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CSJ - AC-06-26 1989 402

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC-06-26 1989 402
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1989

US 0402

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado ponente: - ES CS

Dr. EDUARDO GARCIA SARMIENTO. ==. 7AS =- oo Bogotá, Veintiséis de junio de mil novecientos ochenta y nueve. La parte. demandante recurrente, por: medio de procurador judicial, manifiesta interponer recurso de reposición contra el auto de doce de junio del año en curso que declaró inadmisible la demanda de revisión propuesta contra la sentencia de 11 de mayo de 1937 pronunciada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ejecutivo promóvido por el recurrente frente al Banco Ganadero - Suc. Bogotá -. x

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Prescribe el artículo 348 del C. de P.C. que procede el recurso de reposición contra los autos que dicte el Juez, contra los de trámite que profiera el magistrado ponente ycontra los intertocutorios que pronuncia la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mientras que el de súplica, según to indica el artículo 363 ibídem, es viable contra los autos interlocutorios dictados por el magistrado ponente en el trámite de la segunda o única instancia o en el curso de la apelación de un auto, que por su naturaleza serían apelables.

2. Como el auto que se pretende impugnar fue 0403 proferido por el magistrado ponente, de él conoce la Corte en única instancia, además de que por su naturaleza el mismo serfa apelable [ arts. 25-20. y 351to. del C. de P. C.), resulta evidente que

el medio de impugnación propuesto es improcedente. Entonces, siendo asf que uno de los requisitos forzosamente exigidos para la eficacia de los recursos es interponertos de acuerdo con su naturaleza, esto es, en la forma como los estructura la ley, debe seguirse que el de reposición aquí impetrado es abiertamente improcedente, por lo que se impone su rechazo. po . o ro? aiPs A 2% o : : - - DECISION Por lo expuesto, la Corte RECHAZA POR IMPRO_ CEDENTE el recurso de reposición formulado. a COPIESE Y NOTIFIQUESE. o A a >

E EDUARDO GARCIA SARMIENTO. -.

Luis H. Mera Benavides Secretario (e.) o - a 4 - oa. : - = Y e

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