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CSJ - 945(12-05-1987)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - 945(12-05-1987)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1987

'

  • REPU8LICA DE CDLDtJi>fóceso Nº 945 contra el doctor EDUAR

DO GAVIRIA BAUTISTA. Falsedad. SE • t.r./'t:S~ccto/~lJNDA

INSTANCIA. -

• • ' •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

. . • '

  • .. ~\. ..,_ -.,. '

. -, .

Magistrado Ponente:

..

DR. GUILLERMO DAVILA MUÑOZ

• , • ;; • - o . Aprobado Acta--Nº:2-4 •. Abril 22/87. • 1

  • • Bogotá, doce de mayo-°'de mil novecientos ochenta y-~siete.
  • ¡

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' ¡ 1 Decide' la Sala d~ Casació11 Penal la consulta del auto de • • . •

.

  • • • • - 20 de junio de 1985; por~el-cual-el Tribun.~.1 Superior de Bucaramanga de -

. ' :-. ..... • .

  • • . acuerdo con el Min.istério Público,- sosrese·yó definitivamente al doctor EDUAR

. - .' ' ~-' •• • > DO GAVIRIA BAUTISTA, Juez Tercero Penal Municipal de Bucaramanga den - - ~ · - .l"'"ª -

  • '

.. 1• tro del presente proceso. En el trámite correspondiente, se recibió el conce_E .. •\ . ,, •, . to de la Procuradur1a Segunda Delegada en lo Penal, con solicitud de confir=

  • - ': •) D . ,, :nación de la decisión· ·consultada. •

• • • • ' • Debe anotarse, que obtenida la noticia de la destrucción • ' - '

  • • del expediente en el incendio del Palacio de Justicia, se dispuso su recons = !

- • ' ¡ :rucciór, la cual se logró con base en las copias existentes en el Tribunal, de • " ' actL1ación, proceclié11,~!ose cor, posterioridad a resolver impedimentos mani = ! 3

  • ... l

.

  • ' :estados por dos de los señores Magistrados de esta Sala, los que fueron a9
  • -itidos, disponiér,dose por tanto el sorteo de los Conjueces respectivos.

1 • . . ' , •' ' • 1 • • ' 1 •

REPU8LICA DE COLOMBIA

' 1 1 a / ' ·(// t3dtcct 0/Z - 2 - 1 • 1 1 1 . ' ' ' l

H E C H O S :

• '

  • ' • • .
  • • a -•- 1
  • • El doctor Jaime E. Vélez Paterni na, Juez Doce de lns = i

- ' . ' ' • ' ' trucción Criminql de Barranqu' illa, remitió al Tribunal de Bucaramanga, co= ' ' -

  • 1 ' pías de las declaraciones de Abigaíl Ariza viuda de Escobar y de Graciela =

\

  • • . Escobar por cuanto afirmaron que el original del escrito que obra en el pro

-

  • • ceso respectivo y que aparece suscrito por la primera de las nombradas con
  • • presentanción personal ante el Juzgado Tercero Municipal de Bucaramanga, =

• •

  • ' ' no corresponde a la verdad, ya que tal presenteción no se efectuó. Acompa

V - •

  • ' ' ñó también copia de la diligencia de indagatoria de Consuelo Modesto de Es=

- \ . ' ¡ ' cobar, en el proceso por homicidio. cálificado en la·, persona de su cónyuge = . - l • • . ~ • - - ... ... - ,

  • • / • Luis ._Ca-;:los Escobar Ar iza, ·;n -,~ cual presentó el ~itado memorial, que le _ha t

- '

  • • -- ---- --- - - .- -· .-

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  • -
  • • . ' ' . ,F \ ' bía sido remitido: • • •• . ' • - - - . •

. . '' - - - --- -- .... - ·-· .,._ ---, - --- .. . • - ..... --·-- . . i • ,. --· ., - ' • . ' . . • ' ' t . . •

  • • " . - . . f • En la~declaración Abigaíl vda, de Escobar manifestó h~
  • !
  • • ber firmado el memorial ª·~irisinuaciói!.\ de ... su --Aija Graciela, pero sin haber asís 1 e . . - • •

. ' ¡ tido al Juzgado para hacer su. presentaci.ó'i1 personal. Graciela Escobar { fl..23) . 1 . . ! 1 ' ... • - e'"

Y. ¡ ratifica lo anterior ~ e n cuanto a qLJe .. la firma es auténtica y se suscribió el =

'. ' ' - i 1 • -- ' • •• - . • -- • escrito por solicitud de Gloria Modesto, hermana de la procesada mencionada (

  • • y Abigaíl de· Escobar le entregó su cédula para efectos de la presentación del ·\ '

• 1 1 • documento. 1 ' '

' .. ..

  • 1' • • • ·-. • •

  • • Obra el· escrito referido, por el cual la firmante renuncia

. ' 1

  • 1 . - ' ' a constituirse en parte civil y tiene nota de presentación personal ante el - '

' ' ' 1 Juzgado Tercero Penal Municipal en 19 de octubre de 1984 ( fl. 25), con cons •

' ' 1 tancia de haberse al legado a los autos por la procesada. 1 ' • • • •. . •. • • ' . ' ' • • ' ' ' ' ' • ' ' ¡ ' . • • 1 • ' ' ' ' -·-· • •

REPU8LICA DE COLOMBIA

• • ' '

  • 3ACTUACION PROCESAL: - En diligencias previas se demostró la calidad de Juez del
  • 1

' • 1acusado con copias de las actas de su nombramiento, confirmación y con~ - 1 tancia de ejercicio de funciones el día en que se hizo la presentación perso= -

  • • nal indicada (fls. 38, 39, 41, 42). Interrogadas las dos declarantes citadas

• •

  • ' - ( f l s . 35 y 36) _r.atificaron sus exposiciones anteriores .
  • • Abierta la investigacio recibieron varias declaracio = - nes. Entre éstas, la de Gloria Modesto fí. 45 v) quien afirma que elaborado \ el escrito según instrucciones, del a·poderado de la procesada en la investiga
  • . . & . . · :ción por homicidio,· por petición su.ya· se trasladaron con el Juez y el secre=

-

  • " • - í- - -tario a la-casa de Abigaíl vd ,,a ·. , de Escobar para tal efecto, encontrándose - • r ~ -

( ] • • presente-el menor· GonzaloPinil.Ia. Reconoce el escrito y niega haber recibi = • •• • -

.. •

  • • do la cédula de ciudada ía de aquélla y el haber dicho que el Juez de lns

. - - - - - •' ' trucción ordenaba se fir:mara tal papel. · ' " ' •

  • - El secretario del Juzgado, Alfonso Ta razona Jaimes ( fl 48 • • v) · manifestó que. aunque no puede precisar, presume que la constancia se =
  • • ajustó a la verdad y que el Juez acusado es estricto en sus actuaciones. A= - segura que no conoce a las declarantes nombradas y en cuanto a la nota de= - presentación dice ·que es auténtica y por consiguiente considera que dicha1 diligencia se cumplió legalmente, esto es que se efectuó la presentación pers~ 1 nal. Si bien no puede determinar si ésta se hizo en el Juzgado o en domicilio a solicitud de alguna persona.

Por su parte, en la indagatoria ( fl. 54) el incriminado e~ ' 1 1 ' plica como se procede en su oficina para la presentación personal de docume~ • tos, con identificación de las personas. Con respecto a los hechos investiga =

- 1 ' 1 ' 1 ' ' ' 1 ¡ ' - - - - - - - · - ' R::PUB!....ICA DE COLOMS!A - 4 - • dos, reconoce su firma y anota que a su Juzgado debió acudir alguna pe.!:_= sona para dicha diligencia, porque de lo contrario no aparecería su rúbrica, - sin que pueda afirmar si la interesada se presentó a. su oficina o él fué a = - algún lugar de la ciudad. Obran declaraciones sobre buena conducta delprocesado (fls 70. 71, 73).

  • • • En confrontaciones entre el doctor Gaviria Bautista y la
  • • testigo Gloria Modesto, y entre esta y el secretario Alfonso Tarazana Jaimes

' ! (fls 77 ·y ss), la testigo sostuv9 su versión de haber ido el Juez a la casa = ' 1 " / 1 ' de Abigaíl vda. de Escobar y el funcionario expresó no recordar este hecho. ' ' '

  • 1

El testigo Alfonso.. Tarazana Jaimes admitió las manifestaciones de Gloria r'v1o= ' - ' , ' - .· la versión de Gloria Modesto pdr haberla acompai,c:ido el día de los aconteci= - -- - --- - --· . • mientos. 1 - -- -- 1 ' '

  • -
  • • Cer.rai:la la investigación, el Tribunal de acuerdo con su= • l . .

• 1 Fiscal, sobreseyó defint1vamente al procesado por considerar que siendo aLF

11 • • • ' téntica la firma en'el escrito la falsedad resultaba inocua y debe aceptarse= ' • lo expresado por el Juez y su secretario en cuanto a la forma como se reali = '

  • • zan dichas diligencias en su oficina .

• •

CONCEPTO DEL MINISTERIO PUBLICO:

1 1 1 ' ' ' ' Previo detenido examen de las pruebas, la Procuraduría = Delegada solicita la confirmación de la providencia consultada, pues si bien = :a versión relacionada con la efectiva presentación personal del documento no ~stá suficientemente acreditada, no existen los elementos del delito de false = -

  • • -- - - - - - - - - - - - ----- - - - - - - - - - - - - - - - -----·- --- -

• '.:c:;:F~8Ll.::.A. DE CCLC:vl'::i,!, ,,,.,. .... }~//·-,,. ":,,.{:-;!~ /1 " / / - 5 - • •• .- , dad, por ser ésta inocua y no pretenderse inmutar la verdad . • - •

S E C O N S I D E R A :

• • •

  • • Se incrimina al Juez, doctor Gaviria Bautista, el haber =

  • • certificado a través de la constancia correspondiente, suscrita con su secre
  • - tario, que el memorial calendado el 19 de· octubre de 1984 había sido preV - sentado personalmente ante él por quien. aparece firmándolo, para que así =

\ ........ ..... 1 pudiera dársele curso por et· funcipnario ante quien se dirigía y, claro es =. -'

. 1 . - . - - •• . . • ~ . - 1

  • • -• - . :""1

• ' -·--- - · tá; habiendo cumplido con lo previsto en el artículo 107 del Código de Pro= · - · , • - .... - - . -- --- . :.. .

  • • ' - cédimieñto ·Civil. Con lo cual incurriría en el delito de falsedad al acreditar - --· !

' • ) ( •

. el cumplimiento de ·un hecho-gue realmente no habría tenido ocurrencia .

. . • •

  • '

' 9 ' - Sinembárgo del proceso se concluye, que el funcionario = ' ' ,, i - . - . • """'\ suscribió el acta de presentación del referido escrito firmado por la señora= • • • •

  • • ' Abigaíl vda. de Escobar, quien asevera que si bien rubricó el memorial, la= presentación no ocurrió puesto que entregó su cédula de ciudadanía a otra persona para dichos efectos, pero sin desplazarse a ninguna oficina.

' 1 '

  • ! ' Existen al respecto las versiones de diferentes testigos =

1 • que resultan opuestas. • En primer término Abigaíl vda de Escobar y su hija Gra= - ciela Escobar son enfáticas en manifestar que la presentación personal no se llevó a cabo, si bien el escrito fue autorizado por la primera en las condiciones por ellas expresadas.

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-

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·- ,\,.. ó·--.l ....,,-i ...., • -~ • • . I , . . • - • . . • , - 6 - •, • j/t •.- ·. • ,' . t' .,. • • • • ' ,,. ~ • Por otra parte Gloria ~,:\odc:sto, quien llevó el c:bcumento . • para su firma, hé) reiterado en su ec,1a rac1• o, n en posteriores intervencio= d y

  • -

. - . •

  • • nes, que -e.1 juez y ·su secretario se trasladaron a la residencia respectiva= • • • • •
  • • para efet.tos de· ·1a pres-en tación personal. ·
  • . . . . .. • : • . • • . . .. .. . ... .. • • • • • • • • • • • • • •

• - -

, • • '

  • • exposiciones se deduce que ni el documento se presentó personalmente en =
  • ' 'a.;::¡¡;• ir li @• •f!"W; • •" • ,._ • • • • • • ' .. ... .·. :· .< .~ Í= .r· ~,s- ! . - ,': .. " ·- ·-, : .- -: -: -.: " -.. ." ~s ~. ~: 'J tiJ: ': ~ ~," e= ,.· ; F-.=,"v -·o'i,:? ,·•; ·· irr ,· .... ·-:..i.···.r-=.. -.. .-...-. -· •. ·' ! ·~-=• '- -.-tl, :_ _. ... !,

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  • 1 ,,y_:A--~,;,;;;,,. ......, ._ _ • ........, .. - ... -----·-· ~ ~ • • ~ • .,. -· --.. • ··- -· • • < • •• ,. - 1 el· Juzgado, ni el Juez se trasladó a la residencia de la firmante.

1 1 • • • • ' • ' • No obstante, las declaraciones de la testigo ,Vlodes to, que •

  • • ' resultan secretario=

11 1 ' ¡(• .. . 1 ~ -- ·-- ...:_ ~-- - .J \ del Juzga.do y aú·ñ· del· Juez, al dar como probable el traslado a la residen = i1 I; " - . . 1 ' l' esta situación fren = • r - ' - h ... • . - ·' .. •_ _ • . •. .. . -. - ..... ..... :¡. • , __ ·- . --- ' 1' te. a la. nega.ti.va.:,,.de~_aquel la : . . ,. . .. : J . ___ . ............ . . .- . , . ·. -: .-'.:.. .. r.r:r. ;~_ -' . :. . ; ~ =--···:". - ;:~ •. :::. .- _· · - t:- -- ·¿;;. < - ". '. =... . - . ·- . . -

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  • - .: __ Se hQbría desconocido· s'implemente la forma legal, a la -
  • • • • • • • . . • • • . • i ~ que debe reconocerse importa ricia, porque a través de la misma se pretende

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  • • re: ; ·:,~ti vo se hizo presente y se i den ti ficó. · • • . ' • ' • . • ,~ • .... , .._. 1 •• • • . • "' '
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  • • 1nteriormente expresado, reconocerle efectos. Se trata simpleme,.te de i~ = hecm, ya :ormalidad que carece de incidencia, por la·s-circunstancias del que= - existió la voluntad por parte de quier1 suscribió el escrito, de autorizar - éste para las consecuencias legales ccr;·espondie:1 tes, lo cual aparece tam = - ~ién claramente del hecho de haber entregado con tal finalidad su cédula = ciudadanía, actos que cumplió en presencía de otras perscJr12s, qL1ienes=

je :odían dar información al res recto. todo lo cual, conocido po, el procE:sacio, e creó convicciór1 sobre la autenticidad del acto . • . Cor1s2cuer.cia de lo esbozado es entonces que el acLisado=

  • ~o incurrió en falsedad, por lo cual la decisión consultada se encuentra - • 'undada y debe sostE:r,e,se.
  • • - - - • •

\ • "

  • • • Por. lo expu~sto, la CORTE SUPREN1A\ DE JUSTICIA-SALA

I ; • • 2E CASACION PENAL-, de.acuerdo con el concepto del Ministerio Público,·

  • " :ONFIR;v\A la providencia por la cual se sobreseyó definitivamente al procei

• • .

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1 Cópiese,. noti fíquese ,'"'CÚíTJplase y devuélvase el expcdie_0= 1 1 • •• ¡ • • '.~ a I T r i bu na I de o r i ge n . • :

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:~FREDO REY CORDOBA l)_,f'L LE R,\:I O DAVI LA MUÑOZ

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