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CSJ - AC006-1994 4744

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC006-1994 4744
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1994

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Santafé de Bogotá, D.C., diecinueve (19) de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).-

Referencia: Expediente N” 4744 y Y Provee la Corte lo que corresponde respecto de la demanda de revisión instaurada por Gilma e E Helena Pino de Vallejo contra la sentencia de 9 de diciembre de 1992, pronunciada por el Tribunal Superior del Distrito. Judicial de Medellín, en el proceso ordinario iniciado por Jesús Evelio Vallejo Areiza frente

S a Orlando Arroyave Arboleda y Mercedes Suárez Góngora. ANTECEDENTES 1.- Por auto de 7 de diciembre de 1993, la Corte rechazó la demanda de revisión en lo. atinente a las causales primera, segunda y octava; la inadmitió en lo referente a la causal sexta, para que el recurrente subsanara la irregularidad indicada en la parte motiva de la citada providencia, (art. 382 C. de P.C.), concediéndole cinco (5) días para tal efecto. 2.- Vencido ese término, el demandante en revisión no cumplió con la exigencia de la Corte. é 2 CONSIDERACIONES Dispone el inciso 3 del artículo 383 del C. de P.C. que si declarada inadmisible la demanda por ausencia de requisitos formalés, el actor no la subsana dentro del término de cinco (5) días que se le otorgue para tal efecto, ésta será rechazada. DECISION En armonía con lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia RECHAZA la demanda con que se

mi interpuso por parte de la demandante Gilma Helena Pino de Valllejo el recurso de revisión, y ordena se devuelvan al recurrente los anexos, sin necesidad de desglose.

NOTIFIQUESE.

ALBERTO OSPINA BOTERO

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