CSJ - AC06-07-2012
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC06-07-2012
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2012
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Bogotá, D. C., seis (06) de julio de dos mil doce (2012) Discutido y aprobado en Sala de veintisiete (27) de junio de dos mil doce (2012) REF.: 11001-3103-038-2007-00089-01 Por cuanto la razón expuesta para declararse impedido por el señor Magistrado Ariel Salazar Ramírez se encuentra prevista en el numeral segundo (2º) del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, se acepta, y separado queda entonces del conocimiento de este proceso. No se designa conjuez para reemplazar al impedido en atención a que el resto de Magistrados constituyen quórum suficiente para deliberar y decidir. Notifíquese,
FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ
República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil