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CSJ - AC-06-27 1989 414

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC-06-27 1989 414
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1989

PLA E 0414 <”

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL _Bogoté, D.E.. 27 JUN, 1989

Precede ta Corte a efectuar el examen de ta demanda de revisión presentada por Rofaej Parada Duarte contra fa sentencia da primera instancia, pronunciada por el Juzgado 23 a vil del Circuito de Sogotá en el preceso ordinario de pertenencia de " Victor anual Gutiérrez Rojas contra Marta del Carmen Duarte da Pa A rada, para to cual so hacen las siguientes Xx NX CONSIDERACIONES 1.- Te conformidad con el numeral 2% dal artículo 25 del €. de P.€., la Corte Suprema de Justicia consce, a virtud dol factor funcional de ta competencia, “De los recursos de re visión que no estén atribuídos a tos Tribunales Superiores”. 2.- Por su parte el articulo 26,22, del C. do P.C. prescribe que los Tribunales Superiores conocen "del recur so de revisión contra las sentencias dictadas par los jueces de circui to...”, 3.- Por consiguiente, y dado que cl recur so interpuesto fus contra un fallo de primera instancia de un JuazCivil del Circulto de Bogotá, forzoso es inferir quae esta Corporación carece de competencia para tramitar y conocer dal mismo y dado que se trata de un recurso extraordinario en el que la Corte sctúa conbase en tas pautas y solicitudes del recurrenta, ya que esta mediode impugnación es eminentemente dispositivo, como acontece también con el de casación, no es permitido desátender el propósquie telo r e visionista señala en su líbeto, o sea, el do atecar una sentencia doter

minads a fin de hacor interpretaciones que serían incompatibles coneste medio especial de ataque, en el campo civil, de sentencias ejecuto riadas, DECISION : a Por lo expuesto, ta Corte declara INADMISI_ BLE la demanda Instaurada y a lo que so aludió al comtenzo da esteproveldo. Tángase al doctor Marco Fidel Sepúlveda C. como apoderado de Rafael Parada Duarte en los términos dal memorialpoder.

COPIESE Y NOTIFIQUESE.

ALBERTO OSPINA BOTERO

LUIS H. MERA BENAVIDES

Secretario

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