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CSJ - AC038-2003 [0016-01]

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC038-2003 [0016-01]
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2003

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil tres (2003)

Ref.: Exp. 11001-02-03-000-2003-00016-01

Teniendo en cuenta lo expuesto por el accionante, con apoyo en lo reglado por el inciso 4° del artículo 383 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza la demanda de revisión propuesta por JOSE GUILLERMO ROA SARMIENTO, frente a la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, el 27 de marzo de 1997, dentro el proceso ejecutivo con título hipotecario adelantado por el BANCO DAVIVIENDA contra el recurrente, habida cuenta que desde la ejecutoria de ese fallo -5 de abril de 1997-, a la fecha de presentación del libelo -16 de enero de 2003-, había transcurrido el término máximo de cinco (5) años (art. 381 ibídem). Precísase que aunque el recurrente apoya la temporalidad del libelo, en el inciso 2° in fine del art. 381 de la obra citada, es de ver que, en puridad, la excepción allí prevista no hace presencia en este caso, dado que el fallo proferido, por su naturaleza jurídica, no es de los que "debe inscribirse en un registro público". En consecuencia, devuélvase la demanda y sus anexos a la parte interesada, sin necesidad de desglose. Déjense constancias.

C.I.J.J. Exp. 00016-01 2

NOTIFÍQUESE

CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO

Magistrado

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