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CSJ - AC085-1994 4611

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC085-1994 4611
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1994

ni A085

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

4 Santafé de Bogotá, D.C., diecisiete (17) de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).-

Referencia: Expediente No. 4611

Procede la Corte a decidir lo pertinente en relación con la solicitud de corrección elevada por la parte demandante en revisión. ANTECEDENTES Mediante escrito del día 15 de los cursantes, la parte demandante en revisión solicita lacorrección del auto admisorio de la demanda en el sentido rr. de que, a más de Marco Tulio Cruz Rodríguez, la otra persona demandante es Ana CELIA Quintana de Cruz como allí se dijo, consecuente con lo “cual pide además "se ordene librar nuevo edicto emplazatorio, pues no obstante que el anterior ya fue publicado, debido al error en mención, debe repetirse dicho acto". SE CONSIDERA 1.- Al tenor del inciso 2” del artículo 310 Nn oC ed del C. de P.C., toda providencia judicial es susceptible de ser corregida _ "por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte..." cuando, entre otros eventos allí previstos, se incurre en ella en "error por omisión oO cambio de palabras o alteración de éstas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella". 2.- Dentro del concepto de corrección que acaba de verse, se acomoda perfectamente la aquí solicitada, y por ello se dispondrá lo pertinente, pues ciertamente se incurrió en la falencia anotada.

DECISION En armonía con lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia RESUELVE: 1.-Corregir el auto admisorio de la demanda de revisión de fecha 10 de febrero del año en curso, en el sentido de disponer que se tengan en él como recurrentes demandantes a ANA CELIA QUINTANA DE JARAMILLO y MARCO TULIO CRUZ RODRIGUEZ. 2.- Ordenar que, por Secretaría, se tome en 230 cuenta esta corrección para efectos del nuevo edicto emplazatorio que deberá elaborarse y las restantes actuaciones cumplidas y por cumplirse en este proceso. os so ..7

NOTIFIQUESE- . nn. y.a

ALBERTO OSPINA BOTERO

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