le concedió el subrogado de la condena de • ejecución condicional. ) El procesado presenta ahora en fotocopia autenticada ante notario público, certificación expedida por la Juez 17 Penal del Circuito de Bogotá que da cuenta del cumplimiento por parte del peticionario de las presentaciones periódicas a partir del 30 de agosto de 1. 985, dadaquince ( 15) días, hasta el 15 de Agosto de 1. 987, es decir, se ha pre-
- ' sentado por espacio,·de dos (2) años consecutivos, razón por la cual considera que deben ser suspendidas de conformidad con lo dicho por elTribunal en el fallo recurrido en casación.
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- ,, Cabe advertir que el Juzgado 17 Penal del Circuito de Bo-
'
- J • gotá al dictar sentencia negó al procesado el subrogado de la Condenade ejecución condicional, decisión que fuera revocada por el TribunalSuperior de Bogotá y en su lugar ordenó en el literal b) de la Senten
- • cia de fecha 14 de febrero de 1. 986, que el procesado debía suscribirdiligencia de buena conducta y presentaciones personales por un período de dos (2) años, obligación que solamente vino a cumplir ante esta Corporación el día 2 de octubre siguiente.
Así mismo, el procesado venía cumpliendo presentaciones personales cada quince (15) días, no en virtud del subrogado penal que ' se le otorgó en providencia de 14 de febrero de 1. 986, sino como compro - ) , 1 ,, l
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• '' ' - - 1 3 ' ' ' 1 ' miso adquirido al momento de entrar a disfrutar del beneficio de libertad provisional que le fuera otorgado por el Tribunal Superior de Bogotá en providencia de 13 de agosto de 1. 985, esto es, con anterioridad al recono - •
- • cimiento del subrogado ya citado.
Por ello, las presentaciones personales cumplidas con ante- , rioridad a la suscripción de la diligencia ante esta Corporación ( 2 de oc .
- J tubre de 1. 986 ) lo fueron como resultado de la decisión adoptada por el • Tribunal de Instancia en la providencia de 13 de agosto de 1. 985 y noderivadas del subrogado penal reconocido en el fallo de 14 de febrero - ) siguiente, razón por la cual, aún no satisface el procesado el requisito
' ' impuesto en la sentencia de segundo grado a que se ha hecho referencia, siendo por ello improcedente el recurso pretendido. En mérito de lo expuesto, la CORTE~SUPREMA DE JUSTI- .) CIA, SALA DE CASACION PENAL, NO REPONE su providencia de fecha ' ocho de septiembre último, por medio de la cual negó a HUMBERTO (8) BLANOO FERREI RA la suspensión de las presentaciones personales ante el Juzgado 17 Penal del Circuito de Bogotá •
- , NotifTquese y cúmplase. / ~ L - - L
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