CSJ - AC01-31 1989 31
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC01-31 1989 31
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1989
0 0031 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA > SALA DE CASACION CIVIL Bogotá; .'trélntay . uno (31) de Enero de mil novecientos ochenta. y nueve (1989). Se admite al demanda mediante la cual el demandante interpone recurso extraordinarto de revisión contra la sentencia de 7 de Julio de 1986, proferida por el Tribunal Supertor del Distrito Judicial de Bogotá en el proceso ordinario promovido por Guillermo Montilla Garcfacontra Ligia Pava Salgado de Montilla, por cuanto fue presentada en tiempo, con la plenitud de los requisitos formales, versa sobre sentencia susceptible de tal Impugnación y está dirigida contra la persona que debe intervenir en su trámite. En consecuencia, córrase traslado de esta demanda a la señora Ligia Pava Salgado de Montilla, domiciliada en Anapoima - (Cundinamarca), por el término de cinco (5) dfas, en la forma establecidapor el artículo 87 del Código de Procedimiento Civil. Para la notificación de esta providencia a la demandada en revisión, se comisiona al señor Juez Promiscuo Municipal deAnapoima (Cundinamarca), a quien se librará despacho comisorio con los insertos del caso y veinte (20) días de término para su diligenciamiento. El comisionado advertirá que la notificada tiene además 10 días para comparecer al proceso y designar apoderado, en caso de ; que mo pueda litigar por sí misma, vencidos los cuales, comenzará a contarse el término de traslado. Se reconoce al doctor Pedro J. Velásquez Sán chaz como apoderado judicial del demandante en revisión, en los términos ypara tos efectos del memorial-poder visible a folio 1 de este cuaderno. Notifíquese. RAFAEL ROMERO SIERRA "8300 sIadnamav 03 950o7oW2IV
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