CSJ - AC08-07-1986 463
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC08-07-1986 463
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1986
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá oyho (8) de Julio de mil novecientos ochenta y seis (1986).- Teniendo en cuenta que la solicitud de recons trucción que antecede, elevada por el apoderado de varios demandados, doc tor Rafael Enrique Lizarazu G., viene formulada por parte legitimada paraello y con el lleno de los requisitos legales, se dispone la citación de losapoderados de las partes a la audiencia que tendrá lugar en este Despacho a las dlez (10) de la mañana del día veintiocho (28) de Noviembre del añoen curso, con el fin de comprobar los hechos a que se reflere el numeral 30. del artículo 133 del Código de Procedimiento Civil y para resolver sobre lareconstrucción pedida. Notifíquese este auto por estado y además per sonalmente o en subsidio por aviso, en lá forma prevista en el inciso segundo del numeral 30. del precitado artículo 133, a los doctores Narciso Augusto Burbano, Arcesio Quisobini Perez y Gerardo Dorado Castro, residentes en - ==... SRe E A TLA _ Popayán y Bolívar (Cauca). Para esté efecto se comisiona al señor Juez CiA vil del Circuito (reparto) de cada una de dichas ciudades, a quien. se librará despacho comisorio con los insertos del caso y veinte (20) días de plazo para su diligenciamiento. Se reconoce al doctor Gerardo Dorado Castro como apoderado judicial del demandado Luis Castro Gomez, en los términos y para los efectos del memorial-poder visible a folio 1. Se reconoce al doctor Rafael Enrique Lizarazu
como apoderado judicial del demandado Luis Castro Gomez, en los férminos y para los efectos de la sustitución que le hace el doctor Gete3do Dorado Castro. Notifíquese. RAFAEL ROMERO SIERRA ines Galvis de Benavides - Srila.